Terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación ***I
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 2 de octubre de 2018, Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación (versión codificada) (COM(2018)0139 – C8-0116/2018 – 2018/0066(COD))
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2018)0139),
– Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 77, apartado 2, letra a, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C8‑0116/2018),
– Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el Acuerdo interinstitucional, de 20 de diciembre de 1994, sobre un método de trabajo acelerado con vistas a la codificación oficial de los textos legislativos(1),
– Vistos los artículos 103 y 59 de su Reglamento interno,
– Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A8-0290/2018),
A. Considerando que, según el grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, la propuesta en cuestión se limita a una codificación pura y simple de los textos existentes, sin ninguna modificación sustancial de estos;
1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;
2. Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 2 de octubre de 2018 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2018/... del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación (versión codificada)
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, el Reglamento (UE) 2018/1806.)