RECOMENDACIÓN sobre el proyecto de decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea e Islandia sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios

13.7.2017 - (11782/2016 – C8‑0123/2017– 2016/0252(NLE)) - ***

Comisión de Comercio Internacional
Ponente: David Borrelli

Procedimiento : 2016/0252(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0254/2017
Textos presentados :
A8-0254/2017
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea e Islandia sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios

(11782/2016 – C8‑0123/2017– 2016/0252(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto de Decisión del Consejo (11782/2016),

–  Visto el Acuerdo entre la Unión Europea e Islandia sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios (12124/2016),

–  Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 207, apartado 4, párrafo primero, así como con el artículo 218, apartado 6, letra a), inciso v), y el artículo 218, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0123/2017),

–  Vistos el artículo 99, apartados 1 y 4, así como el artículo 108, apartado 7, de su Reglamento,

–  Vista la recomendación de la Comisión de Comercio Internacional (A8-0254/2017),

1.  Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de Islandia.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La UE e Islandia son firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE) que dispone la libre circulación de mercancías, salvo los productos agrícolas y pesqueros. El artículo 19 del Acuerdo EEE contiene disposiciones sobre el comercio de productos agrícolas, y el Acuerdo bilateral entre la UE e Islandia de 2007 sobre preferencias comerciales, negociado sobre la base del mencionado artículo, incluye el compromiso de promover el comercio de productos con indicaciones geográficas.

Las negociaciones entre la UE e Islandia sobre indicaciones geográficas se desarrollaron entre el 4 de julio de 2012 y el 17 de septiembre de 2015 en paralelo con las negociaciones entre ambas Partes sobre una mayor liberalización del comercio de productos agrícolas. En virtud del Acuerdo sobre indicaciones geográficas negociado, 1 150 indicaciones geográficas de productos alimenticios, es decir, todas las indicaciones geográficas de la UE en el momento de las negociaciones, quedarán protegidas en Islandia. Islandia no ha registrado todavía ninguna denominación de indicación geográfica protegida, pero el Acuerdo prevé un mecanismo de actualización de la lista de indicaciones geográficas y de introducción posterior de nuevas denominaciones de indicación geográfica mediante un proceso de Comité Mixto. Las negociaciones del Acuerdo implican que Islandia tuviera que adoptar una nueva normativa en la materia.

El Acuerdo no se aplicará a los vinos, vinos aromatizados y bebidas espirituosas, ya que el Acuerdo EEE ya prevé el reconocimiento mutuo y la protección de las indicaciones geográficas de estos productos.

La celebración del Acuerdo sobre indicaciones geográficas con Islandia forma parte de la estrategia global de la UE de fomento de la producción y el consumo de productos de la UE con indicaciones geográficas. La celebración de este Acuerdo expresa el interés de ambas partes por fomentar el comercio y el desarrollo de productos agrícolas de calidad.

En virtud del presente Acuerdo, los productos alimenticios de la UE obtendrán en Islandia el mismo grado de protección que en el resto de la UE. Las indicaciones geográficas estarán protegidas de:

•  todo uso comercial directo o indirecto;

•  toda usurpación, imitación o evocación del producto;

•  cualquier otro tipo de indicación falsa o engañosa en cuanto a la procedencia, el origen, la naturaleza o las características esenciales del producto;

•  cualquier otra práctica que pueda inducir a error al consumidor acerca del verdadero origen del producto.

De conformidad con el artículo 218, apartado 6, del TFUE, es necesaria la aprobación del Parlamento Europeo para que el Consejo adopte una decisión de celebración del Acuerdo.

A la luz de todo lo expuesto, el ponente recomienda que el Parlamento dé su aprobación a la celebración del Acuerdo.

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Título

Acuerdo entre la Unión Europea e Islandia sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios

Referencias

11782/2016 – C8-0123/2017 – COM(2016)05232016/0252(NLE)

Fecha de la consulta / solicitud de aprobación

29.3.2017

 

 

 

Comisión competente para el fondo

Fecha del anuncio en el Pleno

INTA

6.4.2017

 

 

 

Comisiones competentes para emitir opinión

Fecha del anuncio en el Pleno

AGRI

6.4.2017

 

 

 

Opinión(es) no emitida(s)

Fecha de la decisión

AGRI

29.9.2016

 

 

 

Ponentes

Fecha de designación

David Borrelli

12.10.2016

 

 

 

Examen en comisión

20.6.2017

 

 

 

Fecha de aprobación

11.7.2017

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

37

0

1

Miembros presentes en la votación final

William (The Earl of) Dartmouth, Maria Arena, Tiziana Beghin, David Campbell Bannerman, Daniel Caspary, Salvatore Cicu, Santiago Fisas Ayxelà, Eleonora Forenza, Karoline Graswander-Hainz, Heidi Hautala, Yannick Jadot, Jude Kirton-Darling, Bernd Lange, David Martin, Emma McClarkin, Anne-Marie Mineur, Sorin Moisă, Franz Obermayr, Artis Pabriks, Franck Proust, Godelieve Quisthoudt-Rowohl, Inmaculada Rodríguez-Piñero Fernández, Tokia Saïfi, Marietje Schaake, Helmut Scholz, Joachim Schuster, Joachim Starbatty, Adam Szejnfeld, Hannu Takkula, Iuliu Winkler

Suplentes presentes en la votación final

Dita Charanzová, Edouard Ferrand, Agnes Jongerius, Sajjad Karim, Gabriel Mato, Georg Mayer, Fernando Ruas, Jarosław Wałęsa

Fecha de presentación

14.7.2017

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

37

+

ALDE

Dita Charanzová, Marietje Schaake, Hannu Takkula

ECR

David Campbell Bannerman, Sajjad Karim, Emma McClarkin, Joachim Starbatty

EFDD

William (The Earl of) Dartmouth, Tiziana Beghin

ENF

Edouard Ferrand, Georg Mayer, Franz Obermayr

GUE/NGL

Eleonora Forenza, Anne-Marie Mineur, Helmut Scholz

PPE

Daniel Caspary, Salvatore Cicu, Santiago Fisas Ayxelà, Gabriel Mato, Artis Pabriks, Franck Proust, Godelieve Quisthoudt-Rowohl, Fernando Ruas, Tokia Saïfi, Adam Szejnfeld, Jarosław Wałęsa, Iuliu Winkler

S&D

Maria Arena, Karoline Graswander-Hainz, Agnes Jongerius, Jude Kirton-Darling, Bernd Lange, David Martin, Sorin Moisă, Inmaculada Rodríguez-Piñero Fernández, Joachim Schuster

Verts/ALE

Yannick Jadot

0

-

 

 

1

0

Verts/ALE

Heidi Hautala

Explicación de los signos utilizados:

+  :  a favor

-  :  en contra

0  :  abstenciones