INFORME sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece un programa financiero específico para la clausura de instalaciones nucleares y la gestión de residuos radiactivos y se deroga el Reglamento (Euratom) n.º 1368/2013 del Consejo

7.12.2018 - (COM(2018)0467 – C8-0314/2018 – 2018/0252(NLE)) - *

Comisión de Industria, Investigación y Energía
Ponente: Peter Kouroumbashev


Procedimiento : 2018/0252(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0441/2018
Textos presentados :
A8-0441/2018
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece un programa financiero específico para la clausura de instalaciones nucleares y la gestión de residuos radiactivos y se deroga el Reglamento (Euratom) n.º 1368/2013 del Consejo

(COM(2018)0467 – C8-0314/2018 – 2018/0252(NLE))

(Consulta)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2018)0467),

–  Visto el artículo 203 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C8-0314/2018),

–  Visto el artículo 78 quater de su Reglamento interno,

–  Visto el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A8-0441/2018),

1.  Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.  Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el artículo 293, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica;

3.  Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

4.  Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

5.  Encarga a su presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

Enmienda    1

Propuesta de Reglamento

Considerando 2

Texto de la Comisión

Enmienda

(2)  Un programa de financiación específico puede aportar un valor añadido de la Unión adicional convirtiéndose en un referente en la Unión para la gestión segura de los aspectos tecnológicos de la clausura nuclear y para la difusión de conocimientos. Esa ayuda financiera debe facilitarse sobre la base de una evaluación ex ante que determine las necesidades específicas y demuestre el valor añadido de la Unión con el objetivo de respaldar la clausura de instalaciones nucleares y la gestión de residuos radiactivos.

(2)  Un programa de financiación específico puede aportar un valor añadido de la Unión adicional convirtiéndose en un referente en la Unión para la gestión segura de los aspectos tecnológicos de la clausura nuclear y para la difusión de conocimientos. Esa ayuda financiera debe facilitarse sobre la base de una evaluación ex ante que determine las necesidades específicas y demuestre el valor añadido de la Unión con el objetivo de respaldar la clausura de instalaciones nucleares y la gestión de residuos radiactivos. No obstante, dicha ayuda financiera no debe establecer un precedente para definir la financiación en el futuro de la clausura de centrales nucleares a nivel de la Unión. La iniciativa de emprender y financiar la clausura de instalaciones nucleares debe ser principalmente responsabilidad de los Estados miembros.

Enmienda    2

Propuesta de Reglamento

Considerando 15

Texto de la Comisión

Enmienda

(15)  Asimismo, el programa debe garantizar la difusión de conocimientos sobre el proceso de clausura en la Unión, puesto que tales medidas aportan el máximo valor añadido de la Unión y contribuyen a la protección de los trabajadores y de la población en general.

(15)  Asimismo, el programa debe garantizar la difusión de conocimientos y el intercambio entre los Estados miembros de mejores prácticas y experiencias obtenidas en lo que respecta al proceso de clausura en la Unión, puesto que tales medidas aportan el máximo valor añadido de la Unión y contribuyen a la protección de los trabajadores y de la población en general, así como del medio ambiente.

Enmienda    3

Propuesta de Reglamento

Considerando 15 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

(15 bis)  El Centro Común de Investigación debe encabezar una iniciativa específica para estructurar la recopilación, el desarrollo y el intercambio de conocimientos en el ámbito de la clausura a escala de la Unión, sin excluir la cooperación internacional. Dicha iniciativa debe tener en cuenta los desafíos multidimensionales, incluidas la investigación y la innovación, la normalización, la reglamentación, la formación y la educación, y la industria.

Enmienda    4

Propuesta de Reglamento

Considerando 16

Texto de la Comisión

Enmienda

(16)  La clausura de las instalaciones nucleares objeto del presente Reglamento debe realizarse utilizando los mejores conocimientos técnicos disponibles y con la debida consideración a las características y especificaciones técnicas de las instalaciones que han de clausurarse, con el fin de garantizar la seguridad y el nivel más elevado posible de eficiencia, teniendo en cuenta, por tanto, las mejores prácticas a escala internacional.

