PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN
14.2.2007
- –Jürgen Schröder, Charles Tannock, Bernd Posselt y Eija-Riitta Korhola, en nombre del Grupo del PPE-DE
- –Pasqualina Napoletano, Harlem Désir, Marie-Arlette Parlotti, Pierre Moscoviti, Catherine Trautmann y Alain Hutchinson, en nombre del Grupo del PSE
- –Marco Cappato y Marios Matsakis, en nombre del Grupo ALDE
- –Eoin Ryan, en nombre del Grupo UEN
- –Marie-Hélène Aubert, Margrete Auken y Olle Schmidt, en nombre del Grupo Verts/ALE
- –Luisa Morgantini y Feleknas Uca, en nombre del Grupo GUE/NGL
- –UEN (B6‑0049/07)
- –GUE/NGL (B6‑0050/07)
- –Verts/ALE (B6‑0055/07)
- –ALDE (B6‑0062/07)
- –PSE (B6‑0063/07)
- –PPE-DE (B6‑0064/07)
Resolución del Parlamento Europeo sobre Guinea
El Parlamento Europeo,
– Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,
A. Profundamente preocupado por el estado de urgencia declarado por el Presidente Conté el 13 de febrero de 2007, tras la huelga general iniciada el 10 de enero por los sindicatos guineanos y la sociedad civil para protestar contra la degradación de la situación económica y social y por la represión violenta por las fuerzas de seguridad de una manifestación pacífica celebrada el 17 de enero de 2007 en Conakry,
B. Preocupado por los recientes actos de violencia, en los que las fuerzas de seguridad se enfrentaron a los manifestantes que pedían al Presidente Conté, que tomó el poder en 1984 mediante un golpe de Estado, que designase un Primer Ministro independiente y transmitiese todos sus poderes presidenciales,
C. Considerando que el Presidente Conté ha decretado un «estado de sitio», que prevé un toque de queda de veinte horas sobre veinticuatro, la prohibición de cortejos, desfiles y manifestaciones, así como de reuniones públicas o privadas, y que autoriza registros de día y de noche, dando amplios poderes al ejército, autorizado para tomar «todas las medidas necesarias»,
D. Considerando que la represión violenta llevada a cabo por las unidades especiales del ejército, en particular la «Compañía móvil de intervención y seguridad» y el «Batallón autónomo de seguridad presidencial», ha causado numerosas víctimas,
E. Considerando que el nombramiento por el Presidente Conté, el 9 de febrero de 2007, de Eugene Camara como Primer Ministro no es conforme con el acuerdo firmado el 27 de enero por el Gobierno y los sindicatos, en el que se pedía un «Primer Ministro consensuado» dotado de amplias competencias ejecutivas para un periodo de transición de tres años, durante el cual se organizarían elecciones parlamentarias y presidenciales, y que, por consiguiente, dicho nombramiento ha generado una situación de desorden y violencia continua en todo el territorio guineano,
F. Considerando que, desde 2005, se han producido diversos incidentes en los que las fuerzas de seguridad guineanas han disparado contra manifestantes no armados, concretamente en junio de 2006, cuando el Gobierno respondió a las manifestaciones contra el aumento de los precios de productos básicos con una represión brutal durante la cual las fuerzas de policía y el ejército mataron a tiros al menos a trece manifestantes no armados,
G. Considerando que Guinea posee oro, hierro y bauxita, tierras fértiles y recursos hídricos, así como recursos pesqueros, que podrían haber contribuido a mejorar el nivel de vida de su población si en el país hubiera prevalecido la responsabilidad democrática.
1. Condena enérgicamente la utilización desproporcionada y excesiva de la fuerza por los cuerpos de seguridad de Guinea durante las recientes manifestaciones en diferentes partes del país, que ocasionaron la muerte de numerosos civiles, varios heridos entre los manifestantes y la detención, entre otros, de dirigentes sindicales;
2. Subraya la importancia de nombrar un Primer Ministro consensuado, de conformidad con los compromisos adquiridos por el Presidente Conté;
3. Pide que se constituya una comisión internacional independiente de investigación, bajo la égida de las Naciones Unidas, para que investigue los recientes homicidios, así como pasados abusos de los derechos humanos, e identifique y procese a los responsables para poner fin a la impunidad;
4. Pide a las autoridades de Guinea que ordenen la liberación inmediata de todas las personas detenidas durante la manifestación en ausencia de cargos válidos y que, si tales cargos existen, garantice que esas personas tengan un juicio rápido y justo, en el que se garanticen en todo momento sus derechos procesales;
5. Pide que se restablezcan y se respeten las libertades individuales y sindicales y que cesen los abusos autoritarios que han caracterizado el régimen del Presidente Conté durante 23 años; pide que se inicien negociaciones con las organizaciones de la sociedad civil y los sindicatos con vistas a encontrar una solución negociada a las reivindicaciones;
6. Pide a las autoridades de Guinea que pongan fin inmediatamente a las matanzas y pide una transición democrática a un sistema que responda a las aspiraciones del pueblo guineano;
7. Pide a la Comisión que considere el diálogo político que se establece en el artículo 96 del Acuerdo de Cotonú;
8. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados Miembros, a la Unión Africana, a la CEDEAO, al Gobierno de Guinea, y al Secretario General de las Naciones Unidas.