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Reglamento interno del Parlamento Europeo
8ª legislatura - julio 2016
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ÍNDICE
ÍNDICE ANALÍTICO
NOTA A LOS LECTORES

TÍTULO V  : DE LAS RELACIONES CON LAS DEMÁS INSTITUCIONES Y ÓRGANOS
CAPÍTULO 2  : DE LAS DECLARACIONES

Artículo 124  : Explicación de las decisiones de la Comisión

Previa consulta a la Conferencia de Presidentes, el Presidente del Parlamento podrá invitar al Presidente de la Comisión, al miembro de la Comisión responsable para las relaciones con el Parlamento o, previo acuerdo, a otro miembro de la Comisión, a realizar una declaración ante el Parlamento después de cada una de las reuniones de la Comisión, en la que explicará las principales decisiones adoptadas. Dicha declaración irá seguida de un debate de una duración mínima de treinta minutos, durante el cual los diputados podrán formular preguntas breves y precisas.

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