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Reglamento interno del Parlamento Europeo
8ª legislatura - Septiembre 2016
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ÍNDICE
ÍNDICE ANALÍTICO
NOTA A LOS LECTORES

TÍTULO VII  : DE LOS PERÍODOS DE SESIONES
CAPÍTULO 6  : DE LAS CUESTIONES DE ORDEN

Artículo 187  : Cuestión de no ha lugar a deliberar

1.    Al abrirse el debate sobre un punto del orden del día, se podrá presentar una solicitud cuyo objeto sea rechazar el debate sobre este punto por razón de inadmisibilidad. Se procederá de inmediato a votar esta solicitud.

La intención de presentar tal solicitud se notificará al Presidente con veinticuatro horas de antelación como mínimo, y éste informará inmediatamente al Parlamento.

2.    Si se aprueba la solicitud, se pasará inmediatamente al punto siguiente del orden del día.

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