TÍTULO
V
: DE LAS RELACIONES CON LAS DEMÁS INSTITUCIONES Y ÓRGANOS
CAPÍTULO
2
: DE LAS DECLARACIONES
Artículo
127
: Recomendación sobre las orientaciones generales de las políticas económicas
1.
La recomendación de la Comisión relativa a las orientaciones generales de las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión se someterá a la comisión competente, que presentará un informe al Pleno.
2.
Se invitará al Consejo a informar al Parlamento acerca del contenido de su recomendación así como de los puntos de vista del Consejo Europeo.