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Reglamento interno del Parlamento Europeo
8ª legislatura - Abril 2015
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ÍNDICE
ÍNDICE ANALÍTICO
NOTA A LOS LECTORES

TÍTULO II  : DE LA LEGISLACIÓN, PRESUPUESTO Y OTROS PROCEDIMIENTOS
CAPÍTULO 1  : DE LOS PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 43  : Información y acceso del Parlamento a los documentos

1.    A lo largo del procedimiento legislativo, el Parlamento y sus comisiones podrán pedir que se les facilite el acceso a todos los documentos relacionados con las propuestas de actos legislativos en igualdad de condiciones con el Consejo y con los grupos de trabajo de éste.

2.    Durante el examen de una propuesta de acto legislativo, la comisión competente pedirá a la Comisión y al Consejo que la mantengan informada del estado en que se encuentra la mencionada propuesta en el Consejo y en sus grupos de trabajo, en particular de cualquier posibilidad de compromiso que introduzca modificaciones sustanciales en la propuesta de acto legislativo inicial, o bien de la intención del autor de retirar su propuesta.

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