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Textos aprobados
Jueves 14 de abril de 2016 - Estrasburgo
Decisión de no presentar objeciones a un acto delegado: normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión
 Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ***II
 Protección de datos personales para fines de prevención de la delincuencia ***II
 Utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (UE-PNR)) ***I
 Pakistán, en particular el ataque en Lahore
 Honduras: situación de los defensores de los derechos humanos
 Nigeria
 Protección de los secretos comerciales contra su obtención, utilización y divulgación ilícitas ***I
 Estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento para el ejercicio 2017
 Informe de 2015 sobre Turquía
 Informe de 2015 sobre Albania
 Informe de 2015 sobre Bosnia y Herzegovina
 Consecución del objetivo de lucha contra la pobreza a la luz del aumento de los gastos de las familias
 Sector privado y desarrollo

Decisión de no presentar objeciones a un acto delegado: normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión
PDF 245kWORD 66k
Decisión del Parlamento Europeo de no presentar objeciones al Reglamento Delegado de la Comisión, de 5 de abril de 2016, que corrige el Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión (C(2016)01934 – 2016/2639(DEA))
P8_TA(2016)0124B8-0452/2016

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Reglamento Delegado de la Comisión (C(2016)01934),

–  Vista la carta de la Comisión, de 11 de marzo de 2016, por la que se le solicita que declare que no presentará objeciones al Reglamento Delegado,

–  Vista la carta de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor al presidente de la Conferencia de Presidentes de Comisión de 7 de abril de 2016,

–  Visto el artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (UE) n.° 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión(1), y en particular su artículo 160 y su artículo 284, apartado 5,

–  Vista la recomendación de Decisión de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor,

–  Visto el artículo 105, apartado 6, de su Reglamento,

–  Visto que no se han presentado objeciones en el plazo señalado en el artículo 105, apartado 6, tercer y cuarto guion, de su Reglamento, que expiró el 13 de abril de 2016,

A.  Considerando que, tras la publicación del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446(2)de la Comisión, se detectaron dos errores;

B.  Considerando que el primer error se refiere a la presunción de una declaración aduanera contemplada en el artículo 139 del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 para algunos tipos de mercancías a los que se hace referencia en el artículo 136, apartado 1, de dicho Reglamento Delegado; que el orden de las mercancías enumeradas en el artículo 136 del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 se ha modificado durante la revisión final de dicho Reglamento Delegado previa a su adopción, pero que, por error, no se actualizaron las referencias a dichas mercancías en el artículo 139 de dicho Reglamento Delegado, por lo que las referencias señaladas deben corregirse;

C.  Considerando que el segundo error afecta al artículo 141, apartado 1, del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446; que el artículo 233, apartado 1, letra b), del Reglamento (CEE) n.° 2454/93(3), actualmente aplicable, que prevé la posibilidad, en un número de casos limitados y muy específicos, de considerar el cruce de la frontera como una declaración de importación, exportación o reexportación temporal, no se incluyó, por error, en el Reglamento Delegado (UE) 2015/2446, y que, en consecuencia, no hay posibilidad de declarar determinadas mercancías por el mero hecho de cruzar la frontera del territorio aduanero de la Unión; que, por lo tanto, el artículo 141, apartado 1, del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 debe corregirse;

D.  Considerando que esos dos errores van a afectar a los flujos comerciales y tener un efecto muy negativo en las autoridades y los comerciantes si no se corrigen antes del 1 de mayo de 2016, cuando sean aplicables las disposiciones pertinentes del Reglamento (UE) n.° 952/2013;

E.  Considerando que el Reglamento Delegado solo puede entrar en vigor al final del período de control por el Parlamento y el Consejo en caso de que ni el Parlamento ni el Consejo formulen objeciones o si, antes del vencimiento de dicho plazo, ambos informan a la Comisión de que no las formularán; que, de conformidad con el artículo 284, apartado 5, del Reglamento (UE) n.° 952/2013, el período de control se ha fijado en dos meses a partir de la fecha de notificación –es decir, hasta el 5 de junio de 2016– y puede prorrogarse por otro período de dos meses;

F.  Considerando, sin embargo, que el 11 de marzo de 2016 y por razones de urgencia, la Comisión solicitó al Parlamento una confirmación rápida del Reglamento Delegado antes del 1 de mayo de 2016;

1.  Declara que no presentará objeciones al Reglamento Delegado;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al Consejo y a la Comisión.

(1) DO L 269 de 10.10.2013, p. 1.
(2) Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión (DO L 343 de 29.12.2015, p. 1).
(3) Reglamento (CEE) n.° 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n.° 2913/92 del Consejo por el que se establece el Código Aduanero Comunitario (DO L 253 de 11.10.1993, p. 1).


Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ***II
PDF 247kWORD 61k
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (05419/1/2016 – C8-0140/2016 – 2012/0011(COD))
P8_TA(2016)0125A8-0139/2016

(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Posición del Consejo en primera lectura (05419/1/2016 – C8‑0140/2016),

–  Vistos los dictámenes motivados presentados por la Cámara de Representantes belga, el Bundesrat alemán, el Senado francés, la Cámara de Diputados italiana y el Parlamento sueco, de conformidad con lo dispuesto en el Protocolo n.º 2 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, en los que se afirma que el proyecto de acto legislativo no respeta el principio de subsidiariedad,

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 23 de mayo de 2012(1),

–  Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 10 de octubre de 2012(2),

–  Vistos los dictámentes del Supervisor Europeo de Protección de Datos, de 7 de marzo de 2012(3) y 19 de noviembre de 2015(4),

–  Visto el dictamen de la Comisión (COM(2016)0214),

–  Vista su Posición en primera lectura(5) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2012)0011),

–  Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 76 de su Reglamento,

–  Vista la Recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0139/2016),

1.  Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;

2.  Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición del Consejo;

3.  Encarga a su Presidente que firme el acto, conjuntamente con el Presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

4.  Encarga a su Secretario General que firme el acto, tras haber comprobado que se han concluido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

5.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) DO C 229 de 31.7.2012, p. 90.
(2) DO C 391 de 18.12.2012, p. 127.
(3) DO C 192 de 30.6.2012, p. 7.
(4) DO C 67 de 20.2.2016, p. 13.
(5) Textos Aprobados de 12.3.2014, P8_TA(2014)0212.


