INFORME sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de las agencias de la Unión Europea para el ejercicio 2015: rendimiento, gestión financiera y control

31.3.2017 - (2016/2206(DEC))

Comisión de Control Presupuestario
Ponente: Inés Ayala Sender


Procedimiento : 2016/2206(DEC)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0149/2017
Textos presentados :
A8-0149/2017
Textos aprobados :

1. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de las agencias de la Unión Europea para el ejercicio 2015: rendimiento, gestión financiera y control

(2016/2206(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus Decisiones sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de las agencias de la Unión Europea para el ejercicio 2015,

–  Vistos el informe de la Comisión sobre el seguimiento de la aprobación de la gestión presupuestaria para el ejercicio 2014 (COM(2016)0674) y los documentos de trabajo de los servicios de la Comisión que acompañan a dicho informe (SWD(2016)0338 y SWD(2016)0339),

–  Vistos los informes anuales específicos[1] del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de las agencias descentralizadas para el ejercicio 2015,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo[2], y en particular su artículo 208,

–  Visto el Reglamento Delegado (UE) n.º 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo[3], y en particular su artículo 110,

–  Visto el Informe Especial n.º 12/2016 del Tribunal de Cuentas titulado «Uso de subvenciones por las agencias: no siempre es adecuado ni puede demostrarse su eficacia»,

–  Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y las opiniones de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0149/2017),

A.  Considerando que la presente Resolución contiene, para cada organismo a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.° 966/2012, observaciones transversales que acompañan a las Decisiones sobre la aprobación de la gestión, de conformidad con el artículo 110 del Reglamento Delegado de la Comisión (UE) n.º 1271/2013 y con el anexo IV, artículo 3, del Reglamento del Parlamento;

B.  Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, el Parlamento hace hincapié en la importancia especial que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación del concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos;

1.  Destaca que las agencias tienen una influencia significativa en el proceso de elaboración de las políticas y de toma de decisiones, así como en la ejecución de los programas, en ámbitos de vital importancia para los ciudadanos europeos como la salud, el medio ambiente, los derechos humanos y sociales, la migración, los refugiados, la innovación, la supervisión financiera, la seguridad y la protección; reitera la importancia de la labor realizada por las agencias y su impacto directo en la vida cotidiana de los ciudadanos de la Unión; insiste en el cometido esencial que las agencias tienen al mejorar la visibilidad de la Unión en los Estados miembros; reitera, asimismo, la importancia de la autonomía de las agencias, en particular de las agencias reguladoras y de las encargadas de recoger información de manera independiente; recuerda que la principal razón de la creación de las agencias era que se destinasen a realizar evaluaciones técnicas o científicas independientes;

2.  Observa que, según la síntesis de los resultados de las auditorías anuales de las agencias y otros organismos de la Unión (en lo sucesivo, «síntesis del Tribunal») llevada a cabo en 2015 por el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), el presupuesto de las agencias para 2015 ascendió a aproximadamente 2 800 millones de euros, lo que representa un incremento del 7,7 % en comparación con 2014 y constituye alrededor del 2 % del presupuesto general de la Unión; señala que la mayor parte del presupuesto de las agencias se financia con subvenciones de la Comisión, mientras que el resto son ingresos procedentes de tasas y otras fuentes que ascienden a casi un tercio;

3.  Observa que las agencias cuentan con 9 965 empleados permanentes, temporales, contratados o en comisión de servicios, lo que representa un aumento notable —del 6,25 %— en comparación con el año anterior, por lo que se impone una supervisión estrecha de esta evolución; entiende, no obstante, que el número de empleados aumentó más en las agencias que se ocupan de la migración y de la prevención de los delitos graves y del terrorismo, ámbitos estos que se renovaron y reforzaron como prioridades de la Unión en 2015;

4.  Observa que, según la síntesis del Tribunal, este emitió un dictamen sin reservas sobre las cuentas anuales de todas las agencias, salvo en el caso de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex); observa además que las operaciones subyacentes a las cuentas de las agencias eran legales y regulares en todas las agencias salvo en el caso del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología para el cual el Tribunal emitió una opinión con reservas;

5.  Constata que en 2015 las agencias procedieron a ejecutar sus programas de trabajo según lo previsto; señala, no obstante, que las negociaciones en curso sobre la revisión del Reglamento Financiero y el futuro marco financiero plurianual para después de 2020 brindan una valiosa ocasión para examinar la situación con perspectiva y aprovechar estas oportunidades para aplicar cambios positivos a la gestión de los presupuestos, los resultados y los programas de trabajo plurianuales de las agencias;

6.  Recuerda que el debate de los proyectos de programas de trabajo anuales y de las estrategias plurianuales de las agencias en las comisiones competentes debería contribuir a garantizar que esos programas y estrategias sean equilibrados, reflejen las verdaderas prioridades políticas y faciliten la consecución de los objetivos establecidos en la Estrategia Europa 2020;

7.  Observa con satisfacción que algunas agencias ya cooperan en función de sus agrupaciones temáticas, tales como las agencias de justicia y asuntos de interior[4] y las Autoridades Europeas de Supervisión[5]; alienta a las agencias que todavía no lo hayan empezado a hacer a que cooperen con otras agencias dentro de la misma agrupación temática siempre que sea posible, no solo estableciendo servicios compartidos y sinergias, sino también en el marco de sus políticas comunes; insta al Tribunal a que considere la posibilidad de presentar análisis panorámicos de los sectores políticos comunes de las agencias; pide a la Comisión y al Consejo que, a la hora de decidir el nuevo destino de las agencias con sede en el Reino Unido, tengan también en cuenta las posibilidades de cooperar mejor con otras agencias del mismo grupo temático y de introducir servicios compartidos;

