RECOMENDACIÓN sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile sobre el comercio de productos orgánicos/ecológicos

14.7.2017 - (05530/2017 – C8-0144/2017 – 2016/0383(NLE)) - ***

Comisión de Comercio Internacional
Ponente: Inmaculada Rodríguez-Piñero Fernández

Procedimiento : 2016/0383(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0257/2017
Textos presentados :
A8-0257/2017
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile sobre el comercio de productos orgánicos/ecológicos

(05530/2017 – C8-0144/2017 – 2016/0383(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de Decisión del Consejo (05530/2017),

–  Visto el proyecto de Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile sobre el comercio de productos orgánicos/ecológicos (05551/2017),

–  Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 207, apartado 4, párrafo primero, así como con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v, y apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0144/2017),

–  Vistos el artículo 99, apartado 1, párrafos primero y tercero, y apartado 4, así como el artículo 108, apartado 7, de su Reglamento,

–  Vistas la recomendación de la Comisión de Comercio Internacional y la opinión de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A8-0257/2017),

1.  Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y la República de Chile.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 6 de marzo de 2017 el Consejo adoptó la Decisión relativa a la firma del Acuerdo entre la Unión y Chile sobre el comercio de productos orgánicos/ecológicos. El Acuerdo, firmado en Bruselas el 27 de abril de 2017, fue remitido oficialmente al Parlamento el 3 de mayo de 2017 para que este concediese su aprobación a la celebración del mismo. La Comisión de Comercio Internacional (INTA), en su reunión del 3 de junio de 2017, mantuvo un intercambio de puntos de vista con los servicios correspondientes de la Comisión y el presente proyecto de recomendación fue presentado en comisión el 20 de junio de 2017.

El Acuerdo que nos ocupa tiene como objetivo fomentar el comercio de productos orgánicos/ecológicos, contribuir al desarrollo y la expansión del sector orgánico/ecológico en la Unión y en la República de Chile y alcanzar un alto nivel de respeto de los principios de producción orgánica/ecológica, de garantía de los sistemas de control y de integridad de los productos orgánicos/ecológicos.

Por el presente Acuerdo Chile reconocerá como equivalentes todos los productos orgánicos/ecológicos de la Unión incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.º 834/2007, a saber: los productos vegetales sin transformar, los animales vivos o los productos animales sin transformar (incluida la miel), los productos de la acuicultura y las algas, los productos agrícolas transformados destinados a la alimentación humana (incluido el vino), los productos agrícolas transformados destinados a la alimentación animal, el material de reproducción vegetativa y las semillas para cultivo. Por otra parte, la Unión reconocerá como equivalentes los siguientes productos procedentes de Chile: los productos vegetales sin transformar, la miel, los productos agrícolas transformados destinados a la alimentación humana (incluido el vino), el material de reproducción vegetativa y las semillas para cultivo.

El Acuerdo prevé la creación de un Comité Conjunto de Productos Orgánicos/Ecológicos, compuesto por representantes de la Unión y por representantes del Gobierno de Chile, que celebrarán consultas periódicas al menos una vez al año con miras, entre otras cosas, a velar por la correcta aplicación del Acuerdo, examinar toda solicitud de cualquiera de las Partes de actualizar o hacer extensiva a nuevos productos la lista de productos y facilitar el intercambio de información y la cooperación.

La propuesta de la Comisión prevé también, a modo de salvaguardia estricta, la posibilidad de suspender unilateralmente el reconocimiento de la equivalencia si una Parte considera que las disposiciones legales, reglamentarias o los procedimientos administrativos y las prácticas de la otra Parte ya no cumplen los requisitos de equivalencia.

Teniendo en cuenta los objetivos especificados en la propuesta de la Comisión y la propuesta de Decisión del Consejo, que la Comisión INTA suscribe, y tomando en consideración la opinión de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (AGRI), así como las negociaciones interinstitucionales relativas al nuevo Reglamento sobre la producción ecológica y su etiquetado, la ponente propone que se conceda la aprobación a la celebración del Acuerdo.

No obstante, la ponente de la Comisión INTA solicita lo siguiente: (1) la comunicación de información periódica, oportuna y detallada al Parlamento durante la fase de ejecución, equivalente a la que reciba el Consejo, en particular por lo que respecta a las actividades del Comité Conjunto, con el fin de propiciar un debate e iniciativas a escala política debidamente fundamentados; (2) una evaluación inicial del impacto del Acuerdo dos años después de su entrada en vigor, que proporcione información adecuada al Parlamento y a todas las demás partes interesadas públicas y privadas de manera que sea posible entablar un debate basado en datos y adoptar las medidas pertinentes, antes de que transcurra el plazo inicial de aplicación de tres años y, a partir de entonces, cada tres años; (3) la elaboración de guías con información práctica y actualizada dirigidas a los productores, exportadores, importadores y consumidores, que les permitan aprovechar al máximo las ventajas que introduce el Acuerdo y, en el caso de los consumidores, que los capacite para elegir con conocimiento de causa.

