INFORME sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA) para el ejercicio 2017

1.3.2019 - (2018/2183(DEC))

Comisión de Control Presupuestario
Ponente: Petri Sarvamaa

Procedimiento : 2018/2183(DEC)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A8-0138/2019
Textos presentados :
A8-0138/2019
Textos aprobados :

1. PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio 2017

(2018/2183(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2017,

–  Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2017, acompañado de la respuesta de la Agencia[1],

–  Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes[2], presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2017 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 12 de febrero de 2019, sobre la aprobación de la gestión de la Agencia relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2017 (05825/2019 – C8‑0073/2019),

–  Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo[3], y en particular su artículo 208,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012[4], y en particular su artículo 70,

–  Visto el Reglamento (CE) n.º 2062/94 del Consejo, de 18 de julio de 1994, por el que se crea la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo[5], y en particular su artículo 14,

–  Visto el Reglamento Delegado (UE) n.º 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo[6], y en particular su artículo 108,

–  Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento interno,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A8-0138/2019),

1.  Aprueba la gestión de la directora ejecutiva de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2017;

2.  Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.  Encarga a su presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella a la directora ejecutiva de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

2. PROPUESTA DE DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el cierre de las cuentas de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2017

(2018/2183(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2017,

–  Visto el Informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2017, acompañado de la respuesta de la Agencia[7],

–  Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes[8], presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2017 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 12 de febrero de 2019, sobre la aprobación de la gestión de la Agencia relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2017 (05825/2019 – C8‑0073/2019),

–  Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo[9], y en particular su artículo 208,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012[10], y en particular su artículo 70,

–  Visto el Reglamento (CE) n.º 2062/94 del Consejo, de 18 de julio de 1994, por el que se crea la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo[11], y en particular su artículo 14,

–  Visto el Reglamento Delegado (UE) n.º 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo[12], y en particular su artículo 108,

–  Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento interno,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A8-0138/2019),

1.  Aprueba el cierre de las cuentas de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo relativas al ejercicio 2017;

2.  Encarga a su presidente que transmita la presente Decisión a la directora ejecutiva de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

3. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio 2017

(2018/2183(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el ejercicio 2017,

–  Vistos el artículo 94 y el anexo IV de su Reglamento interno,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A8-0138/2019),

A.  Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y gastos[13], el presupuesto definitivo de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (en lo sucesivo, «Agencia») para el ejercicio 2017 ascendía a 15 656 308 EUR, lo que representa una disminución del 6,10 % en comparación con 2016; que el presupuesto de la Agencia procede principalmente del presupuesto de la Unión;

B.  Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio 2017 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia, así como sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes;

Gestión presupuestaria y financiera

1.  Observa que los esfuerzos de supervisión del presupuesto durante el ejercicio 2017 dieron lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria del 96,03 %, lo que representa una ligera disminución del 0,28 % en comparación con 2016; observa con preocupación que la tasa de ejecución de los créditos de pago fue del 72,23 %, lo que representa solo un ligero aumento del 1,88 % con respecto al ejercicio anterior;

Anulaciones de prórrogas

2.  Observa que, de 2016 a 2017, el nivel de anulaciones de prórrogas ascendió a 194 467,98 EUR, lo que representa el 4,93 % del importe total prorrogado, lo que supone un incremento del 1,17 % en comparación con 2016; observa, además, el nivel relativamente alto de prórrogas no planificadas de 2017 a 2018 para el título II, que ascienden a 200 000 EUR, relacionadas principalmente con la reorganización interna del espacio de oficinas;

Rendimiento

3.  Observa que la Agencia utiliza algunos indicadores clave para medir su rendimiento y para mejorar la gestión de su presupuesto; observa, además, con satisfacción que la Agencia prevé introducir en 2018 un marco revisado de gestión del rendimiento, destinado a facilitar indicadores de rendimiento más significativos con el fin de evaluar mejor el valor añadido de las actividades de la Agencia; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión acerca de la aplicación de este marco;

4.  Señala que, aunque la Agencia obtuvo buenos resultados en la utilización de los recursos disponibles, los puntos relativos a la comunicación en línea y a los resultados del programa de trabajo se situaron ligeramente por debajo de los objetivos fijados;

5.  Apoya las actividades y los análisis de la Agencia sobre seguridad y salud en el trabajo, que contribuyen a la política de la Unión destinada a promover unos lugares de trabajo saludables y seguros en toda la Unión y subraya, a tal fin, la importancia de garantizar unos recursos humanos y financieros adecuados que permitan a la Agencia llevar a cabo sus tareas;

6.  Acoge con satisfacción el firme compromiso de la Agencia de garantizar a todos los trabajadores los mismos derechos en materia de salud y seguridad en el trabajo, independientemente del tamaño de la empresa, el tipo de contrato o la relación laboral;

