Informe - A6-0147/2006Informe
A6-0147/2006

INFORME sobre las catástrofes naturales (incendios, sequías e inundaciones) - Aspectos del desarrollo regional

27.4.2006 - (2005/2193(INI))

Comisión de Desarrollo Regional
Ponente: Gerardo Galeote Quecedo


Procedimiento : 2005/2193(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A6-0147/2006

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre las catástrofes naturales (incendios, sequías e inundaciones) - Aspectos del desarrollo regional

(2005/2193(INI))

El Parlamento Europeo,

–    Vista la Comunicación de la Comisión sobre cómo potenciar la respuesta de la UE en las situaciones de catástrofes o crisis en terceros países (COM(2005)0153),

–    Vista su Resolución de 16 de noviembre de 2005 «Ganar la batalla contra el cambio climático mundial»[1],

–    Vista la Comunicación de la Comisión sobre la mejora del mecanismo comunitario de protección civil (COM(2005)0137),

–    Vista la propuesta de Decisión del Consejo por la que se establece un mecanismo comunitario de protección civil (refundición), presentada por la Comisión (COM(2006)0029),

–    Vista la Comunicación de la Comisión sobre la gestión de los riesgos de inundación - prevención, protección y mitigación de las inundaciones (COM(2004)0472),

–    Vista la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la evaluación y gestión de las inundaciones, presentada por la Comisión (COM(2006)0015,

–    Vista la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, presentada por la Comisión (COM(2005)0108),

–    Vistos los artículos 2 y 6 del Tratado CE, según los cuales las exigencias de la protección del medio ambiente deben integrarse en el resto de las políticas de la Comunidad, con objeto de fomentar un desarrollo económico sostenible desde el punto de vista del medio ambiente,

–    Visto el informe de la Comisión sobre el cambio climático y la dimensión europea del agua[2],

–    Visto el Protocolo de Kyoto a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, de 11 de diciembre de 1997, y la ratificación del Protocolo de Kyoto por parte de la Comunidad Europea el 31 de mayo de 2002,

–    Visto el Reglamento (CE) n° 2152/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, sobre el seguimiento de los bosques y de las interacciones medioambientales en la comunidad (Forest Focus)[3],

–    Visto el Reglamento (CE) n° 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)[4],

–    Visto el Reglamento (CE) n° 1260/99 del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales[5],

–    Visto el Reglamento (CE) n° 1164/94 del Consejo, de 16 de mayo de 1994, por el que se crea el Fondo de Cohesión[6], modificado por los Reglamentos (CE) n° 1264/1999[7] y (CE) n° 1265/1999[8] del Consejo, de 21 de junio de 1999,

–    Visto el Reglamento (CE) n° 1784/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 1999, relativo al Fondo Social Europeo[9]

–    Vista la Comunicación de la Comisión sobre una estrategia de la Unión Europea para el sector forestal (COM(1998)0649),

–    Vista la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de septiembre de 2004, relativo al instrumento financiero para el medio ambiente (LIFE+), presentada por la Comisión (COM(2004)0621),

–    Vista su Resolución de 8 de septiembre de 2005 sobre las catástrofes naturales (incendios e inundaciones) acaecidas este verano en Europa[10],

–    Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–    Visto el informe de la Comisión de Desarrollo Regional (A6-0147/2006),

A.  Considerando que las catástrofes naturales en la Unión Europea han ocasionado la muerte de 65 000 personas desde 1980 y un coste económico de 124 200 millones de euros, de acuerdo con los datos de las Naciones Unidas,

B.   Considerando que las lluvias torrenciales de agosto de 2005 causaron las inundaciones más graves en Europa desde 2002, provocando la muerte de 70 personas,

C.  Considerando que en 2005 los incendios volvieron a arrasar miles de hectáreas y, lo que es aún más grave, se cobraron la vida de más de 30 civiles y bomberos, y que la sequía excepcional ha contribuido y contribuye a agravar esta situación, que se está convirtiendo en un flagelo anual para las regiones y países afectados,