A la vista de estas consideraciones, la ponente de la Comisión INTA reitera su apoyo al Acuerdo, pero insiste en la necesidad de que el Parlamento esté debida y plenamente informado a lo largo de todo el ciclo de vida de los acuerdos internacionales, que comprende también las fases de negociación y ejecución.

Los acuerdos internacionales relativos a la política comercial común de la Unión están sujetos a la aprobación del Parlamento; por este motivo, la ponente lamenta que las demás instituciones no hayan informado oportunamente al Parlamento durante las negociaciones del presente Acuerdo, y espera que el Consejo y la Comisión remedien la situación e informen convenientemente al Parlamento de la ejecución del Acuerdo una vez que entre en vigor, en particular por lo que se refiere a las decisiones que puedan adoptarse en virtud de los artículos 4 y 5 de la Decisión del Consejo. Las expectativas formuladas en relación con la necesidad de informar a la sociedad civil y a los Parlamentos conciernen a todas las partes en los acuerdos.

OPINIÓN de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (20.6.2017)

para la Comisión de Comercio Internacional

sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile sobre el comercio de productos orgánicos/ecológicos
(05530/2017 – C8-0144/2017 – 2016/0383(NLE))

Ponente de opinión: Clara Eugenia Aguilera García

BREVE JUSTIFICACIÓN

El 16 de junio de 2014, el Consejo autorizó a la Comisión a negociar acuerdos entre la UE y terceros países sobre el comercio de productos orgánicos/ecológicos. El Acuerdo UE/Chile reconoce recíprocamente la equivalencia de las respectivas normas de producción orgánica/ecológica y de los sistemas de control por lo que respecta a algunos productos.

Chile reconocerá como equivalentes todos los productos orgánicos/ecológicos de la Unión incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) n.º 834/2007, a saber: los productos vegetales sin transformar, los animales vivos o los productos animales sin transformar (incluida la miel), los productos de la acuicultura y las algas, los productos agrícolas transformados destinados a la alimentación humana (incluido el vino), los productos agrícolas transformados destinados a la alimentación animal, el material de reproducción vegetativa y las semillas para cultivo.

Por otra parte, la Unión reconocerá como equivalentes los siguientes productos procedentes de Chile: los productos vegetales sin transformar, la miel, los productos agrícolas transformados destinados a la alimentación humana (incluido el vino), el material de reproducción vegetativa y las semillas para cultivo.

La ponente es favorable al texto negociado con las dos puntualizaciones siguientes:

– teniendo en cuenta que el Reglamento (CE) n.° 834/2007 se halla en fase de revisión, es preciso que, una vez finalizada, se adapte la conformidad de este Acuerdo con la nueva legislación de la UE para la producción ecológica y su etiquetado.

– transcurridos dos años desde la entrada en vigor del presente Acuerdo, la Comisión presentará, al Consejo y al Parlamento Europeo, un estudio de impacto sobre la aplicación del presente Acuerdo en el que se verificará el nivel del comercio entre UE y Chile, de productos agrícolas y alimenticios obtenidos mediante técnicas de producción ecológica así como el grado de cumplimiento de los principios de no discriminación y reciprocidad.

******

La Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural pide a la Comisión de Comercio Internacional, competente para el fondo, que recomiende la aprobación del proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile sobre el comercio de productos orgánicos/ecológicos.

PROCEDIMIENTO – COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Título

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile sobre el comercio de productos orgánicos/ecológicos

Referencias

05530/2017 – C8-0144/2017 – COM(2016)07712016/0383(NLE)

Comisión competente para el fondo

 

INTA

 

 

 

 

Opinión emitida por

Fecha del anuncio en el Pleno

AGRI

15.5.2017

Ponente

Fecha de designación

Clara Eugenia Aguilera García

8.3.2017

Fecha de aprobación

20.6.2017

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

29

3

1

Miembros presentes en la votación final

John Stuart Agnew, Clara Eugenia Aguilera García, Eric Andrieu, Richard Ashworth, José Bové, Daniel Buda, Nicola Caputo, Viorica Dăncilă, Michel Dantin, Paolo De Castro, Jean-Paul Denanot, Albert Deß, Diane Dodds, Jørn Dohrmann, Herbert Dorfmann, Norbert Erdős, Luke Ming Flanagan, Martin Häusling, Jan Huitema, Peter Jahr, Zbigniew Kuźmiuk, Mairead McGuinness, Ulrike Müller, James Nicholson, Marijana Petir, Jens Rohde, Czesław Adam Siekierski, Tibor Szanyi, Marco Zullo