8.  Considera que, en el marco de las negociaciones sobre el nuevo enfoque en favor de un presupuesto de la Unión basado en los resultados, y sobre la base de los progresos realizados en la mejora de la cooperación temática y en el ejercicio llevado a cabo por las agencias en el estudio «¿Cómo contribuyen las agencias y los órganos de la UE a la Estrategia Europa 2020 y al programa de la Comisión Juncker?», todas las instituciones de la Unión implicadas, a saber, la Comisión, el Parlamento y el Tribunal, también deberían tener en cuenta este enfoque temático en el procedimiento anual de aprobación de la gestión, de acuerdo con el proyecto de propuesta del anexo 1;

9.  Constata con inquietud que las agencias reguladoras de la Unión encargadas de la evaluación del riesgo de los productos regulados, en particular, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas o la Agencia Europea de Medicamentos, no disponen de los recursos financieros y jurídicos para realizar su misión de forma adecuada;

Enfoque común y hoja de ruta de la Comisión

10.  Recuerda que, en julio de 2012, el Parlamento, el Consejo y la Comisión adoptaron un enfoque común sobre las agencias descentralizadas[6] (en lo sucesivo, «enfoque común»), que consiste en un acuerdo político relativo a la futura gestión y reforma de las agencias; recuerda además que el enfoque común se puso en práctica a través de la hoja de ruta de la Comisión de diciembre de 2012 (en lo sucesivo, «hoja de ruta»);

11.  Toma nota del segundo informe de situación sobre la aplicación del enfoque común y valora los progresos realizados en muchos campos en lo que respecta a la racionalización del funcionamiento de estas; acoge con satisfacción los esfuerzos de la Comisión y de las agencias y los progresos realizados en la ejecución de la hoja de ruta;

12.  Toma nota de que las acciones de la hoja de ruta ejecutadas por las agencias contribuyeron a mejorar su rendición de cuentas y su transparencia, lo que demuestra los considerables esfuerzos realizados por las agencias para aplicar el enfoque común, a pesar de la presión en términos de recursos, y pone de manifiesto que las agencias son responsables, rinden cuentas y son transparentes; señala además, tal y como observa la Red de Agencias de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Red»), que la ejecución de las acciones previstas en el enfoque común se ha completado efectivamente;

13.  Manifiesta, no obstante, su preocupación por que la ejecución de las acciones tuviera además, por lo general, un impacto negativo en la eficiencia de las agencias, y por que, en determinados ámbitos, la ejecución se tradujera en aumentos significativos de los costes, tanto en términos de recursos humanos como financieros; observa, además, que este incremento de los costes se produjo durante la ejecución de las acciones, pero que seguirá dándose en el futuro;

14.  Reconoce la carga administrativa que la puesta en práctica de la hoja de ruta ha ocasionado a las agencias, así como la «externalización» de varias tareas relacionadas con la recopilación y consolidación de los datos de las agencias y las aportaciones a la Red, en particular por lo que se refiere al procedimiento presupuestario y de aprobación de la gestión; pide a la Comisión y a la Autoridad Presupuestaria que reconozcan estos esfuerzos; pide a la Red que elabore un estudio analítico con objeto de evaluar si el apoyo prestado actualmente por la secretaría permanente es suficiente para satisfacer las necesidades de las agencias;

15.  Observa que, en el contexto de la aplicación de nuevos mecanismos para mejorar los procedimientos de notificación, deberían suspenderse los mecanismos de notificación anteriores para evitar la duplicación de tareas y los sistemas de doble notificación en aras de una mayor eficiencia;

16.  Opina que las agencias deberían seguir desarrollando, en estrecha cooperación con la Comisión, el Parlamento y el Tribunal, unos indicadores generales que midan los resultados totales y la eficacia de sus actividades; señala que el objetivo general debería consistir en un número equilibrado de indicadores que mejoren la transparencia y la rendición de cuentas de las agencias y apoyen las decisiones de la Autoridad Presupuestaria relativas al presupuesto y a la asignación del personal;

Gestión presupuestaria y financiera

17.  Recuerda que el principio de anualidad es uno de los tres principios contables básicos, junto con los de unidad y de equilibrio, que resultan indispensables para garantizar una ejecución eficiente del presupuesto de la Unión; observa que, según la síntesis del Tribunal, el elevado nivel de prórrogas de créditos comprometidos sigue siendo el problema más frecuente de la gestión presupuestaria y financiera, que afecta a 32 agencias frente a las 28 de 2014; observa además que el Tribunal siguió informando de estas cuestiones con arreglo al umbral definido internamente para los diferentes títulos del presupuesto de las agencias;

18.  Indica, no obstante, que las prórrogas pueden justificarse a menudo, totalmente o en parte, por el carácter plurianual de los programas operativos de las agencias y que no tienen por qué ser indicio de insuficiencias en la planificación y ejecución presupuestarias, como tampoco contravienen siempre el principio presupuestario de anualidad; observa que las agencias prevén en muchos casos con antelación las prórrogas derivadas de estos programas operativos y las comunican al Tribunal, facilitando así la distinción explícita entre prórrogas «previstas» y «no previstas»;

19.  Señala que la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound) ya acordó en principio establecer una distinción transparente entre prórrogas «previstas» y «no previstas», y que la ha venido aplicando durante muchos años; anima a la Red, a las agencias y al Tribunal a que estudien si puede establecerse un procedimiento para la distinción entre prórrogas previstas e imprevistas, así como su comunicación transparente, hasta que este aspecto se introduzca en el Reglamento Financiero;

20.  Destaca que el nivel de anulaciones de prórrogas es un elemento indicativo de la medida en que las agencias han anticipado correctamente sus necesidades financieras y es un mejor indicador de una buena planificación presupuestaria que el nivel de prórrogas;

