Propuesta de resolución común - RC-B7-0650/2010Propuesta de resolución común
RC-B7-0650/2010

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre Ucrania

24.11.2010

presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 4, del Reglamento
para sustituir a las propuestas de Resolución presentadas por los siguientes grupos:
Verts/ALE (B7‑0650/2010)
S&D (B7‑0671/2010)
GUE/NGL (B7‑0672/2010)
PPE (B7‑0673/2010)
ALDE (B7‑0674/2010)
ECR (B7‑0681/2010)

Elmar Brok, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Michael Gahler, Ioannis Kasoulides, Gunnar Hökmark, Inese Vaidere, Paweł Zalewski, Cristian Dan Preda, Lena Kolarska-Bobińska, Joachim Zeller, Traian Ungureanu, Jan Kozłowski, Jacek Protasiewicz, Mário David en nombre del Grupo PPE
Adrian Severin, Hannes Swoboda, Marek Siwiec, Kristian Vigenin, Vilija Blinkevičiūtė en nombre del Grupo S&D
Adina-Ioana Vălean, Siiri Oviir, Johannes Cornelis van Baalen, Jelko Kacin, Marielle De Sarnez en nombre del Grupo ALDE
Rebecca Harms, Werner Schulz, Indrek Tarand en nombre del Grupo Verts/ALE
Charles Tannock, Paweł Robert Kowal, Adam Bielan, Ryszard Antoni Legutko, Ryszard Czarnecki, Tomasz Piotr Poręba, Konrad Szymański en nombre del Grupo ECR
Jaromír Kohlíček en nombre del Grupo GUE/NGL


Procedimiento : 2010/2934(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
RC-B7-0650/2010
Textos presentados :
RC-B7-0650/2010
Textos aprobados :

Resolución del Parlamento Europeo sobre Ucrania

El Parlamento Europeo,

–   Vistas sus anteriores resoluciones sobre Ucrania,

–   Vista la Declaración Conjunta adoptada en la Cumbre UE-Ucrania celebrada en Bruselas el 22 de noviembre de 2010,

- Vistas la Declaración Final y las Recomendaciones de la 15ª reunión de la Comisión Parlamentaria de Cooperación UE-Ucrania, celebrada los días 4 y 5 de noviembre de 2010 en Kiev y Odesa,

 

- Visto el informe de la Delegación en la Comisión Parlamentaria de Cooperación UE-Ucrania que observó las elecciones locales y regionales celebradas el 31 de octubre de 2010,

 

- Vistos el Acuerdo de Colaboración y Cooperación (ACC) entre la Unión Europea y Ucrania, que entró en vigor el 1 de marzo de 1998, y las negociaciones en curso sobre el acuerdo de asociación destinado a sustituir al ACC,

 

- Vista la decimocuarta reunión del Consejo de Cooperación UE-Ucrania celebrada en Luxemburgo el 15 de junio de 2010,

 

- Vista la Declaración Conjunta de la Cumbre de Praga de la Asociación Oriental, de 7 de mayo de 2009,

 

- Vistas las conclusiones sobre la Asociación Oriental adoptadas por el Consejo de Asuntos Exteriores el 25 de octubre de 2010,

 

- Vista la Resolución 1755 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, adoptada el 5 de octubre de 2010, sobre el funcionamiento de las instituciones democráticas en Ucrania,

 

–   Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de 16 de septiembre de 2010 sobre Ucrania,

- Vista la Agenda de Asociación UE-Ucrania, que sustituye al Plan de Acción y que fue aprobada por el Consejo de Cooperación UE-Ucrania celebrado en junio de 2009,

 

- Vistos el Acuerdo entre la Comunidad Europea y Ucrania sobre la facilitación de la expedición de visados, que se firmó el 18 de junio de 2007 y entró en vigor el 1 de enero de 2008, y el diálogo sobre visados UE-Ucrania iniciado en octubre de 2008,

 

- Visto el informe conjunto del grupo de trabajo de la Comisión Parlamentaria de Cooperación UE-Ucrania sobe la política de visados entre la UE y Ucrania, de 4 de noviembre de 2010,

 

- Vistas las modificaciones de última hora de la ley electoral de Ucrania aprobadas por el Parlamento ucraniano (Rada Suprema) en junio de 2010, poco antes de que se celebrasen las elecciones locales,

 

- Visto el Programa indicativo nacional 2011-2013 para Ucrania,

 

