Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-007665-15 a la Comisión Artículo 130 del Reglamento Estefanía Torres Martínez (GUE/NGL) , Pablo Iglesias (GUE/NGL)
Asunto: Pagos fraudulentos en España a personas que no son agricultores
Según la denuncia ante la Comisión Europea registrada con el número CHAP (2015) 00540, en España se vienen abonando las ayudas del régimen del pago único a personas físicas y jurídicas que han arrendado sus tierras a agricultores, pero dichas personas físicas y jurídicas han conservado los derechos de pago único y solicitado el pago de las ayudas por las tierras que tienen arrendadas a agricultores.
La asignación inicial de derechos del régimen del pago básico a personas que, no cumpliendo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 33 del Reglamento (CE) n° 73/2009 del Consejo por no tener la condición de agricultor, han venido percibiendo las ayudas de forma contraria a lo establecido en dicho Reglamento tiene especial relevancia este año 2015 si tenemos en cuenta que será de aplicación lo establecido en el artículo 26 del Reglamento (UE) 1307/2013.
¿Piensa la Comisión hacer uso de las funciones que tiene atribuidas en el apartado 1 del artículo 17 del Tratado de la Unión Europea para recuperar los pagos de ayudas directas a personas que no eran agricultores y rectificar la difusión de cómo crear artificialmente condiciones para obtener ventajas en el pago básico por parte del Gobierno español?