Propuesta de resolución - B6-0183/2008Propuesta de resolución
B6-0183/2008

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

21.4.2008

tras una declaración de la Comisión
presentada de conformidad con el apartado 2 del artículo 103 del Reglamento
por Francisca Pleguezuelos Aguilar, Brian Simpson, Inés Ayala Sender y Luis Yañez-Barnuevo García,
en nombre del Grupo del PSE
sobre el hundimiento del «New Flame» y sus consecuencias en la Bahía de Algeciras

Procedimiento : 2008/2551(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B6-0183/2008
Textos presentados :
B6-0183/2008
Textos aprobados :

B6‑0183/2008

Resolución del Parlamento Europeo sobre el hundimiento del «New Flame» y sus consecuencias en la Bahía de Algeciras

El Parlamento Europeo,

–  Vistos los artículos 71, 80 y 251 del Tratado CE,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre los paquetes marítimos y la seguridad marítima,

–  Vista su Resolución de 12 de julio de 2007 sobre una futura política marítima de la Unión Europea: Perspectiva europea de los océanos y los mares, [1]

–  Vista la queja relativa al caso del «New Flame» presentada por la Junta de Andalucía ante la Comisión de conformidad con el artículo 226 del Tratado CE,

–  Visto el apartado 2 del artículo 103 de su Reglamento,

A.  Considerando que, el 12 de agosto de 2007, colisionaron frente a las costas de Gibraltar un petrolero de doble casco y el carguero «New Flame»,

B.  Considerando que, inmediatamente antes de la colisión, el «New Flame» pudo abandonar el puerto de Gibraltar sin autorización ni control de las autoridades portuarias,

C.  Considerando que se han tomado sobre el terreno diversas medidas para las operaciones de rescate y salvamento,

D.  Considerando que la prioridad de la normativa europea consiste en mantener un medio ambiente seguro y no contaminado en los mares y océanos, especialmente en el mar Mediterráneo,

E.  Considerando que, si bien los accidentes de este tipo no tienen el mismo impacto medioambiental que aquéllos en que están implicados los petroleros, sí suscitan preocupación social, como en el caso del carguero MSC Napoli, que encalló en Lyme Bay el 19 de enero de 2007 tras sufrir graves daños estructurales en su casco a causa de un fuerte temporal,

F.  Considerando que las autoridades españolas y el Gobierno de Gibraltar han proporcionado a la Agencia Europea de Seguridad Marítima toda la información disponible acerca del accidente del «New Flame» y de sus consecuencias,

G.  Considerando que las autoridades españolas pidieron inmediatamente a la Agencia Europea de Seguridad Marítima todos los recursos disponibles para controlar la contaminación causada por el «New Flame»; considerando que como respuesta a esta petición, los servicios CleanSeaNet proporcionaron imágenes por satélite de la Bahía de Algeciras y que, al mismo tiempo, la AESM contrató el buque Mistral Bay, especializado en labores de descontaminación marina, que fue movilizado en breve plazo para operaciones de descontaminación; considerando que, en la actualidad, están disponibles en esa zona otros dos buques especializados en labores de descontaminación,

H.  Considerando que España ha situado, desde el 13 de agosto de 2007, el buque anticontaminación Don India en la Bahía de Algeciras;

I.  Considerando que repostar combustible en alta mar (bunkering) no constituye en sí una violación del Derecho comunitario en materia de medio ambiente, y que sólo la contaminación derivada de las operaciones de bunkering viola la legislación de la CE,

1.  Se congratula de que no haya habido víctimas y de que no se haya detectado ninguna contaminación de importancia;

2.  Opina que el Gobierno de Gibraltar y las autoridades españolas han mostrado su disposición a colaborar, en el marco del Foro trilateral de diálogo sobre Gibraltar, del modo más efectivo para gestionar el accidente y sus consecuencias para el medio ambiente marítimo y costero;

3.  Subraya la rapidez y eficacia con que la Agencia Europea de Seguridad Marítima reaccionó ante la petición de ayuda de las autoridades españolas; subraya que el Parlamento Europeo ha abogado firmemente por un aumento de los recursos, tanto operativos como financieros, de la Agencia, e indica que habrá más buques disponibles para ofrecer ayuda en las diversas regiones marítimas de la UE;

4.  Recuerda que, tras la colisión entre los dos buques, no se ha registrado ninguna contaminación de importancia, y que se tomaron todas las medidas necesarias para evitar los vertidos durante las operaciones de recuperación del combustible y de salvamento; indica que no hay riesgo de contaminación material dado que se extrajo el combustible del buque y sólo quedan en las máquinas pequeñas cantidades de combustible;

5.  Lamenta que se hayan registrado algunos pequeños e inevitables vertidos, y que una pequeña cantidad de elementos contaminantes haya alcanzado las costas de Algeciras debido a las malas condiciones meteorológicas y a las operaciones necesarias para retirar el pecio; felicita al Gobierno español por haber activado su Plan de emergencia y haber movilizado los recursos necesarios en el lugar del incidente, asegurando la limpieza de las playas y la eliminación de toda la contaminación en un periodo muy breve;

6.  Indica que todas las autoridades pertinentes que gestionan la bahía, su costa y las operaciones de salvamento del «New Flame» deben seguir ejerciendo una extrema vigilancia respecto al posible vaciado, oportunista e ilegal, de los tanques de combustible;

7.  Subraya que el tercer paquete marítimo, que todavía se encuentra en fase de primera lectura en el Consejo, aunque el Parlamento ya aprobó su posición hace un año y desea que avance el procedimiento y se concluyan los siete procedimientos legislativos, ofrecerá a la UE los necesarios instrumentos de prevención de incidentes marítimos y de gestión de las consecuencias de tales incidentes, especialmente en forma de propuestas sobre la supervisión del tráfico marítimo y la investigación de los accidentes; insiste en la necesidad de garantizar una eficaz cooperación entre los puertos vecinos;

8.  Reitera su solicitud de que la Comisión presente lo antes posible una propuesta al Parlamento y al Consejo para asegurar que el combustible para buques se almacene, en los buques de nueva construcción, en tanques seguros de doble casco;

9.  Reitera su petición relativa a una Directiva de la UE para la mejora de la calidad de los combustibles marítimos; se felicita del reciente acuerdo de la OMI acerca de dicha propuesta, que se presentará el 1 de enero de 2010;

10.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la AESM, a los Parlamentos de los Estados miembros y a las autoridades regionales pertinentes.