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Pregunta parlamentaria - E-002383/2019(ASW)Pregunta parlamentaria
E-002383/2019(ASW)

Respuesta

El Consejo no comenta artículos de prensa. El marco jurídico relativo a la cooperación policial en la UE se rige por el título V del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), y Europol desempeña un papel destacado en él. En términos más generales, ni el Tratado de la Unión Europea (TUE) ni el TFUE ni el Reglamento Europol[1] regulan la organización interna de las estructuras policiales o de seguridad nacional de un Estado miembro, que son competencias estrictamente nacionales.

El Reglamento Europol fue adoptado conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo y deja que sea cada Estado miembro quien decida qué autoridades participan en la cooperación y el intercambio de información con Europol. Por consiguiente, no corresponde al Consejo pronunciarse sobre las cuestiones mencionadas, relativas al Gobierno de España.

Última actualización: 11 de noviembre de 2019
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