Propuesta de resolución común - RC-B7-0426/2012Propuesta de resolución común
RC-B7-0426/2012

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN COMÚN sobre la persecución de los musulmanes rohingyas en Birmania/Myanmar

12.9.2012 - (2012/2784(RSP))

presentada de conformidad con el artículo 122, apartado 5, y el artículo 110, apartado 4, del Reglamento
para sustituir a las propuestas de resolución presentadas por los siguientes grupos:
ECR (B7‑0426/2012)
S&D (B7‑0449/2012)
GUE/NGL (B7‑0452/2012)
PPE (B7‑0453/2012)
Verts/ALE (B7‑0454/2012)
ALDE (B7‑0455/2012)

José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Ivo Belet, Elmar Brok, Cristian Dan Preda, Bernd Posselt, Roberta Angelilli, Filip Kaczmarek, Mario Mauro, Tunne Kelam, Eija-Riitta Korhola, Sergio Paolo Francesco Silvestris, Zuzana Roithová, Monica Luisa Macovei, Sari Essayah, Giovanni La Via, Csaba Sógor, Elena Băsescu, László Tőkés, Bogusław Sonik en nombre del Grupo PPE
Véronique De Keyser, Ana Gomes, Marc Tarabella, Liisa Jaakonsaari, Mitro Repo en nombre del Grupo S&D
Marietje Schaake, Graham Watson, Louis Michel, Edward McMillan-Scott, Leonidas Donskis, Robert Rochefort, Fiona Hall, Sonia Alfano, Marielle de Sarnez, Sarah Ludford, Kristiina Ojuland, Johannes Cornelis van Baalen, Jelko Kacin, Anneli Jäätteenmäki, Izaskun Bilbao Barandica en nombre del Grupo ALDE
Jean Lambert, Barbara Lochbihler, Nicole Kiil-Nielsen, Raül Romeva i Rueda en nombre del Grupo Verts/ALE
Charles Tannock, Ryszard Antoni Legutko, Adam Bielan, Sajjad Karim, Tomasz Piotr Poręba, Ryszard Czarnecki, en nombre del Grupo ECR
Helmut Scholz, Marie-Christine Vergiat en nombre del Grupo GUE/NGL

Procedimiento : 2012/2784(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
RC-B7-0426/2012
Textos presentados :
RC-B7-0426/2012
Textos aprobados :

Resolución del Parlamento Europeo sobre la persecución de los musulmanes rohingyas en Birmania/Myanmar

(2012/2784(RSP))

El Parlamento Europeo,

–   Vistas sus anteriores resoluciones sobre Birmania/Myanmar y, en particular, la de 20 de abril de 2012,

–   Visto el informe de progreso del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar, de 7 de marzo de 2012,

–   Vistas las Conclusiones del Consejo, de 23 de abril de 2012, sobre Birmania/Myanmar,

–   Vista la declaración, de 13 de junio de 2012, del portavoz de la Alta Representante Catherine Ashton sobre la crisis en el Estado septentrional de Rakhine, en Birmania/Myanmar,

–   Visto el intercambio de puntos de vista sobre el asunto de los rohingyas que tuvo lugar en la Subcomisión de Derechos Humanos el 11 de julio de 2012,

–   Vista la declaración, de 9 de agosto de 2012, de la Comisaria Georgieva sobre el acceso humanitario a los rohingyas y otras comunidades afectadas,

–   Vista la declaración, de 17 de agosto de 2012, de los ministros de Asuntos Exteriores de la ASEAN sobre los últimos acontecimientos en el Estado de Rakhine,

–   Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967,

–   Vistos los artículos 18 a 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

–   Visto el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966,

–   Vistas las decisiones que han permitido que Birmania/Myanmar albergue los Juegos del Sudeste Asiático en 2013 y presida la ASEAN en 2014,

–   Vistos el artículo 122, apartado 5, y el artículo 110, apartado 4, de su Reglamento,