Protección de datos personales para fines de prevención de la delincuencia ***II
PDF 248kWORD 61k
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, respecto de la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo (05418/1/2016 – C8-0139/2016 – 2012/0010(COD))
P8_TA(2016)0126A8-0138/2016
CORRECCIONES DE ERRORES

(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Posición del Consejo en primera lectura (05418/1/2016 – C8‑0139/2016),

–  Vistos los dictámenes motivados presentados por el Bundesrat alemán y el Parlamento sueco, de conformidad con lo dispuesto en el Protocolo n.º 2 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, en los que se afirma que el proyecto de acto legislativo no respeta el principio de subsidiariedad,

–  Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 10 de octubre de 2012(1),

–  Vistos los dictámenes del Supervisor Europeo de Protección de Datos de 7 de marzo de 2012(2) y 19 de noviembre de 2015(3),

–  Visto el dictamen de la Comisión (COM(2016)0213),

–  Vista su Posición en primera lectura(4) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2012)0010),

–  Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 76 de su Reglamento,

–  Vista la Recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0138/2016),

1.  Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura;

2.  Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la Posición del Consejo;

3.  Encarga a su Presidente que firme el acto, conjuntamente con el Presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

4.  Encarga a su Secretario General que firme el acto, tras haber comprobado que se han concluido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

5.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) DO C 391 de 18.12.2012, p. 127.
(2) DO C 192 de 30.6.2012, p. 7.
(3) DO C 67 de 20.2.2016, p. 13.
(4) Textos Aprobados de 12.3.2014, P8_TA(2014)0219.


Utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (UE-PNR)) ***I
PDF 248kWORD 99k
Resolución
Texto
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de la delincuencia grave (COM(2011)0032 – C7-0039/2011 – 2011/0023(COD))
P8_TA(2016)0127A8-0248/2015

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2011)0032),

–  Vistos el artículo 294, apartado 2, el artículo 82, apartado 1, párrafo 2, letra d), y el artículo 87, apartado 2, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7‑0039/2011),

–  Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vistas las contribuciones presentadas por el Parlamento búlgaro, el Senado checo, el Bundesrat alemán, el Senado italiano, el Senado neerlandés, el Consejo Nacional austríaco, el Parlamento portugués y el Senado rumano sobre el proyecto de acto legislativo;

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 5 de mayo de 2011(1),

–  Visto el dictamen del Supervisor Europeo de Protección de Datos, de 25 de marzo de 2011(2),

–  Vista la sentencia del Tribunal de Justicia de 8 de abril de 2014 en los asuntos acumulados C-293/12 Digital Rights Ireland y C-594/12 Seitlinger y otros(3),

–  Vista la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos(4),

–  Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 7 de diciembre de 2015, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vistos los artículos 59 y 188 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Transportes y Turismo (A7-0150/2013),

–  Vista la Decisión de la Conferencia de Presidentes, de 18 de septiembre de 2014, relativa a los asuntos pendientes de la séptima legislatura,

–  Vistos el segundo informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Transportes y Turismo (A8-0248/2015),

1.  Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

2.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 14 de abril de 2016 con vistas a la adopción de la Directiva (UE) 2016/... del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de la delincuencia grave

P8_TC1-COD(2011)0023


(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, la Directiva (UE) 2016/681.)

(1) DO C 218 de 23.7.2011, p. 107.
(2) DO C 181 de 22.6.2011, p. 24.
(3) Sentencia del Tribunal de Justicia de 8 de abril de 2014, Digital Rights Ireland y Seitlinger y otros, asuntos acumulados C-293/12 y C-594/12, ECLI:EU:C:2014:238.
(4) DO L 281 de 23.11.1995, p. 31.


Pakistán, en particular el ataque en Lahore
PDF 179kWORD 75k
Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre Pakistán, en particular el ataque en Lahore (2016/2644(RSP))
P8_TA(2016)0128RC-B8-0466/2016

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Pakistán,

–  Vista la declaración de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Federica Mogherini, de 27 de marzo de 2016, sobre el ataque en Lahore (Pakistán),

–  Vista la declaración del representante especial de la Unión Europea para los Derechos Humanos, Stavros Lambrinidis, de 29 de octubre de 2014,

–  Vistas las declaraciones del Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, de 27 de marzo de 2016, sobre el atentado con bomba en Pakistán, y de 21 de enero de 2016, sobre el ataque a la Universidad Bacha Khan,

–  Vista la declaración del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 28 de marzo de 2016, sobre el ataque en Lahore (Pakistán),

–  Vistos los informes del relator especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de religión o de creencias,

–  Visto el informe de la relatora especial de las Naciones Unidas sobre cuestiones de las minorías, Rita Izsák-Ndiaye, de 5 de enero de 2015, titulado «Discurso de odio e incitación al odio contra las minorías en los medios de comunicación»,

–  Vista la declaración de la ganadora del Premio Nobel de la Paz y del Premio Sájarov, Malala Yousafzai, de 27 de marzo de 2016,

–  Vistos el informe de la relatora especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados, Gabriela Knaul, de 4 de abril de 2013, y el informe del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, de 26 de febrero de 2013, sobre su misión en Pakistán;

–  Visto el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

–  Vistos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,

–  Vistas las Directrices de la UE sobre la pena de muerte, revisadas el 12 de abril de 2013,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo sobre Pakistán, de 20 de julio de 2015,

–  Visto el Plan de compromiso quinquenal UE-Pakistán, de marzo de 2012, que incluye entre sus prioridades la buena gobernanza y el diálogo sobre derechos humanos, así como el estrechamente relacionado segundo diálogo estratégico UE-Pakistán, de 25 de marzo de 2014,

–  Vistas las Orientaciones de la UE sobre el fomento y la protección de la libertad de religión o creencias,

–  Vista su Resolución, de 17 de diciembre de 2015, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2014) y la política de la Unión Europea al respecto(1),

–  Vistos el artículo 135, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, de su Reglamento,

A.  Considerando que, el 27 de marzo de 2016, un atentado suicida con bomba en un parque infantil del parque Gulshan-e-Iqbal de Lahore acabó con la vida de más de setenta y tres personas y provocó heridas a más de trescientas, y que entre las víctimas había gran cantidad de mujeres y niños; que el grupo terrorista islamista Yamat-ul-Ahrar ha reivindicado el atentado afirmando que el hecho de haber atacado cristianos era intencionado; y que, no obstante, la mayoría de las víctimas mortales y los heridos eran musulmanes, y todos ellos eran pakistaníes;

B.  Considerando que, en el momento del atentado, se estaban produciendo manifestaciones violentas en Islamabad de seguidores de Mumtaz Qadri, asesino convicto del gobernador Salman Taseer, para exigir la ejecución de Asia Bibi, una mujer acusada de blasfemia y condenada a la pena capital que había recibido el apoyo del gobernador Taseer; que, tras el ahorcamiento de Qadri, decenas de miles de personas asistieron a su funeral y lo exaltaron dándole trato de héroe, y se difundieron fotos por los medios sociales; y que el juez que inicialmente declaró culpable a Qadri tuvo que huir del país por las amenazas de muerte recibidas;

