Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2013/0013(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0368/2016

Textos presentados :

A8-0368/2016

Debates :

PV 12/12/2016 - 10
CRE 12/12/2016 - 10

Votaciones :

PV 14/12/2016 - 9.9
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P8_TA(2016)0496

Textos aprobados
PDF 242kWORD 42k
Miércoles 14 de diciembre de 2016 - Estrasburgo
Normalización de las cuentas de las empresas ferroviarias ***II
P8_TA(2016)0496A8-0368/2016

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 14 de diciembre de 2016, respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.º 1192/69 del Consejo, relativo a las normas comunes para la normalización de las cuentas de las empresas ferroviarias (11197/1/2016 – C8-0424/2016 – 2013/0013(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Posición del Consejo en primera lectura (11197/1/2016 – C8-0424/2016),

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 11 de julio de 2013(1),

–  Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 8 de octubre de 2013(2),

–  Vista su Posición en primera lectura(3) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2013)0026,

–  Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 76 de su Reglamento,

–  Vista la Recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Transportes y Turismo (A8-0368/2016),

1.  Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;

2.  Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición del Consejo;

3.  Encarga a su Presidente que firme el acto, conjuntamente con el Presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

4.  Encarga a su Secretario General que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

5.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) DO C 327 de 12.11.2013, p. 122.
(2) DO C 356 de 5.12.2013, p. 92.
(3) Textos Aprobados de 26.2.2014, P7_TA(2014)0152.

Aviso jurídico - Política de privacidad