A. Considerando que, desde que el nuevo Gobierno del Presidente Thein Sein asumió el poder en marzo de 2011, ha tomado numerosas medidas para ampliar las libertades civiles en el país, se ha liberado a la mayoría de los presos políticos, varios de ellos han resultado elegidos diputados al Parlamento en elecciones parciales, han entrado en vigor treguas temporales con la mayor parte de los grupos étnicos armados, y muchos disidentes políticos han vuelto del exilio con la esperanza de la reconciliación;

B.  Considerando, no obstante, que se ha intensificado la discriminación contra la minoría rohingya;

C. Considerando que el 28 de mayo de 2012 la violación y asesinato de una mujer budista desencadenó una serie de enfrentamientos mortales entre la población budista rakhine mayoritaria y la comunidad musulmana rohingya minoritaria en el Estado de Rakhine;

D. Considerando que en los días siguientes se extendió la violencia entre las dos comunidades, involucrando desproporcionadamente a muchedumbres rakhine y a las fuerzas de seguridad, que centraban su atención sobre los rohingyas, dejando decenas de muertos, miles de hogares destruidos y más de 70 000 desplazados internos; que el 10 de junio de 2012 se declaró el estado de emergencia en seis localidades del Estado de Rakhine;

E.  Considerando que el Presidente Thein Sein había expresado inicialmente su parecer de que la única solución para los rohingyas era enviarlos a campos de refugiados con el apoyo del ACNUR o reinstalarlos en otros países;

F.  Considerando que los rohingyas, muchos de los cuales llevan siglos asentados en el Estado de Rakhine, no están reconocidos como uno de los 135 grupos nacionales de Birmania/Myanmar y, por ello, se han visto privados de sus derechos de ciudadanía en virtud de la Ley de Ciudadanía de 1982, son considerados por muchos ciudadanos de Birmania/Myanmar como inmigrantes ilegales de Bangladesh, y han sido objeto de una discriminación sistemática y grave, que incluye restricciones en ámbitos como la libertad de circulación, el matrimonio, la educación, la sanidad y el empleo, así como confiscación de tierras, trabajos forzados, detenciones arbitrarias y acoso por parte de las autoridades;

G. Considerando que, ante la persistente persecución, se estima que 1 millón de rohingyas ha huido a los países vecinos con los años; que 300 000 han huido solo a Bangladesh, país en el que su situación a largo plazo sigue sin resolverse, mientras que las autoridades de este país han ordenado recientemente a las ONG humanitarias internacionales que prestan servicios básicos de sanidad y nutrición a refugiados no inscritos y a la población local en el distrito de Cox's Bazar que suspendan sus actividades, y se cree que actualmente están empujando a los solicitantes de asilo de esta etnia a volver a su país;

H. Considerando que el departamento de la Comisión encargado de la ayuda humanitaria y la protección civil (ECHO) ha asignado 10 millones EUR al apoyo de los refugiados rohingyas y la población local de acogida de Bangladesh en 2012;

I.   Considerando que el 17 de agosto de 2012 el Gobierno de Birmania/Myanmar designó una comisión de investigación independiente formada por veintisiete representantes de la sociedad civil y de organizaciones políticas y religiosas con el fin de estudiar las causas del estallido de violencia sectaria y realizar propuestas;

1.  Se muestra alarmado por la continua violencia étnica de Birmania/Myanmar occidental, que ha causado grandes cantidades de muertos y heridos, la destrucción de propiedades y el desplazamiento de poblaciones locales; y expresa su preocupación por que estos enfrentamientos entre comunidades pongan en riesgo la transición a la democracia en Birmania/Myanmar;

2.  Pide a todas las partes que actúen con moderación, y pide a las autoridades de Birmania/Myanmar que cesen las detenciones arbitrarias de rohingyas, faciliten información sobre el paradero de centenares de personas detenidas desde que empezaron las operaciones de seguridad en el Estado de Rakhine en junio de 2012 y que libere inmediatamente a todas las personas detenidas de forma arbitraria;