C.  Considerando que hay grupos extremistas a los que se les permite expandir su ideología y llevar a cabo sus actividades sin traba alguna, como puede ser el caso de determinados sindicatos universitarios de estudiantes o de la asociación de abogados Khatm-e-Nubuwwat Lawyers’ Forum, que al parecer ha impulsado el aumento de las acusaciones de blasfemia en los tribunales pakistaníes y se opone a cualquier intento por parte del poder legislativo de reformar la normativa en cuestión;

D.  Considerando que los cristianos y otras minorías se enfrentan no solo al acoso de los extremistas, sino también a la discriminación jurídica, en particular a la derivada de las leyes sobre la blasfemia de Pakistán, que son discriminatorias y generalmente utilizadas de manera torticera con fines personales y políticos; y que los propios musulmanes siguen enfrentándose a acusaciones en virtud de estas leyes;

E.  Considerando que el terrorismo y el islamismo radical llevan años azotando al pueblo pakistaní, en particular a las minorías religiosas, las mujeres y los niños; y que, desde que el 15 de enero de 2015 el Parlamento aprobó su última Resolución sobre Pakistán(2), se han producido decenas de ataques violentos, no únicamente terroristas, dirigidos contra las minorías religiosas, todo ello con el telón de fondo de una legislación discriminatoria y una observancia de las leyes insuficiente;

F.  Considerando que en Pakistán hay varios grupos terroristas cuyo objetivo son las minorías religiosas, ya sean ahmadíes, cristianos, chiíes, hindúes, o suníes de distintas sensibilidades; y que, en su informe anual de 2015, la Comisión de Derechos Humanos de Pakistán señaló que estos actos quedaban en su mayoría impunes;

G.  Considerando que se afirma que grupos terroristas siguen utilizando niños suicidas en atentados con bombas; y que el Gobierno no ha promulgado la legislación relativa al establecimiento de la Comisión Nacional sobre los Derechos del Niño, organismo independiente para la protección de los derechos del niño y la garantía de su observancia;

H.  Considerando que, tras la matanza perpetrada por insurgentes talibanes en una escuela en diciembre de 2014, el Gobierno de Pakistán restableció la pena de muerte tras una moratoria de seis años, en un primer momento, solo por actividades terroristas, y posteriormente por todos los delitos capitales; y que a finales de 2015 ascendía a 326 el número de personas ejecutadas en Pakistán, el doble del máximo registrado hasta entonces y el tercero mayor del mundo;

I.  Considerando que los combates entre el ejército pakistaní y grupos armados no estatales han causado más de un millón de desplazados internos;

J.  Considerando que las mujeres de las minorías religiosas de Pakistán son víctima de secuestros, forzadas al matrimonio y forzadas a convertirse al islam, y que las autoridades policiales y civiles ignoran en gran medida este fenómeno;

K.  Considerando que Pakistán desempeña un papel importante en la promoción de la estabilidad en Asia meridional, por lo que tendría que dar ejemplo consolidando el Estado de Derecho y protegiendo los derechos humanos;

L.  Considerando que la Unión sigue firme en su propósito de proseguir su diálogo y su compromiso con Pakistán en el marco del Plan de compromiso quinquenal;

1.  Expresa su profunda consternación ante el atentado perpetrado el 27 de marzo de 2016 en Lahore y condena enérgicamente estos actos de violencia sin sentido contra tanta gente inocente;

2.  Expresa su más profunda simpatía y transmite su más sentido pésame a las familias de las víctimas, y manifiesta su solidaridad con el pueblo y el Gobierno de Pakistán;

3.  Insiste en la imperiosa necesidad de llevar a los autores del atentado de Lahore ante la justicia; pide a las autoridades pakistaníes, en particular a las autoridades locales y provinciales, que velen por que estos actos sean investigados y perseguidos efectivamente;

4.  Expresa su profunda preocupación ante las graves violaciones sistémicas de la libertad de religión y creencias en Pakistán; destaca la importancia de que sean respetados los derechos fundamentales de todas las minorías religiosas y étnicas de Pakistán, de manera que puedan seguir viviendo dignamente, en igualdad de condiciones y con seguridad y practicar su religión con total libertad y sin sufrir ningún tipo de coacción, discriminación, intimidación o acoso, de conformidad con los principios fundacionales de Pakistán;

5.  Acoge con satisfacción las iniciativas reformistas del Gobierno, como el proyecto de ley de ilegalización del matrimonio infantil, y la Ley de protección de las mujeres contra la violencia y el acoso, el desbloqueo de YouTube, la decisión por la que se declaran Holi, Diwali y Pascua festivos para las minorías religiosas, y la iniciativa personal del presidente Nawal Sharif de asistir a un acto religioso hindú; insta al Gobierno a que redoble sus esfuerzos por crear un clima social favorable a las minorías y a la diversidad de pensamiento; recuerda, en este contexto, el Plan de Acción Nacional, las reformas prometidas y urgentemente necesarias de las madrasas, en particular la actuación gubernamental contra la incitación al odio, y la reforma de los cuerpos policiales y el poder judicial, aún pendiente; señala que en el futuro deben tomarse medidas más ambiciosas, en particular en el ámbito de la educación (excluyendo sesgos negativos y prejuicios de programas escolares y libros de texto) y el enjuiciamiento de quienes inciten a la violencia;

6.  Encomia el compromiso del Gobierno de Pakistán de hacer frente a la amenaza que plantea el extremismo religioso; exhorta al diálogo permanente entre la Unión y los Estados miembros, por un lado, y Pakistán, por otro, con miras a garantizar y promover los derechos humanos, en particular en relación con los esfuerzos antiterroristas y mediante la aplicación de la legislación en materia de seguridad;

7.  Opina que, si bien la operación militar anunciada en el Punyab es de importancia crucial en la lucha contra el terrorismo, es igualmente importante la victoria en la guerra ideológica contra el extremismo que garantizará un futuro de tolerancia y progresismo para Pakistán;

8.  Pide a las autoridades pakistaníes que atajen la exclusión social y económica, incluida la de la gran mayoría de los cristianos y los miembros de otras minorías religiosas, que viven una existencia precaria;

