Propuesta de resolución común - RC-B5-0053/2004Propuesta de resolución común
RC-B5-0053/2004

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN

9 de febrero de 2004

presentada de conformidad con el apartado 4 del artículo 37 del Reglamento por
para sustituir a las propuestas de resolución presentadas por los siguientes grupos:sobre la gobernanza empresarial y la supervisión de los servicios financieros - el caso Parmalat

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RC-B5-0053/2004
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RC-B5-0053/2004
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Resolución del Parlamento Europeo sobre la gobernanza empresarial y la supervisión de los servicios financieros - el caso Parmalat

El Parlamento Europeo,

– Vistos los planes de acción para mejorar la auditoría y la gobernanza empresarial en Europa iniciados por la Comisión en mayo de 2003 a la luz las recomendaciones del informe elaborado por Jaap Winter,

– Vista la intervención del Comisario Frits Bolkestein durante la última reunión del Consejo de Ministros de Economía y Finanzas, de 20 de enero de 2004, sobre las posibles repercusiones de la crisis de Parmalat en las políticas de la Unión Europea, y en particular el anuncio de que la Comisión presentará en marzo de este año una propuesta de modificación de la Octava Directiva relativa al Derecho de sociedades,

– Visto el apartado 4 del artículo 37 de su Reglamento,

A. Considerando que el Parlamento está elaborando un informe sobre el Plan de acción sobre la gobernanza empresarial (COM(2003) 284),

B. Extremadamente preocupado por los acontecimientos que rodean el caso Parmalat a medida que este va desvelándose,

C. Preocupado por sus implicaciones para empleados, inversores y bancos y por su impacto en la confianza en el buen funcionamiento del sistema financiero,

D. Considerando que Parmalat está presente en más de treinta países, que sus trabajadores se cuentan por decenas de miles en todo el mundo y que se trata de una de las principales empresas europeas del sector alimentario,

E. Considerando que se calcula que la deuda bruta acumulada de Parmalat asciende a 14 000 millones de euros, incluidas numerosas inversiones privadas no incluidas en los balances,

F. Considerando que el caso Parmalat pone de manifiesto la falta de transparencia y el conflicto de intereses en la relación entre bancos, empresas de auditoría y sociedades,

G. Considerando que la ausencia notoria de documentación en la sede central de Parmalat y la destrucción deliberada de ordenadores y de los datos que figuraban en ellos antes de la llegada de los investigadores dificultan las investigaciones,

H. Considerando que los recientes escándalos en distintas empresas demuestran la necesidad de mejorar la gobernanza empresarial y de reforzar las disposiciones europeas contra las prácticas irregulares en las empresas,

I. Considerando que toda reforma del Derecho de sociedades para reforzar la eficacia y la competitividad de las empresas en la Unión Europea tiene que dar lugar al mismo tiempo a la convergencia de las normas relativas a la integración de los mercados financieros; que el grado de volatilidad sin precedentes de los mercados financieros demuestra que todos los agentes de estos mercados se encuentran ante riesgos cada vez mayores,

J. Consciente de que el caso Parmalat ha puesto de manifiesto:

  • -la importancia de la cooperación entre autoridades nacionales de supervisión en relación con adquisiciones, grupos y conglomerados de carácter transfronterizo,
  • -que la transparencia y las obligaciones de información son importantes para remediar la asimetría de la información en los mercados financieros, pero que también son necesarias unas normas adecuadas y proporcionadas para garantizar una dirección diligente de las empresas y una gobernanza empresarial eficiente,

K. Considerando que la buena práctica del derecho de sociedades y de la gobernanza corporativa junto con la supervisión financiera son esenciales para la competitividad y la eficiencia del sector empresarial europeo y para la eficacia de la protección de los inversores,

L. Considerando que los recientes escándalos financieros en Europa y los Estados Unidos ponen de manifiesto el papel esencial de las empresas de auditoría y de la realización y aplicación de auditorías de alta calidad,

1. Lamenta los casos de bancarrota debidos a fraude en grandes empresas con participación pública , así como sus nefastas repercusiones sociales y económicas; pide que los responsables comparezcan ante la justicia;

2. Subraya la necesidad de que se tome en consideración la dimensión social del caso Parmalat; pide una solución para impedir una grave crisis social;

3. Manifiesta su preocupación por el hecho de que, en ninguna fase del proceso de fiscalización de las cuentas, ni los agentes encargados del control, ni las autoridades reguladoras, ni los auditores, ni las agencias de calificación sospecharan la más mínima malversación;

4. Pide al sector de los servicios financieros que ponga orden en sus asuntos y que redoble sus esfuerzos para garantizar que se lleva ante la justicia a la pequeña minoría de participantes en el mercado que no son honrados y para demostrar el compromiso del sector con una conducta ética y con una actuación diligente para proteger los ahorros de millones de personas y recuperar la plena confianza de los inversores en el sector de los servicios financieros;

5. Pide a todas las instituciones financieras implicadas que reembolsen a los inversores las pérdidas cuya responsabilidad les corresponda;