(16)  La clausura de las instalaciones nucleares objeto del presente Reglamento debe realizarse utilizando los mejores conocimientos técnicos disponibles, incluidos los conocimientos técnicos de terceros países, y con la debida consideración a las características y especificaciones técnicas de las instalaciones que han de clausurarse, con el fin de garantizar la seguridad y el nivel más elevado posible de eficiencia, teniendo en cuenta, por tanto, las mejores prácticas a escala internacional.

Enmienda    5

Propuesta de Reglamento

Considerando 20

Texto de la Comisión

Enmienda

(20)  Las acciones relativas a los programas Kozloduy y Bohunice deben ejecutarse en el marco de un esfuerzo financiero conjunto de la Unión y de Bulgaria y Eslovaquia, respectivamente. Debe establecerse un límite máximo de cofinanciación de la Unión acorde con la práctica establecida al respecto en los programas predecesores.

(20)  Las acciones relativas a los programas Kozloduy y Bohunice deben ejecutarse en el marco de un esfuerzo financiero conjunto de la Unión y de Bulgaria y Eslovaquia. Debe establecerse un límite mínimo de cofinanciación de la Unión acorde con la práctica establecida al respecto en los programas predecesores.

Enmienda    6

Propuesta de Reglamento

Artículo 1 – párrafo 1

Texto de la Comisión

Enmienda

El presente Reglamento establece el programa financiero específico para la clausura de instalaciones nucleares y la gestión de residuos radiactivos (el «programa»), focalizado en las necesidades actuales. En el periodo del marco financiero plurianual 2021-2027, proporcionará apoyo financiero a Bulgaria y Eslovaquia para la clausura segura de sus reactores nucleares de primera generación y respaldará la aplicación del proceso de clausura de las instalaciones nucleares de la propia Comisión en los centros del Centro Común de Investigación (JRC) y de gestión de los residuos radiactivos resultantes.

El presente Reglamento establece el programa financiero específico para la clausura de instalaciones nucleares y la gestión de residuos radiactivos (el «programa»), focalizado en las necesidades actuales. En el periodo del marco financiero plurianual 2021-2027, proporcionará apoyo financiero a Bulgaria y Eslovaquia para la clausura segura de sus reactores nucleares, clausurados prematuramente, y respaldará la aplicación del proceso de clausura de las instalaciones nucleares de la propia Comisión en los centros del Centro Común de Investigación (JRC) y de gestión de los residuos radiactivos resultantes, al tiempo que garantizará la protección de los trabajadores, en particular en lo relativo a los efectos para la salud, del público en general y del medio ambiente.

Justificación

El cierre anticipado y posterior desmantelamiento de los reactores fue un compromiso político asumido por Bulgaria como condición para su adhesión a la Unión, mientras que, ya entre 1991 y 2002, se llevaron a cabo programas de modernización de amplio alcance y presupuesto, en particular en las unidades 3 y 4, con el fin de mejorar el diseño de los reactores en consonancia con los niveles de seguridad cada vez más exigentes y los avances tecnológicos.

Enmienda    7

Propuesta de Reglamento

Artículo 1 – párrafo 2

Texto de la Comisión

Enmienda

Establece los objetivos del programa, el presupuesto para el periodo 2021-2027, las formas de financiación de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (la «Comunidad») y las normas para la concesión de dicha financiación.

Establece los objetivos del programa, el presupuesto general para el periodo 2021-2027, incluida la distribución exacta del importe entre los tres programas, las formas de financiación de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (la «Comunidad») y las normas para la concesión de dicha financiación.

Enmienda    8

Propuesta de Reglamento

Artículo 2 – párrafo 1 – punto 2

Texto de la Comisión

Enmienda

2)  «plan de clausura», el documento que contiene información detallada sobre la clausura propuesta y que comprende los siguientes elementos: la estrategia de clausura seleccionada; el calendario, el tipo y la secuencia de las actividades de clausura; la estrategia de gestión de residuos aplicada, incluida la desclasificación; el estado final propuesto; el almacenamiento temporal y definitivo de los residuos derivados de la clausura; los plazos relativos a la clausura; las estimaciones de los costes de la finalización del proceso de clausura, así como los objetivos, los resultados esperados, los hitos y sus plazos, y los indicadores clave de resultados correspondientes, incluidos los indicadores basados en el valor ganado; el plan es preparado por el titular de la licencia de la instalación nuclear y se refleja en los programas de trabajo plurianuales del programa;

