INFORME sobre un enfoque integrado de la política del deporte: buena gobernanza, accesibilidad e integridad

12.12.2016 - (2016/2143(INI))

Comisión de Cultura y Educación
Ponente: Hannu Takkula

Procedimiento : 2016/2143(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0381/2016
Textos presentados :
A8-0381/2016
Textos aprobados :

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre un enfoque integrado de la política del deporte: buena gobernanza, accesibilidad e integridad

(2016/2143(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 165 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en el que se especifican los objetivos de la política deportiva de la Unión,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de enero de 2011, titulada «Desarrollo de la dimensión europea en el deporte» (COM(2011)0012),

–  Visto el informe, de octubre de 2013, del grupo de expertos de la Unión sobre la buena gobernanza titulado «Los Principios de la Buena Gobernanza en el Ámbito Deportivo en la Unión»,

  Visto el informe, de junio de 2016, del grupo de alto nivel sobre deporte de base titulado «Deporte de base – Dando forma a Europa»,

  Visto el informe, de junio de 2016, del grupo de alto nivel sobre diplomacia en el ámbito deportivo,

  Visto el programa Erasmus +, cuyo objetivo es hacer frente a las amenazas transfronterizas a la integridad del deporte, fomentar y respaldar la buena gobernanza en el ámbito deportivo, las carreras duales de los deportistas y las actividades voluntarias en el ámbito deportivo, así como la inclusión social y la igualdad de oportunidades,

–  Visto el Libro Blanco de la Comisión sobre el deporte (COM(2007)0391),

–  Vista su Resolución, de 11 de junio de 2015, sobre las recientes revelaciones en relación con casos de corrupción de alto nivel en la FIFA[1],

–  Vista su Resolución, de 23 de octubre de 2013, sobre la delincuencia organizada, la corrupción y el blanqueo de dinero: recomendaciones sobre las acciones o iniciativas que han de llevarse a cabo[2],

–  Vista su Resolución, de 10 de septiembre de 2013, sobre el juego en línea en el mercado interior[3],

–  Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2013, sobre el amaño de partidos y la corrupción en el deporte[4],

–  Vista su Resolución, de 2 de febrero de 2012, sobre la dimensión europea en el deporte[5],

–  Vista su Resolución, de 8 de mayo de 2008, sobre el Libro Blanco sobre el deporte[6],

–  Vista su Resolución, de 29 de marzo de 2007, sobre el futuro del fútbol profesional en Europa[7],

  Vista su Resolución, de 17 de junio de 2010, sobre agentes de jugadores en el deporte[8],

  Vista su Resolución, de 21 de noviembre de 2013, sobre Qatar: situación de los trabajadores migrantes[9],

  Vista su Resolución, de 19 de enero de 2016, sobre el papel del diálogo intercultural, la diversidad cultural y la educación en la promoción de los valores fundamentales de la UE[10],

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 31 de mayo de 2016, sobre la potenciación de la integridad, la transparencia y la buena gobernanza en los grandes acontecimientos deportivos,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 26 de mayo de 2015, sobre la maximización del papel del deporte de base en el desarrollo de aptitudes transversales, especialmente entre los jóvenes,

–  Vista la Resolución del Consejo, de 21 de mayo de 2014, relativa al Plan de Trabajo Europeo para el Deporte (2014-2017),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 26 de noviembre de 2013, sobre la aportación del deporte a la economía de la UE, en particular para abordar el desempleo juvenil y la integración social,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 25 de noviembre de 2013, sobre la promoción de la actividad física beneficiosa para la salud en distintos sectores,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 18 de noviembre de 2010, sobre el papel del deporte como fuente y vector de una integración social activa[11],

–  Visto el Convenio del Consejo de Europa, de 3 de julio de 2016, sobre un enfoque integrado sobre la protección, la seguridad y los servicios en los partidos de fútbol y otros acontecimientos deportivos,

–  Visto el Convenio del Consejo de Europa, de 18 de septiembre de 2014, sobre Manipulación de Competiciones Deportivas,

–  Vistas la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y del Tribunal General de la Unión Europea, así como las decisiones de la Comisión sobre cuestiones relacionadas con el deporte, las apuestas y el juego,

–  Vista la Agenda Global 2030 sobre objetivos de desarrollo sostenible,

–  Vistos los artículos 6 y 165 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 52 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Cultura y Educación (A8-0381/2016),

A.  Considerando que, mediante la entrada en vigor del Tratado de Lisboa en 2009, la Unión Europea adquirió una competencia específica para desarrollar el deporte y aplicar una política deportiva coordinada a escala de la Unión respaldada por una línea presupuestaria específica, así como para desarrollar la cooperación con organismos internacionales en el ámbito deportivo, teniendo en cuenta al mismo tiempo la naturaleza específica del deporte y respetando la autonomía de las estructuras que rigen el deporte;

B.  Considerando que el deporte desempeña un papel destacado en la vida de millones de ciudadanos de la Unión; que la práctica del deporte aficionado y del profesional no es únicamente una cuestión de aptitudes atléticas, resultados deportivos y competiciones, sino que también aporta una contribución social, educativa, económica, cultural y unificadora importante para la sociedad y la economía de la Unión, así como para los objetivos estratégicos y los valores sociales de la Unión;

C.  Considerando que el deporte es un sector de la economía de la Unión importante y en rápida expansión, y hace una valiosa contribución al crecimiento, el empleo y la sociedad, también a escala local, y que sus efectos en cuanto a valor añadido y empleo superan las tasas de crecimiento medias; que se calcula que el empleo relacionado con el deporte supone el 3,51 % del empleo total de la Unión y la parte de valor añadido bruto relacionado con el deporte asciende a 294 000 millones de euros (2,98 % del valor añadido bruto total de la Unión);

D.  Considerando que el deporte no solo constituye una realidad económica en expansión, sino también un fenómeno social que realiza una contribución importante a los objetivos estratégicos y los valores sociales de la Unión, como la tolerancia, la solidaridad, la prosperidad, la paz, el respeto de los derechos humanos y el entendimiento entre naciones y culturas;

E.  Considerando que la práctica deportiva contribuye a una mejor calidad de vida, previene enfermedades y desempeña un papel fundamental en el fortalecimiento del desarrollo personal y del estado de salud;

