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Reglamento interno del Parlamento Europeo
8ª legislatura - julio 2016
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ÍNDICE
ÍNDICE ANALÍTICO
NOTA A LOS LECTORES

TÍTULO II  : DE LA LEGISLACIÓN, PRESUPUESTO Y OTROS PROCEDIMIENTOS
CAPÍTULO 3  : DE LA PRIMERA LECTURA
Fase de examen en comisión

Artículo 57  : Modificación de una propuesta de acto legislativo

1.    Si la Comisión informa al Parlamento de su intención de modificar su propuesta o si la comisión competente tiene conocimiento de dicha intención por otros conductos, la comisión competente para el fondo aplazará el examen del asunto hasta que haya recibido la nueva propuesta o las modificaciones de la Comisión.

2.    Si el Consejo modifica sustancialmente la propuesta de acto legislativo, se aplicará el artículo 63.

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