2)  «plan de clausura», el documento que contiene información detallada sobre la clausura propuesta y que comprende los siguientes elementos: la estrategia de clausura seleccionada; el calendario, el tipo y la secuencia de las actividades de clausura; la estrategia de gestión de residuos aplicada, incluida la desclasificación, y el programa de protección de los trabajadores; el estado final propuesto; el almacenamiento temporal y definitivo de los residuos derivados de la clausura; los plazos relativos a la clausura; las estimaciones de los costes de la finalización del proceso de clausura, así como los objetivos, los resultados esperados, los hitos y sus plazos, y los indicadores clave de resultados correspondientes, incluidos los indicadores basados en el valor ganado; el plan es preparado por el titular de la licencia de la instalación nuclear y se refleja en los programas de trabajo plurianuales del programa;

Enmienda    9

Propuesta de Reglamento

Artículo 2 – párrafo 1 – punto 5 bis (nuevo)

Texto de la Comisión

Enmienda

 

(5 bis)  «tercer país», el país que no es un Estado miembro de la Unión;

Enmienda    10

Propuesta de Reglamento

Artículo 3 – apartado 2 – párrafo 1

Texto de la Comisión

Enmienda

Sobre la base de las necesidades actuales para el periodo 2021-2027, el programa tiene por objetivo, en particular, ayudar a Bulgaria y Eslovaquia en la aplicación de los programas Kozloduy y Bohunice, respectivamente, con especial énfasis en la gestión de los desafíos que conllevan esos programas desde el punto de vista de la seguridad radiológica, así como respaldar el programa de clausura de instalaciones y gestión de residuos del JRC, garantizando al mismo tiempo la amplia difusión entre todos los Estados miembros de la UE de los conocimientos sobre clausura nuclear generados en este contexto.

Sobre la base de las necesidades actuales para el periodo 2021-2027, el programa tiene por objetivo, en particular, ayudar a Bulgaria y Eslovaquia en la aplicación de los programas Kozloduy y Bohunice, respectivamente, con especial énfasis en la gestión de los desafíos que conllevan esos programas desde el punto de vista de la seguridad radiológica, así como respaldar el programa de clausura de instalaciones y gestión de residuos del JRC, garantizando al mismo tiempo la amplia difusión y el intercambio entre todos los Estados miembros de los conocimientos y las mejores prácticas sobre clausura nuclear y gestión de residuos radiactivos generados en este contexto.

Enmienda    11

Propuesta de Reglamento

Artículo 3 – apartado 2 – párrafo 2 – letra c

Texto de la Comisión

Enmienda

c)  entablar vínculos e intercambios entre las partes interesadas de la Unión en el ámbito de la clausura nuclear con miras a la consecución de posibles sinergias de la Unión.

c)  entablar vínculos e intercambios entre las partes interesadas de la Unión, en particular la industria, en el ámbito de la clausura nuclear y la gestión y disposición de los residuos radioactivos, con miras a asegurar la difusión de los conocimientos y los intercambios de la experiencia adquirida en todos los ámbitos pertinentes, como la investigación y la innovación, la regulación, la formación y a conseguir posibles sinergias de la Unión.

Enmienda    12

Propuesta de Reglamento

Artículo 4 – apartado 2 – parte introductoria

Texto de la Comisión

Enmienda

2.  La distribución indicativa del importe contemplado en el apartado 1 será la siguiente:

2.  La distribución del importe contemplado en el apartado 1 será la siguiente:

Enmienda    13

Propuesta de Reglamento

Artículo 7 – párrafo 1

Texto de la Comisión

Enmienda

El programa podrá financiar los gastos subvencionables de una acción hasta el porcentaje máximo establecido en los anexos I y II. El porcentaje máximo de cofinanciación de la Unión aplicable al programa Kozloduy y al programa Bohunice no será superior al 50 %. La cofinanciación restante correrá a cargo de Bulgaria y Eslovaquia, respectivamente.

