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Reglamento interno del Parlamento Europeo
8ª legislatura - Enero 2017
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ÍNDICE
ÍNDICE ANALÍTICO
NOTA A LOS LECTORES

TÍTULO I  :  DE LOS DIPUTADOS, LOS ÓRGANOS DEL PARLAMENTO Y LOS GRUPOS POLÍTICOS
CAPÍTULO  2  : DE LOS CARGOS DEL PARLAMENTO

Artículo  19  : Duración del mandato de los cargos

1.    La duración del mandato del presidente, de los vicepresidentes y de los cuestores será de dos años y medio.

Cuando los diputados cambien de grupo político, conservarán, si los tuvieran, sus cargos en la Mesa o como cuestores durante el resto de sus mandatos de dos años y medio.

2.    Si se produjera una vacante para cualquiera de estos cargos antes de la finalización de dicho mandato, el diputado elegido solo desempeñará sus funciones por el tiempo que restase de mandato a su predecesor.

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