INFORME sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a un procedimiento comunitario que garantice la transparencia de los precios aplicables a los consumidores industriales finales de gas y de electricidad (versión refundida)

4.6.2008 - (COM(2007)0735 – C6‑0441/2007 – 2007/0253(COD)) - ***I

Comisión de Asuntos Jurídicos
Ponente: József Szájer
(Refundición − artículo 80 bis del Reglamento)
PR_COD_1Versión refundida

Procedimiento : 2007/0253(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A6-0217/2008
Textos presentados :
A6-0217/2008
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a un procedimiento comunitario que garantice la transparencia de los precios aplicables a los consumidores industriales finales de gas y de electricidad (versión refundida)

(COM(2007)0735 – C6‑0441/2007 – 2007/0253(COD))

(Procedimiento de codecisión – refundición)

El Parlamento Europeo,

–   Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2007)0735),

–   Vistos el artículo 251, apartado 2, y el artículo 285, apartado 1, del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6‑0441/2007),

–   Visto el Acuerdo interinstitucional, de 28 de noviembre de 2001, para un recurso más estructurado a la técnica de la refundición de los actos jurídicos[1],

–   Vistos los artículos 80 bis y 51 de su Reglamento,

–   Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6‑0217/2008),

A. Considerando que, según el grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, la propuesta en cuestión no contiene ninguna modificación de fondo aparte de las que se han determinado como tales y que, en lo que se refiere a las disposiciones inalteradas de los textos existentes, la propuesta se limita a una codificación pura y simple de las mismas, sin ninguna modificación sustancial,

1.  Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión adaptada a las recomendaciones del grupo consultivo de los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión;

2.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

  • [1]  DO C 77 de 28.3.2002, p. 1.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión[1], fue modificada por la Decisión 2006/512/CE del Consejo, de 17 de julio de 2006[2]. El artículo 5 bis de la Decisión 1999/468/CE modificada introduce un nuevo «procedimiento de reglamentación con control» para las medidas de alcance general cuyo objeto sea modificar elementos no esenciales de un acto de base adoptado con arreglo al procedimiento de codecisión, incluso suprimiendo algunos de esos elementos, o completando el acto mediante la adición de nuevos elementos no esenciales.

Tras analizar la legislación vigente y los procedimientos en curso[3], la Comisión Europea presentó, entre otras, esta propuesta de refundición, que inicialmente fue una codificación, con vistas a incorporar las modificaciones necesarias para ajustarse al procedimiento de reglamentación con control.

Mediante decisión de 12 de diciembre de 2007, la Conferencia de Presidentes designó a la Comisión de Asuntos Jurídicos como comisión competente para examinar esta «adaptación comitológica» y a las comisiones especializadas como comisiones competentes para emitir opinión. La Conferencia de Presidentes de Comisión alcanzó un acuerdo el 15 de enero de 2008 sobre las modalidades de cooperación entre la Comisión de Asuntos Jurídicos y las demás comisiones interesadas.

En vista de que ha finalizado la adaptación al procedimiento de reglamentación con control propuesta, y tras consultar a la comisión sectorial competente, la Comisión de Asuntos Jurídicos no propone enmienda alguna, con excepción de las adaptaciones técnicas recomendadas por el grupo consultivo de los Servicios Jurídicos.

ANEXO: DICTAMEN DEL GRUPO CONSULTIVO DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS

Bruselas, 24 de enero de 2007

DICTAMEN

A LA ATENCIÓN                          DEL PARLAMENTO EUROPEO

                                                       DEL CONSEJO

                                                       DE LA COMISIÓN

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a un procedimiento comunitario que garantice la transparencia de los precios aplicables a los consumidores industriales finales de gas y de electricidad

COM(2007)0735 final de 29.11.2007 – 2007/0253(COD)

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 28 de noviembre de 2001, para un recurso más estructurado a la técnica de la refundición de los actos jurídicos, y especialmente su punto 9, el grupo consultivo compuesto por los Servicios Jurídicos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión celebró, el 12 de diciembre de 2007, una reunión para examinar, entre otras, la propuesta de referencia, presentada por la Comisión.

En dicha reunión[1], como consecuencia del examen de la propuesta de Directiva del Consejo por la que se procede a la refundición de la Directiva 90/377/CEE del Consejo, de 29 de junio de 1990, relativa a un procedimiento comunitario que garantice la transparencia de los precios aplicables a los consumidores industriales finales de gas y de electricidad, el grupo consultivo constató, de común acuerdo, lo siguiente:

1) En el considerando 6, el texto «el sistema de precios señal aplicado a los grandes consumidores industriales de electricidad» debería modificarse y redactarse en los siguientes términos: «el sistema de precios aplicado a los grandes consumidores industriales de electricidad».

2) En el considerando l3, el texto «que garanticen la representatividad de dichas categorías a escala nacional», que aparece acotado con flechas de adaptación, debería suprimirse.

3) En el artículo 1, punto 3, el texto «para garantizar» debería reintroducirse y el texto «que garanticen», que aparece acotado con flechas de adaptación, debería suprimirse.

En consecuencia, el examen de la propuesta ha permitido al grupo consultivo determinar de común acuerdo que la propuesta no contiene ninguna modificación de fondo aparte de las que se han determinado como tales en dicha propuesta o en el presente dictamen. El grupo consultivo ha establecido asimismo que, en lo que se refiere a las disposiciones inalteradas de los textos existentes, la propuesta se limita a una codificación pura y simple de las mismas, sin ninguna modificación sustancial.

(Fdo.) C. PENNERA             (Fdo.) J.-C. PIRIS      (Fdo.) C.-F. DURAND

Jurisconsulto                          Jurisconsulto               Director General en funciones

  • [1]  El grupo consultivo disponía de las versiones inglesa, francesa y alemana de la propuesta y trabajó partiendo de la versión inglesa, que es la versión original del documento objeto de examen.

PROCEDIMIENTO

Título

Procedimiento comunitario que garantice la transparencia de los precios aplicables a los consumidores industriales finales de gas y de electricidad (Versión refundida)

Referencias

COM(2007)0735 – C6-0441/2007 – 2007/0253(COD)

Fecha de la presentación al PE

29.11.2007

Comisión competente para el fondo

       Fecha del anuncio en el Pleno

JURI

19.2.2008

Comisión(es) competente(s) para emitir opinión

       Fecha del anuncio en el Pleno

ITRE

19.2.2008

 

 

 

Opinión(es) no emitida(s)

       Fecha de la decisión

ITRE

29.1.2008

 

 

 

Ponente(s)

       Fecha de designación

József Szájer

19.12.2007

 

 

Fecha de aprobación

28.5.2008

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

15

0

0

Miembros presentes en la votación final

Marek Aleksander Czarnecki, Bert Doorn, Giuseppe Gargani, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg, Katalin Lévai, Hartmut Nassauer, Aloyzas Sakalas, Francesco Enrico Speroni, Diana Wallis, Jaroslav Zvěřina, Tadeusz Zwiefka

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Sharon Bowles, Brian Crowley, Gabriele Stauner, József Szájer

Fecha de presentación

4.6.2008