21.  Subraya, por consiguiente, la necesidad de establecer definiciones claras de prórrogas «previstas y comunicadas» para racionalizar las notificaciones del Tribunal a este respecto, así como para permitir a la autoridad de aprobación de la gestión diferenciar las prórrogas que reflejan una mala planificación presupuestaria y las prórrogas utilizadas como un instrumento presupuestario que apoya los programas plurianuales y la planificación de la contratación pública;

22.  Pide, en este sentido, que se incluya la definición de prórrogas «previstas y comunicadas», junto con otras orientaciones necesarias, en la próxima revisión del Reglamento Financiero y del Reglamento Financiero marco; invita a la Comisión, al Tribunal y a la Red a que debatan y propongan posibles soluciones a este problema para racionalizar, en particular, la gestión financiera en los ámbitos de la programación plurianual y la contratación pública;

23.  Observa que los informes de auditoría de la ejecución presupuestaria de determinadas agencias difieren del de otras muchas agencias por el nivel de detalle que aportan, lo que pone de manifiesto la urgencia de impartir directrices claras sobre la notificación presupuestaria por parte de las agencias; reconoce que las agencias con una modalidad de transmisión de la información diferente han delegado la función de contable en el contable de la Comisión, y que la diferencia en el grado de detalle se debe a las prácticas de la Comisión en materia de notificación; respalda la intención de la Comisión de establecer orientaciones para la transmisión de información presupuestaria por parte de las agencias para las cuentas correspondientes a 2016; pide a la Red y a la Comisión que informen a la autoridad de aprobación de la gestión sobre la evolución de esta cuestión;

24.  Observa que las agencias suelen conceder y abonar subvenciones de conformidad con las normas; insta a las agencias a que mejoren su gestión de las subvenciones y a que se centren en evaluar la eficacia de las subvenciones concedidas;

25.  Insta a todas las agencias a formular a su vez un plan exhaustivo de continuidad de las actividades en el que se aborden los riesgos conexos de la presupuestación y la volatilidad de las actividades que podrían surgir como resultado de acontecimientos o circunstancias graves e inesperados;

26.  Se felicita de las conclusiones y recomendaciones del Tribunal en su Informe especial n.º 12/2016 sobre el uso de las subvenciones por parte de las agencias;

Cooperación entre agencias y con otras instituciones – servicios compartidos y sinergias

27.  Hace hincapié en las ventajas de la puesta en común de servicios, que permite una aplicación coherente de las normas y procedimientos administrativos de ejecución que se refieren a cuestiones de recursos humanos y de financiación, así como en el posible aumento de eficiencia por la puesta en común de servicios entre las agencias, en particular teniendo en cuenta las reducciones de personal y de presupuesto a que se enfrentan;

28.  Señala con preocupación que algunas agencias siguen teniendo una doble sede operativa y administrativa; considera necesario acabar lo antes posible con las dobles sedes que carezcan de valor operativo añadido;

29.  Toma nota de la observación de la Red según la cual, con el objetivo de garantizar una mayor eficiencia en términos de recursos financieros y humanos, las agencias se han esforzado en evitar duplicaciones y en hacer que la información sea correcta, exacta y fácilmente accesible; observa con satisfacción que estos esfuerzos han redundado en un catálogo de servicios compartidos en línea en el que se espera que participen todas las agencias de la Red, bien ofreciendo y proponiendo nuevos servicios, bien solicitando servicios a través de la plataforma centralizada, y en el que, a partir de enero de 2017, 21 agencias ofrecerán un total de 184 servicios que se pondrán en común, incluido el intercambio de documentación y la participación en foros de expertos;

30.  Constata asimismo que la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y la Agencia Europea de Control de la Pesca firmaron un proyecto piloto de «prueba de concepto» que podría servir para estudiar la viabilidad de la EUIPO para ofrecer a otras agencias de la Red servicios de recuperación a un precio muy bajo en caso de accidente informático; conviene en que un sistema de este tipo no solo puede aportar beneficios en términos de mejores servicios de TIC y de menores costes operativos, sino también crear una Red más sólida y reforzar la consolidación de las TIC; pide a la Red que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre la evolución de este proyecto piloto;

31.  Observa que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria puso en marcha, en nombre de otras veinte agencias, una licitación abierta para seleccionar a un proveedor de servicios de intermediación de computación en nube; observa con satisfacción que, con el contrato celebrado en septiembre de 2016, las agencias podrían ahorrar, según la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, un importe global de 2,5 millones de euros;

32.  Toma nota de que la Red está desarrollando actualmente una nueva herramienta sobre contrataciones conjuntas, que está incluida en el sector de servicios compartidos de la «Extranet de las agencias de la Unión»; toma nota con satisfacción de que esta herramienta servirá y ayudará a varias agencias, creando así una palanca adicional para la puesta en común de un proveedor de servicios externo, con los correspondientes ahorros en recursos y efecto «volumen»;

33.  Hace hincapié en la importancia de la cooperación y el intercambio de ideas y prácticas entre las agencias en el marco de la red de evolución del comportamiento de las agencias de la Unión, lo que contribuye a una gestión más equilibrada y una mayor coherencia entre ellas; hace hincapié en que esta red debe redundar en una mayor eficiencia y no generar más gastos ni burocracia;

34.  Acoge con satisfacción la sistematización creciente en la cooperación entre la Fundación Europea de Formación y el Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional, que crea nuevas sinergias en sus respectivos mandatos a través de su programa de trabajo anual conjunto, en particular mediante el desarrollo de un marco de verificación de Riga común y su colaboración con la Organización Internacional del Trabajo para terminar el trabajo sobre seis guías metodológicas en relación con la anticipación de la necesidad de cualificaciones y la adecuación de herramientas y métodos;

Gestión de recursos humanos

35.  Recuerda que en el apartado 27 del Acuerdo interinstitucional[7] se pide una reducción progresiva del 5 % del personal de todas las instituciones, órganos y agencias entre 2013 y 2017; celebra que la mayoría de las agencias ya hayan cumplido o superado el objetivo de reducción del 5 % con respecto a sus respectivas plantillas de personal de 2012;