D.  Considerando que los incendios causan graves dramas individuales, tales como la destrucción de casas y bienes agrícolas y la pérdida de cientos de animales,

E.   Considerando que la sequía fue en 2005 de una intensidad y una duración excepcionales, especialmente en el sur y el oeste de Europa, afectando muy severamente a la práctica totalidad del territorio portugués y a extensas zonas de España, Francia e Italia,

F.   Considerando que las catástrofes naturales tienen un impacto desastroso a corto y largo plazo sobre la economía de las regiones, en particular, en las regiones menos prósperas incluidas en el objetivo de convergencia y en las regiones con características particulares, con repercusiones nefastas para las infraestructuras, el potencial económico, el empleo, el patrimonio natural y cultural, el medio ambiente y la actividad turística, lo que se traduce en un impacto negativo para la cohesión económica y social,

G.  Considerando que la sequía y los incendios persistentes están acelerando el proceso de desertización de amplias zonas del sur de Europa, de manera especial en las estructuras forestales mediterráneas y en las zonas con grandes masas forestales monoespecíficas, no autóctonas y altamente pirófitas, poniendo en serio peligro la calidad de vida de las poblaciones afectadas, privándolas de agua para sus necesidades básicas y con graves pérdidas en todos los cultivos, lo que es causa de especulación en el precio del forraje para animales,

H.  Considerando que las catástrofes naturales ocurren cuando una situación meteorológica extrema golpea una zona vulnerable, y que, por lo tanto, hay que reducir la fragilidad de esas regiones teniendo en cuenta que los fenómenos climáticos extremos son cada vez más frecuentes,

I.    Considerando que es necesaria una articulación perfecta con todas las sinergias creadas en el ámbito de la Política Europea de Vecindad, en particular, con los países de la cooperación EUROMED con realidades similares,

J.    Considerando que las regiones ultraperiféricas, por su situación geográfica, están expuestas a riesgos naturales de carácter e intensidad específicos, en particular ciclones, terremotos, erupciones volcánicas o incluso tsunamis,

K.  Considerando que algunos factores ligados a las actividades humanas pueden agravar el alcance de catástrofes naturales, como la agricultura intensiva, con el uso tradicional del fuego como herramienta agraria, la deforestación y la urbanización intensiva en zonas de riesgo, así como la invasión de los montes por una población urbanizada, en actividades puntuales de ocio,

L.   Considerando que la sequía contribuye de forma determinante a la propagación del fenómeno de los incendios, que es el primer factor de deterioro de la masa forestal europea,

M.  Considerando que la Política Agrícola Común, con sus sucesivas reformas, ha favorecido la concentración de la producción, lo que ha contribuido a la progresiva desertización del mundo rural y al abandono de las actividades agrícolas y ha aumentado el riesgo de incendios forestales y las consecuencias de la sequía,

N.  Considerando que el fenómeno de los incendios se acentúa también por el abandono progresivo del mundo rural, de las actividades agrícolas y de sus actividades tradicionales; el mantenimiento insuficiente de los bosques; la existencia de grandes masas con una única especie forestal y la plantación de variedades de árboles inadecuadas; la ausencia de una política real de prevención con instrumentos y fondos adecuados a escala comunitaria, y la suavidad de las penalizaciones en caso de los incendios provocados,

O.  Considerando que es necesario que la Unión Europea reconozca el carácter específico de las catástrofes naturales de índole mediterránea, como la sequía y los incendios, adaptando los instrumentos disponibles en materia de prevención, investigación, gestión de riesgos, protección civil y solidaridad,

P.   Considerando que Europa debe reforzar las medidas para adaptarse al cambio climático lo que requiere un esfuerzo de las administraciones locales, regionales, nacionales y europeas, pero también de los ciudadanos y de los sectores industrial y de transportes,

