Propuesta de resolución común - RC-B7-0370/2011Propuesta de resolución común
RC-B7-0370/2011

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre Ucrania: los casos de Yulia Tymoshenko y otros miembros del antiguo Gobierno

8.6.2011

presentada de conformidad con el artículo 122, apartado 5, del Reglamento
para sustituir a las propuestas de Resolución presentadas por los siguientes grupos:
PPE (B7‑0370/2011)
ALDE (B7‑0372/2011)
Verts/ALE (B7‑0373/2011)

Elmar Brok, Ioannis Kasoulides, Cristian Dan Preda, Michael Gahler, Zuzana Roithová, Mario Mauro, Filip Kaczmarek, Bernd Posselt, Tunne Kelam, Eija-Riitta Korhola, Monica Luisa Macovei, Elena Băsescu, Sari Essayah, Giovanni La Via, Krzysztof Lisek, Andrzej Grzyb, Bogusław Sonik, Elżbieta Katarzyna Łukacijewska, Laima Liucija Andrikienė, Jan Kozłowski, Martin Kastler en nombre del Grupo PPE
Kristiina Ojuland, Marielle De Sarnez, Leonidas Donskis, Marietje Schaake, Ramon Tremosa i Balcells, Gesine Meissner en nombre del Grupo ALDE
Rebecca Harms, Werner Schulz, Raül Romeva i Rueda en nombre del Grupo Verts/ALE

Procedimiento : 2011/2714(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
RC-B7-0370/2011
Textos presentados :
RC-B7-0370/2011
Textos aprobados :

Resolución del Parlamento Europeo sobre Ucrania: los casos de Yulia Tymoshenko y otros miembros del antiguo Gobierno

El Parlamento Europeo,

–   Vistas sus anteriores resoluciones sobre Ucrania, en particular su Resolución de 25 de noviembre de 2010[1],

–  Vistos el Acuerdo de Colaboración y Cooperación (ACC) entre la Unión Europea y Ucrania, que entró en vigor el 1 de marzo de 1998, y las negociaciones en curso sobre el acuerdo de asociación destinado a sustituir al ACC,

–  Vista la Agenda de Asociación UE-Ucrania, que sustituye al Plan de Acción y que fue aprobada por el Consejo de Cooperación UE-Ucrania celebrado en junio de 2009,

–   Vistos la Comunicación de la Comisión, de 12 de mayo de 2011, titulada «Balance de la Política Europea de Vecindad» (COM(2010)0207), y el informe intermedio sobre la aplicación de la Política Europea de Vecindad, de 25 de mayo de 2011,

–   Vista la declaración de su Presidente sobre la detención de Yulia Tymoshenko el 24 de mayo de 2011,

–  Vista la declaración del portavoz de la Alta Representante, Catherine Ashton, de 26 de mayo de 2011, sobre el caso de Yulia Tymoshenko,

–   Vista la declaración efectuada por el Comisario Stefan Füle el 24 de marzo de 2011, tras su reunión con Yulia Tymoshenko,

–   Vista la ley sobre la prevención y la lucha contra la corrupción, aprobada por la Rada Suprema el 7 de abril de 2011 y que entrará en vigor el 1 de julio de 2011,

–   Visto el artículo 122, apartado 5, de su Reglamento,

A. Considerando que la UE es partidaria de una Ucrania estable y democrática que respete los principios de la economía social de mercado, el Estado de Derecho, los derechos humanos y la protección de las minorías, y que garantice los derechos fundamentales; considerando, asimismo, que la estabilidad política interna en Ucrania, su dedicación a la reforma interna y el respeto del Estado de Derecho, que incluya unos procesos justos, imparciales e independientes, son requisitos previos para que se sigan desarrollando las relaciones entre la UE y Ucrania; considerando que la Asociación Oriental engloba todos estos principios,

B.  Considerando que en Ucrania aún no se ha llevado a cabo una reforma global del poder judicial ni se han aplicado medidas por las que se garantice el respeto del Estado de Derecho en las investigaciones y acciones penales, incluido el principio de un proceso judicial justo, imparcial e independiente,

C. Considerando que en Ucrania siguen dándose de forma generalizada casos de corrupción y de abuso de poder, que requieren una respuesta inequívoca por parte de las autoridades, consistente en el enjuiciamiento de los responsables; considerando, asimismo, que las acciones judiciales y las investigaciones han de ser imparciales e independientes y no deben servir para fines políticos,

D. Considerando que, el 24 de mayo de 2011, la Fiscalía General de Ucrania concluyó la investigación de la causa abierta contra Yulia Tymoshenko, antigua Primera Ministra de Ucrania, presentando cargos contra ella por abuso de poder en conexión con la celebración de contratos de gas con la Federación de Rusia en 2009,

E.  Considerando que, el 21 de febrero de 2011, dos causas penales incoadas contra Yulia Timoshenko se combinaron en una sola, conforme a la cual se la acusa de malversación de fondos procedentes de la venta de cuotas de emisiones de gases de efecto invernadero, en el marco del Protocolo de Kyoto, y de desviar 67 millones de UAH asignados con cargo al presupuesto estatal ucraniano, con una garantía gubernamental al Gobierno austríaco, para la adquisición e importación de 1 000 automóviles Opel Combo destinados aparentemente a fines médicos en zonas rurales, cuando ella era Primera Ministra,