El programa podrá financiar los gastos subvencionables de una acción tal como se establece en los anexos I y II. El porcentaje mínimo de cofinanciación de la Unión aplicable al programa Kozloduy y al programa Bohunice no será inferior al 50%. La cofinanciación restante correrá a cargo de Bulgaria y Eslovaquia, respectivamente.

Enmienda    14

Propuesta de Reglamento

Anexo I – punto 2

Texto de la Comisión

Enmienda

2.  Los proyectos y actividades financiados en el periodo 2021-2027 están sujetos a un porcentaje máximo de cofinanciación de la UE del 50 %.

2.  Los proyectos y actividades financiados en el periodo 2021-2027 están sujetos a un porcentaje mínimo de cofinanciación de la Unión del 50%.

Enmienda    15

Propuesta de Reglamento

Anexo II - punto 2

Texto de la Comisión

Enmienda

2.  Los proyectos y actividades financiados en el periodo 2021-2027 están sujetos a un porcentaje máximo de cofinanciación de la UE del 50 %.

2.  Los proyectos y actividades financiados en el periodo 2021-2027 están sujetos a un porcentaje mínimo de cofinanciación de la Unión del 50%.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Contexto

Los programas Kozloduy y Bohunice se crearon en el contexto de las negociaciones de adhesión a la Unión de Bulgaria y Eslovaquia. La propuesta actual procede del compromiso de la Unión de brindar apoyo financiero a ambos Estados miembros para la clausura, respectivamente, de las centrales nucleares de Kozloduy, unidades 1-4, y de Bohunice V1. Incluye asimismo un programa de clausura de instalaciones y gestión de residuos (programa D&WM») de las instalaciones del Centro Común de Investigación de la Comisión en Bélgica, los Países Bajos, Alemania e Italia. El objetivo de la propuesta de Reglamento del Consejo es abordar los retos del desmantelamiento de las centrales nucleares y la gestión de los residuos resultantes mediante un instrumento común a fin de optimizar las sinergias y el intercambio de conocimientos. Responde al compromiso de la Comisión de crear una referencia dentro de la Unión para gestionar con seguridad las cuestiones tecnológicas de la clausura de instalaciones nucleares y su propuesta de crear un centro europeo de excelencia para promover las mejores prácticas.

Propuesta de Reglamento

El ponente acoge favorablemente la propuesta de Reglamento y el apoyo financiero de la Unión a una empresa tan importante. Sin embargo, considera que pueden hacerse algunos ajustes a fin de alcanzar resultados óptimos.

Central nuclear de Ignalina en Lituania

En aras de la coherencia en la legislación de la Unión, el ponente estima que, con arreglo al Reglamento (Euratom) n.º 1368/2013 del Consejo, la clausura de las centrales de Kozloduy y Bohunice debe considerarse dentro del mismo marco jurídico que la de la central de Ignalina en Lituania. Asimismo, ello facilitaría los esfuerzos de la Unión para configurar el nuevo marco financiero plurianual (MFP) y permitiría un enfoque europeo más objetivo respecto a la energía y, en particular, al reto nuclear.

Porcentajes de cofinanciación

La propuesta fija un umbral máximo de participación financiera de la Unión del 50 %, que no está en consonancia con la práctica actual en el caso de Bulgaria y Eslovaquia: 60 % y 63 % respectivamente. La propuesta de reducir la cofinanciación de la Unión comportará una carga financiera importante para los sectores energéticos de ambos países.

El ponente desearía señalar que el cierre y la consiguiente clausura simultánea de cuatro unidades de la central nuclear de Kozloduy (dos del tipo WWER 440 V 230 y dos del tipo WWER 440 V 230 mejorado) fueron prematuros. Entre 1991 y 2002 se llevaron a cabo programas de modernización de amplio alcance y presupuesto, en particular de las unidades 3 y 4, con el fin de mejorar el diseño de los reactores en consonancia con los niveles de seguridad cada vez más exigentes y los avances tecnológicos. Con estos programas de modernización, se han aplicado plenamente numerosas mejoras de diseño que aprobaron expertos internacionales independientes y misiones de evaluación por homólogos, incluida la misión del Grupo «Cuestiones Nucleares», que tuvo lugar en 2003. La aplicación de las actividades de clausura exigió, por una parte, la adaptación de la infraestructura existente, que se estableció solo para las unidades operativas, y, por otra, la construcción de una infraestructura de clausura completamente nueva. Esto dio lugar a cambios importantes en la legislación nacional en paralelo a los esfuerzos por cumplir los compromisos adoptados de clausurar los reactores de manera segura.

