Propuesta de resolución - B8-1135/2016Propuesta de resolución
B8-1135/2016

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el Servicio Voluntario Europeo

19.10.2016 - (2016/2872(RSP))

tras la pregunta con solicitud de respuesta oral B8-1803/2016
presentada de conformidad con el artículo 128, apartado 5, del Reglamento

Helga Trüpel en nombre del Grupo Verts/ALE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-1126/2016

Procedimiento : 2016/2872(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B8-1135/2016
Textos presentados :
B8-1135/2016
Votaciones :
Textos aprobados :

B8-1135/2016

Resolución del Parlamento Europeo sobre el Servicio Voluntario Europeo

(2016/2872(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Decisión del Consejo, de 27 de noviembre de 2009, sobre el Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que Fomenten una Ciudadanía Activa (2011)[1],

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de septiembre de 2011, titulada «Políticas de la UE y voluntariado: reconocimiento y fomento de actividades voluntarias transfronterizas en la UE» (COM(2011)0568),

–  Vista la Agenda Política para el Voluntariado en Europa de la Alianza del Año Europeo del Voluntariado 2011,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal[2],

–  Vista su Resolución, de 23 de octubre de 2013, sobre el voluntariado y las actividades de voluntariado en Europa (2013)[3],

–  Vista su Resolución, de 12 de junio de 2012, sobre el reconocimiento y el fomento de las actividades voluntarias transfronterizas en la UE[4],

–  Vista la Carta Europea de Derechos y Responsabilidades de los Voluntarios[5],

–  Vista la pregunta a la Comisión sobre el Servicio Voluntario Europeo (O-000107/2016 – B8-1803/2016),

–  Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Recordando que, en 2016, el Servicio Voluntario Europeo (SVE) celebra su 20.º aniversario, y que en estos veinte años se ha apoyado a 100 000 voluntarios;

B.  Destacando que el Año Europeo del Voluntariado 2011, apoyado firmemente por el Parlamento Europeo, supuso una gran oportunidad política para subrayar el valor añadido del voluntariado en Europa, y que ahora, cinco años después, el Parlamento Europeo debe reflejar el impacto del Año Europeo del Voluntariado 2011 en la evolución política y en el modo en que el voluntariado está integrado en programas europeos fundamentales, como Erasmus+ y su Servicio Voluntario Europeo;

C.  Recordando que el Año Europeo del Voluntariado 2011 imprimió un impulso y ofreció un contexto al establecimiento y la revisión de los marcos nacionales jurídicos para el voluntariado en toda Europa; subrayando que esto fue así principalmente en los países de Europa Central y Oriental, donde se elaboraron e introdujeron legislación y estrategias nuevas; subrayando, no obstante, que Europa sigue careciendo de una política de voluntariado coordinada, con un punto de contacto único en las instituciones de la Unión;

D.  Recordando que el voluntariado se refiere a una actividad emprendida por la libre voluntad, decisión o motivación de una persona sin un objetivo de beneficio económico; destacando que puede definirse como un camino de solidaridad y constituye una manera de abordar las necesidades y preocupaciones humanas, sociales y medioambientales;

E.  Subrayando que el voluntariado tiene valor e importancia por ser una de las expresiones más visibles de la solidaridad, que promueve y facilita la inclusión social, construye un capital social y produce un efecto transformador en la sociedad, y, además, contribuye al desarrollo de una sociedad civil próspera que puede ofrecer soluciones creativas e innovadoras a retos comunes y al crecimiento económico y, como tal, merece que se tenga en cuenta de forma específica en términos de capital tanto económico como social;

F.  Recordando que, para garantizar la participación de más ciudadanos europeos en el voluntariado, es fundamental un entorno propicio que garantice la financiación segura y sostenible de las infraestructuras de voluntariado, especialmente de las organizaciones en las que participan voluntarios;

G.  Destacando que el voluntariado requiere la combinación de mecanismos de apoyo y estructuras organizativas adecuadas, y que debe reforzarse mediante un marco jurídico apropiado que determine los derechos y las responsabilidades de los voluntarios y del voluntariado;

H.  Destacando que todas las personas tienen derecho a la igualdad de acceso a las oportunidades de voluntariado y a la protección contra toda clase de discriminación, por lo que debe tener derecho a conciliar las actividades de voluntariado con su vida privada y profesional, de modo que pueda así gozar de cierta flexibilidad durante la actividad de voluntariado;

I.  Subrayando que el reconocimiento del voluntariado es fundamental también para fomentar incentivos adecuados para todas las partes interesadas y aumentar, así, la cantidad, la calidad y el impacto del voluntariado, y que ello exige el desarrollo de una cultura del reconocimiento que muestre que el voluntariado constituye un motor para poner en práctica los valores europeos;

J.  Reconociendo que el nuevo marco financiero plurianual (MFP) 2014-2020 de la Unión prevé la asignación de algunos fondos de la Unión al voluntariado, y que, en particular, el programa Europa con los ciudadanos, gestionado actualmente por la DG HOME, considera el voluntariado una prioridad; destacando que el nuevo programa Erasmus+ sigue ofreciendo oportunidades de financiación y apoyo a proyectos de voluntariado, en particular a través del programa SVE, y que la DG ECHO ha puesto en marcha el programa Voluntario de Ayuda Humanitaria de la UE para brindar apoyo práctico a los proyectos de ayuda humanitaria; subrayando, no obstante, que el acceso de las organizaciones de voluntarios a otros fondos importantes de la Unión, como, por ejemplo, los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos sigue siendo muy limitado;