F.  Considerando que el respeto de los derechos laborales básicos es fundamental para los deportistas profesionales;

G.  Considerando que el deporte también contribuye a la integración de las personas y trasciende la raza, la religión y la etnicidad;

H.  Considerando que la integridad en el deporte reviste la máxima importancia a la hora de fomentar su credibilidad y atractivo;

I.  Considerando que el deporte tiene un carácter específico que se basa en estructuras voluntarias y es un requisito previo de sus funciones educativas y sociales;

J.  Considerando que los últimos escándalos de corrupción en el deporte, y en organizaciones deportivas a escala europea e internacional, han empañado la imagen del deporte y se han alzado voces y planteado cuestiones en relación con la necesidad de una auténtica reforma estructural de los organismos y organizaciones que rigen el deporte, teniendo en cuenta al mismo tiempo la gran diversidad de estructuras deportivas en los distintos países europeos y el hecho de que las organizaciones deportivas, por su propia naturaleza, se autorregulan en gran medida;

K.  Considerando que tanto el deporte profesional como el de base desempeñan un papel fundamental en el impulso global de la paz, el respeto de los derechos humanos y la solidaridad, reportan a las sociedades beneficios económicos y para la salud, y son esenciales para poner de relieve los valores educativos y culturales básicos, así como para fomentar la inclusión social;

L.  Considerando que la buena gobernanza en el deporte debe respetar una regulación adecuada del deporte a través de los principios de gestión, gobernanza participativa, procesos y estructuras eficaces, transparentes, éticos y democráticos, con la participación de las partes interesadas;

M.  Considerando que las organizaciones deportivas tienen la responsabilidad de garantizar unos elevados estándares de gobernanza e integridad, y deberían adherirse a ellos en toda circunstancia para restablecer la confianza de los ciudadanos e incrementar la confianza del público en los valores positivos del deporte;

N.  Considerando que las políticas equilibradas con las que se persigue aumentar la transparencia financiera, la estabilidad y la credibilidad en el ámbito deportivo son fundamentales para mejorar los estándares financieros y de gobernanza;

O.  Considerando que el modelo europeo de organización del deporte se basa en los principios de territorialidad y nacionalidad, con una federación por disciplina, y en unos mecanismos de solidaridad entre los deportes de élite y los de base, así como en el ascenso-descenso, las competiciones abiertas y la redistribución financiera;

P.  Considerando que el reconocimiento del principio de una federación única por disciplina deportiva es particularmente relevante y se asienta en la importancia social del deporte como el mejor medio de salvaguardar los intereses del deporte y los beneficios que reporta a la sociedad;

Q.  Considerando que es legítimo y necesario para todas las partes interesadas exigir que toda competición deportiva se desarrolle y decida con arreglo a las reglas de juego reconocidas a escala internacional;

R.  Considerando que los tribunales deportivos desempeñan un papel fundamental a la hora de garantizar la universalidad de las reglas de juego, el derecho a un juicio justo en los conflictos relacionados con el deporte y la buena gobernanza, ya que son la manera más adecuada de resolver los conflictos deportivos dentro del respeto de los derechos procesales fundamentales de la Unión;

S.  Considerando que la cantidad cada vez mayor de dinero que circula dentro del sector deportivo y en las organizaciones implicadas ha dado lugar a demandas de transparencia y de una mejor gobernanza; que el deporte, como actividad económica, afronta una serie de escándalos de amaño de partidos que incluyen otros delitos y actividades ilegales diversos, como el blanqueo de capitales, la corrupción y el soborno;

T.  Considerando que el incremento de la práctica del dopaje sigue siendo una amenaza para la integridad y la reputación del deporte dado que vulnera los valores y los principios éticos del deporte, como el juego limpio, que el dopaje comporta riesgos graves para la salud de los deportistas, causando con frecuencia daños permanentes y graves, y que la lucha contra el dopaje es una cuestión de interés público y de salud pública;

U.  Considerando que los actos de violencia, vandalismo y discriminación dirigidos contra un grupo de personas o un miembro de dicho grupo, en el marco bien del deporte aficionado bien del profesional, empañan la imagen del deporte y disuaden a los espectadores de asistir a manifestaciones deportivas;

V.  Considerando que el fomento del deporte para personas con discapacidad intelectual o física debería ser una prioridad fundamental a escala europea, nacional y local;

W.  Considerando que es necesario mejorar la participación y la visibilidad de las mujeres en el deporte y las competiciones deportivas;

X.  Considerando que los deportistas, en particular los menores de edad, afrontan una presión económica creciente y son tratados como artículos de consumo, y por ello deben estar protegidos frente a cualquier forma de abuso, violencia y discriminación que pueda producirse durante su práctica deportiva;

Y.  Considerando que existe una tendencia creciente y preocupante a la propiedad por terceros de equipos deportivos europeos, de modo que los jugadores, que a menudo son muy jóvenes, son total o parcialmente propiedad de inversores privados y ya no pueden determinar la senda futura de sus carreras;

Z.  Considerando que las malas prácticas relacionadas con agentes y traspasos de jugadores han dado origen a casos de blanqueo de capitales, fraude y explotación de menores;

AA.  Considerando que el deporte de base ofrece oportunidades para luchar contra la discriminación, fomentar la inclusión, la cohesión y la integración sociales, y contribuye considerablemente al desarrollo de las aptitudes transversales;

AB.  Considerando que cada vez más clubes recurren principalmente al mercado de traspasos para configurar sus equipos, cuando deberían prestar más atención a la formación local;

AC.  Considerando que el deporte se considera un derecho fundamental para todos, y que todos deberían tener el mismo derecho a realizar actividades físicas y deportivas;

AD.  Considerando que, en general, la práctica de una actividad física se está estancando a pesar de las pruebas sólidas de que la actividad física mejora la salud personal, incluida la salud mental, y el bienestar, lo cual conlleva un ahorro significativo para los Estados miembros en términos de gasto público en sanidad, y a pesar asimismo de la creciente tendencia a favor de los deportes recreativos, como correr, que también se practican al margen de cualesquiera estructuras organizativas;

AE.  Considerando que las manifestaciones y actividades deportivas, y en particular las grandes competiciones internacionales, ponen de relieve los beneficios del deporte y tienen un impacto social, económico y ambiental positivo;

