TÍTULO I : DE LOS DIPUTADOS, LOS ÓRGANOS DEL PARLAMENTO Y LOS GRUPOS POLÍTICOS
CAPÍTULO 1 : DE LOS DIPUTADOS AL PARLAMENTO EUROPEO
Artículo 1 : El Parlamento Europeo
1. El Parlamento Europeo es la asamblea elegida de conformidad con los Tratados, con el Acta de 20 de septiembre de 1976 relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo y con la legislación nacional adoptada en aplicación de los Tratados.
2. La denominación de los representantes elegidos al Parlamento Europeo será la siguiente:
"Членове на Европейския парламент" en búlgaro,
"Diputados al Parlamento Europeo" en español,
"Poslanci Evropského parlamentu" en checo,
"Medlemmer af Europa-Parlamentet" en danés,
"Mitglieder des Europäischen Parlaments" en alemán,
"Euroopa Parlamendi liikmed" en estonio,
"Βoυλευτές τoυ Ευρωπαϊκoύ Κoιvoβoυλίoυ" en griego,