- Visto el artículo 110, apartado 4, de su Reglamento,

 

A.  Considerando que Ucrania es un país europeo de importancia estratégica para la UE; que las dimensiones, los recursos, la población y la situación geográfica de Ucrania hacen que este país ocupe una posición particular en Europa y lo convierten en un interlocutor regional determinante,

 

B.   Considerando que el Presidente de Ucrania, Víktor Yanukóvich, así como la Rada Suprema (Parlamento ucraniano) han confirmado la determinación de Ucrania de adherirse a la Unión Europea,

 

C.  Considerando las acusaciones según las cuales en los últimos meses libertades democráticas como la libertad de reunión, la libertad de expresión y la libertad de prensa han sido objeto de presiones,

 

D.  Considerando que la resolución dictada por el Tribunal Constitucional de Ucrania el 1 de octubre de 2010 restablece el sistema presidencialista de gobernanza; que debe seguir siendo prioritario establecer un sistema democrático, efectivo y duradero de contrapoderes institucionales, y que el proceso para lograrlo debe ser abierto, incluyente y accesible para todas las instancias y partidos políticos de Ucrania,

 

E.   Considerando que el 31 de octubre de 2010 se celebraron en Ucrania elecciones locales y regionales en un clima de tranquilidad y sin que se produjeran incidentes; considerando que se han expresado críticas sobre algunos aspectos de la organización de estas elecciones, en particular en lo que se refiere a la ley electoral, a los procedimientos para su adopción y a algunos de sus aspectos sustanciales,

 

F.   Considerando que, desde las elecciones presidenciales de enero de 2010, hay indicios cada vez más preocupantes de erosión de la democracia y el pluralismo, como se observa, en especial, en el trato dispensado a algunas ONG y en quejas individuales de periodistas por la presión ejercida sobre ellos por los directores o propietarios de los medios de comunicación para los que trabajan para que cubran o dejen de cubrir determinados acontecimientos, así como en la creciente actividad por móviles políticos del Servicio de Seguridad de Ucrania (SBU) y el uso indebido de recursos administrativos y judiciales para fines políticos,

 

G.  Considerando que, el 13 de octubre de 2010, el Representante de la OSCE para la Libertad de los Medios de Comunicación afirmó que Ucrania había logrado un alto nivel de libertad de prensa, pero que debía adoptar medidas urgentes para salvaguardarlo, y pidió al Gobierno ucraniano que se abstuviese de intentar influir en el contenido de los medios de comunicación o de censurarlo y que observase las normas internacionales sobre libertad de prensa y los compromisos de la OSCE en este ámbito,

 

H.  Considerando que la Asociación Oriental puede ofrecer a Ucrania nuevos medios de integrarse en la Unión Europea, pero que solo puede tener éxito si se basa en proyectos prácticos y creíbles y si recibe una financiación suficiente,

 

1.   Destaca que Ucrania, conforme al artículo 49 del Tratado de la Unión Europea, puede solicitar su adhesión a la UE como cualquier Estado europeo que suscriba los principios de libertad, democracia y respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y del Estado de Derecho;

 

2.   Hace hincapié en que Ucrania, que tiene la intención de adherirse a la Unión Europea, mantiene fuertes vínculos históricos, culturales y económicos con la Unión Europea y es uno de sus socios clave entre los países vecinos del Este, pues ejerce una notable influencia en la seguridad, la estabilidad y la prosperidad de todo el continente;

 

3.   Acoge favorablemente las declaraciones consensuadas del Gobierno ucraniano y la oposición política sobre las aspiraciones de Ucrania en su camino hacia la integración europea y su ambición a largo plazo de convertirse en un Estado miembro; toma nota de que este objetivo sigue siendo objeto de consenso entre todos los actores de la escena política ucraniana; pide a las autoridades ucranianas que creen un frente común para coordinar la posición política de Ucrania con respecto a la Unión Europea, en un foro compuesto por políticos de la coalición gobernante y de la oposición;

 

4.   Señala que las elecciones locales y regionales de 31 de octubre de 2010, a pesar de celebrarse, en el aspecto técnico, de forma pacífica, no supusieron una mejora; lamenta que Ucrania haya modificado su legislación electoral unos pocos meses antes de celebrar elecciones locales y regionales, lo que ha dejado un tiempo demasiado escaso para mejorar la legislación y preparar la celebración de elecciones de forma sólidamente democrática;

 