7.  Aprecia el continuo apoyo prestado por la Agencia a las pequeñas y medianas empresas y a las microempresas, en forma de herramientas y directrices prácticas que les permitan cumplir la legislación en materia de seguridad y salud en el trabajo; acoge con satisfacción la finalización del proyecto «Trabajos saludables en cada edad», que promueve unas condiciones seguras y saludables a lo largo de la vida laboral;

8.  Observa que en 2017 se ultimaron tres evaluaciones externas: una evaluación intermedia del programa estratégico plurianual 2014-2020, una evaluación ex post del proyecto «Trabajo más seguro y saludable a cualquier edad», y una evaluación ex post de la Segunda Encuesta Europea en la Empresas sobre riesgos nuevos y emergentes; reconoce que todas ellas obtuvieron un resultado positivo y ya se han aplicado las recomendaciones formuladas;

9.  Celebra que los esfuerzos de la Agencia por integrar el multilingüismo en sus productos recibiesen el reconocimiento del Defensor del Pueblo Europeo en 2017 mediante la concesión a la Agencia, junto con la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (OPIUE) y el Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (CdT), del Premio del Defensor del Pueblo Europeo a la buena administración en la categoría «Excelencia en la prestación de servicios centrados en los ciudadanos/clientes» por su proyecto innovador, desarrollado conjuntamente, para facilitar la gestión de la traducción de sitios web multilingües;

10.  Observa con satisfacción que la Agencia comparte de forma proactiva tareas con otras agencias en temas como la seguridad, la gestión de las instalaciones o los servicios bancarios, y prevé aumentar esta colaboración en el futuro; destaca la importancia de una buena cooperación entre las agencias que trabajan en el ámbito del empleo, los asuntos sociales y la inclusión y, en particular, la cooperación entre la Agencia, la Eurofound, el Cedefop y el EIGE;

Política de personal

11.  Constata que, a 31 de diciembre de 2017, se había provisto el 97,5 % de los puestos del organigrama, con 39 agentes temporales designados de un total de 40 agentes temporales autorizados en virtud del presupuesto de la Unión (frente a los 41 puestos autorizados en 2016); observa que, además, en 2017 trabajaron para la Agencia 24 agentes contractuales;

12.  Observa que la Agencia dispone de una política sobre la protección de la dignidad de la persona y la prevención del acoso; señala con preocupación que una investigación sobre acoso se inició en 2016 y concluyó en 2017; lamenta que su resultado mostrara un infracción del artículo 12 bis, apartado 3, del Estatuto de los funcionarios; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las medidas disciplinarias adoptadas y de las medidas previstas para mitigar los riesgos de acoso en el futuro;

Contratación pública

13.  Observa que, según el informe del Tribunal, a finales de 2017 la Agencia aún no había introducido ninguna de las herramientas puestas en marcha por la Comisión para introducir una solución única para el intercambio electrónico de información con terceras partes que participan en procedimientos de contratación pública (e-procurement); pide a la Agencia que introduzca todas las herramientas necesarias e informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre los progresos realizados a este respecto;

14.  Se congratula de que la Agencia pusiera en marcha con éxito su primera licitación electrónica en noviembre de 2018;

15.  Observa con preocupación que, según el Informe del Tribunal, la Agencia firmó un contrato marco para la prestación de servicios de consultoría en TI de 2014 a 2017, para el que se fijaron precios en función del tiempo dedicado a los proyectos y no de los resultados, y sobre el que la Agencia dispone de posibilidades limitadas de control, ya que, por ejemplo, en 2016 la mitad de los servicios se efectuaron fuera de sus instalaciones; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión sobre las medidas adoptadas a este respecto;

Prevención y gestión de conflictos de interés y transparencia

16.  Reconoce las medidas vigentes y los esfuerzos en curso desplegados por la Agencia para garantizar la transparencia y la prevención y gestión de los conflictos de intereses; observa, además, que la Agencia prevé adoptar el modelo de decisión sobre denuncias internas para el que la Comisión ha dado su acuerdo ex ante[14];

17.  Observa que, de acuerdo con el Informe del Tribunal, existe una necesidad de reforzar la independencia del contable nombrándole directamente responsable ante el director de la Agencia y su Consejo de Administración; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión acerca de los pasos dados en ese sentido; toma nota de que, en respuesta a esta recomendación del Tribunal de Cuentas, la Agencia está preparando actualmente una decisión para que el Consejo de Dirección externalice la posición de contable a la DG BUDG;

18.  Pide a la Agencia que aproveche el nuevo Reglamento constitutivo para seguir mejorando la independencia del contable;

Otros comentarios

19.  Observa que la Agencia llevó a cabo un análisis de la repercusión probable en su organización, sus operaciones y sus cuentas de la decisión del Reino Unido de abandonar la Unión Europea; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de los resultados de dicho análisis;

o

o o

20.  Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución de ... 2019[15] sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.