AF.  Considerando que las selecciones nacionales desempeñan un papel fundamental no solo a la hora de estimular la identidad nacional e inspirar a deportistas jóvenes para que alcancen su máximo nivel de rendimiento deportivo, sino también de fomentar la solidaridad con el deporte de base;

AG.  Considerando que la educación y la formación profesional complementarias de los deportistas son una parte crucial de su preparación con vistas a su carrera profesional una vez acabada su carrera deportiva;

AH.  Considerando que la inversión y el fomento de la formación y la educación de jóvenes deportistas con talento a escala local son fundamentales para el desarrollo a largo plazo y el papel social del deporte;

AI.  Considerando que los voluntarios constituyen la columna vertebral del deporte organizado al ocuparse del desarrollo y la accesibilidad de las actividades deportivas, especialmente a escala local; que además ofrecen una excelente oportunidad de formación y de educación no formal para los jóvenes, también a escala internacional y en asociación con programas de cooperación y desarrollo en zonas no pertenecientes a la Unión en las que es necesario reforzar el diálogo y apoyar la política exterior de aquella;

AJ.  Considerando que el deporte constituye, en su acepción más amplia, un sistema de valores de una comunidad, que dichos valores son la base de un lenguaje compartido que va más allá de cualquier barrera cultural o lingüística; que el deporte puede contribuir a reforzar el diálogo y la solidaridad con los terceros países, impulsar la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el mundo y apoyar la política exterior de la Unión, y debe considerarse una oportunidad para ello;

AK.  Considerando que la violación de los derechos de propiedad intelectual de las organizaciones deportivas, también en forma de piratería digital, en particular la retransmisión en directo sin licencia de manifestaciones deportivas, suscita una seria preocupación por lo que respecta a la financiación a largo plazo del deporte a todos los niveles;

AL.  Considerando que se debe garantizar la libertad de prensa en todas las manifestaciones deportivas;

AM.  Considerando que el deporte puede contribuir a cumplir los objetivos de la Estrategia Europa 2020;

La integridad y la buena gobernanza del deporte

1.  Reitera que la lucha contra la corrupción en el deporte requiere esfuerzos transnacionales y cooperación por parte de todas las partes interesadas, incluidos las autoridades públicas, las fuerzas o cuerpos de seguridad, la industria deportiva, los deportistas y los aficionados;

2.  Insta a las organizaciones deportivas internacionales, europeas y nacionales a que se comprometan con prácticas de buena gobernanza y desarrollen una cultura de transparencia y financiación sostenible, mediante la publicación de registros financieros e informes de actividad, incluyendo la obligación de divulgación de las remuneraciones de los altos directivos y los límites de duración de los mandatos;

3.  Considera que el desarrollo de una cultura de la transparencia debe completarse con una mejor separación de poderes dentro de los organismos reguladores del deporte, una mejor división entre actividades comerciales y benéficas y unos mejores procedimientos autorreguladores internos para anticipar, detectar, investigar y sancionar delitos y actividades ilegales en el ámbito del deporte dentro de las organizaciones deportivas;

4.  Recuerda que la buena gobernanza, que debería ser una prioridad política en el próximo Plan de Trabajo Europeo para el Deporte, ha de ser una condición para la autonomía de las organizaciones deportivas, de conformidad con los principios de transparencia, rendición de cuentas, igualdad de oportunidades, inclusión social y democracia, y también la inclusión de las partes interesadas apropiadas;

5.  Destaca la necesidad de una política de tolerancia cero respecto de la corrupción y otros tipos de delitos en el deporte;

6.  Subraya que la aplicación de los principios de buena gobernanza en el deporte, acompañados de seguimiento, vigilancia y unos instrumentos jurídicos acordes, es un factor clave para contribuir a erradicar la corrupción y otras malas prácticas;

7.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros, así como a las organizaciones deportivas y a las entidades que presenten candidaturas a garantizar que en la presentación de candidaturas para organizar manifestaciones importantes se respeten los estándares de buena gobernanza y los derechos humanos y laborales fundamentales, junto con el principio de democracia, con el fin de garantizar una repercusión social, económica y medioambiental positiva en las comunidades locales, al tiempo que se respetan la diversidad y las tradiciones para asegurar una credibilidad y un legado sostenibles para el deporte;

8.  Considera que los países que presenten candidaturas para organizar manifestaciones deportivas o las organicen deben aplicar una planificación, una organización, una ejecución, una participación y un seguimiento de esas manifestaciones responsables desde el punto de vista social, medioambiental y económico; pide a las organizaciones deportivas y a los países que organicen esas manifestaciones que eviten cambios indeseados en el entorno de vida de los residentes locales, incluido el desplazamiento de las poblaciones locales;

9.  Solicita a la Comisión que elabore una lista de compromisos y estudie la posibilidad de elaborar un código de conducta en los ámbitos de la buena gobernanza y la integridad en el deporte; opina que las organizaciones deportivas deberían establecer reglas en materia de transparencia, normas éticas, un código de conducta para sus órganos de garantía, juntas directivas y miembros, así como políticas y prácticas operativas para garantizar la independencia y la observancia de las normativas establecidas; estima además que el estudio de nuevos instrumentos de cooperación entre gobiernos, organizaciones deportivas y la Unión puede ayudar a abordar algunos de los retos actuales que afronta el deporte;

10.  Exhorta a los Estados miembros a condicionar la financiación pública del deporte al respeto de las normas mínimas de gobernanza, seguimiento e información establecidas y de acceso público;

11.  Considera que para mejorar la buena gobernanza y la integridad en el deporte es necesario un cambio en la mentalidad de todas las partes interesadas pertinentes; apoya las iniciativas adoptadas por diversas organizaciones deportivas y otras partes interesadas pertinentes para mejorar las normas de gobernanza en el deporte y mejorar el diálogo y la cooperación con las autoridades locales y nacionales;

12.  Insta a las organizaciones deportivas a que en 2018 presenten propuestas concretas para mejorar los estándares de buena gobernanza para las organizaciones deportivas, los organismos que rigen el deporte y sus asociaciones de miembros, y las apliquen debidamente y publiquen sus resultados; insiste en que a ese respecto es esencial llevar un control adecuado;