5.   Lamenta que, debido a que las comisiones electorales no atendieron las solicitudes de registro de los partidos de la oposición hasta la presentación de la lista del Partido de las Regiones, el partido en el poder ocupó los primeros lugares de las listas en aproximadamente el 85 % de las circunscripciones; señala que estas anomalías de la ley electoral, que no ofrecía suficientes garantías para que los partidos políticos establecidos pudieran ejercer su derecho a competir, fueron la causa de que algunos partidos, como Batkivshchyna, no pudieran registrar a sus candidatos en algunos distritos, lo que les impidió participar en las elecciones;

 

6.   Lamenta que la normativa electoral siga siendo un tema de discordia; apoya la necesidad de mejorar el marco electoral y considera alentadora la labor realizada en cooperación con los expertos de la UE y la OSCE para elaborar un proyecto de nuevo código electoral; toma nota de que se ha presentado a la Rada Suprema un proyecto de código electoral unificado; subraya que la transparencia del proceso electoral depende de la claridad del marco jurídico; pide a las autoridades de Ucrania que velen por la oportuna aprobación de la legislación, con antelación suficiente para las elecciones parlamentarias que se celebrarán en 2012;

 

7.   Manifiesta su preocupación ante acontecimientos recientes que podrían socavar la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación; pide a las autoridades que tomen todas las medidas necesarias para proteger estos aspectos esenciales de una sociedad democrática y que se abstengan de intentar controlar, directa o indirectamente, el contenido de la información de los medios de comunicación nacionales; destaca la urgente necesidad de reformar la legislación relativa a los medios de comunicación y celebra, por tanto, la reciente propuesta de crear un servicio de radiodifusión pública de Ucrania; acoge asimismo con satisfacción las garantías públicas dadas por las autoridades ucranianas de que el marco jurídico necesario para establecer un servicio público de radiodifusión estará listo a finales de año; lamenta que se haya privado de algunas de sus frecuencias de emisión a dos canales de televisión independientes, TVi y TV5; pide a las autoridades que garanticen que no se revoquen selectivamente las frecuencias de radiodifusión mediante resoluciones judiciales y que se revisen todos los nombramientos o decisiones que puedan dar lugar a conflictos de intereses;

 

8.   Pide al Gobierno ucraniano que adapte la legislación sobre libertad de prensa a las normas de la OSCE, ya que una acción decidida a este respecto reforzaría la candidatura de Ucrania a la Presidencia en ejercicio de la OSCE en 2013;

 

9.   Pide a las autoridades ucranianas que investiguen exhaustivamente la desaparición de Vasili Kliméntiev, redactor jefe de un periódico que presta particular atención a la corrupción en la región de Járkov;

 

10. Pone de relieve la necesidad de reforzar la credibilidad, la estabilidad, la independencia y la eficacia de las instituciones, garantizando de este modo la democracia y el Estado de Derecho y promoviendo un proceso de reforma constitucional consensuado sobre la base de una clara separación de poderes y de un sistema efectivo de frenos y contrapesos entre las instituciones del Estado; destaca que la cooperación con la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho (Comisión de Venecia) es crucial para garantizar que los paquetes de reforma legislativa que se están elaborando sean plenamente conformes con las normas y valores europeos; pide a todas las esferas políticas interesadas, incluidos el Gobierno y la oposición, que participen en este proceso, y pide a las autoridades ucranianas que soliciten a la Comisión de Venecia su opinión sobre las versiones finales de los proyectos de ley;

 

11. Pide a todos los partidos de la Rada Suprema que apoyen y promuevan un sistema de controles y equilibrios de poder eficaces en lo referente a la actuación legítima del Gobierno;

 

12. Pide a las autoridades que investiguen exhaustivamente todas las noticias de violaciones de derechos y libertades y pongan remedio a todas las violaciones que se constaten, y que investiguen el papel del Servicio de Seguridad de Ucrania (SBU) en relación con interferencias en el proceso democrático;

 

13. Destaca la función crucial de Ucrania en el contexto de la seguridad energética de la UE; destaca la importancia de continuar reforzando la cooperación entre Ucrania y la UE en el ámbito de la energía; pide a Ucrania que haga honor a sus compromisos derivados de la Declaración conjunta adoptada por la Conferencia conjunta UE-Ucrania de inversión internacional sobre la modernización del sistema de tránsito de gas; pide que se celebren nuevos acuerdos entre la UE y Ucrania con miras a garantizar el suministro energético para ambas partes, incluido un sistema de tránsito fiable y diversificado para el petróleo y el gas; subraya que para que Ucrania tenga un sistema moderno de tránsito de gas se requieren servicios de tránsito de gas transparentes, eficientes y de calidad a través de una red de transporte de gas modernizada; pide a la Comisión que preste la asistencia técnica necesaria para mejorar radicalmente la eficiencia energética de la red eléctrica ucraniana e intensificar la cooperación por lo que se refiere a la reforma del sector del gas, a fin de que se ajuste a las normas de la UE;

