Anterior 
 Siguiente 
Reglamento interno del Parlamento Europeo
8ª legislatura - Marzo 2019
EPUB 154kPDF 1040k
ÍNDICE
APÉNDICE
NOTA A LOS LECTORES
COMPENDIO DE LOS ACTOS JURÍDICOS PRINCIPALES RELACIONADOS CON EL REGLAMENTO INTERNO DEL PARLAMENTO

TÍTULO II : DE LOS PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVO, PRESUPUESTARIO, DE APROBACIÓN DE LA GESTIÓN Y OTROS
CAPÍTULO 3 : DEL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO ORDINARIO
SECCIÓN 4 - DE LA CONCILIACIÓN Y LA TERCERA LECTURA

Artículo 70 : Convocatoria del Comité de Conciliación

Si el Consejo comunica al Parlamento que no está en condiciones de aprobar todas las enmiendas del Parlamento a la posición del Consejo, el presidente del Parlamento acordará, junto con el Consejo, la fecha y el lugar de una primera reunión del Comité de Conciliación. El plazo de seis semanas, o de ocho semanas en caso de ampliarse, previsto en el artículo 294, apartado 10, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, comenzará a correr a partir del día en que se reúna por primera vez el Comité de Conciliación.

Última actualización: 13 de mayo de 2019Aviso jurídico - Política de privacidad