13.  Pide a los Estados miembros que establezcan un delito penal específico para el amaño de partidos y garanticen que cualesquiera actividades delictivas, como el amaño de partidos y la corrupción en el deporte, sean, si todavía no lo son, objeto de procedimiento judicial y de sanciones apropiadas, puesto que el amaño de partidos y la manipulación de competiciones deportivas constituyen una violación de la ética y la integridad del deporte y ya son objeto de sanciones por parte de las autoridades deportivas;

14.  Señala que los desafíos asociados a la investigación de casos internacionales de amaño de partidos requieren la puesta en común de información y la cooperación transfronterizas entre los organismos deportivos, las autoridades estatales y los operadores de apuestas, en el marco de plataformas nacionales, a fin de detectar, investigar e incoar acciones judiciales contra el amaño de partidos; pide a los Estados miembros que consideren la posibilidad de crear, cuando no lo hayan hecho ya, fiscalías especializadas con la responsabilidad específica de investigar los casos de fraude en el ámbito deportivo; recuerda que la cuarta Directiva antiblanqueo introduce el requisito de que los proveedores de servicios de juego lleven a cabo las comprobaciones de diligencia debida en las transacciones de alto nivel;

15.   Exhorta al Consejo a encontrar una solución que permita a la Unión y a sus Estados miembros firmar y ratificar el Convenio del Consejo de Europa sobre Manipulación de Competiciones Deportivas con vistas a su aplicación y ratificación plenas, y exhorta a la Comisión a apoyar y facilitar ese proceso y garantizar que es objeto de un seguimiento eficaz;

16.  Recuerda a la Comisión su compromiso de elaborar una recomendación sobre el intercambio de las mejores prácticas para prevenir y luchar contra el amaño de partidos relacionado con las apuestas, e insta a la Comisión a publicar sin dilación esa recomendación;

17.  Solicita a la Comisión que refuerce los vínculos interinstitucionales con el Consejo de Europa y, en consecuencia, que desarrolle programas operativos coordinados que garanticen el uso más eficiente posible de los recursos;

18.  Apoya y también respalda las campañas de prevención, educación y sensibilización, así como los programas de información que sirvan para aconsejar a todos los niveles a deportistas, entrenadores, funcionarios y todas las partes interesadas sobre la amenaza que representan el amaño de partidos, el dopaje y otras cuestiones relacionadas con la integridad, incluidos los riesgos que pueden correr y la manera en que pueden notificar propuestas dudosas; pide a la Comisión y a los Estados miembros que propongan medidas concretas para su inclusión en el próximo Plan de Trabajo de la Unión, como programas y proyectos piloto, con el fin de garantizar que se imparte a los jóvenes una enseñanza cívica en el deporte a la edad más temprana posible;

19.  Pide a la Comisión que siga financiando proyectos antidopaje a través del programa Erasmus +, al tiempo que evalúa su repercusión y garantiza que complementa de forma útil los planes de financiación ya existentes para la lucha contra el dopaje;

20.  Solicita a la Comisión que respalde la buena gobernanza en proyectos de gestión deportiva dentro del programa Erasmus +;

21.  Insta a los Estados miembros a apoyar los controles antidopaje, los programas nacionales de control y las legislaciones que permitan la coordinación y la puesta en común de información entre las autoridades estatales, las organizaciones deportivas y las agencias antidopaje; insta a los Estados miembros a que posibiliten que estas últimas establezcan programas de seguimiento de amplio alcance y procesen e intercambien datos de conformidad con las normas de protección de datos de la Unión actuales y futuras;

22.  Señala la importancia de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) en las labores de control y coordinación de políticas y normas antidopaje en todo el mundo; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que colaboren estrechamente con la AMA, la UNESCO y el Consejo de Europa, para prevenir y luchar más eficazmente contra el dopaje consolidando los compromisos legales y políticos del Código Mundial Antidopaje (CMA); insta a la Unión a fomentar el intercambio de información y buenas prácticas sobre las políticas de salud y prevención en la lucha contra el dopaje en todo el mundo;

23.  Pide a la Comisión y al Consejo que fomenten y faciliten la negociación de acuerdos entre países que permitan que equipos de control antidopaje de otros países debidamente autorizados lleven a cabo pruebas, respetando los derechos fundamentales de los deportistas, de conformidad con la Convención internacional contra el dopaje en el deporte;

24.  Considera que el dopaje también constituye un problema creciente en el sector del deporte recreativo, en el que se precisan campañas educativas y de información e instructores y entrenadores experimentados y profesionales para fomentar un comportamiento saludable con respecto al dopaje;

25.  Insta a los Estados miembros y a la Comisión a que colaboren estrechamente con la AMA y el Consejo de Europa para definir una política que proteja a los denunciantes;

26.  Anima a las organizaciones deportivas y a las autoridades públicas nacionales a que establezcan sistemas antidopaje coordinados destinados al control transfronterizo y a que adopten medidas concretas contra la fabricación y el tráfico de sustancias ilegales que mejoran el rendimiento en el ámbito deportivo;

27.  Acoge con satisfacción el nuevo Convenio del Consejo de Europa sobre un enfoque integrado sobre la protección, la seguridad y los servicios en los partidos de fútbol y otros acontecimientos deportivos, e insta a los Estados miembros a que lo firmen y ratifiquen sin demora; reitera su propuesta de introducción del reconocimiento mutuo de las prohibiciones de acceso a los estadios y el intercambio de datos a ese respecto;

28.  Pide a la Comisión que estudie maneras de intercambiar información en el contexto de la violencia en el ámbito deportivo a través de las redes existentes;

29.  Observa que la amenaza del terrorismo exige nuevas medidas para garantizar la protección operativa y la seguridad en las manifestaciones deportivas;

30.  Destaca que los organismos deportivos deben garantizar a los medios de noticias independientes el acceso y las oportunidades para obtener noticias necesarios en todos los acontecimientos deportivos de manera que puedan desempeñar su función de observadores importantes y críticos de las manifestaciones deportivas y de la administración del deporte;

31.   Condena firmemente cualquier forma de discriminación y violencia en el deporte, tanto dentro como fuera de los recintos deportivos, y subraya la necesidad de prevenir ese tipo de comportamiento a todos los niveles, mejorar el registro y el control de este tipo de incidentes, y fomentar valores fundamentales como el respeto, la amistad, la tolerancia y el juego limpio; estima que las organizaciones deportivas que se ajustan a los estándares elevados de la buena gobernanza están en una posición mejor para impulsar la función social del deporte y luchar contra el racismo, la discriminación y la violencia;

