INFORME sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012, Sección VIII – Defensor del Pueblo Europeo

21.3.2014 - (COM(2013)0570 – C7‑0280/2013 – 2013/2203(DEC))

Comisión de Control Presupuestario
Ponente: Bogusław Sonik

Procedimiento : 2013/2203(DEC)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0225/2014
Textos presentados :
A7-0225/2014
Textos aprobados :

1. PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012, Sección VIII – Defensor del Pueblo Europeo

(COM(2013)0570 – C7‑0280/2013 – 2013/2203(DEC))

El Parlamento Europeo,

–       Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012[1],

–       Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea para el ejercicio 2012 (COM(2013)0570 – C7‑0280/2013)[2],

–       Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas de las instituciones[3],

–       Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2012, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea[4],

–       Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–       Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[5], y en particular sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,

–       Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo[6], y en particular sus artículos 164, 165 y 166,

–       Vistos el artículo 77 y el Anexo VI de su Reglamento,

–       Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0225/2014),

1.      Concede al Defensor del Pueblo Europeo la aprobación de la gestión en la ejecución de su presupuesto para el ejercicio 2012;

2.      Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.      Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas, al Defensor del Pueblo Europeo y al Supervisor Europeo de Protección de Datos, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

2. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión por la que se aprueba la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012, Sección VIII – Defensor del Pueblo Europeo

(COM(2013)0570 – C7‑0280/2013 – 2013/2203(DEC))

El Parlamento Europeo,

–       Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012[7],

–       Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2012 (COM(2013)0570 – C7-0280/2013)[8],

–       Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2012, acompañado de las respuestas de las instituciones[9],

–       Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2012, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea[10] ,

–       Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–       Visto el Reglamento (CE, Euratom) n° 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas[11], y en particular sus artículos 50, 86, 145, 146 y 147,

–       Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo[12], y, en particular, sus artículos 164, 165 y 166,

–       Vistas sus anteriores decisiones y resoluciones sobre la aprobación de la gestión,

–       Vistos el artículo 77 y el Anexo VI de su Reglamento,

–       Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A7-0225/2014),

1.      Toma nota con satisfacción de que, en su informe anual para el ejercicio 2012, el Tribunal de Cuentas observaba que no se había detectado ninguna insuficiencia significativa respecto de las cuestiones examinadas relativas a los recursos humanos y los contratos públicos del Defensor del Pueblo Europeo («el Defensor del Pueblo»);

2.      Se congratula de que, basándose en su trabajo de auditoría, el Tribunal de Cuentas haya llegado a la conclusión de que los pagos del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012 correspondientes a los gastos administrativos y otros gastos de las instituciones y órganos están, en su conjunto, exentos de errores significativos;

3.      Subraya que el presupuesto del Defensor del Pueblo es puramente administrativo y en 2012 ascendió a 9 516 500 EUR, de los cuales 7 275 000 EUR se asignaron al título 1 (gastos relativos a las personas vinculadas a la institución), 1 656 500 EUR se asignaron al título 2 (edificios, material y diversos gastos de funcionamiento) y 585 000 EUR, al título 3 (gastos resultantes del ejercicio de misiones específicas por parte de la institución);

4.      Toma nota de que, del total de los créditos, se comprometió el 98,30 % (92,54 % en 2011) y se pagó el 88,69 % (85,62 % en 2011), con un porcentaje de utilización del 95,88 % (frente al 92,54 % en 2011); acoge con satisfacción el incremento del porcentaje de utilización;

5.      Apoya las mejoras en la planificación financiera a fin de garantizar una ejecución presupuestaria más eficiente; pide que este esfuerzo continúe en los próximos ejercicios presupuestarios;

6.      Elogia el Plan de Gestión Anual del Defensor del Pueblo para 2012 en el que se han incluido indicadores clave de rendimiento para medir el rendimiento de la Oficina del Defensor en la consecución de sus objetivos;

7.      Pide al Defensor del Pueblo que, en su próximo informe anual de actividad, indique el porcentaje de los servicios de interpretación solicitados durante ese año y no utilizados;

