Decisión del Parlamento Europeo de no presentar objeciones al Reglamento Delegado de la Comisión, de 30 de octubre de 2015, que modifica el Reglamento Delegado (UE) n.° 1268/2012 sobre las normas de desarrollo del Reglamento (UE, Euratom) n.° 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (C(2015)07555 – 2015/2939(DEA))
El Parlamento Europeo,
– Visto el Reglamento Delegado de la Comisión (C(2015)07555),
– Vista la carta de la Comisión de 12 de noviembre de 2015, por la que le solicita que declare que no presentará objeciones al Reglamento Delegado,
– Vista la carta de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Control Presupuestario al presidente de la Conferencia de Presidentes de Comisión de 27 de noviembre de 2015,
– Visto el artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión(1), y en particular su artículo 210,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2015/1929 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de octubre de 2015, por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012(2),
– Vista la recomendación de Decisión de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Control Presupuestario,
– Visto el artículo 105, apartado 6, de su Reglamento,
– Visto que no se ha manifestado oposición alguna en el plazo señalado en el artículo 105, apartado 6, tercer y cuarto guiones, de su Reglamento, que expiró el 15 de diciembre de 2015,
A. Considerando que las Directivas 2014/23/UE(3) y 2014/24/UE(4), que los Estados miembros deben incorporar a su Derecho nacional antes del 18 de abril de 2016, hacen necesaria la modificación tanto del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 como del Reglamento Delegado (UE) n.o 1268/2012 de la Comisión sobre las normas de desarrollo del Reglamento (UE, Euratom) n.° 966/2012, en relación con los procedimientos de contratación pública de las instituciones de la UE y los contratos adjudicados por su propia cuenta;
B. Considerando que el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 fue modificado en consonancia el 28 de octubre de 2015 por el Reglamento (UE, Euratom) n.o 2015/1929 que lo ajustó a las Directivas mencionadas anteriormente y entró en vigor el 30 de octubre de 2015;
C. Considerando que, el 30 de octubre de 2015, la Comisión adoptó el Reglamento Delegado (C(2015)07555) para velar por que la correspondiente actualización del Reglamento Delegado (UE) n.o 1268/2012 de la Comisión pueda aplicarse desde el comienzo del ejercicio, garantizando así una transición clara hacia las nuevas normas sobre contratación pública y contratos de concesión de la UE;
D. Considerando que, con arreglo al artículo 210 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012, por el que se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados, en principio, el Reglamento Delegado (C(2015)07555) solo puede entrar en vigor al final del periodo de control por el Parlamento y el Consejo, que comprende dos meses a partir de la fecha de notificación —es decir, hasta el 30 de diciembre de 2015— y que puede ser ampliado en otros dos meses;
E. Considerando, no obstante, que, el 12 de noviembre de 2015, la Comisión solicitó al Parlamento que, si no tenía intención de presentar objeciones al acto delegado, se lo notificara a más tardar el 21 de diciembre de 2015, ya que, a fin de garantizar su publicación puntual en el Diario Oficial antes del 31 de diciembre de 2015 y asegurar así la entrada en vigor del acto delegado el 1 de enero de 2016, según lo previsto, dicho acto debería transmitirse a la Oficina de Publicaciones antes del 21 de diciembre de 2015;
1. Declara que no presentará objeciones al Reglamento Delegado;
2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al Consejo y a la Comisión.
Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la adjudicación de contratos de concesión (DO L 94 de 28.3.2014, p. 1).
Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO L 94 de 28.3.2014, p. 65).