32.  Recuerda la necesidad de reforzar la lucha contra la trata de seres humanos en el deporte, en particular la trata de menores;

33.   Acoge con satisfacción las buenas prácticas autorreguladoras, como la iniciativa del Juego Limpio Financiero, en la medida en que fomentan una mayor racionalidad económica y mejores estándares de gestión financiera en el deporte profesional, centrando la atención en el largo plazo y no en el corto plazo, y contribuyendo así al desarrollo saludable y sostenible del deporte en Europa; hace hincapié en que las normas del juego limpio financiero han fomentado unos mejores estándares en la gestión económica, por lo que deberían aplicarse estrictamente;

34.  Acoge positivamente las inversiones transparentes y sostenibles en el ámbito deportivo y las organizaciones deportivas, siempre que estén sometidas a controles estrictos y a requisitos de divulgación y no vayan en detrimento de la integridad de las competiciones y los deportistas;

35.  Considera que el modelo de propiedad por el cual los miembros de los clubes conservan el control del club (mediante la regla del 50+1) es una buena práctica de la Unión, y pide a los Estados miembros, a los organismos reguladores del deporte, a las federaciones nacionales y a las ligas que inicien un diálogo constructivo y un intercambio en torno a este modelo;

36.  Hace hincapié en que se ha de proteger a los deportistas, particularmente los menores de edad, frente a las prácticas abusivas, tales como la propiedad por terceros, que plantean numerosos interrogantes sobre la integridad y preocupaciones de carácter ético en sentido amplio; respalda las decisiones de los organismos reguladores de prohibir la propiedad de jugadores por parte de terceros, y pide a la Comisión que considere la posibilidad de prohibir la propiedad por terceros en virtud de la legislación de la Unión y solicite a los Estados miembros que adopten más medidas respecto de los derechos de los deportistas;

37.  Considera que es necesario volver a evaluar la normativa relativa al apoyo a los jugadores locales con el fin de aumentar las posibilidades de que los jugadores jóvenes con talento jueguen en el primer equipo de sus clubes y mejorar con ello el equilibrio competitivo en Europa;

38.  Pide a los organismos reguladores y a las autoridades nacionales a todos los niveles que adopten medidas que garanticen las compensaciones a los clubes de formación, con el fin de impulsar la contratación y la formación de jugadores jóvenes, de conformidad con la sentencia Bernard del Tribunal de Justicia de 16 de marzo de 2010;

39.  Reitera su apego al modelo europeo de organización del deporte, en el que las federaciones desempeñan una función central, en la medida en que establece un equilibrio entre los numerosos intereses divergentes de todas las partes interesadas, como los deportistas, los jugadores, los clubes, las ligas, las asociaciones y los voluntarios, con una representación y unos mecanismos de transparencia en la toma de decisiones adecuados y democráticos, así como con competiciones abiertas basadas en el mérito deportivo; pide una mayor solidaridad financiera a todos los niveles;

40.  Acoge con satisfacción el Foro Europeo del Deporte anual que fomenta el diálogo con todas las partes interesadas de las federaciones deportivas internacionales y europeas, el movimiento olímpico, las organizaciones deportivas centrales europeas y nacionales, y otras organizaciones relacionadas con el deporte; señala que es preciso seguir mejorando la estructura de diálogo con las partes implicadas, las funciones del foro y el seguimiento del debate;

41.  Acoge con satisfacción los esfuerzos de la Comisión y de todas las partes interesadas para promover el diálogo social en el deporte, lo que constituye una excelente oportunidad para establecer un equilibrio entre los derechos fundamentales y laborales de los deportistas y el carácter económico del deporte mediante la implicación de todas las partes interesadas, incluidos los interlocutores sociales, en el debate y la celebración de acuerdos; reconoce que es responsabilidad de las organizaciones deportivas comprometerse con el desarrollo de una cultura de la transparencia; insiste en que la Unión debería impulsar de forma activa unos estándares mínimos de empleo y laborales para los deportistas profesionales de toda Europa;

42.  Reitera su petición de que se creen registros de transparencia para el pago de los agentes deportivos respaldados por un sistema de control eficiente, como un centro de compensación para pagos y sanciones apropiadas, en colaboración con las autoridades públicas pertinentes, para hacer frente a las malas prácticas de los agentes; reitera su petición de que se creen licencias y registros de agentes deportivos y se introduzca un nivel mínimo de cualificaciones; solicita a la Comisión que realice un seguimiento de las conclusiones de su «Estudio sobre agentes deportivos en la Unión Europea», en particular con respecto a la observación de que los agentes son una pieza clave en los flujos económicos que no suelen ser transparentes, lo que hace que aquellos sean propensos a realizar actividades ilegales;

43.  Considera que un enfoque integrado con respecto a la igualdad de género en el deporte puede ayudar a evitar estereotipos y crear un entorno social positivo para todos; acoge con satisfacción las iniciativas que fomentan la igualdad de género y la igualdad de participación en las funciones de toma de decisiones en el ámbito del deporte, que permiten a las deportistas conciliar su vida familiar y su vida deportiva profesional, y que aspiran a reducir la brecha de ingresos y la disparidad en cuanto a galardones en función del género, así como todo tipo de estereotipos y de acoso en el deporte; pide a las organizaciones deportivas que presten especial atención a la dimensión de género en el deporte animando a las mujeres jóvenes a participar en el ámbito deportivo;

La inclusión social, la función social y la accesibilidad del deporte

44.  Opina que las inversiones en deporte nos ayudarán a construir sociedades unidas e inclusivas, a desplazar barreras y a permitir que las personas se respeten mutuamente mediante la construcción de puentes entre culturas y por encima de divisiones étnicas y sociales, así como a impulsar un mensaje positivo de valores compartidos, como el respeto mutuo, la tolerancia, la compasión, el liderazgo, la igualdad de oportunidades y el Estado de Derecho;

45.  Acoge favorablemente las manifestaciones deportivas transnacionales organizadas en distintos países europeos en la medida en que contribuyen a la promoción de los valores fundamentales compartidos por la Unión, como el pluralismo, la tolerancia, la justicia, la igualdad y la solidaridad; recuerda que las actividades y las manifestaciones deportivas fomentan el turismo en las ciudades y los territorios europeos;