8.      Pide al Defensor del Pueblo que coopere con otras instituciones para disponer de una metodología unificada de presentación de los gastos de traducción, con el fin de simplificar el análisis y la comparación de los costes;

9.      Acoge con satisfacción las conclusiones del auditor interno sobre las acciones incompletas resultantes de los informes de auditoría interna; señala que las dos acciones relativas a la aplicación de normas mínimas de control interno y a la gestión de los procedimientos de contratación siguen pendientes; pide que las recomendaciones del auditor interno de la Oficina del Defensor del Pueblo sobre estas acciones se apliquen sin demora;

10.    Considera positivo el incremento del porcentaje de decisiones sobre la admisibilidad adoptadas en el plazo de un mes tras haber recibido la queja, que ha sido del 85 % en 2012, y pide que el objetivo para los próximos años sea aún más ambicioso; considera que la reestructuración de la Oficina del Defensor del Pueblo, junto con un procedimiento más ágil en el Registro, han contribuido a un mejor desempeño de la Unidad de Reclamaciones en 2012 y continuarán haciéndolo en los próximos años;

11.    Toma nota de que la duración media de las investigaciones ha disminuido, a pesar de que para las investigaciones archivadas dentro de los 18 meses los resultados fueron inferiores a la meta establecida y a la cifra del 80 % alcanzada en 2011; pide al Defensor del Pueblo que especifique el número de casos con más de una ronda de consultas y cuando es necesaria una segunda ronda de consultas;

12.    Pide que se le informe sobre las acciones emprendidas para superar la decisión de la Comisión de rechazar la organización de una auditoría externa independiente de las Escuelas Europeas;

13.    Acoge positivamente el compromiso asumido por el Defensor del Pueblo con la Fundación Europea de Gestión de la Calidad para incrementar el nivel de calidad de su labor;

14.    Felicita al Defensor del Pueblo por la calidad constante del informe anual de actividades y por facilitar un informe anual de impacto completo, que constituye una herramienta importante para la evaluación de su labor;

15.    Pide al Defensor del Pueblo Europeo que indique al detalle en su informe anual de actividades la cuantía de su presupuesto que destina a promocionarse y a acercarse a los ciudadanos;

16.    Señala que el informe anual sobre las actividades del Defensor del Pueblo en 2012 fue aprobado por el Pleno en septiembre de 2013, y manifiesta su satisfacción por las observaciones que contiene;

17.    Pide al Tribunal de Cuentas que en su próximo informe anual incluya una revisión del seguimiento dado por el Defensor del Pueblo Europeo a las recomendaciones formuladas por el Parlamento en la presente Resolución.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

18.3.2014

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

24

2

0

Miembros presentes en la votación final

Marta Andreasen, Inés Ayala Sender, Zuzana Brzobohatá, Tamás Deutsch, Martin Ehrenhauser, Jens Geier, Gerben-Jan Gerbrandy, Ingeborg Gräßle, Cătălin Sorin Ivan, Rina Ronja Kari, Monica Luisa Macovei, Jan Mulder, Eva Ortiz Vilella, Monika Panayotova, Crescenzio Rivellini, Paul Rübig, Bogusław Sonik, Bart Staes, Georgios Stavrakakis, Michael Theurer, Derek Vaughan

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Amelia Andersdotter, Philip Bradbourn, Esther de Lange, Vojtěch Mynář, Jan Olbrycht, Markus Pieper, Barbara Weiler

  • [1]       DO L 56 de 29.2.2012.
  • [2]       DO C 334 de 15.11.2013, p. 1.
  • [3]       DO C 331 de 14.11.2013, p. 1.
  • [4]       DO C 334 de 15.11.2013, p. 122.
  • [5]       DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
  • [6]       DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
  • [7]       DO L 56 de 29.2.2012.
  • [8]       DO C 334 de 15.11.2013, p. 1.
  • [9]       DO C 331 de 14.11.2013, p. 1.
  • [10]     DO C 334 de 15.11.2013, p. 122.
  • [11]     DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
  • [12]     DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.