9.  Expresa su preocupación ante el recurso continuado a las leyes contra la blasfemia en Pakistán, y cree que está agudizando el clima de intolerancia religiosa; pide, por consiguiente, al Gobierno de Pakistán que revise estas leyes y su aplicación; pide a las autoridades que garanticen que se haga justicia debidamente y con rapidez en todos los asuntos de blasfemia; señala en particular el caso de Asia Bibi, y exhorta al Tribunal Supremo a que adopte una decisión al respecto;

10.  Pide a las autoridades pakistaníes que velen por la independencia de los tribunales, el Estado de Derecho y el respeto de las garantías procesales, con arreglo a las normas internacionales relativas a los procedimientos judiciales; pide asimismo a las autoridades pakistaníes que proporcionen una protección suficiente a todos los interesados en asuntos de blasfemia, en particular a la profesión jurídica del país, y que protejan a acusados, testigos, sus familias y sus comunidades de las masas violentas, así como a quienes han sido absueltos pero no pueden volver a sus casas; pide al Gobierno de Pakistán que vele por que las víctimas que son el objetivo de violencia y persecuciones indiscriminadas dispongan de recursos judiciales adecuados y de otras vías de recurso aplicables en virtud del Derecho internacional en materia de derechos humanos;

11.  Recuerda su oposición constante a la pena de muerte en cualquier circunstancia; toma nota con grave preocupación del dramático aumento del recurso a la pena de muerte en Pakistán, incluso contra delincuentes menores de edad, lo que es extremadamente deplorable, y pide que se restablezca la moratoria impuesta a la pena capital con miras a su abolición en Pakistán;

12.  Hace hincapié en que, al combatir el terrorismo y el extremismo religioso, es de importancia crucial abordar sus causas profundas remediando la pobreza, velando por la tolerancia religiosa y la libertad de creencias y garantizando el derecho a la educación y el acceso a la misma a todos los niños, en particular a las niñas;

13.  Pide al Gobierno de Pakistán que curse una invitación abierta a los relatores especiales de las Naciones Unidas, en particular al Relator Especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo, al Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y al Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias, para que apoyen en lo posible la labor de la Comisión Nacional de Derechos Humanos;

14.  Pide al Gobierno de Pakistán que tome las medidas necesarias para garantizar una protección adecuada de los centros de enseñanza, los lugares de esparcimiento y los puntos de reunión de las comunidades minoritarias en zonas caracterizadas por la inseguridad y los conflictos, y que reduzca al mínimo el riesgo de que se repitan violaciones de los derechos humanos y abusos de este tipo;

15.  Exhorta a todos los agentes de la región a que mejoren significativamente la cooperación contra el terrorismo; reitera la importancia de un compromiso internacional incondicional de lucha contra el terrorismo, lo que incluye desmantelar todas las formas de apoyo financiero a redes terroristas y contrarrestar el adoctrinamiento ideológico que alimenta el extremismo y el terrorismo;

16.  Acoge con satisfacción la ratificación por Pakistán de la Convención sobre los Derechos del Niño y aplaude las medidas tomadas por las autoridades pakistaníes en relación con los derechos del niño; pide a Pakistán que ratifique el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados y que establezca la Comisión Nacional sobre los Derechos del Niño;

17.  Pide a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante Federica Mogherini, al Servicio Europeo de Acción Exterior y al Consejo que colaboren plenamente con el Gobierno de Pakistán para hacer frente a la amenaza que plantea el terrorismo y que sigan asistiendo al Gobierno y al pueblo de Pakistán en sus esfuerzos por erradicar el terrorismo; pide a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante Federica Mogherini que le mantenga informado regularmente de los progresos registrados en estos esfuerzos bilaterales;

18.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Representante Especial de la Unión Europea para los Derechos Humanos, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, a la Presidencia del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y al Gobierno y el Parlamento de Pakistán.

(1) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0470.
(2) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0007.


Honduras: situación de los defensores de los derechos humanos
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Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre la situación de los defensores de los derechos humanos en Honduras (2016/2648(RSP))
P8_TA(2016)0129RC-B8-0469/2016

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las Directrices de la Unión sobre los defensores de los derechos humanos así como las Directrices de la Unión para promover y proteger el disfrute de todos los derechos humanos por parte de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI),

–  Vista su Resolución, de 11 de diciembre de 2012, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por un lado, y Centroamérica, por otro(1),

–  Visto el informe final de la misión de observación electoral de la Unión sobre las elecciones generales celebradas en Honduras en 2013 y su misión de seguimiento de 2015 en relación con la impunidad,

–  Visto el Plan de Acción de la UE para la Derechos Humanos y la Democracia (2015-2019),

–  Vistas las recomendaciones recogidas en el Examen Periódico Universal de las Naciones Unidas sobre Honduras, de 8 de mayo de 2015,

–  Visto el informe del relator especial de las Naciones Unidas sobre las amenazas globales a las que se enfrentan los defensores de los derechos humanos, y sobre la situación de las defensoras de los derechos humanos,

–  Vista la declaración del relator especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos en Honduras realizada el 18 de marzo de 2016 en Ginebra,

–  Visto el artículo 25 del Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, relativo al mecanismo de medidas cautelares,

–  Visto el Convenio de 1989 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales (Convenio 169 de la OIT),

–  Vista la declaración de los jefes de misión de la Unión de 17 de febrero de 2016 sobre la difícil situación a la que se enfrenta la comunidad LGBTI en Honduras,

–  Vistas las declaraciones de las autoridades de la Unión, incluida la de la delegación de la Unión en Tegucigalpa de 3 de marzo de 2016 y la del portavoz de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad de 16 de marzo de 2016,

–  Vistos la cláusula en materia de derechos humanos del Acuerdo de Asociación UE-Centroamérica y el Acuerdo de colaboración y cooperación UE-Centroamérica, en vigor desde 2013,

–  Vistos el artículo 135, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, de su Reglamento,

A.  Considerando que, según varios informes de las Naciones Unidas sobre los defensores de los derechos humanos, activistas mediombientalistas, defensores de los derechos de los pueblos indígenas, periodistas, profesionales de la Justicia, sindicalistas, campesinos, activistas de los derechos de la mujer y de las personas LGBTI, entre otros activistas, continúan siendo objeto en Honduras de abusos, violencia, detenciones arbitrarias, amenazas y homicidios;

B.  Considerando que el Gobierno de Honduras ha contraído compromisos positivos y ejercido su iniciativa legislativa en materia de protección de los defensores de los derechos humanos, periodistas y profesionales de la Justicia, entre los que figura la apertura de una Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la disponibilidad de las autoridades nacionales para permitir misiones de control de los derechos humanos de carácter internacional, y la aprobación de la Ley de 2015 relativa a la protección de los defensores de los derechos humanos;