 

14. Considera alentadores los progresos realizados en las negociaciones sobre el Acuerdo de Asociación UE-Ucrania, en particular por sus aspectos referentes al acuerdo para la creación de una zona de libre comercio profunda y completa (DCFTA); observa que la conclusión de las negociaciones sobre el Acuerdo depende de la capacidad y la voluntad de Ucrania de aproximar sus leyes y normas reguladoras a las de la Unión Europea; pide a la Comisión Europea que negocie el Acuerdo para la creación de una zona de libre comercio profundo y completo (DCFTA) con Ucrania de manera que sus disposiciones puedan no sólo abrir los mercados de la UE y de Ucrania a un comercio beneficioso para ambas partes, sino también contribuir a la modernización de la economía ucraniana; subraya que el DCFTA debería contribuir a la integración gradual de Ucrania en el mercado interior de la UE, incluyendo la extensión de las cuatro libertades a este país; insta a la Comisión y a Ucrania a que avancen con rapidez en este ámbito sobre la base de los logros de Ucrania como miembro de la OMC; insta a ambas partes a hacer todo lo necesario por conseguir un acuerdo definitivo el primer semestre del próximo año;

 

15. Pide a las autoridades ucranianas que intensifiquen su lucha contra la corrupción; espera, a este respecto, que las declaraciones políticas positivas vayan acompañadas de una acción decidida a la hora de luchar contra la corrupción en todos los niveles, sobre la base de la imparcialidad política; pide que se cree una igualdad de condiciones para la actividad de las empresas y que se apliquen las mismas reglas a los inversores nacionales y extranjeros; lamenta, a este respecto, la excesiva influencia de las grandes empresas en la vida política;

 

16. Insta al Parlamento ucraniano a que apruebe el proyecto de ley sobre el acceso del público a la información, de acuerdo con las correspondientes normas europeas e internacionales;

 

17. Se felicita por el Plan de Acción para una liberalización de los visados para Ucrania, acordada en la 14ª Cumbre UE-Ucrania del 22 de noviembre de 2010; considera que el Plan de Acción es una herramienta práctica para alentar las reformas esenciales en los sectores pertinentes; señala, en particular, que la consolidación del Estado de Derecho y el respeto de las libertades fundamentales serán cruciales para el cumplimiento de los indicadores establecidos para la liberalización de los visados; pide a la Comisión que ayude a las autoridades de Ucrania en sus esfuerzos para avanzar hacia la liberalización de los visados;

 

18. Pide a los Estados miembros, como un objetivo intermedio, que dejen de aplicar las tasas para la tramitación de las solicitudes de visados nacionales y de Schengen para los ciudadanos de Ucrania;

 

19. Pide a la Comisión que trabaje junto a los Estados miembros y Ucrania para preparar medidas especiales que se adoptarán con ocasión de la Eurocopa de 2012 con miras a facilitar el viaje de los poseedores de entradas y aprovechar esta ocasión especial como periodo de pruebas para un régimen definitivo de viajes sin visado;

 

20. Acoge con satisfacción el apoyo activo de Ucrania a la Asociación Oriental y a la Asamblea Parlamentaria Euronest; insta al Consejo y a la Comisión a que continúen intensificando la cooperación con Ucrania en relación con la evolución de la zona de vecindad y, en particular, por lo que se refiere al desarrollo de las políticas relativas a la región del Mar Negro;

 

21. Hace hincapié en la importancia de incrementar la cooperación en el ámbito de los intercambios de jóvenes y estudiantes, así como el desarrollo de programas de becas que permitirán que los ciudadanos de Ucrania se familiaricen con la Unión Europea y sus Estados miembros; considera que el programa Erasmus de intercambios en la educación superior debería ampliarse a los estudiantes de los seis países de la Asociación Oriental;

 

22. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros, al Presidente, al Gobierno y al Parlamento de Ucrania y a las Asambleas Parlamentarias del Consejo de Europa y de la OSCE.