6. Insiste en la importancia de extraer lecciones del caso Parmalat, pero insta a todas las partes a que respondan de manera adecuada y sensata una vez que se haya efectuado una evaluación objetiva, apropiada y completa de lo ocurrido; decide hacer todo lo posible para tratar de garantizar que no se produzcan más escándalos como este, pero advierte contra reacciones automáticas o apresuradas;

7. Recuerda tanto al Consejo como a la Comisión que es necesario establecer un equilibrio entre las necesidades legítimas de recibir informaciones pertinentes y oportunas de las autoridades nacionales, los accionistas, los demás inversores y el público en general, por una parte, y las cargas administrativas y burocráticas impuestas a las empresas europeas, por otra;

8. Pide a la Comisión que tome la iniciativa de congregar a nivel europeo a los órganos e instituciones encargados de la vigilancia y el control de las relaciones entre empresas y bancos, con el fin de proteger los intereses de los ahorradores;

9. Pide a los reguladores nacionales que cooperen plenamente entre sí, particularmente cuando se ocupen de casos con implicaciones transfronterizas;

10. Opina que la solución a largo plazo reside en parte en la creación de una autoridad única de supervisión cautelar financiera en Europa;

11. Subraya la necesidad de disponer del plan de acción sobre la modernización del Derecho de sociedades presentado por la Comisión Europea;

12. Insiste en que la Comisión acelere sus trabajos sobre la Octava Directiva sobre el Derecho de sociedades relativa a la autorización de las personas encargadas del control legal de documentos contables y, en este contexto, pide a la Comisión que elabore legislación destinada a obligar a las empresas a una rotación de sus empresas de auditoría o a cambiar de socio de auditoría encargado de su contabilidad;

13. Rechaza el argumento de que esto encierra el riesgo de dañar la continuidad y de provocar más fallos de las auditorías; estima, por el contrario, que la rotación permite una evaluación mutua de las auditorías y daría mayor relevancia a este importante elemento de control;

14. Pide asimismo a la Comisión que considere la integración en la propuesta de otras disposiciones, como la prohibición de que sean los mismos auditores quienes presten a sus clientes de auditoría servicios distintos de la auditoría;

15. Considera que la presencia de administradores independientes en los consejos de administración es un planteamiento aplicable para mejorar el control de las cuentas de las empresas;

16. Apoya la propuesta de la Comisión de potenciar la responsabilidad colectiva de todos los miembros de los consejos de administración por lo que se refiere a los estados financieros y a los principales documentos no financieros, así como la presentación a medio plazo de una propuesta para incrementar la responsabilidad individual de los miembros de consejos de administración y para exigir información completa sobre la estructura del grupo y las relaciones existentes dentro del mismo, pero le insta a que agilice los trabajos para su adopción dentro del plazo publicado de 2005;

17. Considera que la Directiva sobre abuso del mercado y la Directiva sobre los folletos, ya adoptadas, y las Directivas pendientes sobre transparencia y sobre servicios de inversiones, de adoptarse a tiempo y aplicarse adecuadamente, reducirán de modo sustancial el riesgo de que se repitan prácticas incorrectas como las presenciadas en el caso Parmalat;

18. Recuerda al Consejo y a la Comisión que los debates en curso sobre la Directiva relativa a la transparencia deben aportar beneficios reales a los inversores y al público en general en relación con las obligaciones de información, lo que incluye una información de calidad a su debido tiempo y no simplemente informes trimestrales obligatorios, que, como se ha visto en el caso de Parmalat y manifiestamente en el caso de Enron, no impiden los escándalos financieros; considera que la transparencia no solamente significa la publicación de información periódica de carácter financiero, sino que también puede incluir la publicación de información de contenido social, medioambiental y ético;

19. Destaca la importancia de que se garantice a los inversores un nivel óptimo de transparencia previa a la negociación y posterior a la misma en lo referente a los instrumentos financieros;

20. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que consideren la conveniencia de revisar las normas y principios de la OCDE sobre gobernanza empresarial y liberalización de los movimientos de capital, con el fin de reforzar la protección de los inversores;

21. Pide a la Comisión que tome lo antes posible su decisión sobre la compatibilidad con la legislación comunitaria de las medidas adoptadas por el Gobierno italiano en relación con la crisis del sector lechero italiano en relación con el caso Parmalat;

22. Pide que se aceleren las negociaciones en todos los foros internacionales (foro sobre la estabilidad financiera del G8, OCDE, GAFI, etc.) encargados de establecer directrices para los centros extraterritoriales y otros paraísos financieros opacos;

23. Insta a la Comisión a que presente en breve plazo su tercera propuesta de Directiva contra el blanqueo de dinero;

24. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a los Gobiernos de los Estados en vías de adhesión, a la Comisión, a las autoridades reguladoras y supervisoras de todos los Estados miembros, de los Estados en vías de adhesión y del Espacio Económico Europeo, al Gobierno de los Estados Unidos de América, al IASB (Consejo internacional de normas de contabilidad) y a la Organización Internacional de Comisiones de Valores.