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 Index 
 Texte intégral 
Acta literal de los debates
Lunes 8 de febrero de 2010 - Estrasburgo Edición DO

Cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad - Asistencia mutua en materia de cobro de los créditos correspondientes a determinados impuestos, derechos y otras medidas - Aplicación optativa y temporal del mecanismo de inversión del sujeto pasivo a determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios susceptibles de fraude (modificación de la Directiva 2006/112/CE) - Fomento de la buena gobernanza en el ámbito fiscal (debate)
MPphoto
 

  Magdalena Álvarez, ponente. (ES) Señor Presidente, quisiera referirme a las razones por las que vamos más allá de los estándares establecidos en la OCDE en cuanto al intercambio automático de información.

Podríamos analizar múltiples argumentos pero es evidente que el modelo de la OCDE está concebido en un marco más amplio para las relaciones internacionales, que responden a unas reglas del juego muy diferentes de las de la Unión Europea.

En la Unión Europea, tenemos un mismo espacio económico —como ha dicho el señor Kovács— en el que la información fiscal debe circular con la misma facilidad que los sujetos, para que cada Estado miembro pueda aplicar su sistema fiscal. Es un mercado único en el que no hay barreras para los sujetos ni para los bienes y, por lo tanto, no tiene por qué haberlas para la información fiscal.

Los Estados miembros son parte de un proyecto político y las relaciones entre sus sistemas fiscales deben ser acordes con este proyecto político. Más allá del evidente imperativo práctico, nos encontramos ante una cuestión de principios.

Asimismo, quisiera subrayar la idea de que la soberanía fiscal, en la medida en que luchamos contra el fraude, se ve reforzada en lugar de menoscabada. Es decir, los Estados miembros verán reforzada su soberanía fiscal al disponer de instrumentos más eficaces para aplicar su propio sistema fiscal. Y, por lo tanto, es una cuestión que debemos tener en cuenta y, por ello, hemos de apoyar esta Directiva.

Además, quisiera matizar que el fraude, como ha dicho el señor Klinz, es un delito. No lo podemos justificar con argumentos de tan poco peso como los elevados impuestos de los distintos sistemas fiscales. Al contrario, yo diría que, si se redujera el fraude fiscal, podríamos reducir los impuestos. Sí es cierto que debemos seguir trabajando para simplificar los diferentes sistemas fiscales.

Y, para concluir, quisiera destacar el importante efecto desincentivador que tienen precisamente los cuatro informes y las cuatro directivas que estamos apoyando, en la medida en que, cuando los contribuyentes sean conscientes de que gracias a esta normativa hay menos espacio y refugio para los que defraudan, la tentación de intentarlo será mucho menor. Y si, aun así, lo intentan, tendremos más instrumentos más eficaces para perseguir dicho fraude.

Por último, quisiera resaltar la oportunidad temporal de esta medida, puesto que la crisis ha puesto de manifiesto el peligro de la opacidad, el contagio de unos países a otros y la necesidad de estímulos públicos. Aquí quiero referirme al apoyo del señor Lamberts, quien especifica que estamos en un momento en el que las finanzas públicas deben hacer un especial esfuerzo para adoptar medidas de reactivación económica y de cobertura social para amortiguar los efectos de dicha crisis.

Por todo ello, los ciudadanos están, hoy más que nunca, muy concienciados sobre la gravedad del fraude fiscal y sobre sus efectos sobre la economía en general y exigen de sus representantes medidas adecuadas para hacerle frente.

 
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