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 Index 
 Full text 
Acta literal de los debates
Lunes 18 de octubre de 2010 - Estrasburgo Edición DO

Convenio sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del Atlántico Noroccidental – Régimen de control y ejecución aplicable en la zona del Convenio sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del Atlántico Nororiental (debate)
MPphoto
 

  Carmen Fraga Estévez, ponente.(ES) Señor Presidente, permítanme expresar mi gratitud al Consejo y a la Comisión Europea por llegar a este buen acuerdo en primera lectura y, muy en particular, a los servicios jurídicos de las tres instituciones por su colaboración y ayuda para resolver los problemas derivados de la nueva comitología tras el Tratado de Lisboa.

Creo que hemos logrado un buen compromiso, sobre todo, porque supone un avance sustancial con respecto a la situación actual, aunque, como en todo compromiso, todos hemos debido hacer concesiones y ser flexibles en un trabajo que ha sido especialmente complejo, ya que la propuesta de la Comisión nos llegó antes de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, lo que ha obligado, al mismo tiempo, a adaptarla a la nueva situación, en particular a los artículos 290 y 291 del Tratado, referidos a los actos delegados y a los actos de ejecución.

Al tratarse de una transposición a la normativa comunitaria de recomendaciones emanadas de una organización regional de pesca, la CPANE en este caso, pero a la que seguirán muchas otras, el objetivo del Parlamento era fundamentalmente establecer un mecanismo que permita hacer estas transposiciones de la manera más rápida posible, evitando, como hasta ahora, que retrasos burocráticos internos nos impidieran responder correctamente a nuestras obligaciones internacionales.

Así, la nueva redacción del artículo 48, tras el compromiso alcanzado con el Consejo, relativo a las ulteriores modificaciones de este Reglamento, permitirá a la Comisión tanto cumplir con las obligaciones que impone la CPANE como adecuarse a nuevas recomendaciones que surjan en el futuro, mediante la delegación de poderes.

Es cierto que la Comisión quería que todos los artículos de la propuesta pudieran ser revisados a través de los actos delegados, y el compromiso acepta que la mayoría así sea, salvo en temas como el registro de capturas, trasbordos, inspecciones o seguimiento de infracciones, es decir, fundamentalmente materias relativas a control y vigilancia que quedarán en el marco de la codecisión.

De todos modos, señora Comisaria, el Parlamento se compromete a modificar este procedimiento si se demuestra que la inclusión de estos aspectos en el ámbito de la codecisión pudiera poner en riesgo el cumplimiento de las obligaciones de la Unión Europea y, especialmente, de la Comisión, en tanto que parte contratante de la organización regional de pesca.

Es por ello que consideramos que este compromiso supone, como he dicho, un avance sustancial, no solo en lo que se refiere a esta propuesta concreta, sino para sentar las bases de futuras discusiones entre el Consejo, la Comisión y el Parlamento en materia de política pesquera.

 
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