36.  Señala con preocupación que la Comisión ha aplicado una reducción adicional del 5 % del personal de las agencias a fin de crear una reserva de reasignación para asignar puestos a las agencias a las que se confieran nuevas tareas o que estén iniciando sus actividades; se muestra particularmente preocupado por el hecho de que, con la reducción adicional de personal, el cumplimiento de los mandatos y la ejecución de los programas de trabajo anuales de las agencias resultan cada vez más difíciles, especialmente para las agencias que la Comisión califica como «agencias con velocidad de crucero»; pide a la Comisión y a la Autoridad Presupuestaria que se aseguren de que las posibles medidas destinadas a ahorrar costes no merman la capacidad de las agencias para cumplir con eficacia su mandato; señala que existen muchos ejemplos de agencias que han visto mermada su capacidad para hacer frente a sus responsabilidades, como ocurre con la capacidad de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria para garantizar la seguridad de los alimentos, o las posibilidades de Eurofound para asumir nuevos cometidos relativos a los migrantes y refugiados;

37.  Subraya que el equilibrio geográfico, en particular la relación entre la nacionalidad del personal y el tamaño de los Estados miembros, debería seguir siendo un elemento importante en la gestión de los recursos, en especial en lo que concierne a los Estados miembros que se han adherido a la Unión desde 2004; se felicita de que las agencias de la Unión hayan logrado una composición más equilibrada de sus funcionarios procedentes de los Estados miembros que se adhirieron a la Unión antes de 2004 y a partir de esa fecha; señala, no obstante, que estos Estados miembros están todavía infrarrepresentados en los niveles más altos de la administración y en los puestos directivos, aspecto en el que todavía se esperan progresos;

38.  Está convencido de que el personal de las agencias financiado a través de las tasas que abonan las empresas y que, por consiguiente, no se financia con cargo al presupuesto de la Unión, no debe verse afectado, en principio, por la reducción adicional de personal por encima del 5 % que pide el Acuerdo interinstitucional; insta a la Comisión y a la Autoridad Presupuestaria a que otorguen un trato diferenciado a las agencias que se financian principalmente con cargo al presupuesto de la Unión, y propongan un marco específico para las que lo hacen mayoritariamente a través de las tasas de la industria, que deben ser proporcionales a los servicios prestados por la agencia de que se trate;

39.  Señala que, al ejecutar proyectos y programas financiados por la Unión, las agencias desempeñan un papel directo en la creación de empleo en toda la Unión; observa además que, al amparo de los variados programas financiados por la Unión, se crean puestos de trabajo de muy diversas formas, incluyendo el uso de incentivos como el pago de primas, de lo que se deriva una gran disparidad en la calidad de los puestos de trabajo creados por la Unión; insta a la Comisión a realizar una evaluación pormenorizada y exhaustiva de la repercusión de los fondos, programas y proyectos financiados por el presupuesto de la Unión en la creación directa de empleo; pide a la Comisión que publique dicha evaluación lo antes posible, y que la presente al Parlamento;

40.  Reconoce los esfuerzos realizados para establecer la representación equitativa de ambos sexos entre el personal y los miembros de la dirección de las agencias; insta a las agencias cuyas plantillas de personal siguen mostrando un equilibrio de género insatisfactorio a que prosigan la corrección de este desequilibrio y comuniquen lo antes posible los resultados a la autoridad de aprobación de la gestión;

Conflictos de intereses y transparencia

41.  Toma nota de que, según la Red, todas las agencias han adoptado ya normas genéricas sobre denuncia de irregularidades como parte de las directrices éticas sobre denuncia de irregularidades y de conformidad con las disposiciones del Estatuto de los funcionarios; constata, no obstante, con preocupación que solo el 65 % de las agencias han adoptado normas internas adicionales sobre denuncia de irregularidades; toma nota de la observación hecha por la Red según la cual, aunque hay casos en los que las normas todavía no están en vigor, el proceso sigue su curso y las normas están pendientes de aprobación; observa que, en varios casos, las agencias están a la espera de instrucciones o aportaciones de la Comisión antes de concluir sus normas; toma nota, además, de que las normas deben finalizarse y aplicarse en el primer semestre de 2017; pide a las agencias que todavía no han adoptado normas internas sobre la denuncia de irregularidades que las adopten sin demora y refuercen de esta forma sus políticas internas al respecto con el fin de fomentar una cultura de transparencia y responsabilidad en el lugar de trabajo, que informen y formen periódicamente a los empleados sobre sus obligaciones y derechos, que garanticen la protección de los denunciantes frente a las represalias, que hagan un seguimiento oportuno del contenido de las alertas suscitadas por los denunciantes manteniendo tanto a estos como a las personas potencialmente implicadas informadas de los progresos del procedimiento, y que establezcan un canal interno de carácter anónimo para informar de irregularidades; pide a las agencias que informen anualmente a la autoridad de aprobación de la gestión del número de casos de denuncia de irregularidades y de las actividades de seguimiento; pide a las agencias, así como a la Comisión, que faciliten la debida orientación y aprobación cuando sea necesario;

42.  Toma nota de que, de las dieciséis agencias que utilizan grupos de expertos y grupos de trabajo y comités científicos, trece tuvieron en cuenta en sus políticas de personal las cuestiones planteadas por la investigación de propia iniciativa del Defensor del Pueblo OI/6/2014/NF relativa a la composición de los grupos de expertos de la Comisión; anima a las agencias restantes a que tengan en cuenta las preocupaciones suscitadas por el Defensor del Pueblo tan pronto como sea posible;