3.  Pide al Gobierno de Birmania/Myanmar que, con carácter urgente, permita a las agencias de las Naciones Unidas y a las ONG humanitarias, así como a periodistas y diplomáticos, acceso ilimitado a todas las zonas del Estado de Rakhine, garantice acceso ilimitado a la ayuda humanitaria para todas las poblaciones afectadas y garantice que los rohingyas desplazados disfruten de libertad de movimientos y puedan regresar a sus lugares de residencia cuando sea seguro;

4.  Se felicita por la creación de la comisión de investigación independiente, pero lamenta la ausencia de algún representante rohingya;

5.  Pide al Gobierno de Birmania/Myanmar que haga que los autores de conflictos violentos y otros abusos relacionados cometidos en el Estado de Rakhine respondan ante la justicia, y que controle a los grupos extremistas, que están instigando el odio entre comunidades, profiriendo amenazas contra agencias humanitarias e internacionales, y abogando por la expulsión o segregación permanente de las dos comunidades;

6.  Pide al SEAE que apoye al Gobierno de Birmania/Myanmar, por todos los medios posibles, en su esfuerzo por estabilizar la situación, aplicar programas que promuevan la reconciliación, elaborar un plan de desarrollo socioeconómico más amplio para el Estado de Rakhine y continuar con el avance de Birmania/Myanmar hacia la democracia;

7.  Manifiesta su aprecio por los ciudadanos de Birmania/Myanmar que han elevado su voz para apoyar a la minoría musulmana y defender una sociedad pluralista, y pide a las fuerzas políticas que adopten una posición clara en este sentido; considera que un diálogo inclusivo con las comunidades locales podría ser un elemento importante a la hora de atenuar los numerosos problemas étnicos de Birmania/Myanmar;

8.  Insiste en que no se puede dejar de lado a la minoría rohingya en el nuevo proceso de apertura por una Birmania/Myanmar multicultural, y pide al Gobierno que modifique la Ley de ciudadanía de 1982 a fin de armonizarla con las normas internacionales de los derechos humanos y con sus obligaciones en virtud del artículo 7 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, con miras a garantizar los derechos de los ciudadanos de la comunidad rohingya y de otras minorías sin Estado, además de asegurar la igualdad de trato de todos los ciudadanos del país, lo que pondría fin a las prácticas discriminatorias;

9.  Manifiesta su preocupación por la detención de catorce cooperantes internacionales durante el conflicto, y pide la liberación inmediata de los cinco que permanecen en prisión;

10. Insta al Gobierno de Birmania/Myanmar a que permita al Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos humanos en el país llevar a cabo una investigación independiente de los abusos cometidos en el Estado de Rakhine; pide a la OACDH que establezca una oficina en Birmania/Myanmar con un mandato completo de protección, promoción y asistencia técnica, además de oficinas secundarias en Estados de todo el país, incluido el Estado de Rakhine;

11. Anima al Gobierno de Birmania/Myanmar a seguir aplicando sus reformas democráticas, a establecer el Estado de Derecho y a garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular la libertad de expresión y de reunión (también a través de Internet);

12. Insta a todos los países de la región a que acudan en ayuda de los refugiados procedentes de Birmania/Myanmar y a que apoyen al Gobierno de dicho país a la hora de encontrar soluciones justas para las causas subyacentes;

13. Insta, en concreto, a Bangladesh a que continúe aceptando el respaldo actual de los donantes y cualquier medida adicional de apoyo, y a que permita que las organizaciones de ayuda humanitaria sigan trabajando en el país, especialmente a la luz de los sucesos en el Estado de Rakhine y de los flujos adicionales resultantes flujos de refugiados que necesitan atención básica desesperadamente;

14. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a los Gobiernos y Parlamentos de Birmania/Myanmar y de Bangladesh, a la Vicepresidenta de la Comisión y Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Secretario General de la ASEAN, a la Comisión Intergubernamental de Derechos Humanos de la ASEAN, al Representante Especial de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Birmania/Myanmar, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.