Q.  Considerando que es necesario reforzar las medidas de prevención de la Unión Europea para hacer frente a todo tipo de catástrofes naturales estableciendo, de ser necesario, directrices estratégicas comunes que permitan una mejor coordinación entre los Estados miembros así como una mayor operatividad de los distintos instrumentos comunitarios (Fondos Estructurales, futuro Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE), Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), futuro Instrumento Financiero para el Medio Ambiente (LIFE+), y futuro Instrumento de Respuesta Rápida para Grandes Emergencias), así como una mejor coordinación entre ellos;

R.   Considerando que las intervenciones comunitarias siguen adoleciendo de insuficiencias, agravadas por la diversidad y el desarrollo de mecanismos nacionales de lucha contra las catástrofes naturales,

S.   Considerando que los Fondos Estructurales deben jugar un papel más importante en la financiación de medidas destinadas a prevenir las catástrofes y a gestionar sus consecuencias, y que el instrumento comunitario específicamente previsto, el Fondo Europeo de Solidaridad, se ha demostrado en la práctica ineficaz, de ahí la propuesta de revisión actualmente en curso,

T.   Considerando que las medidas de prevención reducen los daños materiales provocados por las inundaciones en viviendas, infraestructuras y actividades de producción, lo que se ha podido comprobar en las regiones alpinas, en donde las inundaciones de 2005 provocaron muchas menos pérdidas que en 2002 a pesar de haber sido de mayor alcance,

U.  Considerando, no obstante, que en materia de incendios las medidas de prevención comunitarias se circunscriben casi exclusivamente a la política de Desarrollo Rural, resultando hasta ahora claramente insuficientes, lo que demuestra que es necesario un programa comunitario específico en el ámbito de la protección de los bosques, con los medios financieros adecuados y destinado a la prevención y gestión del riesgo de incendios forestales, teniendo en cuenta la especificidad del bosque mediterráneo,

V.  Considerando que campañas intensivas de información sobre el uso sostenible del agua pueden reducir considerablemente su consumo y paliar así las situaciones de sequía grave,

W. Considerando que se ha apreciado descoordinación entre las administraciones públicas competentes, y que la prevención, la gestión de las catástrofes y la asistencia a los territorios y a las víctimas directas son los tres ejes de actuación de la Unión Europea, en los que debería desempeñar un papel más activo, de manera especial en la prevención,

X.  Considerando que se aprecia una clara insatisfacción en la población, en amplios sectores sociales, ONG y representantes de la sociedad civil,

1.   Considera necesario que la Comisión presente una propuesta para la elaboración de una estrategia europea de lucha contra las catástrofes naturales, incluyendo una línea obligatoria de prevención de riesgos, y la elaboración de un protocolo técnico de actuación común para la Unión adaptado para cada tipo de catástrofe y para cada ecosistema forestal;

2.   Reconoce el carácter específico de las catástrofes naturales de índole mediterránea, como la sequía y los incendios forestales, e insta a la Comisión a que adapte los instrumentos comunitarios en los ámbitos de la prevención, la investigación, la gestión de riesgos, la protección civil y la solidaridad, con el fin de mejorar la respuesta a este tipo de catástrofes;

3.   Considera necesario que, en todos los Estados miembros, se elabore un listado completo de las zonas más expuestas a sequías prolongadas e incendios, así como de los medios disponibles, con objeto de delinear una estrategia de prevención y facilitar la coordinación y la eficacia de las acciones sobre el terreno;

4.   Considera necesario incluir en esta propuesta medidas destinadas a un uso eficaz y racional del agua por parte de los grandes consumidores, es decir, el sector agrícola, el sector urbano y la industria; defiende la aplicación de los principios «el que utiliza, paga» y «el que contamina, paga», para garantizar una gestión más racional del agua y un mayor control y fiscalización de los efluentes;