43.  Toma nota de que el 84 % de las agencias publicaron los currículos y las declaraciones de intereses de los miembros de sus consejos de administración, personal de dirección y expertos internos, frente al 74 % del año anterior; toma nota asimismo de que el 60 % de las agencias comprueban al menos una vez al año la exactitud factual de las declaraciones de intereses de los expertos, los miembros de los consejos de administración y el personal; pide a todas las agencias que adopten directrices estrictas en aras de una política coherente en materia de prevención y gestión de conflictos de intereses, y que apliquen dicha política de conformidad con lo previsto en la hoja de ruta para el seguimiento del enfoque común; insta al resto de agencias que todavía no han adoptado esta política a que verifiquen las declaraciones de forma regular para garantizar que su gestión sea objeto de la supervisión y el control públicos necesarios;

44.  Acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por las agencias para maximizar la transparencia mediante la publicación de los currículos y las declaraciones de intereses en sus sitios web; observa, sin embargo, que en varios casos faltan algunos de estos documentos; recuerda, no obstante, que las agencias carecen de disposiciones adecuadas en sus reglamentos constitutivos para establecer la obligatoriedad de poner a disposición esos documentos; espera, por lo tanto, que cualquier revisión de los reglamentos constitutivos de las agencias en cuestión prevea el carácter obligatorio de la declaración de intereses y el currículum de cada uno de los miembros del Consejo de Administración; pide asimismo a la Comisión que aproveche la revisión en curso del Reglamento Financiero para abordar asimismo este asunto en la medida de lo posible;

45.  Pide a las agencias que, en este sentido, adopten nuevas medidas orientadas a una gestión más transparente; hace hincapié en que un control interno eficiente y constante es fundamental para el seguimiento y la detección de posibles conflictos de intereses;

46.  Toma nota de que las agencias han mostrado su compromiso para prevenir, detectar y erradicar el fraude o cualquier otra irregularidad y tomar las medidas apropiadas en caso de que se produzcan; observa con satisfacción que la Red creó un grupo de trabajo sobre la lucha contra el fraude de la Red Jurídica Interagencias, con el fin de armonizar y normalizar en mayor medida las estrategias de lucha contra el fraude entre las agencias; constata que, según lo observado por la Red, la mayoría de las agencias mostraron una mayor sensibilización respecto de la prevención contra el fraude; observa además que, con el fin de facilitar y compartir las mejores prácticas, el grupo de trabajo de la citada Red Jurídica Interagencias ha invitado periódicamente a representantes de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude o del Tribunal a exponer el punto de vista de su institución y a aportar su ayuda y sensibilizar a las agencias sobre las cuestiones relacionadas con el fraude;

47.  Hace hincapié en que todas las agencias deben disponer de controles y orientaciones con respecto a los costes jurídicos relativos a procedimientos judiciales en los que una agencia sea o haya sido parte; alienta a las agencias a que compartan las mejores prácticas en este ámbito;

48  Pide a las agencias que elaboren directrices comunes para solicitar el acceso público a los documentos, en particular en lo que respecta a los derechos de propiedad intelectual;

49.  Alienta a las agencias a que refuercen aún más su visibilidad y a que sigan desarrollando diversos canales de comunicación para presentar su labor y sus actividades a amplios sectores del público;

50.  Observa que los miembros de los consejos de administración y los directores de varias agencias han publicado «declaraciones de ausencia de conflicto de intereses» en lugar de «declaraciones de intereses»; subraya que no les corresponde a los consejos de administración ni a los directores declararse a sí mismos libres de conflictos de intereses; resalta que esto constituye per se un conflicto de intereses; solicita una verificación independiente de las declaraciones de intereses;

Comunicación y visibilidad

51.  Toma nota de que las agencias fomentan activamente sus actividades por diversos canales, en particular mediante la actualización periódica de sus sitios web para proporcionar información y promover el trabajo realizado; señala además que los medios de comunicación social se están convirtiendo cada vez más en una herramienta de comunicación normalizada para las agencias; observa que las jornadas de puertas abiertas, las campañas específicas y los vídeos en los que se explica el trabajo fundamental de las agencias son algunas de las actividades utilizadas para educar a los ciudadanos y ofrecerles la oportunidad de aprender algo más sobre el trabajo de las agencias y de las instituciones de la Unión; constata que el carácter general o especializado de las actividades de los medios de comunicación se miden periódicamente con diferentes indicadores, y que cada agencia tiene su plan de comunicación con actividades específicas adaptadas a sus necesidades;

Otras observaciones

52.  Reitera su posición expresada en los procedimientos de aprobación de la gestión 2013 y 2014 según la cual, de conformidad con lo acordado por el Parlamento, el Consejo y la Comisión en el punto 54 del enfoque común, todos los aspectos de las auditorías externas privadas seguirán siendo responsabilidad del Tribunal, que gestionará todos los procedimientos administrativos y de contratación pública necesarios; reitera además que el nuevo enfoque en materia de auditoría que implica a auditores del sector privado se ha traducido en un aumento significativo de la carga administrativa de las agencias, y que el tiempo dedicado a la contratación pública y a la administración de los contratos de auditoría ha ocasionado gastos adicionales, lo que ejerce una mayor presión sobre los recursos cada vez más reducidos de las agencias; manifiesta su preocupación por los posibles conflictos de intereses en aquellos casos en que auditores privados o sus respectivas empresas asumen también tareas de auditoría o asesoramiento para empresas del sector privado que tienen claros intereses comerciales con las agencias de la Unión; subraya que es imperativo resolver este problema en el contexto de la revisión en curso del Reglamento Financiero y de la consiguiente revisión del Reglamento Financiero marco; pide a todas las partes implicadas en estas revisiones que aporten claridad sobre esta cuestión con carácter de urgencia con el fin de reducir de manera significativa las cargas administrativas excesivas y volver a la opción preferida de un sistema de auditoría pública;

