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Reglamento interno del Parlamento Europeo
8ª legislatura - Septiembre 2016
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ÍNDICE
ÍNDICE ANALÍTICO
NOTA A LOS LECTORES

TÍTULO II  : DE LA LEGISLACIÓN, PRESUPUESTO Y OTROS PROCEDIMIENTOS
CAPÍTULO 11  : DE LOS OTROS PROCEDIMIENTOS

Artículo 102  : Procedimientos de examen de los acuerdos voluntarios

1.    Cuando la Comisión informe al Parlamento de su intención de examinar la posibilidad de recurrir a acuerdos voluntarios como alternativa a la legislación, la comisión competente podrá elaborar un informe sobre el asunto de que se trate, de conformidad con el artículo 52.

2.    Cuando la Comisión anuncie su intención de celebrar un acuerdo voluntario, la comisión competente podrá presentar una propuesta de resolución en la que recomiende la aprobación o el rechazo de la propuesta, estableciendo las condiciones para ello.

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