C.  Considerando que, a pesar de lo expuesto anteriormente, Honduras es en la actualidad uno de los países más peligrosos de la región para los defensores de los derechos humanos; y que Honduras es uno de los países más violentos del mundo para los activistas medioambientalistas, ya que entre 2010 y 2015 fueron asesinados por lo menos 109 de ellos;

D.  Considerando que, de conformidad con la información disponible Berta Cáceres, destacada experta en cuestiones de medio ambiente, defensora de los derechos de los pueblos indígenas y fundadora del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH), fue asesinada el 3 de marzo de 2016 en su domicilio por hombres no identificados; y que su muerte generó una ola de indignación a escala internacional y preocupación en la opinión pública en relación con los defensores de los derechos de los pueblos indígenas, del medio ambiente y del derecho de propiedad de la tierra en Honduras;

E.  Considerando que el 16 de marzo de 2016, apenas dos semanas más tarde, fue asesinado Nelson García, otro miembro del COPINH; y que la rápida intervención de las autoridades de Honduras condujo a la detención de su supuesto asesino;

F.  Considerando que Gustavo Castro Soto, ciudadano mexicano, único testigo del asesinato de la Sra. Cáceres, que fue herido de bala, no pudo abandonar el país durante casi un mes por razones ligadas a la investigación; y que el 6 de abril de 2016 fue autorizado a abandonarlo el país;

G.  Considerando que el Gobierno de Honduras condenó rápidamente este crimen abominable, confirió a la investigación sobre el asesinato de la Sra. Cáceres carácter prioritario a escala nacional, e informó a la opinión pública sobre los avances realizados; y que el Gobierno ha solicitado oficialmente la cooperación de la Organización de Estados Americanos (OEA) en relación con la investigación de este asesinato;

H.  Considerando que Berta Cáceres, que vivía bajo una amenaza permanente, se beneficiaba de medidas cautelares adoptadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que, según informaciones difundidas, Honduras no aplicaba adecuadamente; y que la Sra. Cáceres es uno de los 15 defensores de los derechos humanos que han perdido la vida entre 2010 y 2016 en Honduras a pesar de beneficiarse de medidas cautelares;

I.  Considerando que estos asesinatos registrados recientemente deben examinarse en el contexto de la resistencia pacífica que realizan desde hace una década el COPINH y otros activistas contra la presa hidroeléctrica de Agua Zarca, en el río Gualcarque, un proyecto de dimensiones faraónicas que depende en gran medida de la tecnología y de los inversores europeos que, al parecer, se está construyendo sin haber realizado previamente una consulta libre y después de haber informado a las comunidades indígenas con vistas a la obtención de su consentimiento, tal como exige el Convenio 169 de la OIT; y que el banco neerlandés de desarrollo, el FMO, y Finnfund han suspendido los pagos en favor del proyecto de la presa de Agua Zarca, del que Berta Cáceres era una destacada opositora;

J.  Considerando que el asesinato de Paola Barraza el 24 de enero de 2016, defensora de los derechos de las personas LGBTI, mujer transexual y miembro de la Asociación Arcoiris, pone de relieve el creciente peligro al que se enfrenta la comunidad LGBTI en Honduras; que su asesinato es el último de una serie de muertes violentas de miembros activos de las organizaciones de defensa de los derechos humanos de las personas LGBTI en los últimos 11 meses, entre las que figuran los asesinatos de Angy Ferreira, Violeta Rivas, Gloria Carolina Hernández Vásquez (también conocida como Génesis Hernández), Jorge Alberto Castillo, Estefanía Zuniga, Henry Matamoros y Josselin Janet Aceituno Suazo; que se han recibido informaciones en el sentido de que desde 1994 han sido asesinadas en Honduras 235 personas LGBTI y que solamente son 48 los casos que se han puesto en manos de los tribunales; y que el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos ha denunciado que el 92 % de los delitos no han sido investigados correctamente, por lo que siguen sin resolverse;

K.  Considerando que el relator especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Michel Frost, declaró el 18 de marzo de 2016 que este ciclo de violencia solo se detendrá cuando se aborde la impunidad y los autores de estos ataques sean puestos a disposición judicial, e hizo hincapié en la necesidad de que las autoridades hondureñas adopten medidas concretas con carácter inmediato para velar por la seguridad de los defensores de los derechos humanos y de sus familiares en el país;

L.  Considerando que Honduras se encuentra en fase de reforma de su código penal, que debería basarse en los convenios internacionales y convertirse en un instrumento importante para garantizar los derechos de los grupos vulnerables;

M.  Considerando que la Unión y sus Estados miembros apoyan el fortalecimiento del sector judicial y de los derechos humanos mediante diversos programas y proyectos de cooperación, en particular el Programa de apoyo a los derechos humanos en Honduras (PADH) y Eurojusticia;

N.  Considerando que varios Estados miembros de la Unión todavía no han ratificado el Acuerdo de Asociación UE-Centroamérica, por lo que el «diálogo político» no ha entrado en vigor; y que el respeto de la democracia, el Estado de Derecho y los derechos humanos, civiles y políticos de los pueblos de las dos regiones son elementos fundamentales del Acuerdo de Asociación UE-Centroamérica;

1.  Condena en los términos más enérgicos el reciente asesinato de Berta Cáceres, Nelson García y Paola Barraza, así como cada uno de los asesinatos registrados anteriormente de otros defensores de los derechos humanos en Honduras, y transmite su más sentido pésame a las familias y amigos de todos estos defensores de los derechos humanos;

2.  Rinde homenaje a la Sra. Cáceres, activista medioambiental hondureña y dirigente indígena del pueblo lenca, cofundadora y coordinadora del COPINH, quien dedicó su vida a la lucha por una sociedad más democrática en su país; pone de relieve que su asesinato es un caso emblemático en un país en el que se registra un número extremadamente elevado de homicidios y una impunidad generalizada;

3.  Expresa su profunda preocupación por que, a pesar de las medidas cautelares dictadas por la CIDH, las autoridades de Honduras no brindaron a la Sra. Cáceres protección adecuada; pide al Gobierno de Honduras que movilice todos los medios a su alcance con objeto de aplicar eficazmente las 92 medidas cautelares de la CIDH vigentes en el país en la actualidad y que impida que se registren hechos similares contra otros activistas medioambientales e indígenas que están amenazados;

