Propuesta de resolución - B8-0225/2018Propuesta de resolución
B8-0225/2018

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre las elecciones en Venezuela

2.5.2018 - (2018/2695(RSP))

tras una declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento interno

Esteban González Pons, Luis de Grandes Pascual, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Cristian Dan Preda, David McAllister, Ivan Štefanec, Lorenzo Cesa, Cláudia Monteiro de Aguiar, Tunne Kelam, Jaromír Štětina en nombre del Grupo PPE
Charles Tannock, Raffaele Fitto, Anna Elżbieta Fotyga, Ruža Tomašić, Monica Macovei, Valdemar Tomaševski, Jana Žitňanská en nombre del Grupo ECR
Javier Nart, Beatriz Becerra Basterrechea en nombre del Grupo ALDE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0225/2018

Procedimiento : 2018/2695(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B8-0225/2018
Textos presentados :
B8-0225/2018
Debates :
Textos aprobados :

B8‑0225/2018

Resolución del Parlamento Europeo sobre las elecciones en Venezuela

(2018/2695(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus numerosas resoluciones sobre Venezuela, en particular las de 27 de febrero de 2014, sobre la situación en Venezuela[1], 18 de diciembre de 2014, sobre la persecución de la oposición democrática en Venezuela[2], y de 12 de marzo de 2015[3], 8 de junio de 2016[4], 27 de abril de 2017[5] y 8 de febrero de 2018[6], sobre la situación en Venezuela,

–  Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

–  Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,

–  Visto el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional,

–  Vistas las declaraciones del «Grupo de Lima», de 23 de enero de 2018 y de 14 de febrero de 2018,

–  Vistas las conclusiones del Consejo de 13 de noviembre de 2017 y de 22 de enero de 2018,

–  Vista la declaración realizada el 26 de enero de 2018 por la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), Federica Mogherini, sobre los últimos acontecimientos en Venezuela,

–  Vista la declaración realizada el 8 de febrero de 2018 por la fiscal del Tribunal Penal Internacional, Fatou Bensouda,

–  Vista la declaración realizada el 19 de abril de 2018 por la VP/AR sobre la situación en Venezuela,

–  Vista la declaración realizada el 20 de abril de 2018 por la Organización de los Estados Americanos (OEA) sobre el agravamiento de la situación humanitaria en Venezuela,

–  Vista la declaración realizada el 23 de abril de 2018 por el Grupo de Apoyo a la Democracia y Coordinación Electoral,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que las elecciones presidenciales anticipadas convocadas por la Asamblea Nacional Constituyente, no reconocida internacionalmente, y respaldadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE) se van a celebrar ahora el 20 de mayo de 2018; que el CNE decidió limitar la participación en las elecciones locales y regionales simultáneas a aquellos partidos que presentasen candidatos a las elecciones presidenciales;

B.  Considerando que, el 25 de enero de 2018, el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela decidió excluir a la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), una coalición de partidos de la oposición, de las elecciones presidenciales, lo que constituye una grave vulneración del principio de elecciones equitativas al prohibir que los candidatos de la oposición se presenten a las elecciones de manera libre y en igualdad de condiciones;

C.  Considerando que las condiciones para que se celebren unas elecciones creíbles, transparentes e integradoras no se cumplen, como se puso de manifiesto durante las conversaciones en Santo Domingo, en las que el Gobierno venezolano y la oposición no lograron alcanzar un acuerdo; que organismos democráticos internacionales, incluida la Unión Europea, declinaron la invitación para observar dicho proceso electoral ilegítimo;

D.  Considerando que, el 13 de noviembre de 2017, el Consejo de la Unión Europea decidió la adopción de un embargo de armas contra Venezuela y una prohibición de material afín que pudiera utilizarse para la represión interna; que, el 22 de enero de 2018, el Consejo de la Unión Europea decidió de manera unánime imponer a siete ciudadanos venezolanos que ocupan cargos oficiales sanciones a través de medidas restrictivas, como la prohibición de viajar o la inmovilización de activos, por haber vulnerado los principios democráticos;

E.  Considerando que los acontecimientos recientes en Venezuela están causando un aumento de la polarización y del deterioro de la situación de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho; que Venezuela se enfrenta a una crisis política, social, económica y humanitaria sin precedentes que se está cobrando muchas vidas;

1.  Rechaza enérgicamente la decisión de la Asamblea Nacional Constituyente, no reconocida internacionalmente, respaldada por el Consejo Nacional Electoral de celebrar elecciones presidenciales anticipadas, cuya fecha prevista actualmente es el 20 de mayo de 2018; pide su suspensión inmediata hasta que se reúnan las condiciones necesarias para unas elecciones creíbles, transparentes e integradoras;

2.  Insiste en que la Unión solo reconocerá unas elecciones que estén basadas en un calendario electoral viable, sean acordadas en el contexto del diálogo nacional con todos los actores y partidos políticos relevantes, y en las que se cumplan unas condiciones de participación equitativas, justas y transparentes, lo que incluye el levantamiento de las prohibiciones que pesan sobre los políticos de la oposición, la liberación de los presos políticos, la composición equilibrada de un Consejo Electoral Nacional imparcial y la existencia de garantías suficientes, entre ellas, el seguimiento por parte de observadores internacionales independientes;

3.  Pide que se convoquen con carácter inmediato elecciones que cumplan todas las normas internacionales, de manera plenamente conforme con los criterios de la OEA; subraya que el gobierno legítimo que surja de tales elecciones debe hacer frente con urgencia a la actual crisis económica y social en Venezuela y trabajar en favor de la reconciliación nacional del país;

4.  Recuerda que, en las circunstancias actuales, el Parlamento Europeo no reconocerá las elecciones que resulten de este proceso electoral ilegítimo; pide, en este sentido, a la Unión Europea, la OEA y al «Grupo de Lima» que actúen de forma unida y coordinada;

5.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Gobierno y a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana, y al secretario general de la Organización de los Estados Americanos.

 

Última actualización: 3 de mayo de 2018
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