46.  Destaca el valor de las competencias transversales adquiridas a través del deporte como parte de la educación no formal e informal, y subraya asimismo el nexo entre deporte, empleabilidad, educación y formación;

47  Hace hincapié en el papel del deporte en la inclusión y la integración de los grupos desfavorecidos; acoge con satisfacción las iniciativas que ofrecen a los refugiados, migrantes y solicitantes de asilo la posibilidad de participar como deportistas en competiciones deportivas;

48.  Destaca la importancia de la educación a través del deporte y el potencial del deporte para ayudar a que los jóvenes en situación social vulnerable vuelvan al buen camino; reconoce la importancia del deporte de base en la prevención y la lucha contra la radicalización, y fomenta y respalda las iniciativas en ese sentido; acoge con satisfacción dos proyectos piloto adoptados por el Parlamento Europeo: «El deporte como instrumento de integración e inclusión social de los refugiados» y «Control y preparación a través del deporte de jóvenes en riesgo de radicalización»;

49.  Recuerda que los deportistas europeos jóvenes suelen tener que hacer frente al reto de combinar su carrera deportiva con su educación y su trabajo; reconoce que la educación superior y la formación profesional son fundamentales para maximizar la futura inclusión de los deportistas en el mercado laboral; apoya la introducción de sistemas eficaces de carrera dual con unos requisitos mínimos de calidad y un control adecuado de los progresos de los programas de carreras duales en Europa, así como la oferta de servicios de orientación en materia de carrera mediante convenios con universidades y centros de enseñanza superior; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten la movilidad transfronteriza de los deportistas, armonicen el reconocimiento de las cualificaciones deportivas y educativas, incluida la educación no formal e informal adquirida a través del deporte, y mejoren el intercambio de buenas prácticas;

50.  Destaca la necesidad de garantizar un apoyo financiero sostenible para los programas de intercambio de carreras duales a escala nacional y de la Unión a través del capítulo deportivo de Erasmus +, y de seguir fomentando la investigación en ese ámbito; pide a los Estados miembros que impulsen, en colaboración con las instituciones educativas, el intercambio transfronterizo de deportistas y que ofrezcan becas deportivas a los deportistas;

51.  Apoya la movilidad de los entrenadores y de otros proveedores de servicios (como fisioterapeutas y orientadores de carreras duales) y el intercambio de buenas prácticas, prestándose especial atención a la cuestión del reconocimiento de las cualificaciones y las innovaciones técnicas;

52.  Pide a las organizaciones deportivas que, junto con los Estados miembros, impulsen unos estándares mínimos para entrenadores que incluyan la comprobación de los antecedentes penales, la formación en materia de defensa y protección de menores y adultos vulnerables, así como la prevención y lucha contra el dopaje y el amaño de partidos;

53.  Destaca que la OMS considera que la falta de actividad física es el cuarto factor de riesgo más importante para la mortalidad global, con notables repercusiones sociales y económicas directas e indirectas y unos costes considerables para los Estados miembros; expresa su preocupación por que, a pesar de los considerables gastos efectuados para fomentar la actividad física y del impacto significativo que la falta de ella tiene en la salud general, los niveles de actividad física están descendiendo en algunos Estados miembros;

54.  Pide a las organizaciones deportivas y a los Estados miembros que cooperen para respaldar la empleabilidad y la movilidad de los entrenadores que buscan trabajo en la Unión mediante un compromiso para garantizar controles de calidad de sus competencias en materia de entrenamiento y los estándares de cualificaciones y formación;

55.  Anima los Estados miembros y a la Comisión a que hagan de la actividad física una prioridad política en el próximo Plan de Trabajo Europeo para el Deporte, en particular para los jóvenes y las comunidades vulnerables de zonas socialmente desfavorecidas en las que la participación en actividades físicas es baja;

56.  Pide a las federaciones internacionales y nacionales y a otros proveedores de servicios educativos que garanticen que las cuestiones relacionadas con la integridad del deporte se incluyan en los planes de estudio de formación para el entrenamiento deportivo;

57.  Reitera que el fomento de la educación física en los centros educativos es un punto de partida fundamental para que los niños adquieran habilidades, actitudes, valores, conocimientos y comprensión necesarios para la vida y disfruten de la actividad física a lo largo de su vida; recuerda que la participación en actividades deportivas en la universidad y por parte de las personas de edad avanzada es de vital importancia para la adopción de modos de vida saludables y favorecer la interacción social;

58.  Tiene en cuenta el hecho de que la población de la Unión está envejeciendo y de que, por ello, debería prestarse una atención específica al impacto positivo que la actividad física puede tener en la salud y el bienestar de la población de edad avanzada;

59.  Subraya que el deporte y la actividad física deberían impulsarse mejor en las diferentes políticas; anima a las autoridades locales y los municipios a fomentar la igualdad de acceso a la actividad física; recomienda a los Estados miembros y a la Comisión que animen a los ciudadanos a practicar actividades físicas con más regularidad mediante las políticas y los programas de salud adecuados para su vida cotidiana;

60.  Pide a los Estados miembros que promuevan mejor el deporte entre los grupos que están excluidos socialmente y entre las personas que viven en zonas socialmente desfavorecidas, en las que la participación en actividades física es a menudo baja, y que potencien la cooperación con las organizaciones no gubernamentales y los centros educativos activos en ese ámbito, particularmente en la planificación urbana y la construcción de instalaciones deportivas, de manera que se tengan en cuenta las necesidades especiales del público y, en particular, de los grupos vulnerables; pide a los Estados miembros que garanticen el acceso total e igualitario a las instalaciones deportivas públicas en todas las zonas, y que potencien la creación de nuevos clubes deportivos, particularmente en las zonas rurales y en las zonas urbanas desfavorecidas;

61.  Destaca que las personas con discapacidad deberían disfrutar de igualdad de acceso a todas las instalaciones deportivas, los transportes y otros servicios que requieran, así como a un personal de apoyo competente, y pide una mayor integración de todos los componentes que tienen que ver con el deporte, de acuerdo con el principio de que las instalaciones deportivas deben ser accesibles para todos; insta a los Estados miembros a que implanten programas deportivos inclusivos para las personas con discapacidad en los centros escolares y las universidades, por ejemplo previendo entrenadores con formación y programas de actividad física adaptados, empezando por los niveles educativos inferiores, de manera que los alumnos y los estudiantes con discapacidad puedan participar en las sesiones deportivas y en las actividades deportivas extraescolares;