25.1.2019

OPINIÓN de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales

para la Comisión de Control Presupuestario

sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA) para el ejercicio 2017

(2018/2183(DEC))

Ponente de opinión: Marian Harkin

SUGERENCIAS

La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales pide a la Comisión de Control Presupuestario, competente para el fondo, que incorpore las siguientes sugerencias en la propuesta de Resolución que apruebe:

1.  Expresa su satisfacción por el hecho de que el Tribunal de Cuentas haya declarado que las transacciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio 2017 son legales y regulares y que su situación financiera a 31 de diciembre de 2017 está presentada de manera veraz;

2.  Apoya las actividades y los análisis de la Agencia sobre seguridad y salud en el trabajo, que contribuyen a la política de la Unión destinada a promover unos lugares de trabajo saludables y seguros en toda la Unión y subraya, a tal fin, la importancia de garantizar unos recursos humanos y financieros adecuados que permitan a la Agencia llevar a cabo sus tareas;

3.  Aprecia el continuo apoyo prestado por la Agencia a las pequeñas y medianas empresas y a las microempresas, en forma de herramientas y directrices prácticas que les permitan cumplir la legislación en materia de seguridad y salud en el trabajo; acoge con satisfacción la finalización del proyecto «Trabajos saludables en cada edad», que promueve unas condiciones seguras y saludables a lo largo de la vida laboral;

5.  Celebra que la Agencia haya recibido el Premio del Defensor del Pueblo Europeo a la buena administración en la categoría de «Excelencia en la prestación de servicios centrados en el ciudadano/cliente», como resultado de su proyecto innovador para facilitar la gestión de la traducción de sitios web multilingües, en colaboración con la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (OPIUE) y el Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (CdT);

6.  Lamenta que las prórrogas hayan sido elevadas en el título II (gastos administrativos) y en el título III (gastos de operaciones), con un 40 % en cada título, lo cual es contrario al principio presupuestario de anualidad; señala que, en su informe, el TCE no encontró pruebas de que estas prórrogas estuvieran relacionadas con gastos previstos durante el proceso presupuestario; recuerda que estas elevadas prórrogas también se produjeron en años anteriores y pide a la Agencia que introduzca sin más demora créditos presupuestarios diferenciados para reflejar mejor el carácter plurianual de las operaciones; reconoce, no obstante, que la Agencia está estudiando la posibilidad de adoptar el modelo de créditos diferenciados para sus gastos operativos en un futuro próximo;

7.  Acoge con satisfacción el firme compromiso de la Agencia con la prevención del acoso mediante la adopción de una política en materia de protección de la dignidad de la persona y prevención del acoso psicológico y sexual; toma nota de que la Agencia adoptó el modelo de decisión sobre la denuncia de irregularidades en noviembre de 2018;

8.  Observa que la Agencia facilitó al Parlamento Europeo los resultados de un análisis preliminar del impacto del Brexit, tal como solicitó la Comisión Europea, y ha establecido asimismo un grupo de trabajo interno sobre el Brexit para identificar los problemas y hacer un seguimiento de los progresos de las negociaciones sobre el Brexit;

9.  Acoge con satisfacción el firme compromiso de la Agencia de garantizar a todos los trabajadores los mismos derechos en materia de salud y seguridad en el trabajo, independientemente del tamaño de la empresa, el tipo de contrato o la relación laboral;

10.  Señala que el Tribunal de Cuentas recomienda reforzar la independencia del contable nombrándole responsable directo ante el director (administrativamente) y ante el Consejo de Administración (funcionalmente) de la Agencia, pese a que, según la Agencia, en la práctica el contable rinde cuentas directamente al director; reconoce que, en respuesta a esta recomendación del Tribunal de Cuentas, la Agencia está preparando actualmente una decisión para que el Consejo de Dirección externalice la posición de contable a la DG BUDG; pide que la Agencia refuerce la independencia del contable nombrándole responsable directo ante el director y el Consejo de la Agencia;

11.  Pide a la Agencia que aproveche el nuevo Reglamento constitutivo para seguir mejorando la independencia del contable;

12.  Destaca la importancia de una buena cooperación entre las agencias que trabajan en el ámbito del empleo, los asuntos sociales y la inclusión y, en particular, la cooperación entre la Agencia, la Eurofound, el Cedefop y el EIGE;

13.  Recomienda, sobre la base de los datos disponibles, que se apruebe la gestión de la directora ejecutiva de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2017.

INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

Fecha de aprobación

23.1.2019

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

42

2

1

Miembros presentes en la votación final

Laura Agea, Guillaume Balas, David Casa, Ole Christensen, Michael Detjen, Martina Dlabajová, Lampros Fountoulis, Arne Gericke, Czesław Hoc, Agnes Jongerius, Agnieszka Kozłowska-Rajewicz, Jean Lambert, Jérôme Lavrilleux, Jeroen Lenaers, Verónica Lope Fontagné, Javi López, Thomas Mann, Miroslavs Mitrofanovs, Elisabeth Morin-Chartier, Emilian Pavel, João Pimenta Lopes, Georgi Pirinski, Marek Plura, Dennis Radtke, Terry Reintke, Robert Rochefort, Claude Rolin, Romana Tomc, Yana Toom, Ulrike Trebesius, Marita Ulvskog, Jana Žitňanská

Suplentes presentes en la votación final

Georges Bach, Amjad Bashir, Lynn Boylan, Mircea Diaconu, Eduard Kukan, Christelle Lechevalier, Paloma López Bermejo, António Marinho e Pinto, Alex Mayer, Csaba Sógor, Flavio Zanonato

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Angélique Delahaye, Monika Smolková

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EMITIR OPINIÓN

42

+

ALDE

Mircea Diaconu, Martina Dlabajová, António Marinho e Pinto, Robert Rochefort, Yana Toom

ECR

Amjad Bashir, Arne Gericke, Czesław Hoc, Ulrike Trebesius, Jana Žitňanská

GUE/NGL

Lynn Boylan, Paloma López Bermejo, João Pimenta Lopes

PPE

Georges Bach, David Casa, Angélique Delahaye, Agnieszka Kozłowska-Rajewicz, Eduard Kukan, Jérôme Lavrilleux, Jeroen Lenaers, Verónica Lope Fontagné, Thomas Mann, Elisabeth Morin-Chartier, Marek Plura, Dennis Radtke, Claude Rolin, Csaba Sógor, Romana Tomc

S&D

Guillaume Balas, Ole Christensen, Michael Detjen, Agnes Jongerius, Javi López, Alex Mayer, Emilian Pavel, Georgi Pirinski, Monika Smolková, Marita Ulvskog, Flavio Zanonato

VERTS/ALE

Jean Lambert, Miroslavs Mitrofanovs, Terry Reintke

2

-

ENF

Christelle Lechevalier

NI

Lampros Fountoulis

1

0

EFDD

Laura Agea

Explicación de los signos utilizados

+  :  a favor

-  :  en contra

0  :  abstenciones

INFORMACIÓN SOBRE LA APROBACIÓN EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

Fecha de aprobación

20.2.2019

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

18

1

1

Miembros presentes en la votación final

Inés Ayala Sender, Zigmantas Balčytis, Dennis de Jong, Tamás Deutsch, Martina Dlabajová, Ingeborg Gräßle, Jean-François Jalkh, Wolf Klinz, Monica Macovei, Georgi Pirinski, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Petri Sarvamaa, Claudia Schmidt, Bart Staes, Marco Valli, Derek Vaughan, Tomáš Zdechovský, Joachim Zeller

Suplentes presentes en la votación final

Karin Kadenbach

Suplentes (art. 200, apdo. 2) presentes en la votación final

Petra Kammerevert

VOTACIÓN FINAL NOMINAL EN LA COMISIÓN COMPETENTE PARA EL FONDO

18

+

ALDE

Martina Dlabajová, Wolf Klinz

ECR

Monica Macovei

GUE/NGL

Dennis de Jong

PPE

Tamás Deutsch, Ingeborg Gräßle, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Petri Sarvamaa, Claudia Schmidt, Tomáš Zdechovský, Joachim Zeller

S&D

Inés Ayala Sender, Zigmantas Balčytis, Karin Kadenbach, Petra Kammerevert, Georgi Pirinski, Derek Vaughan

VERTS/ALE

Bart Staes

1

-

ENF

Jean-François Jalkh

1

0

EFDD

Marco Valli

Explicación de los signos utilizados

+  :  a favor

-  :  en contra

0  :  abstenciones

  • [1]  DO C 434 de 30.11.2018, p. 90.
  • [2]  DO C 434 de 30.11.2018, p. 90.
  • [3]  DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
  • [4]  DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.
  • [5]  DO L 216 de 20.8.1994, p. 1.
  • [6]  DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.
  • [7]  DO C 434 de 30.11.2018, p. 90.
  • [8]  DO C 434 de 30.11.2018, p. 90.
  • [9]  DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
  • [10]  DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.
  • [11]  DO L 216 de 20.8.1994, p. 1.
  • [12]  DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.
  • [13]  DO C 248/01 de 29.7.2017, p. 3.
  • [14]  Decisión de la Comisión C(2018)1362, de 27.2.2018.
  • [15]  Textos Aprobados, P8_TA(2019)0000.
Última actualización: 19 de marzo de 2019
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