4.  Pide, con carácter de urgencia, que se lleven a cabo investigaciones inmediatas, independientes, objetivas y exhaustivas sobre estos y otros asesinatos registrados anteriormente con el fin de llevar a sus autores intelectuales y materiales ante la justicia y poner fin a la impunidad; acoge con satisfacción que, a petición del Gobierno de Honduras, la investigación sobre el asesinato de la Sra. Cáceres incluya a representantes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y de la OEA; considera que los instrumentos disponibles en el marco de las Naciones Unidas y de la CIDH, como una investigación internacional independiente, conforme a lo solicitado por las víctimas, podrían contribuir a asegurar una investigación imparcial y razonable de estos asesinatos;

5.  Expresa profunda preocupación por el clima de extrema violencia, en particular contra las personas LGBTI y aquellos que defienden sus derechos; subraya la necesidad de llevar a cabo investigaciones inmediatas, exhaustivas e imparciales sobre los asesinatos de miembros activos de varias organizaciones de defensa de los derechos humanos de las personas LGBTI;

6.  Hace hincapié en la necesidad de reforzar la protección contra la discriminación y los delitos motivados por el odio por razones de orientación sexual e identidad de género y de desarrollar directrices de buenas prácticas en estrecha cooperación con la sociedad civil; pide la inclusión de nuevas medidas apropiadas para evitar los actos de discriminación y los delitos motivados por el odio y la protección de la comunidad LGBTI como parte de toda revisión del código penal;

7.  Acoge con satisfacción las últimas reformas legales y los esfuerzos del Gobierno de Honduras por aliviar la situación actual de los defensores de los derechos humanos en el país, si bien está profundamente preocupado por la situación general de los derechos humanos en Honduras; pide a las autoridades hondureñas que apliquen y desarrollen plenamente la ley de 2015 en vigor relativa a la protección de los defensores de los derechos humanos y que velen por que, en un marco de cooperación adecuada con la sociedad civil, el sistema nacional de protección de los defensores de los derechos humanos, los periodistas y los profesionales de la Justicia sea plenamente operativo y cuente con una financiación adecuada; pide al Gobierno de Honduras que aplique plenamente las recomendaciones recogidas en el último examen periódico universal;

8.  Expresa su reconocimiento con respecto al trabajo realizado por el jefe de la Delegación de la Unión en Honduras, Ketil Karlsen, y por su equipo en apoyo de los defensores de los derechos humanos de Honduras; pide a la Delegación de la Unión y a las embajadas y consulados de los Estados miembros en el país que hagan un seguimiento y controlen activamente los procesos relacionados con la investigación de los asesinatos de los defensores de los derechos humanos y que intensifiquen sus esfuerzos para defender a los defensores de los derechos humanos actualmente en peligro;

9.  Considera que las actividades de los inversores europeos deben integrarse en un conjunto sólido de políticas de protección social y medioambiental; apoya firmemente la aplicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, con la inclusión de requisitos claros de diligencia debida, garantías en materia de gestión de riesgos y la puesta a disposición de remedios eficaces, si procede; acoge con satisfacción que tanto el FMO como Finnfund hayan condenado públicamente el asesinato de Berta Cáceres y que se hayan pronunciado a favor de una investigación exhaustiva, así como que el 16 de marzo de 2016, a raíz de las informaciones sobre el asesinato de Nelson García, ambos hayan suspendido todas sus actividades;

10.  Pide a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior que velen por que la ayuda europea no fomente ni permita proyectos de desarrollo a menos que estos cumplan la obligación de realizar una consulta previa y libre e informen a las comunidades indígenas, que velen por una consulta adecuada a todas las comunidades afectadas y que apliquen in situ unas garantías sólidas en materia de derechos humanos, laborales y medioambientales;

11.  Pide a los Estados miembros que aún no lo hayan hecho que ratifiquen el Acuerdo de Asociación UE-Centroamérica; insta al Consejo a que desarrolle una política coordinada con respecto a Honduras que comprometa a los 28 Estados miembros y a las instituciones de la Unión con un mensaje decidido común en relación con el papel de los derechos humanos en las relaciones entre la Unión y Honduras y en la región en su conjunto;

12.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo, la Comisión, a los Parlamentos nacionales de los 28 Estados miembros, al Presidente, al Gobierno y al Parlamento de Honduras, a la Secretaria de Integración Económica Centroamericana, al Parlacen, a la Asamblea Parlamentaria EuroLat y a la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños.

(1) DO C 434 de 23.12.2015, p. 181.


Nigeria
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Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre Nigeria (2016/2649(RSP))
P8_TA(2016)0130RC-B8-0478/2016

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Nigeria,

–  Vista la intervención del presidente Muhammadu Buhari ante el Parlamento Europeo el 3 de febrero de 2016,

–  Vistas las declaraciones anteriores de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), sobre la situación en Nigeria,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo sobre la situación en Nigeria, incluidas las de 9 de febrero de 2015,

–  Vistas las declaraciones anteriores del secretario general de las Naciones Unidas sobre la situación en Nigeria,

–  Vistas las declaraciones anteriores del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la situación en Nigeria,

–  Vistas las declaraciones de la VP/AR y del ministro de Asuntos Exteriores de la República Federal de Nigeria en el sexto diálogo ministerial UE-Nigeria, celebrado en Bruselas el 15 de marzo de 2016,

–  Vista la Decisión del Consejo de añadir a Boko Haram en la lista de la UE de organizaciones terroristas que entró en vigor el 29 de mayo de 2014,

–  Vista la segunda revisión del Acuerdo de Cotonú 2007-2013, ratificado por Nigeria el 27 de septiembre de 2010,

–  Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas de 1979 sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer,

–  Vista la Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones, de 1981,

–  Vista la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, de 1981, ratificada por Nigeria el 22 de junio de 1983,

–  Vista la Constitución de la República Federal de Nigeria, en particular sus disposiciones relativas a la protección de la libertad de religión en el capítulo IV – Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión,

–  Vistos los resultados de las elecciones presidenciales de Nigeria celebradas en marzo de 2015,

–  Visto el informe del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, de 29 de septiembre de 2015, sobre las violaciones y abusos cometidos por Boko Haram y su impacto en los derechos humanos en los países afectados,

–  Vistos los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas adoptados en septiembre de 2015,

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, ratificada por Nigeria el 16 de abril de 1991,

–  Visto el informe de Amnistía Internacional titulado «Nigeria: Still waiting for justice, still waiting for change. Government must prioritise accountability in the north-east» (Nigeria sigue esperando justicia y cambio. El Gobierno debe dar prioridad a la rendición de cuentas en el noreste.),

–  Visto el informe de Human Rights Watch sobre Nigeria de enero de 2016,

–  Vistos el artículo 135, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, de su Reglamento,

