Parlamento Europeo
Textos aprobados por el Parlamento
Edición provisional : 30/01/2003

Situación en Iraq

P5_TA(2003)0032

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en el Iraq

El Parlamento Europeo,

-  Vistas sus anteriores resoluciones sobre la situación en el Iraq y, en particular, su Resolución de 16 de mayo de 2002, sobre la situación en el Iraq once años después de la Guerra del Golfo(1),

-  Vistas todas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre el Iraq y, en particular, la Resolución 1441, de 8 de noviembre de 2002,

-  Visto el informe elaborado por el Presidente Ejecutivo de la Comisión de las Naciones Unidas de Vigilancia, Verificación e Inspección (UNMOVIC) y del Director General del Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA) presentado al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el 27 de enero de 2003,

-  Vista la Declaración solemne realizada por Francia y Alemania el 22 de enero de 2003, en París,

-  Vistas las conclusiones de los Ministros de Asuntos Exteriores de la UE sobre el Iraq, de 27 de enero de 2003,

A.  Considerando que la Resolución 1441 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas encargaba a la UNMOVIC la imposición de un régimen de inspección reforzado de desarme al Iraq y pedía que Bagdad facilitara a la UNMOVIC y al OIEA una declaración exacta, cabal y completa de todos los aspectos de sus programas para el desarrollo de armas químicas, biológicas y nucleares, misiles balísticos y cualquier otra información relativa a sus programas relativos a armas químicas, biológicas y nucleares,

B.  Subrayando la importancia que reviste un desarme total iraquí bajo control internacional en materia de las armas químicas, bacteriológicas, radiológicas y nucleares de destrucción masiva que puedan existir, así como de un desmantelamiento de la posible capacidad iraquí para fabricar dicho armamento, de conformidad con las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidades,

C.  Considerando que la Unión Europea y sus Estados miembros deben adoptar el mismo enfoque con el objetivo de garantizar un seguimiento internacional rápido y eficiente de la situación en el Iraq,

D.  Considerando el aislamiento practicado por el Gobierno iraquí y su falta de cooperación con la comunidad internacional, la extrema militarización de la sociedad iraquí, las violaciones generalizadas y gravísimas de los derechos humanos y del Derecho humanitario internacional, así como la total falta de derechos políticos y democráticos en el Iraq,


1.  Afirma de nuevo su compromiso con la paz, la democracia y el respeto de los derechos humanos y el Derecho internacional, y reitera la necesidad de que se apliquen y cumplan plenamente las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con el fin de garantizar la paz y la seguridad internacionales;

2.  Apoya completamente la labor del Sr. Hans Blix, Presidente Ejecutivo de la UNMOVIC, del Sr. El Baradei, Director General del OIEA, así como de sus equipos de inspectores encargados del régimen de inspección reforzado de las Naciones Unidas establecido en la Resolución 1441;

3.  Opina que las violaciones de la Resolución 1441 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas señaladas por los inspectores respecto a las armas de destrucción masiva no justifican el recurso a la acción militar, y considera que la adopción de cualquier nueva medida ha de incumbir al Consejo de Seguridad tras efectuar un examen exhaustivo de la situación;

4.  Pide al Gobierno del Iraq que cumpla lo dispuesto en la Resolución 1441 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y que siga permitiendo las inspecciones de la UNMOVIC de manera incondicional y sin poner trabas al acceso, que coopere plenamente y responda a las observaciones hechas por el Presidente Ejecutivo de la UNMOVIC en su informe; pide, además, que toda la información pertinente disponible, de todas las fuentes, se transmita sin demora a la UNMOVIC;

5.  Se congratula a este respecto por las Conclusiones del Consejo de Asuntos Generales y de Relaciones Exteriores celebrado el 27 de enero de 2003, y espera que los Estados miembros las apliquen en todos los organismos correspondientes; insta al Consejo a que trate de alcanzar una posición común sobre el Iraq en el marco de la PESC, a fin de que la UE pueda hablar con una sola voz en el escenario internacional sobre la situación actual y la evolución futura de este conflicto; pide a los países candidatos que, realizadas las consultas pertinentes, se adapten a la posición común europea;

6.  Expresa su oposición a cualquier acción militar unilateral y considera que un ataque preventivo no sería conforme al Derecho internacional ni a la Carta de las Naciones Unidas y daría lugar a una crisis más profunda que implicaría a otros países de la zona, y subraya que hay que hacer todo lo posible por evitar las acciones militares;

7.  Pide que se exploren todas las vías políticas y diplomáticas con el fin de garantizar una solución pacífica del conflicto, y hace hincapié en la necesidad de proteger y mantener la paz y la seguridad internacional;

8.  Pide a las Naciones Unidas que comprueben los efectos del embargo, en particular las consecuencias negativas para la situación humanitaria de los civiles iraquíes, de las mujeres y los niños en especial, a fin de que, en caso necesario, puedan definirse medidas para el levantamiento del embargo;

9.  Pide al Consejo que realice todos los esfuerzos posibles para parar la guerra en Oriente Próximo; insta a la Presidencia de la UE y al Alto Representante para la PESC a que, en este sentido, dejen claro a la Administración de los Estados Unidos que la solución al conflicto de Oriente Próximo es la máxima prioridad de la UE y que no se puede aplazar por más tiempo una iniciativa internacional fuerte y convincente para la rápida aplicación del plan de trabajo aprobado por el Cuarteto;

10.  Subraya el compromiso de la Unión Europea con la soberanía y la integridad territorial del Iraq, de Kuwait y de los países vecinos;

11.  Insta al Consejo y a los Estados miembros a que tomen la iniciativa de proponer que la Corte Penal Internacional investigue la responsabilidad del régimen del líder iraquí en el genocidio perpetrado contra la población árabe de las marismas, y en otros crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad;

12.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Alto Representante de la PESC, al Secretario General de las Naciones Unidas y al Gobierno del Iraq.



(1)      P5_TA(2002)0248.