K.  Recordando que la actual crisis de los refugiados constituye un ejemplo relevante y un símbolo visible de la importancia que tienen los voluntarios y del modo en que estos hacen suyos los valores europeos, contribuyen a la resiliencia y están dispuestos a ofrecer soluciones flexibles y pragmáticas a retos compartidos;

1.  Reconoce que el voluntariado es una expresión de solidaridad, libertad y responsabilidad que contribuye al fortalecimiento de la ciudadanía activa y un instrumento fundamental para la inclusión social y la cohesión, así como para la formación, la educación y el diálogo intercultural, al tiempo que aporta una contribución fundamental a la difusión de los valores europeos; subraya que sus beneficios se reconocen también en el trabajo voluntario realizado con países terceros como instrumento estratégico para fomentar la comprensión mutua y las relaciones interculturales; considera que ninguna política de la Unión debe sustituir al inmenso trabajo ya realizado por las ONG y las diversas organizaciones y asociaciones de la sociedad civil;

2.  Destaca la importancia de proporcionar un marco jurídico que determine un estatuto de voluntariado con derechos y responsabilidades para los voluntarios y el voluntariado y facilite la movilidad y el reconocimiento; insta a los Estados miembros que aún deben definir un entorno jurídico para los voluntarios a que se basen en la Carta Europea de Derechos y Responsabilidades de los Voluntarios;

3.  Pide a los Estados miembros que apliquen procesos de validación concreta en el marco de la Recomendación del Consejo de 2012; pide que todas la iniciativas futuras relacionadas con el pasaporte europeo de competencias y con Europass concedan una mayor importancia al aprendizaje adquirido a través de experiencias formales, informales y no formales, incluido el voluntariado; recuerda que el voluntariado proporciona a los ciudadanos capacidades que les facilitan el acceso al mercado laboral;

4.  Sugiere que se debe apoyar y aplicar la idea de permitir que el tiempo empleado en voluntariado pueda beneficiarse de subvenciones de la Unión en el marco de la cofinanciación, como ha sugerido recientemente la Comisión en la nueva propuesta de Reglamento Financiero; hace hincapié en que ninguna actividad de voluntariado debe sustituir a una posible actividad remunerada;

5.  Pide a los Estados miembros que adopten el sistema desarrollado por la Organización Mundial del Trabajo para medir el valor económico del voluntariado; pide a Eurostat que apoye a este respecto a los Estados miembros para garantizar la recopilación en Europa de datos comparables y elabore indicadores y métodos para medir el impacto económico del voluntariado;

6.  Pide a los Estados miembros que establezcan servicios nacionales de voluntariado dotados de financiación suficiente y mejoren el acceso a información de calidad relativa a las oportunidades de voluntariado a escala nacional y local, en particular a través de las actuales redes de información de los jóvenes y de la difusión de información inter pares; anima a los Estados miembros a que creen centros de servicios cívicos nacionales que fomenten también las oportunidades de voluntariado internacional; considera que la Unión debe procurar facilitar el acceso a los programas de voluntariado coordinando acciones en el marco de la DG EAC, la DG HOME y la DG ECHO de la Comisión;

7.  Pide a la Comisión que lleve a cabo un estudio sobre los regímenes nacionales de servicios de voluntariado, así como sobre el servicio cívico, el Cuerpo de Solidaridad y el marco actual para los potenciales voluntarios entre los Estados miembros, a fin de facilitar la comprensión mutua y la difusión de buenas prácticas, así como sobre la posibilidad de establecer un Servicio Cívico Europeo, todo ello con la idea de fomentar la ciudadanía europea;

8.  Respalda la idea de la Comisión de crear una nueva iniciativa sobre el voluntariado, el Cuerpo Europeo de Solidaridad; pide a la Comisión que garantice que las organizaciones de voluntarios en particular participan en la elaboración de la iniciativa, y que su aplicación no comprometa los presupuestos ya asignados a otros programas;

9.  Reitera que el programa SVE debe beneficiar a las personas y organizaciones implicadas, así como a la sociedad en su conjunto, y reforzar la dimensión de la participación cívica del programa Erasmus+; destaca la importancia de promover el SVE entre los jóvenes, especialmente entre quienes aún no están interesados por el voluntariado y la movilidad, a fin de motivarles y provocar cambios de actitud, sin excluir a las generaciones mayores, ya que pueden aportar una gran contribución, por ejemplo como tutores;

10.  Hace hincapié en que el SVE debe basarse en ofertas de voluntariado de calidad y seguir la Carta del Voluntariado y los principios de la Carta Europea de Calidad para la Movilidad y en una estructura que anime a las organizaciones de voluntariado a ser organizaciones de acogida, proporcionándoles financiación y formación adecuadas y reforzando al mismo tiempo el papel de las organizaciones de coordinación que dan apoyo a un gran número de organizaciones de acogida, por ejemplo, en los ámbitos de la administración y la formación;

11.  Recuerda que el SVE debe basarse en una estructura que permita un acceso rápido y fácil de los jóvenes al programa, por lo que pide que se simplifique su actual sistema de aplicación;

12.  Destaca la necesidad de reforzar el acompañamiento y la dimensión local tras una experiencia de voluntariado en el extranjero, ofreciendo apoyo no solo antes de la partida sino también tras el regreso, mediante formaciones de orientación e integración;

13.  Insiste en la necesidad de ofrecer una tutoría de calidad a lo largo de todo el proceso mediante una gestión responsable del voluntariado y velando por que los voluntarios adquieran conciencia de su propia responsabilidad y de su compromiso con la organización y la comunidad;

14.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.