A.  Considerando que, con sus amplios recursos, Nigeria es la mayor economía de África y es la nación africana más poblada y culturalmente diversa; que desempeña un papel clave en las políticas regionales y africanas, siendo una fuerza motriz de la integración regional a través de la Comunidad Económica de los Estados del África Occidental (CEDEAO); que, sin embargo es uno de los países más desiguales del mundo, con una corrupción generalizada que contribuye considerablemente a la disparidad económica y social, y con su seguridad amenazada por el grupo extremista Boko Haram;

B.  Considerando que los años de dictadura militar, corrupción, inestabilidad política y una deficiente gobernanza han sido la causa de inversiones insuficientes en infraestructura, educación y servicios sociales del país, y que estas condiciones siguen menoscabando los derechos sociales y económicos en Nigeria;

C.  Considerando que más de seis nigerianos de cada diez viven con menos de dos dólares estadounidenses al día; que esta pobreza extrema es aún más grave en los Estados del norte, que son los menos desarrollados del país; que esta pobreza contribuye directamente a una división social, a la hostilidad entre religiones y a la división regional; que el coeficiente de Gini de Nigeria ha aumentado de manera drástica llegando a 48,8 en 2010;

D.  Considerando que la organización Transparencia Internacional sitúa a Nigeria en el puesto 136 de 175 países en su Índice de Percepción de la Corrupción 2015; que, según algunas estimaciones, se roban cada año entre 3 000 y 8 000 millones de dólares estadounidenses procedentes del petróleo de Nigeria;

E.  Considerando que, pese al traspaso pacífico de poderes al presidente Buhari en marzo de 2015, la paz y la estabilidad en Nigeria han estado amenazadas por una oleada de ataques, asesinatos y secuestros por parte del grupo extremista Boko Haram, una economía en decadencia, causada por el bajo precio mundial del petróleo, unas instituciones políticas débiles, una incapacidad para hacer frente a la corrupción y conflictos sin resolver en el delta del Níger y en el cinturón central;

F.  Considerando que el grupo Boko Haram asesinó al menos a 8 200 civiles en 2014 y 2015; que se estima que más de 2,6 millones de personas han sido desplazadas y más de 14,8 millones se ven afectadas por la insurgencia de Boko Haram;

G.  Considerando que el terrorismo constituye una amenaza mundial, pero que la capacidad de la comunidad internacional para cooperar con las autoridades nigerianas para luchar contra Boko Haram depende de la credibilidad, responsabilidad y transparencia de la nueva administración; que el hecho de que el gobierno no haya acabado con la impunidad de los crímenes de guerra al más alto nivel sigue siendo uno de los principales problemas en este país; que el presidente Buhari ha prometido iniciar investigaciones sobre estas cuestiones;

H.  Considerando que Boko Haram pretende establecer un estado plenamente islámico en Nigeria, incluyendo la instauración de tribunales penales islámicos en todo el país, y prohibir la educación occidental; que Boko Haram ha secuestrado a mujeres y niñas para obligarlas a cometer atentados suicidas; que los atentados suicidas con bomba recientes, incluidos los cometidos el 16 de marzo, el 11 de febrero y el 31 de enero de 2016 en el noreste de Nigeria han causado numerosas muertes;

I.  Considerando que la violencia sexual y de género y la violencia contra las personas lesbianas, gay, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI) sigue haciendo estragos en las regiones en conflicto del noreste de Nigeria y que la situación de derechos fundamentales como la educación para las jóvenes y las mujeres, la justicia social y la distribución equitativa de los ingresos estatales en la sociedad está empeorando gravemente, al igual que la lucha contra la corrupción;

J.  Considerando que alrededor de 270 colegialas fueron secuestradas por Boko Haram los días 14 y 15 de abril de 2014 en una escuela de Chibok, en el noreste de Nigeria, y que la mayoría de ellas siguen desaparecidas; que su destino exacto sigue siendo un misterio aunque se teme que la mayoría de ellas hayan sido forzadas a casarse con insurgentes, o a hacerse insurgentes ellas mismas, víctimas de violencia sexual o vendidas como esclavas, y que las niñas no musulmanas hayan sido forzadas a convertirse al islam; que Boko Haram ha secuestrado a más de 2 000 mujeres y niñas desde 2009, incluidas alrededor de 400 de Damasak, en el Estado de Borno, el 24 de noviembre de 2014;

K.  Considerando que el ejército de Nigeria anunció el 6 de abril de 2016 que al menos 800 combatientes se habían rendido en las tres semanas anteriores; que, desde el 26 de febrero de 2016, las tropas nigerianas han rescatado a 11 595 rehenes durante detenciones realizadas en el territorio de Boko Haram en la región montañosa situada entre Nigeria, Chad y Camerún;

L.  Considerando que el drama de las colegialas secuestradas ha puesto de manifiesto problemas más amplios, incluidos los ataques continuos a escuelas, la falta de profesores y la necesidad urgente de financiación internacional para arreglar y reconstruir edificios destruidos; que la falta de oportunidades educativas supone que algunos niños no han frecuentado la escuela durante años;

M.  Considerando que el extremismo violento de Boko Haram es indiscriminado y ha causado un inmenso sufrimiento a personas de todas las confesiones y etnias en su oleada de violencia; que, según diversos informes, en este último año se ha producido un aumento en el número de cristianos asesinados en el norte de Nigeria;

N.  Considerando que la región del cinturón central ha sufrido años de tensión económica y política entre comunidades étnicas y religiosas, y que la violencia reciente se ha avivado por la competición por el poder y el acceso a la tierra entre comunidades nómadas y campesinas;

O.  Considerando que los sectores del petróleo y del gas siguen siendo una fuente de ingresos en Nigeria, aunque el reparto de los beneficios de la riqueza económica del país es extremadamente desigual; que los niveles de pobreza y desempleo en el norte de Nigeria son considerablemente más elevados que en el sur rico en petróleo; considerando que, según el Banco Mundial, Nigeria ha perdido desde 1960 aproximadamente 400 000 millones de dólares de ingresos del petróleo debido a la corrupción, y que en los últimos dos años otros 20 000 millones de dólares de dinero derivado del petróleo han desaparecido de las arcas del Estado nigeriano;

P.  Considerando que la oficina del presidente ha creado un comité especial de investigación encargado de investigar las acusaciones de violaciones de los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad, incluidos los asesinatos, la tortura y las desapariciones forzosas;

Q.  Considerando que en la actualidad el Senado de Nigeria está examinando propuestas legislativas cuyo objetivo es castigar la difusión de «declaraciones ofensivas» a través de medios sociales o críticas al gobierno u otros a través de medios impresos y electrónicos;