62.  Reconoce el papel fundamental de los Juegos Paralímpicos Internacionales en el impulso de la sensibilización, la lucha contra la discriminación y el fomento del acceso al deporte para las personas con discapacidad; pide a los Estados miembros que intensifiquen sus esfuerzos de cara a la inclusión en las actividades deportivas de las personas con discapacidad, y aumenten la visibilidad y la retransmisión en los medios públicos de los Juegos Paralímpicos y de otras competiciones en las que participen deportistas con discapacidad;

63.  Insta a los Estados miembros y a la Comisión a que velen por que los menores practiquen deporte en un entorno seguro;

64.  Acoge con satisfacción las iniciativas emprendidas para fomentar la inclusión, la integridad y la accesibilidad en el deporte mediante el uso de nuevas tecnologías y la innovación;

65.  Celebra el éxito de la Semana Europea del Deporte, cuyo objetivo es promover el deporte, la actividad física y un modo de vida más saludable en toda Europa, independientemente de la edad, los orígenes o la condición física, e insta a todas las instituciones de la Unión y a los Estados miembros a que participen y promuevan en mayor medida esa iniciativa a la vez que velan por que sea accesible a un público lo más amplio posible, particularmente en los centros escolares;

66.  Considera que los deportes tradicionales forman parte del patrimonio cultural europeo;

67.  Acoge con satisfacción el estudio de la Comisión sobre la especificidad del deporte; pide a la Comisión y a las organizaciones deportivas que consideren la posibilidad de tomar más medidas para desarrollar la especificidad del deporte;

68.  Destaca que la financiación es un instrumento importante de las políticas de la Unión utilizado para mejorar los ámbitos clave de la actividad de la Unión en el campo deportivo; pide a la Comisión que asigne más fondos para el deporte en el marco de Erasmus +, haciendo hincapié en el deporte de base y la educación, y que incremente su visibilidad y accesibilidad para mejorar la integración del deporte en otros programas de financiación, como los Fondos EIE o el Programa de salud; pide que se establezca una mejor comunicación entre la Comisión y los Estados miembros para que se puedan utilizar dichos fondos de un modo más eficaz y se reduzca al mínimo la carga administrativa para las organizaciones deportivas de base;

69.  Alienta a los Estados miembros y a la Comisión a que apoyen medidas y programas que promuevan la movilidad, la participación, la educación, el desarrollo de las capacidades y la formación de voluntarios en el ámbito deportivo, así como el reconocimiento de su trabajo; recomienda que se intercambien buenas prácticas en el voluntariado contribuyendo al fomento del incremento de la práctica y la cultura deportivas, también a través de las líneas previstas en el programa Erasmus+;

70.  Insta a la Comisión a elaborar directrices sobre la aplicación de las normas sobre ayudas estatales en el ámbito del deporte, tomando en consideración los objetivos sociales, culturales y educativos a fin de alcanzar un mayor grado de seguridad jurídica; considera, a ese respecto, que ninguna organización deportiva, particularmente las organizaciones de base, debe ser discriminada cuando solicite financiación pública a escala nacional y local;

71.  Considera fundamental que los mecanismos de solidaridad financiera del deporte establezcan la relación necesaria entre el deporte profesional y el aficionado; acoge con satisfacción la contribución de las loterías nacionales al deporte de base, y anima a los Estados miembros a que impongan a los operadores de apuestas autorizados la obligación de destinar una proporción justa de los rendimientos financieros al deporte de base y a los proyectos destinados a mejorar el acceso masivo al deporte, con vistas a garantizar su sostenibilidad, transparencia y trazabilidad, como complemento de las contribuciones financieras ya realizadas con la venta de los derechos de medios y retransmisión;

72.  Sostiene que la venta de los derechos de televisión sobre una base centralizada, exclusiva y territorial y con un reparto equitativo de los ingresos es esencial para una financiación sostenible del deporte a todos los niveles y para garantizar la igualdad de condiciones;

73.  Hace hincapié en que la vulneración de los derechos de propiedad intelectual en el ámbito del deporte pone en peligro su financiación a largo plazo;

74.  Recomienda que los Estados miembros introduzcan y utilicen activamente sus regímenes fiscales respectivos para apoyar la exención del IVA, las reducciones de impuestos y otros tipos de incentivos financieros en el deporte de base; reconoce que las normas sobre ayudas estatales no deberían aplicarse a ese tipo de apoyo;

75.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que destinen más fondos a las instalaciones deportivas públicas abiertas y a los terrenos de juego con el fin de mejorar la accesibilidad sencilla al deporte de base;

76.  Considera que la sostenibilidad y la protección del medio ambiente deberían formar parte integrante de las manifestaciones deportivas, y que las partes interesadas en el ámbito deportivo deberían contribuir a la Agenda Global 2030 sobre objetivos de desarrollo sostenible;

77.  Anima a los comités olímpicos y a las federaciones deportivas nacionales de los Estados miembros a adoptar y utilizar la bandera y el símbolo de la Unión, junto con sus banderas individuales y los símbolos nacionales, en las manifestaciones deportivas internacionales;

78.  Destaca que el deporte es un factor potente para crear y reforzar un sentimiento de pertenencia local, nacional e incluso europea;

79.  Destaca la importancia de la transparencia total de la propiedad en los clubes deportivos profesionales;

80.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, y a las federaciones y ligas deportivas europeas, internacionales y nacionales.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A partir de la ratificación del Tratado de Lisboa en 2009, la Unión Europea ha asumido ciertas competencias en política de deportes. Siete años después, este informe tiene por objeto la evaluación de la trayectoria de esta política. Se basa en el Informe Fisas sobre la dimensión europea en el deporte[1]. Uno de los objetivos del presente informe es establecer directrices y recomendaciones para el trabajo de la Comisión Europea sobre la evaluación de la ejecución de la política y orientar a los Estados miembros y al sector organizado del deporte, en colaboración con las autoridades públicas nacionales y europeas. El informe se divide en tres temas principales: integridad, buena gestión y accesibilidad.

