Pregunta parlamentaria - O-000018/2017Pregunta parlamentaria
O-000018/2017

Fiscalidad portuaria

13.3.2017

Pregunta con solicitud de respuesta oral O-000018/2017
a la Comisión
Artículo 128 del Reglamento
Franck Proust, Renaud Muselier, Michèle Alliot-Marie, Hugues Bayet, Ivo Belet, Alain Cadec, Arnaud Danjean, Michel Dantin, Rachida Dati, Angélique Delahaye, Esther de Lange, Marielle de Sarnez, Gérard Deprez, Nathalie Griesbeck, Françoise Grossetête, Brice Hortefeux, Agnes Jongerius, Marc Joulaud, Philippe Juvin, Jérôme Lavrilleux, Constance Le Grip, Jeroen Lenaers, Louis Michel, Nadine Morano, Elisabeth Morin-Chartier, Maurice Ponga, Frédérique Ries, Robert Rochefort, Claude Rolin, Dominique Riquet, Tokia Saïfi, Anne Sander, Kathleen Van Brempt, Peter van Dalen, Wim van de Camp, Cora van Nieuwenhuizen, Lambert van Nistelrooij, Tom Vandenkendelaere, Hilde Vautmans

En julio de 2013, la Comisión envió un cuestionario a todos los Estados miembros sobre los sistemas portuarios y su fiscalidad con el fin de aclarar la situación de los puertos a la luz de las normas de la Unión relativas a las ayudas estatales. Desde entonces, sobre la base del cuestionario, la Comisión ha iniciado procedimientos formales relativos a la exención del impuesto de sociedades para los puertos de tres Estados miembros (los Países Bajos, Francia y Bélgica). La Comisión considera que esta exención del impuesto constituye una ayuda estatal, lo cual distorsiona la competencia.

No obstante, los puertos europeos no son actores socioeconómicos como todos los demás. Las autoridades portuarias pueden en ocasiones realizar misiones públicas como operaciones de la policía de la navegación o garantizar un acceso adecuado a todos los operadores de transportes (en particular el dragado). También participan en el desarrollo económico y social de los territorios en los que desempeñan su servicio. Como pilares del mapa europeo de transportes, constituyen puntos de acceso y nudos intermodales, y desempeñan asimismo un papel decisivo en el suministro de bienes y energía a un país en su conjunto. En definitiva, esta inestabilidad jurídica y un enfoque país por país hacen que las perspectivas de inversión resulten mucho más complicadas para los puertos y las autoridades locales que los apoyan.

Ante los hechos descritos,

– ¿puede la Comisión ser más transparente por lo que respecta a los resultados del cuestionario enviado a los Estados miembros en julio de 2013?

– ¿puede comprometerse a incorporar en su enfoque las características y las externalidades positivas de los puertos mencionados más arriba?