F.  Considerando que, desde el inicio de las investigaciones el 15 de diciembre de 2010, Yulia Tymoshenko ha sido interrogada 44 veces, le ha sido impuesta una prohibición de viajar, tanto a escala nacional como internacional, durante casi seis meses, las autoridades ucranianas le han impedido que viajara dentro de Ucrania en cuatro ocasiones y que viajara a Bruselas en febrero y junio, y que el 25 de mayo de 2011 fue convocada e interrogada durante varias horas antes de ser puesta en libertad,

G. Considerando que 12 antiguos altos cargos del Gobierno Tymoshenko se encuentran en situación de detención preventiva, entre ellos el antiguo Ministro del Interior, Yuri Lutsenko, uno de los dirigentes del Partido de Autodefensa del Pueblo, acusado de abuso de funciones y de apropiación indebida de fondos, quien fue detenido el 26 de diciembre de 2010 por una presunta falta de cooperación con el ministerio fiscal, y el antiguo primer Viceministro de Justicia, Yehven Korniychuk, detenido el 22 de diciembre de 2010 acusado de infringir la ley en conexión con unos procedimientos de contratación pública de servicios jurídicos,

H. Considerando que la situación de detención preventiva del Sr. Lutsenko no fue levantada con ocasión del inicio de su juicio el 23 de mayo de 2011, pese a que la detención por supuesta falta de cooperación en la investigación de su caso constituye una medida altamente desproporcionada,

I.   Considerando que, en un informe preliminar del Comité Helsinki para los Derechos Humanos de Dinamarca sobre los juicios de los casos Lutsenko y Korniychuk, se enumeran violaciones masivas del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos,

J.   Considerando que se han incoado acciones penales contra el antiguo Ministro de Economía, Bohdan Danylyshin, quien huyó de Ucrania y a quien fue concedido asilo político en la República Checa; considerando que el antiguo Ministro de Medio Ambiente, Georgy Filipchuk, y el antiguo Ministro de Defensa en funciones, Valery Ivashchenko, también se enfrentan a acciones penales,

K. Considerando que el antiguo portavoz del Parlamento de Crimea, Anatoliy Grytsenko (Partido de las Regiones), fue detenido el 24 de enero de 2011 y acusado de abuso de poder por haber cedido ilegalmente 4 800 hectáreas de tierras, y que posteriormente se inició otra acción penal por fraude con unos terrenos destinados a fines turísticos en Yalta,

L.  Considerando que la Fiscalía General también ha iniciado una investigación penal por abuso de poder contra el antiguo Presidente de Ucrania, Leonid Kuchma,

M. Considerando que la Constitución de Ucrania prevé una responsabilidad colectiva para las decisiones adoptadas por el Gobierno ucraniano,

N. Considerando que la UE sigue haciendo hincapié en la necesidad de que se respete el Estado de Derecho, con la introducción de unos procesos justos, imparciales e independientes, evitando al mismo tiempo el riesgo de que se dé pie a cualquier percepción de una utilización selectiva de medidas judiciales; considerando que, a juicio de la UE, estos principios revisten especial importancia en un país que aspira a una relación contractual más profunda basada en una asociación política,

1.  Destaca la importancia de garantizar el máximo grado de transparencia en las investigaciones, acciones judiciales y juicios, y previene contra cualquier uso del Derecho penal como instrumento para lograr fines políticos;

2.  Manifiesta su preocupación ante el incremento de acciones judiciales selectivas emprendidas contra personalidades de la oposición política ucraniana, así como el carácter desproporcionado de las medidas aplicadas, en particular en los casos de la Sra. Tymoshenko y del Sr. Lutsenko, antiguo Ministro del Interior, y observa que el Sr. Lutsenko permanece detenido desde el 26 de diciembre de 2010; expresa su apoyo a la Comisaria de Derechos Humanos de Ucrania, Nina Karpachova, quien ha pedido al Fiscal General ucraniano que considere la posibilidad de aplicar medidas preventivas que no impliquen una detención;

3.  Recuerda a las autoridades ucranianas que el principio de responsabilidad colectiva aplicable a las decisiones del Gobierno no permite emprender acciones judiciales individuales contra miembros del Gobierno por decisiones que se adoptaron de forma colegiada;

4.  Destaca que las investigaciones en curso de destacados dirigentes políticos ucranianos no debe impedir que éstos participen activamente en la vida política del país, se reúnan con los votantes o viajen para asistir a reuniones internacionales; pide, por consiguiente, a las autoridades ucranianas que levanten la prohibición de viajar, tanto a escala nacional como internacional, impuesta a Yulia Tymoshenko y a otras personalidades políticas clave;

5.  Destaca el hecho de que el refuerzo del Estado de Derecho y una lucha creíble contra la corrupción resultan esenciales, no solo para la celebración del Acuerdo de Asociación y la intensificación de las relaciones UE-Ucrania en general, sino también para la consolidación de la democracia en Ucrania;

6.  Pide a la Comisión que ayude a la reforma del poder judicial en Ucrania mediante un mejor aprovechamiento del Programa de desarrollo de las capacidades, de la UE, y que considere la posibilidad de crear un Grupo de asesoría de alto nivel de la UE para Ucrania, que ayude al país en sus esfuerzos de armonización con la legislación de la UE, también en lo que respecta al poder judicial;

7.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al SEAE, a los Estados miembros, al Presidente, al Gobierno y al Parlamento de Ucrania y a las Asambleas Parlamentarias del Consejo de Europa y de la OSCE.