5.   Considera preciso que en dicha estrategia se preste una atención particular a las regiones aisladas de baja densidad demográfica y en proceso de despoblación, a las zonas montañosas, a las regiones fronterizas, periféricas y ultraperiféricas, así como a las regiones más desfavorecidas incluidas en el objetivo de convergencia;

6.   Destaca que las autoridades regionales y locales de toda la Unión Europea son cada vez más conscientes de la problemática de las catástrofes naturales, y subraya el papel indispensable que desempeñan los actores regionales y locales en la prevención y gestión de las catástrofes naturales y para paliar su impacto en las personas;

7.   Subraya la necesidad de adecuar la acción de los Fondos Estructurales en la prevención y la gestión de las catástrofes naturales así como su coordinación con el resto de los instrumentos comunitarios existentes para hacer frente a esas catástrofes; solicita que, en la próxima programación financiera 2007-2013, se asegure la necesaria flexibilidad en la redistribución de los recursos disponibles en los distintos fondos para mejorar su operatividad en caso de catástrofes;

8.   Insta a la Comisión a poner a disposición los recursos necesarios para paliar el sufrimiento y las necesidades materiales de todas las víctimas de catástrofes naturales y de sus parientes directos, a través del Fondo Europeo de Solidaridad y otros instrumentos comunitarios;

9.   Recuerda que las medidas de prevención y lucha contra incendios e inundaciones son subvencionables en el marco de los Fondos Estructurales para el nuevo periodo de programación, por lo que pide al Consejo que así lo considere y sea consecuente en sus posiciones comunes;

10. Destaca que las medidas de reparación para las que la Unión Europea concede ayuda financiera deberían incluir medidas para prevenir la recurrencia de los desastres;

11. Estima que el Consejo debe adoptar medidas eficaces para prevenir y responder eficazmente a las necesidades directas e inevitables que puedan resultar de catástrofes ocasionadas por incendios;

12. Considera indispensable la creación, en el próximo marco financiero 2007-2013, de un programa comunitario de protección de los bosques contra los incendios, con el fin de alentar acciones de sensibilización, prevención y gestión de riesgos de incendios forestales, con la financiación adecuada y complementaria con la política agrícola y estructural;

13. Señala que la existencia de una amplia red de pequeñas y medianas explotaciones agrícolas y de una política agrícola que promueva métodos de producción más sostenibles, en particular, en cuanto a la utilización del agua y el suelo, podría ayudar a reducir los efectos de la sequía y los incendios forestales;

14. Constata que, tras la decisión del Consejo Europeo de diciembre de 2005, el Objetivo «Cooperación Territorial» ha sufrido una reducción sustancial, particularmente en su dimensión transnacional e interregional; insta a la Comisión a velar por que la dotación financiera sea la adecuada en las negociaciones en curso para no impedir la realización de acciones cubiertas por el programa Interreg en el ámbito de la lucha contra las catástrofes naturales; también subraya la importancia de la cooperación con terceros países vecinos, en particular en materia de inundaciones e incendios;

15. Considera necesario que la Comisión presente una propuesta de directiva para la prevención y la gestión de los incendios en la Unión Europea con el fin de optimizar los recursos comunitarios y nacionales existentes para hacer frente a ese fenómeno, semejante a la propuesta de directiva relativa a la evaluación y la gestión de las inundaciones; considera asimismo necesario que elabore una propuesta similar para la prevención y la gestión de los riesgos de sequía, y le pide que estudie la posibilidad de crear un observatorio europeo de la sequía y la desertización, integrado en las actividades del Séptimo Programa Marco de Investigación (2007-2013);

16. Opina que el Parlamento Europeo debería comenzar a controlar las insuficiencias en materia de medios y equipos para luchar contra los incendios, así como todos los problemas conexos;

