Propuesta de resolución - B8-0487/2018Propuesta de resolución
B8-0487/2018

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el bienestar de los animales, el uso de agentes antimicrobianos y el impacto medioambiental de la cría industrial de pollos de engorde

17.10.2018 - (2018/2858(RSP))

tras la pregunta con solicitud de respuesta oral B8‑0410/2018
presentada de conformidad con el artículo 128, apartado 5, del Reglamento interno

Jørn Dohrmann, Zbigniew Kuźmiuk, Stanisław Ożóg, Beata Gosiewska en nombre del Grupo ECR

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0484/2018

Procedimiento : 2018/2858(RSP)
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B8-0487/2018
Textos presentados :
B8-0487/2018
Debates :
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B8‑0487/2018

Resolución del Parlamento Europeo sobre el bienestar de los animales, el uso de agentes antimicrobianos y el impacto medioambiental de la cría industrial de pollos de engorde

(2018/2858(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vista su Resolución, de 26 de noviembre de 2015, sobre una nueva estrategia para el bienestar de los animales 2016-2020[1],

–  Visto el Plan de Acción europeo de 2017 «Una sola salud» para luchar contra la resistencia a los antimicrobianos,

–  Visto el Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo, de 13 de abril de 2018, sobre la aplicación de la Directiva 2007/43/CE y su influencia para el bienestar de los pollos destinados a la producción de carne, así como sobre el desarrollo de indicadores del bienestar (COM(2018)0181),

–  Visto el acuerdo sobre el Reglamento sobre los medicamentos veterinarios alcanzado el 5 de junio de 2018,

–  Vista la pregunta a la Comisión sobre bienestar de los animales, uso de agentes antimicrobianos e impacto medioambiental de la cría industrial de pollos de engorde (O-000095/2018 – B8‑0410/2018),

–  Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que la «Directiva “broiler”» establece disposiciones mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne;

B.  Considerando que el 5 de junio de 2018 se alcanzó un acuerdo sobre el Reglamento sobre los medicamentos veterinarios;

C.  Considerando que la Unión es un importante productor mundial de pollos de engorde y que el sector de las aves de corral da empleo a más de 250 000 personas y 23 000 grandes explotaciones de pollos de engorde en Europa;

D.  Considerando que el reciente informe de aplicación de la Comisión no ha demostrado ninguna mejora significativa del bienestar animal, y ha revelado que la aplicación es, en el mejor de los casos, incoherente entre los Estados miembros;

E.  Considerando que el uso excesivo de antimicrobianos veterinarios, especialmente como promotores del crecimiento y con fines metafilácticos o profilácticos, ha sido uno de los principales factores que influyen en la resistencia a los antimicrobianos;

F.  Considerando que la contaminación procedente de la agricultura industrial está aumentando y podría tener un grave impacto en el aire, el suelo y el agua;

G.  Considerando que la aplicación de la Directiva de 2007 no es uniforme ni efectiva;

1.  Acoge con satisfacción el acuerdo alcanzado el 5 de junio de 2018 sobre el Reglamento sobre los medicamentos veterinarios; espera que permita poner fin a la utilización de medicamentos como promotores del crecimiento en los alimentos vendidos en el mercado europeo y que limite el uso de medicamentos con fines metafilácticos y profilácticos a los casos estrictamente necesarios; espera también que facilite la innovación en el ámbito de la medicina veterinaria, contribuyendo así a la lucha contra la resistencia a los antimicrobianos;

2.  Hace hincapié en que los antimicrobianos son esenciales para el tratamiento de enfermedades bacterianas infecciosas y zoonóticas por la medicina veterinaria y humana;

3.  Señala que el uso inadecuado de antimicrobianos podría hacerlos ineficaces, lo que, en consecuencia, constituiría un peligro para la salud humana;

4.  Destaca que la mejora de las técnicas de ganadería permitirá mejorar la calidad de vida de las aves de corral y reducir la necesidad de utilizar antimicrobianos, por ejemplo, proporcionando luz natural, aire limpio y más espacio, y reduciendo el amoníaco;

5.  Hace hincapié en que los antimicrobianos no deben utilizarse de forma habitual ni para la compensación de prácticas ganaderas deficientes, sino que deben utilizarse únicamente con fines de tratamiento según lo prescrito por un veterinario cuando se hayan diagnosticado casos específicos de enfermedad o infección, con el fin de evitar problemas de bienestar;

6.  Hace hincapié en que la competencia desleal conducirá a unas condiciones de competencia desiguales, ya que quienes incumplen las normas socavan la competitividad de los que las cumplen;

7.  Hace hincapié en que deben aplicarse las mismas normas a los productos importados;

8.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión y a los Estados miembros.

 

Última actualización: 22 de octubre de 2018
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