Suplentes presentes en la votación final

Paul Brannen, Jens Gieseke, Karin Kadenbach, Norbert Lins, Gabriel Mato

VOTACIÓN FINAL NOMINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

29

+

PPE

Daniel Buda, Michel Dantin, Albert Deß, Herbert Dorfmann, Norbert Erdős, Jens Gieseke, Peter Jahr, Norbert Lins, Mairead McGuinness, Marijana Petir, Czesław Adam Siekierski

S&D

Clara Eugenia Aguilera García, Eric Andrieu, Paul Brannen, Nicola Caputo, Viorica Dăncilă, Paolo De Castro, Jean-Paul Denanot, Karin Kadenbach, Tibor Szanyi

ECR

Richard Ashworth, Jørn Dohrmann, Zbigniew Kuźmiuk, James Nicholson

ALDE

Jan Huitema, Ulrike Müller, Jens Rohde

EFDD

Marco Zullo

NI

Diane Dodds

3

-

GUE/NGL

Luke Ming Flanagan

Verts/ALE

José Bové, Martin Häusling

1

0

EFDD

John Stuart Agnew

Explicación de los signos utilizados:

+  :  a favor

-  :  en contra

0  :  abstenciones

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Título

Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Chile sobre el comercio de productos orgánicos/ecológicos

Referencias

05530/2017 – C8-0144/2017 – COM(2016)07712016/0383(NLE)

Fecha de la consulta / solicitud de aprobación

2.5.2017

 

 

 

Comisión competente para el fondo

Fecha del anuncio en el Pleno

INTA

15.5.2017

 

 

 

Comisiones competentes para emitir opinión

Fecha del anuncio en el Pleno

AFET

15.5.2017

AGRI

15.5.2017

 

 

Opinión(es) no emitida(s)

Fecha de la decisión

AFET

30.1.2017

 

 

 

Ponentes

Fecha de designación

Inmaculada Rodríguez-Piñero Fernández

23.1.2017

 

 

 

Examen en comisión

3.5.2017

20.6.2017

 

 

Fecha de aprobación

11.7.2017

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

29

7

2

Miembros presentes en la votación final

William (The Earl of) Dartmouth, Maria Arena, Tiziana Beghin, David Campbell Bannerman, Daniel Caspary, Salvatore Cicu, Santiago Fisas Ayxelà, Eleonora Forenza, Karoline Graswander-Hainz, Heidi Hautala, Yannick Jadot, Jude Kirton-Darling, Bernd Lange, David Martin, Emma McClarkin, Anne-Marie Mineur, Sorin Moisă, Franz Obermayr, Artis Pabriks, Franck Proust, Godelieve Quisthoudt-Rowohl, Inmaculada Rodríguez-Piñero Fernández, Tokia Saïfi, Marietje Schaake, Helmut Scholz, Joachim Schuster, Joachim Starbatty, Adam Szejnfeld, Hannu Takkula, Iuliu Winkler

Suplentes presentes en la votación final

Dita Charanzová, Edouard Ferrand, Agnes Jongerius, Sajjad Karim, Gabriel Mato, Georg Mayer, Fernando Ruas, Jarosław Wałęsa

Fecha de presentación

14.7.2017

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

29

+

ALDE

Dita Charanzová, Marietje Schaake, Hannu Takkula

ECR

David Campbell Bannerman, Sajjad Karim, Emma McClarkin, Joachim Starbatty

EFDD

William (The Earl of) Dartmouth

PPE

Daniel Caspary, Salvatore Cicu, Santiago Fisas Ayxelà, Gabriel Mato, Artis Pabriks, Franck Proust, Godelieve Quisthoudt-Rowohl, Fernando Ruas, Tokia Saïfi, Adam Szejnfeld, Jarosław Wałęsa, Iuliu Winkler

S&D

Maria Arena, Karoline Graswander-Hainz, Agnes Jongerius, Jude Kirton-Darling, Bernd Lange, David Martin, Sorin Moisă, Inmaculada Rodríguez-Piñero Fernández, Joachim Schuster

7

-

ENF

Edouard Ferrand, Georg Mayer, Franz Obermayr

GUE/NGL

Eleonora Forenza, Anne-Marie Mineur, Helmut Scholz

VERTS/ALE

Heidi Hautala

2

0

EFDD

Tiziana Beghin

VERTS/ALE

Yannick Jadot

Explicación de los signos utilizados:

+  :  a favor

-  :  en contra

0  :  abstenciones