17. Pide a la Comisión que elabore a la mayor brevedad una comunicación sobre la prevención, la gestión y la evaluación de riesgos sísmicos, de forma similar a las demás catástrofes naturales (inundaciones, incendios, sequía);

18. Pide a la Comisión que, en cooperación con los Estados miembros, las autoridades locales y regionales y otras instituciones interesadas, recoja y divulgue estudios de casos de buenas prácticas sobre medidas adoptadas para prevenir y gestionar eficazmente las catástrofes naturales;

19. Pide al Consejo y a los Estados miembros que intensifiquen la investigación para la prevención de catástrofes con cargo al Séptimo Programa Marco actualmente en proceso de aprobación, prestando una atención particular a la mejora de los sistemas de alerta temprana y de toma de datos y transmisión en tiempo real;

20. Toma nota del lanzamiento de la fase piloto para la creación del Observatorio Global para la Seguridad y el Medio Ambiente (GMES), que debería permitir a la Unión Europea mejorar la previsión, el seguimiento y evaluación de las catástrofes naturales, e insta a que se refuerce la aportación financiera a dicho observatorio así como a que se extienda su programa de acción a todas las catástrofes naturales que puedan ocurrir en los Estados miembros;

21. Urge a la puesta en marcha del sistema GALILEO, que debería contribuir a mejorar la capacidad de la Unión Europea para anticipar, seguir y comprender los fenómenos meteorológicos y naturales extremos; urge también a que se usen otros tipos de equipo y medios para detectar y prevenir eficazmente los incendios;

22. Deplora que en la Comunicación de la Comisión relativa al informe sobre la ejecución de la estrategia forestal de la UE (COM(2005)0084), no se conceda una atención particular al problema de los incendios, ignorando el hecho de que constituyen el principal factor de deterioro de los bosques; por ello, pide a los Estados miembros que subsanen esta deficiencia y a la Comisión que adopte las medidas necesarias en el Plan de Acción Forestal que presentará próximamente y que deberá contemplar la consideración de un posible Fondo Europeo contra Incendios o Fondo de Patrimonio Forestal Europeo para apoyar las actuaciones dirigidas a garantizar la conservación y restauración de los montes y bosques incluidos en la red Natura 2000;

23. Propone a los Estados miembros que integren y ejecuten obligatoriamente medidas para la lucha contra la sequía y la desertización y para la prevención de incendios e inundaciones en el marco de sus planes de desarrollo rural, fomentando la participación de los agricultores en la repoblación forestal con especies adecuadas, la limpieza de los bosques, la lucha contra la erosión y una mejor utilización del agua, a la vista de que los agricultores son los principales garantes del paisaje rural; en consecuencia, reclama el mantenimiento de la línea de ayudas para la construcción de cortafuegos prevista en el Reglamento (CE) n° 1257/1999[11] del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), así como el apoyo a las medidas de fomento de la rentabilidad forestal que eviten el despoblamiento de la zona de montes menos rentables que pueden coincidir con el área mediterránea (con especial atención al mantenimiento de las formaciones agrosilvopastoriles o dehesas);

24. Insta a la Comisión a diseñar campañas de información y educativas sobre acciones de prevención y lucha concertadas con los Estados miembros para reducir los riesgos y las consecuencias de las catástrofes naturales, especialmente en las zonas de mayor riesgo, sensibilizando al público sobre la necesidad de cuidar el medio ambiente y preservar los recursos naturales evitando, entre otras medidas, prácticas agrarias o de ocio que entrañen riesgos; pide a la Comisión que fomente la realización de ejercicios de preparación, con el fin de reducir al mínimo las consecuencias negativas después de que se presenten este tipo de fenómenos;

25. Insta a la Comisión a que promueva, en el marco de los programas de formación europeos y de intercambio de buenas prácticas profesionales, un programa específico para los profesionales y técnicos en labores de extinción de incendios, de modo que puedan dedicarse asimismo a labores de prevención, conservación, mejora y restauración de montes con el fin de facilitar la estabilidad y la seguridad laboral; igualmente insta a la Comisión a que considere la posibilidad de proponer un sistema de evaluación y homologación europeo tanto para los equipos como para las cualificaciones y la formación del personal;

