ANEXO V : COMPETENCIAS DE LAS COMISIONES PARLAMENTARIAS PERMANENTES(1)
XIV. Comisión de Pesca
Comisión competente para:
1. el funcionamiento y el desarrollo de la política pesquera común y su gestión;
2. la conservación de los recursos pesqueros, la gestión de las pesquerías y de las flotas que explotan dichos recursos, así como la investigación marina y la investigación pesquera aplicada;
3. la organización común del mercado de los productos pesqueros y de acuicultura y su transformación y comercialización;
4. la política estructural en los sectores de la pesca y de la acuicultura, incluidos los instrumentos financieros y los fondos de orientación de la pesca en apoyo de estos sectores;
5. la política marítima integrada relativa a las actividades pesqueras;
6. los acuerdos de asociación en materia de pesca sostenible, las organizaciones regionales de pesca y el respeto de las obligaciones internacionales en el sector de la pesca.