53.  Observa, según la síntesis del Tribunal, que el voto emitido en el referéndum del 23 de junio de 2016 —después de la fecha del balance— por los ciudadanos del Reino Unido en favor de abandonar la Unión se menciona en el apartado «Otros» en los informes anuales específicos de la Autoridad Bancaria Europea y de la Agencia Europea de Medicamentos, ambas con sede en Londres, junto con otras instalaciones de la Unión en el Reino Unido, como las oficinas de información de la Unión; toma nota de que este apartado aclara que las cuentas y las notas correspondientes de las dos agencias se elaboraron utilizando la información disponible en la fecha de la firma de sus cuentas, cuando el resultado del voto de los ciudadanos del Reino Unido todavía no se conocía y no se había presentado la notificación oficial de la aplicación del artículo 50 del Tratado de la Unión Europea; remite, en relación con las observaciones relativas a las repercusiones específicas para la Autoridad Bancaria Europea y la Agencia Europea de Medicamentos sobre este asunto, a su Resolución de [Resolución sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Autoridad Bancaria Europea para el ejercicio 2015 (XXXX de XXXX de 2017)] y [Resolución sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea de Medicamentos para el ejercicio 2015 (XXXX de XXXX de 2017)];

54.  Toma nota de la publicación simultánea de propuestas para revisar los reglamentos por los que se crean respectivamente las tres agencias tripartitas de la Unión, de conformidad con los principios establecidos en la Declaración Común del Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea, de 19 de julio de 2012, sobre las agencias descentralizadas; subraya la importancia de preservar y mejorar la gobernanza actual perfectamente tripartita de dichas agencias, garantizando la participación activa de los representantes de las autoridades nacionales, las organizaciones europeas de empresarios y las organizaciones europeas de trabajadores en su gobernanza y funcionamiento; recuerda que se han llevado a cabo reducciones de personal y reitera su preocupación por que los recortes adicionales puedan limitar la capacidad de estas agencias para desempeñar sus mandatos;

55.  Toma nota de la actual evaluación y control de adecuación de las cuatro agencias de la Unión pertenecientes al ámbito de competencias de la DG de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión, cuyo inicio estaba previsto para diciembre de 2016 y cuya finalización está prevista para diciembre de 2017[8]; considera que estas evaluaciones deberían facilitar la adopción por parte del Parlamento de decisiones con conocimiento de causa en lo que respecta a la eficacia y repercusión de las aportaciones de las agencias; subraya asimismo la necesidad de aprovechar las sinergias en aquellas actividades en las que se produzcan solapamientos entre las cuatro agencias, así como entre las agencias y la propia Comisión, y evitar las duplicidades en el trabajo;

56.  Acoge con satisfacción los buenos resultados y la flexibilidad de todas las agencias en el ámbito de la libertad, la seguridad y la justicia; se congratula de su flexibilidad para adaptarse a la evolución de las prioridades políticas y responder a situaciones imprevistas; lamenta, no obstante, la falta de indicadores efectivos que reflejen el impacto de su trabajo en la seguridad interna, la migración, la gestión de las fronteras y el desarrollo de los derechos fundamentales; acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por diversas agencias para mejorar su gestión presupuestaria a través de la optimización del uso de sus presupuestos y de la implementación de un mejor proceso de planificación presupuestaria;

57.  Se congratula por el compromiso asumido por todas las agencias de justicia y asuntos de interior de perfeccionar los procedimientos presupuestarios, pero subraya, no obstante, que su prioridad debe ser mejorar la eficiencia operativa sobre el terreno y abordar las cuestiones de tipo estructural señaladas por el Tribunal y el Servicio de Auditoría Interna;

58.  Reconoce que se han creado muchas agencias en el ámbito de la libertad, la seguridad y la justicia, pero reitera la importancia de las tareas que realizan estas agencias y su impacto directo en la vida de los ciudadanos; subraya que todas las agencias se han creado en respuesta a necesidades concretas; está convencido de que todas las agencias existentes en este ámbito desempeñan un papel necesario y bien diferenciado que aporta un valor añadido europeo;

59.  Pide que todas las agencias de justicia y asuntos de interior detecten los obstáculos financieros, de recursos o de otro tipo que entorpecen su rendimiento operativo, y que se efectúen ajustes a su debido tiempo;

0

0  0

60.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a las agencias sujetas al presente procedimiento de aprobación de la gestión, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

ANEXO 1: PROYECTO DE PROPUESTA DE AGRUPACIÓN DE AGENCIAS PARA LA APROBACIÓN DE LA GESTIÓN POR EL PARLAMENTO EUROPEO

COMISIONES PERMANENTES

 

AGENCIAS DE LA UE

ASUNTOS ECONÓMICOS Y MONETARIOS

ABE; AESPJ; AEVM.

 

EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES

CdT; UE-OSHA; Eurofound; CEDEFOP, MET.

MEDIO AMBIENTE, SALUD PÚBLICA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

EEE; AEEF; ECDC; ECHA; EMA.

 

INDUSTRIA, INVESTIGACIÓN Y ENERGÍA

EIT, ACER; ORECE; ENISA; Euratom; GSA.

 

TRANSPORTES Y TURISMO

AESA; AESM; AFE.

PESCA

AECP

LIBERTADES CIVILES, JUSTICIA Y ASUNTOS DE INTERIOR

Eurojust, FRA, Frontex, EASO; OEDT; CEPOL, eu-LISA; Europol.