26. Pide a la Comisión que estudie y proponga al Parlamento Europeo y al Consejo fórmulas de aplicación de medidas coercitivas que desincentiven las negligencias e intencionalidades en el origen de los incendios (medidas judiciales, policiales, consideración como delito ecológico, etc.);

27. Deplora que las medidas de prevención de incendios del programa «Forest Focus» no formen parte de las líneas prioritarias del futuro instrumento «LIFE +»; pide a la Comisión y al Consejo que incluyan estas medidas en el futuro instrumento con financiación adecuada;

28. Pide a la Comisión, a la vista de que en los últimos años se han deteriorado gravemente los bosques de muchas zonas, la creación de mecanismos que garanticen la recuperación forestal de dichas zonas con especies autóctonas, y que los objetivos de recuperación del ecosistema y de prevención de nuevas catástrofes se consideren de interés público y no sólo privado, garantizando la reducción del impacto de las catástrofes en los cambios climáticos;

29. Toma nota de la propuesta de Decisión por la que se establece un mecanismo comunitario de protección civil (COM(2006)0029), en particular el refuerzo del CCI (Centro de Control e Información), con la posibilidad de financiación comunitaria de los gastos de transporte; pide al Consejo que adopte la decisión rápidamente y que procure reforzar dicho instrumento, en especial las acciones sobre el terreno, así como optimizar los recursos escasos disponibles;

30. Insta a los Estados miembros y a la Comisión a trabajar conjuntamente en la sustancial mejora de la coordinación y comunicación de la información sobre los recursos existentes en caso de catástrofes, diseñando al efecto métodos de actuación armonizados, en particular, para garantizar la disponibilidad, por un período limitado de tiempo, de equipos terrestres y aéreos de lucha contra los incendios forestales para las intervenciones más urgentes;

31. Recuerda que, en su Resolución de 4 de septiembre de 2003 sobre las consecuencias de este verano canicular[12], se declaraba a favor de la creación de una fuerza europea de protección civil y pide a la Comisión que insista en este objetivo; opina que esta fuerza europea debería permanecer en estado de alerta durante el verano, cuando el riesgo de incendios en Europa, especialmente en los países mediterráneos, es continuo; todos los Estados miembros podrían contribuir a dicha fuerza de protección con equipamiento, medios y personal;

32. Pide a los Estados miembros y a las autoridades locales y regionales que eliminen los obstáculos administrativos y geográficos a la protección civil, y apoyen la mayor flexibilidad y operatividad de los equipos de rescate (bomberos, urgencias sanitarias, policía, equipos de rescate en montaña, en el agua y en las minas) en las regiones vecinas;

33. Subraya la importancia del Fondo de Solidaridad de la UE como el instrumento principal que debería permitir a la Unión Europea reaccionar con rapidez ante catástrofes graves, tales como inundaciones, incendios y sequía, pero también ciclones, terremotos, erupciones volcánicas o tsunamis; insta la Comisión y al Consejo a aceptar la solicitud de revisión presentada por el Parlamento Europeo, en particular en lo relativo a la atención de todas las víctimas de las catástrofes naturales y a sus familiares directos;

34. Insta al Consejo a que adapte el Fondo de Solidaridad, en particular, en lo que respecta a los plazos y las acciones subvencionables, a las catástrofes naturales de índole mediterránea, a saber, la sequía y los incendios forestales;

35. Considera que el Fondo de Solidaridad debe seguir permitiendo la intervención en caso de catástrofes que, aunque importantes, no alcancen el nivel mínimo requerido, y que se preste auxilio, en circunstancias excepcionales, cuando la mayor parte de la población de una región específica resulte afectada por una catástrofe con repercusiones graves y duraderas en sus condiciones de vida;