En Eslovaquia, el Estado participa actualmente con casi el 40 % de los costes totales directos de la clausura de la central nuclear V1. No obstante, estos costes no incluyen la inversión de 310 millones de euros en la construcción de infraestructura para residuos radiactivos, que se financió con sus propios recursos nacionales y no recibió financiación de la Unión.

Por último, teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato y en comparación con la tasa de cofinanciación de la Unión en el programa de desmantelamiento para Lituania, establecido en el 80 %, este enfoque podría parecer desequilibrado.

PROCEDIMIENTO DE LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Título

Establecimiento de un programa financiero específico para la clausura de instalaciones nucleares y la gestión de residuos radiactivos

Referencias

COM(2018)0467 – C8-0314/2018 – 2018/0252(NLE)

Fecha de la consulta / solicitud de aprobación

2.7.2018

 

 

 

Comisión competente para el fondo

Fecha del anuncio en el Pleno

ITRE

5.7.2018

 

 

 

Comisiones competentes para emitir opinión

Fecha del anuncio en el Pleno

BUDG

5.7.2018

ENVI

5.7.2018

 

 

Opinión(es) no emitida(s)

Fecha de la decisión

BUDG

21.6.2018

ENVI

21.6.2018

 

 

Ponentes

Fecha de designación

Peter Kouroumbashev

25.6.2018

 

 

 

Examen en comisión

9.10.2018

5.11.2018

 

 

Fecha de aprobación

3.12.2018

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

38

3

0

Miembros presentes en la votación final

Zigmantas Balčytis, José Blanco López, Jonathan Bullock, Jerzy Buzek, Angelo Ciocca, Jakop Dalunde, Theresa Griffin, Hans-Olaf Henkel, Eva Kaili, Seán Kelly, Peter Kouroumbashev, Zdzisław Krasnodębski, Miapetra Kumpula-Natri, Janusz Lewandowski, Edouard Martin, Tilly Metz, Csaba Molnár, Angelika Niebler, Luděk Niedermayer, Morten Helveg Petersen, Carolina Punset, Julia Reda, Paul Rübig, Massimiliano Salini, Sven Schulze, Neoklis Sylikiotis, Patrizia Toia, Evžen Tošenovský, Vladimir Urutchev, Martina Werner, Lieve Wierinck, Hermann Winkler, Anna Záborská, Flavio Zanonato

Suplentes presentes en la votación final

Pilar Ayuso, Michał Boni, Françoise Grossetête, Werner Langen, Marisa Matias, Răzvan Popa, Giancarlo Scottà

Fecha de presentación

7.12.2018

VOTACIÓN FINAL NOMINALEN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

38

+

ALDE

Morten Helveg Petersen, Carolina Punset, Lieve Wierinck

ECR

Hans-Olaf Henkel, Zdzisław Krasnodębski, Evžen Tošenovský

GUE/NGL

Marisa Matias, Neoklis Sylikiotis

PPE

Pilar Ayuso, Michał Boni, Jerzy Buzek, Françoise Grossetête, Seán Kelly, Werner Langen, Janusz Lewandowski, Angelika Niebler, Luděk Niedermayer, Paul Rübig, Massimiliano Salini, Sven Schulze, Vladimir Urutchev, Hermann Winkler, Anna Záborská

S&D

Zigmantas Balčytis, José Blanco López, Theresa Griffin, Eva Kaili, Peter Kouroumbashev, Miapetra Kumpula-Natri, Edouard Martin, Csaba Molnár, Răzvan Popa, Patrizia Toia, Martina Werner, Flavio Zanonato

VERTS/ALE

Jakop Dalunde, Tilly Metz, Julia Reda

3

-

EFDD

Jonathan Bullock

ENF

Angelo Ciocca, Giancarlo Scottà

0

0

 

 

Explicación de los signos utilizados

+  :  a favor

-  :  en contra

0  :  abstenciones

Última actualización: 7 de enero de 2019
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