DERECHOS DE LA MUJER E IGUALDAD DE GÉNERO

EIGE

2.2.2017

OPINIÓN de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales

para la Comisión de Control Presupuestario

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de las agencias de la Unión Europea para el ejercicio 2015: rendimiento, gestión financiera y control

(2016/2206(DEC))

Ponente de opinión: Marian Harkin

SUGERENCIAS

La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales pide a la Comisión de Control Presupuestario, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:

1.  Toma nota de la publicación simultánea de propuestas para revisar, de conformidad con los principios establecidos en la Declaración Común del Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea, de 19 de julio de 2012, sobre las agencias descentralizadas, los reglamentos respectivos por los que se crean las tres agencias tripartitas de la Unión; subraya la importancia de preservar y mejorar la gobernanza tripartita actual plena de dichas agencias garantizando la participación activa de los representantes de las autoridades nacionales, las organizaciones europeas de empresarios y las organizaciones europeas de trabajadores en su gobernanza y funcionamiento; recuerda que se han llevado a cabo reducciones de personal y reitera su preocupación por que los recortes adicionales puedan limitar la capacidad de estas agencias para desempeñar sus mandatos;

2.  Recuerda que el debate de los proyectos de programas de trabajo anuales y de las estrategias plurianuales de las agencias en las comisiones competentes debe contribuir a garantizar que esos programas y estrategias sean equilibrados, reflejen las verdaderas prioridades políticas y faciliten la consecución de los objetivos establecidos en la Estrategia Europa 2020;

3.  Hace hincapié en la cooperación y el intercambio de ideas y prácticas entre las agencias en el marco de la red de evolución del comportamiento de las agencias de la Unión, lo que contribuye a una gestión más equilibrada y una mayor coherencia entre ellas; hace hincapié en que esta red debe redundar en una mayor eficiencia y no generar más gastos ni burocracia;

4.  Acoge con satisfacción la sistematización creciente en la cooperación entre la Fundación Europea de Formación y el Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional, que crea nuevas sinergias en sus respectivos mandatos a través de su programa de trabajo anual conjunto, en particular mediante el desarrollo de un marco de verificación de Riga común y su colaboración con la Organización Internacional del Trabajo para terminar el trabajo sobre seis guías metodológicas en relación con la anticipación de la necesidad de cualificaciones y la adecuación de herramientas y métodos;

5.  Toma nota del segundo informe de situación sobre la aplicación del enfoque común sobre las agencias descentralizadas de la Unión[9] y valora los progresos realizados en muchos campos en lo que respecta a la racionalización del funcionamiento de estas; acoge con satisfacción los esfuerzos de la Comisión y de las agencias y los progresos realizados en la ejecución de la hoja de ruta;

6.  Toma nota de la actual evaluación y control de adecuación de las cuatro agencias de la Unión dentro del ámbito de competencias de la DG Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión, cuyo inicio estaba previsto para diciembre de 2016 y cuya finalización está prevista para diciembre de 2017[10]; considera que estas evaluaciones deben facilitar la adopción por parte del Parlamento de decisiones con conocimiento de causa en lo que respecta a la eficacia y repercusión de las aportaciones de las agencias; subraya asimismo la necesidad de aprovechar las sinergias en aquellas actividades en las que se produzcan solapamientos entre las cuatro agencias, así como entre las agencias y la propia Comisión, y evitar las duplicidades en el trabajo.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Fecha de aprobación

25.1.2017

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

43

8

0

Miembros presentes en la votación final

Laura Agea, Brando Benifei, Vilija Blinkevičiūtė, Enrique Calvet Chambon, Ole Christensen, Martina Dlabajová, Lampros Fountoulis, Arne Gericke, Marian Harkin, Czesław Hoc, Agnes Jongerius, Rina Ronja Kari, Jan Keller, Agnieszka Kozłowska-Rajewicz, Jean Lambert, Jérôme Lavrilleux, Patrick Le Hyaric, Jeroen Lenaers, Verónica Lope Fontagné, Javi López, Thomas Mann, Dominique Martin, Joëlle Mélin, Elisabeth Morin-Chartier, João Pimenta Lopes, Georgi Pirinski, Terry Reintke, Sofia Ribeiro, Robert Rochefort, Claude Rolin, Anne Sander, Sven Schulze, Siôn Simon, Jutta Steinruck, Romana Tomc, Yana Toom, Ulrike Trebesius, Marita Ulvskog, Renate Weber, Jana Žitňanská

Suplentes presentes en la votación final

Georges Bach, Heinz K. Becker, Lynn Boylan, Dieter-Lebrecht Koch, Paloma López Bermejo, Edouard Martin, Evelyn Regner, Csaba Sógor, Helga Stevens, Flavio Zanonato

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Marco Valli

15.2.2017

OPINIÓN de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior

para la Comisión de Control Presupuestario

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de las agencias de la Unión Europea para el ejercicio 2015: rendimiento, gestión financiera y control

(2016/2206(DEC))

Ponente de opinión: Petr Ježek

SUGERENCIAS

La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior pide a la Comisión de Control Presupuestario, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:

1.  Acoge con satisfacción las conclusiones del Tribunal de Cuentas de que las cuentas anuales definitivas de todas la agencias que operan en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior (agencias JAI) presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su posición financiera a 31 de diciembre de 2015 y que sus operaciones son legales y regulares;

2.  Acoge con satisfacción los buenos resultados y la flexibilidad de todas las agencias en el ámbito de la libertad, la seguridad y la justicia; se congratula por su flexibilidad para adaptarse a la evolución de las prioridades políticas y responder a hechos imprevistos; lamenta, no obstante, la falta de indicadores efectivos que reflejen el impacto de su trabajo en la seguridad interna, la migración y la gestión de las fronteras y del desarrollo de los derechos fundamentales; acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por diversas agencias para mejorar su gestión presupuestaria a través de la optimización del uso de sus presupuestos y de la implementación de un mejor proceso de planificación presupuestaria;