36. Plantea, no obstante, la necesidad de la participación de otros instrumentos existentes, como las ayudas de Estado con finalidad regional o los préstamos del BEI, con el fin de prevenir en lo posible los desastres naturales y reparar los perjuicios causados por los desastres naturales;

37. Pide que se estudie la posibilidad de crear un fondo para las catástrofes agrícolas, con objeto de compensar las pérdidas de rendimiento causadas por las pérdidas de producción de los agricultores afectados por catástrofes naturales;

38. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, y a las autoridades nacionales, regionales y locales de las zonas afectadas por catástrofes naturales en 2005, así como al Comité de las Regiones.

  • [1]  Textos Aprobados, P6_TA(2005)0433.
  • [2]  Informe científico del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea, publicado en febrero de 2005, EUR21533:http://ies.jrc.cec.eu.int/Scientific_Reports.271.0.html
  • [3]  DO L 324 de 11.12.2003, p. 1.
  • [4]  DO L 277 de 21.10.2005, p. 1.
  • [5]  DO L 161 de 26.6.1999, p. 1.
  • [6]  DO L 130 de 25.5.1994, p.1.
  • [7]  DO L 161 de 26.6.1999, p. 57.
  • [8]  DO L 161 de 26.6.1999, p. 62.
  • [9]  DO L 213 de 13.8.1999, p. 5.
  • [10]  Textos Aprobados, P6_TA(2005)0334.
  • [11]  DO L 160 de 26.6.1999, p. 80.
  • [12]  Resolución sobre las consecuencias de este verano canicular (DO C 76 E de 25.3.2004, p. 382).

PROCEDIMIENTO

Título

Las catástrofes naturales (incendios, sequías e inundaciones)

Número de procedimiento

2005/2193(INI)

Comisión competente para el fondo
Fecha del anuncio de la autorización en el Pleno

REGI
27.10.2005

Comisión(es) competentes(s) para emitir opinión
  Fecha del anuncio en el Pleno

 

 

 

 

 

Opinión(es) no emitida(s)
  Fecha de la decisión

 

 

 

 

 

Cooperación reforzada
  Fecha del anuncio en el Pleno

 

 

 

 

 

Ponente(s)
  Fecha de designación

Gerardo Galeote Quecedo
23.1.2006

 

Ponente(s) sustituido(s)

 

 

Examen en comisión

23.1.2006

22.2.06

6.3.2006

20.3.2006

20.4.2006

Fecha de aprobación

20.4.2006

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

39

5

1

Miembros presentes en la votación final

Alfonso Andria, Elspeth Attwooll, Jana Bobošíková, Graham Booth, Bairbre de Brún, Gerardo Galeote Quecedo, Iratxe García Pérez, Eugenijus Gentvilas, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg, Ambroise Guellec, Pedro Guerreiro, Marian Harkin, Konstantinos Hatzidakis, Jim Higgins, Alain Hutchinson, Mieczysław Edmund Janowski, Tunne Kelam, Miloš Koterec, Constanze Angela Krehl, Jamila Madeira, Sérgio Marques, Yiannakis Matsis, Miroslav Mikolášik, Lambert van Nistelrooij, Jan Olbrycht, Markus Pieper, Francisca Pleguezuelos Aguilar, Elisabeth Schroedter, Alyn Smith, Grażyna Staniszewska, Margie Sudre, Salvatore Tatarella, Oldřich Vlasák

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Inés Ayala Sender, Bastiaan Belder, Thijs Berman, Simon Busuttil, Brigitte Douay, Jillian Evans, Emanuel Jardim Fernandes, Louis Grech, Marcin Libicki, László Surján, Manfred Weber

Suplente(s) (art. 178, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Sharon Bowles

Fecha de presentación

27.4.2006

Observaciones (datos disponibles en una sola lengua)

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