El deporte es un reflejo de la sociedad. La razón por la que lanzamos un nuevo paradigma de política de deporte, la accesibilidad, es que el acceso al deporte actualmente se percibe como un derecho fundamental[2] y todos, incluidos los grupos más vulnerables socialmente, como las personas mayores, los inmigrantes y las personas con discapacidad, deben tener los mismos derechos para realizar una actividad física y deportiva. El deporte es un medio de integrar a las personas más allá de barreras culturales, étnicas, sociales y nacionales. En la Europa actual, que se enfrenta a serios desafíos sociales, también se ha convertido en un factor clave de inclusión social.

La actividad física también está relacionada con la accesibilidad. La práctica de deporte previene las enfermedades degenerativas y contribuye a tener una mejor calidad de vida y un envejecimiento activo. La Organización Mundial de la Salud cita la falta de actividad física como la cuarta causa de mortalidad más importante en el mundo. A causa del envejecimiento de su población, Europa se enfrenta a problemas demográficos que supondrán el desafío presupuestario de aumentar el gasto social. Al mismo tiempo, existe una tendencia creciente al estancamiento de la actividad física. El aumento de la actividad física debe estar en el centro, no solo de las políticas de deporte, sino también de las educativas, sociales y sanitarias. Una iniciativa política concreta para promover el deporte de base y el voluntariado en el deporte consistiría en aplicar una exención de IVA para los deportes de base en todos los Estados miembros.

El deporte no es solo un fenómeno social. Su contribución económica a la sociedad es enorme y tiende a aumentar. Es un motor económico para el turismo, los servicios sociales, la producción de bienes y, cada vez más, los servicios digitales. Más de siete millones de europeos trabajan en el sector del deporte, y su negocio representa casi 300 000 millones de euros[3]. Es por eso que el deporte merece una atención intersectorial en la elaboración de políticas.

Este informe pide que se aplique una tolerancia cero para la corrupción en el deporte. Los recientes escándalos en la gobernanza de organizaciones deportivas nacionales, europeas e internacionales muestran que ha llegado el momento de reaccionar. Pedimos a las organizaciones deportivas de todos los niveles que presenten propuestas sobre cómo se puede mejorar la buena gobernanza de forma efectiva para 2018.

El modelo deportivo europeo es una base única y exitosa para los deportes organizados que se ha desarrollado en Europa durante más de cien años. Hay que proteger este modelo frente a una serie de amenazas. Al mismo tiempo hay que afrontar nuevos retos y conciliar muchos y muy diversos intereses. Está claro que el modelo deportivo europeo es incompatible con cualquier clase de abuso o malas prácticas, que son inaceptables.

Es muy importante entender que la política deportiva no trata solo de los deportes organizados. Existe una tendencia creciente hacia los deportes recreativos al margen de cualquier estructura organizada. Mantenerse en forma, correr, patinar o jugar el fútbol en el parque es tan importante como practicar deporte en un grupo organizado. Incluso subir por la escalera, en lugar de coger el ascensor, es una actividad física. La política deportiva de la Unión tiene que reflejar esta tendencia tan bienvenida.

En el deporte también existen ámbitos y zonas sensibles, ya que los intereses de las partes varían, por ejemplo entre los deportes recreativos y los organizados, entre los deportes de base y los de élite, entre las loterías nacionales y los operadores de apuestas privados y entre federaciones y clubes. El objetivo de este informe es aumentar la cohesión y tender puentes. Al mismo tiempo, el objetivo principal debe ser mejorar la actividad física en todos los niveles de la sociedad.

Los tribunales deportivos tienen gran importancia para asegurar una interpretación coherente de las reglas del juego a escala internacional, garantizando el acceso a la justicia para todos. Asimismo, todos los incumplimientos y malas prácticas en la gobernanza deben seguir un procedimiento penal normal. El régimen de subvenciones públicas en el deporte merece una mayor claridad, por el interés de los gobiernos locales, las organizaciones deportivas y los contribuyentes.

Los atletas de élite pueden ser modelos para los jóvenes en la medida en que cumplan con los requisitos básicos de integridad en el deporte. Desgraciadamente, en los deportes de élite nos enfrentamos a grandes desafíos éticos, como el dopaje, el amaño de partidos y la propiedad de terceros, que es necesario abordar de forma más eficaz. Las soluciones a los desafíos de integridad solo se pueden encontrar a escala europea e internacional y la protección de los menores tiene que situarse en el centro de estos combates. Por ello, el objetivo de este informe es encontrar soluciones para tratar estos problemas de integridad mediante acciones concretas, por ejemplo, un registro de transparencia para agentes deportivos para aportar más transparencia en el deporte.

Garantizar que los grandes acontecimientos deportivos dejen un legado positivo y sostenible es importante no solo para el deporte, sino también para la cohesión de las ciudades y los países en los que se organizan esas competiciones. Los grandes acontecimientos deportivos constituyen una gran oportunidad para promover valores positivos por parte de los deportes organizados, en especial cuando cumplen con las políticas medioambientales. También ofrecen oportunidades para utilizar el deporte como un motor clave del turismo y del comercio local.

El programa Erasmus+ es la herramienta más eficaz de la política deportiva de la Unión, aunque se podría usar de forma aún más eficiente. Debería existir una mayor comunicación entre la Comisión Europea y los Estados miembros. Igualmente, como señal para abordar el reto de la inactividad física en Europa, la Unión debe asignar más fondos al deporte dentro del programa Erasmus+. Es necesario mejorar la movilidad de voluntarios, entrenadores, atletas y preparadores. Ser un atleta de élite es un compromiso diario, pero a menudo el momento más duro llega al final de la carrera deportiva. Hay que prever la mejora del sistema de carrera doble y comprometer en ello el programa Erasmus+.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Fecha de aprobación

5.12.2016

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

24

0

1

Miembros presentes en la votación final

Isabella Adinolfi, Dominique Bilde, Andrea Bocskor, Nikolaos Chountis, Silvia Costa, Mircea Diaconu, Angel Dzhambazki, María Teresa Giménez Barbat, Giorgos Grammatikakis, Petra Kammerevert, Andrew Lewer, Svetoslav Hristov Malinov, Stefano Maullu, Luigi Morgano, Momchil Nekov, Michaela Šojdrová, Helga Trüpel, Sabine Verheyen, Bogdan Brunon Wenta, Bogdan Andrzej Zdrojewski, Milan Zver, Krystyna Łybacka

Suplentes presentes en la votación final

Dietmar Köster, Ernest Maragall, António Marinho e Pinto