3.  Observa que los miembros de los consejos de administración y los directores de varias agencias han publicado «declaraciones de ausencia de conflicto de intereses» en lugar de «declaraciones de intereses»; subraya que no les corresponde a los consejos de administración ni a los directores declararse a sí mismos libres de conflictos de intereses; resalta que esto constituye per se un conflicto de intereses; solicita una verificación independiente de las «declaraciones de intereses»; reitera que la transparencia es clave para mitigar los riesgos de conflictos de intereses; lamenta que no todas las agencias hayan establecido normas claras en lo que respecta a la protección de los denunciantes de irregularidades y contra las «puertas giratorias», y les insta a que pongan en marcha dichas normas con carácter de urgencia;

4.  Lamenta, no obstante, que algunas agencias no contemplen el principio de anualidad como uno de los tres principios básicos de la contabilidad; pide a las agencias que mejoren su planificación presupuestaria de las actividades y reduzcan los créditos prorrogados;

5.  Deplora que el Tribunal de Cuentas no haya presentado desde 2012 un informe especial sobre los conflictos de intereses en todas las agencias, en particular en las relacionadas con la industria; insta al Tribunal de Cuentas a que realice verificaciones eficaces de esta cuestión y elabore esos informes especiales sobre los conflictos de intereses antes de finales de junio de 2017;

6.  Se congratula por el compromiso de todas las agencias JAI de perfeccionar los procedimientos presupuestarios pero subraya, no obstante, que su prioridad debe ser mejorar la eficiencia operativa sobre el terreno y abordar las cuestiones de tipo estructural señaladas por el Tribunal de Cuentas y el Servicio de Auditoría Interna (SAI);

7.  Reconoce que se han creado muchas agencias en el ámbito de la libertad, la seguridad y la justicia, pero reitera la importancia de las tareas que realizan estas agencias y su impacto directo en la vida de los ciudadanos; subraya que todas agencias se han creado en respuesta a necesidades concretas; está convencido de que todas las agencias existentes en este ámbito desempeñan un papel necesario y bien diferenciado que aporta un valor añadido europeo;

8.  Pide que todas las agencias JAI determinen los obstáculos financieros, así como en materia de recursos y otras materias, que entorpecen su rendimiento operativo y que se efectúen ajustes a su debido tiempo.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Fecha de aprobación

9.2.2017

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

39

2

4

Miembros presentes en la votación final

Heinz K. Becker, Michał Boni, Caterina Chinnici, Agustín Díaz de Mera García Consuegra, Tanja Fajon, Kinga Gál, Ana Gomes, Nathalie Griesbeck, Sylvie Guillaume, Jussi Halla-aho, Monika Hohlmeier, Eva Joly, Dietmar Köster, Barbara Kudrycka, Cécile Kashetu Kyenge, Marju Lauristin, Juan Fernando López Aguilar, Monica Macovei, Roberta Metsola, Péter Niedermüller, Soraya Post, Judith Sargentini, Birgit Sippel, Branislav Škripek, Csaba Sógor, Sergei Stanishev, Helga Stevens, Traian Ungureanu, Bodil Valero, Marie-Christine Vergiat, Udo Voigt, Josef Weidenholzer, Kristina Winberg, Tomáš Zdechovský

Suplentes presentes en la votación final

Petr Ježek, Jeroen Lenaers, Nadine Morano, Morten Helveg Petersen, Emil Radev, Barbara Spinelli, Anders Primdahl Vistisen, Axel Voss

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Lara Comi, Josu Juaristi Abaunz, Georg Mayer

INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIONEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Fecha de aprobación

22.3.2017

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

20

2

2

Miembros presentes en la votación final

Inés Ayala Sender, Dennis de Jong, Martina Dlabajová, Luke Ming Flanagan, Ingeborg Gräßle, Cătălin Sorin Ivan, Jean-François Jalkh, Bogusław Liberadzki, Monica Macovei, Notis Marias, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Petri Sarvamaa, Claudia Schmidt, Bart Staes, Hannu Takkula, Derek Vaughan, Joachim Zeller

Suplentes presentes en la votación final

Richard Ashworth, Gerben-Jan Gerbrandy, Benedek Jávor, Karin Kadenbach, Patricija Šulin

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Jens Geier, Piernicola Pedicini

VOTACIÓN FINAL NOMINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

20

+

ALDE

ECR

GUE/NGL

PPE

S&D

Verts/ALE

Martina Dlabajová, Gerben-Jan Gerbrandy, Hannu Takkula

Monica Macovei

Luke Ming Flanagan, Dennis de Jong

Ingeborg Gräßle, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Petri Sarvamaa, Claudia Schmidt, Joachim Zeller, Patricija Šulin

Inés Ayala Sender, Jens Geier, Cătălin Sorin Ivan, Karin Kadenbach, Bogusław Liberadzki, Derek Vaughan

Benedek Jávor, Bart Staes

2

-

ECR

ENF

Notis Marias

Jean-François Jalkh

2

0

ECR

EFDD

Richard Ashworth

Piernicola Pedicini

Explicación de los signos utilizados

+  :  a favor

-  :  en contra

0  :  abstenciones

  • [1]  DO C 449 de 1.12.2016.
  • [2]  DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
  • [3]  DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.
  • [4]  Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex), Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (eu-LISA), Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO), Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE), Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT), Escuela Europea de Policía (CEPOL), Oficina Europea de Policía (Europol), Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA), Unidad Europea de Cooperación Judicial (Eurojust).
  • [5]  Autoridad Bancaria Europea (ABE), Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) y Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM).
  • [6]  http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=COM:2015:179:FIN&from=ES
  • [7]  Acuerdo interinstitucional de 2 de diciembre de 2013 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (DO C 373 de 20.12.2013, p. 1).
  • [8]  http://ec.europa.eu/smart-regulation/roadmaps/docs/2016_empl_020_evaluation_agencies_en.pdf
  • [9]  http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=COM:2015:179:FIN&from=ES
  • [10]  http://ec.europa.eu/smart-regulation/roadmaps/docs/2016_empl_020_evaluation_agencies_en.pdf