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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2015/0001(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0195/2015

Textos presentados :

A8-0195/2015

Debates :

Votaciones :

PV 07/07/2015 - 5.4
CRE 07/07/2015 - 5.4
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P8_TA(2015)0242

Textos aprobados
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Martes 7 de julio de 2015 - Estrasburgo
Concesión de posibilidades de pesca en aguas de la UE a los buques pesqueros que enarbolan el pabellón de Venezuela frente a la costa de la Guayana francesa ***
P8_TA(2015)0242A8-0195/2015

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 7 de julio de 2015, sobre el proyecto de Decisión del Consejo por la que se aprueba, en nombre de la Unión Europea, la Declaración sobre la concesión de posibilidades de pesca en aguas de la UE a los buques pesqueros que enarbolan el pabellón de la República Bolivariana de Venezuela en la zona económica exclusiva frente a la costa de la Guayana francesa (05420/2015 – C8-0043/2015 – 2015/0001(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto de Decisión del Consejo por la que se aprueba, en nombre de la Unión Europea, la Declaración sobre la concesión de posibilidades de pesca en aguas de la UE a los buques pesqueros que enarbolan el pabellón de la República Bolivariana de Venezuela en la zona económica exclusiva frente a la costa de la Guayana Francesa (05420/2015),

–  Visto el proyecto de Declaración sobre la concesión de posibilidades de pesca en aguas de la UE a los buques pesqueros que enarbolan el pabellón de la República Bolivariana de Venezuela en la zona económica exclusiva frente a la costa de la Guayana francesa (05420/2015),

–  Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 43, apartado 2, y el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letras a) y v), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0043/2015),

–  Vistos el artículo 99, apartado 1, párrafos primero y tercero, y apartado 2, y el artículo 108, apartado 7, de su Reglamento,

–  Vista la recomendación de la Comisión de Pesca (A8-0195/2015),

1.  Concede su aprobación a la aprobación de la Declaración;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y la República Bolivariana de Venezuela.

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