1.  Celebra el traspaso pacífico de poderes en Nigeria después de las elecciones presidenciales y se congratula por las elevadas expectativas que rodean al ambicioso programa de reformas del presidente Buhari y su Gobierno;

2.  Se manifiesta profundamente preocupado por los importantes retos sociales, económicos, políticos y de seguridad a los que se enfrenta Nigeria, y lamenta la falta de progresos reales a la hora de abordar la corrupción que ha arruinado a la sociedad nigeriana durante décadas;

3.  Reconoce que Nigeria podría ser un motor económico y político en África, pero que su desarrollo se ha visto frenado por una mala gobernanza económica, instituciones democráticas débiles y una amplia desigualdad; pide además a la Unión y a sus Estados miembros que cumplan su compromiso de brindar una amplia gama de ayuda política, humanitaria y para el desarrollo, con el fin de apoyar programas a todos los niveles gubernamentales que aborden la pobreza, el desempleo juvenil y la falta de capacitación de las mujeres;

4.  Opina que las autoridades nigerianas deben dirigir la lucha contra la corrupción, so pena de más años de pobreza, desigualdad, reputación dañada, inversiones externas reducidas y del menoscabo de las oportunidades de vida de los jóvenes; ofrece, además, su apoyo al logro de este objetivo y al intento de romper el vínculo entre las prácticas de corrupción y el terrorismo,

5.  Elogia los esfuerzos realizados por el Gobierno de Buhari por reforzar sus credenciales de lucha contra la corrupción y su imposición de que todas las transacciones financieras gubernamentales deban realizarse a través de una única cuenta bancaria con el fin de controlar el gasto; pide a la Unión y sus Estados miembros que adopten medidas concretas para luchar de manera eficaz contra los flujos financieros ilícitos y la evasión y elusión fiscales, y para impulsar la cooperación internacional democrática en materia fiscal;

6.  Expresa su solidaridad con el pueblo nigeriano que sufre los atentados terroristas perpetrados por Boko Haram, que han provocado miles de víctimas mortales y el desplazamiento de más de dos millones de personas; insta al Gobierno de Nigeria a que adopte todas las medidas necesarias para garantizar la protección de sus civiles de conformidad con sus obligaciones regionales e internacionales en materia de derechos humanos, también a través del inicio de investigaciones amplias, independientes y eficaces sobre esos crímenes;

7.  Condena enérgicamente la violencia y los ataques perpetrados por Boko Haram, y pide al Gobierno Federal que proteja a su población y aborde las causas profundas de la violencia velando por la igualdad de derechos para todos los ciudadanos, y también afrontando cuestiones como la desigualdad, el control de las tierras agrícolas fértiles, el desempleo y la pobreza; rechaza toda represalia violenta que viole el Derecho humanitario por parte del ejército nigeriano; celebra, no obstante, el programa «Corredor Seguro» del ejército nigeriano concebido para rehabilitar a combatientes de Boko Haram;

8.  Deplora la masacre de mujeres, hombres y menores inocentes, las violaciones y las torturas y el reclutamiento de niños soldado, y se solidariza con el pueblo nigeriano en su determinación de combatir todas las formas de violencia en su país;

9.  Pide al Gobierno de Nigeria que desarrolle una estrategia amplia que combata las causas profundas del terrorismo, y que investigue, conforme a lo prometido, las pruebas de violaciones de los derechos humanos que hayan podido cometer las fuerzas armadas nigerianas; celebra la cumbre sobre la seguridad que se celebrará en Abuja en mayo de 2016, y pide a todas las partes interesadas que definan soluciones concretas y viables para combatir el terrorismo sin sacrificar el respeto de los derechos humanos y la democracia; subraya, además, la importancia de la cooperación regional en la lucha contra la amenaza que representa Boko Haram;

10.  Pide una investigación internacional, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, para determinar la responsabilidad de terceros países en la organización y la financiación de grupos terroristas en la región, como Boko Haram;

11.  Opina que el segundo aniversario del secuestro de las colegialas de Chibok, el 14 de abril, debería proporcionar un nuevo ímpetu al Gobierno de Nigeria y la comunidad internacional para obtener su liberación inmediata e incondicional, así como la liberación de las 400 mujeres y niños secuestrados en la ciudad de Damasak en noviembre de 2014, y del resto de los niños y las mujeres secuestrados;

12.  Pide a las autoridades que garanticen el acceso fácil a toda la gama de servicios de salud sexual y reproductiva para mujeres y niñas;

13.  Toma nota con preocupación de los ataques a escuelas perpetrados en el norte de Nigeria, que niegan oportunidades educativas a los niños y pueden fomentar la radicalización de la que dependen los grupos extremistas violentos como Boko Haram;

14.  Señala que Boko Haram ha atentado indistintamente contra musulmanes, cristianos, seguidores de otras religiones y personas ateas, y condena el aumento de la violencia, incluida la que va dirigida contra instituciones y fieles religiosos;

15.  Condena igualmente los ataques a agricultores y los conflictos interétnicos entre pastores y agricultores en la zona del cinturón central, en particular en los Estados de Plateau y Taraba, marcados por graves violaciones de los derechos humanos y que han provocado la muerte de miles de personas desde 2014;

16.  Pide al Gobierno de Nigeria y a los socios internacionales que aumenten las inversiones en la prevención y la resolución de los conflictos intercomunitarios entre pastores y agricultores apoyando la cooperación a través de iniciativas compartidas de gestión de los recursos naturales y económicos;

17.  Pide al presidente Buhari que garantice que su Gobierno defiende el derecho de los nigerianos a profesar libremente su fe, y más en general, los derechos de todos sus ciudadanos, de acuerdo con la legislación y la Constitución del país, y pide a los líderes religiosos de Nigeria que ayuden a combatir el extremismo y la radicalización;

18.  Insta a la VP/AR y a los Estados miembros a que sigan comprometidos con sus esfuerzos diplomáticos en Nigeria, con el fin de lograr la paz, la seguridad, la buena gobernanza y el respeto de los derechos humanos; les insta, en particular, a que continúen el diálogo político con Nigeria, de conformidad con el artículo 8 del Acuerdo revisado de Cotonú, y a que aborden, en este contexto, las cuestiones relativas a los derechos humanos universales, incluida la libertad de pensamiento, conciencia, religión o creencias, y la no discriminación por ninguna razón, tal como están consagradas en los instrumentos universales, regionales y nacionales relativos a los derechos humanos;

19.  Solicita a las autoridades nigerianas que rechacen el proyecto de ley que prohíbe las demandas frívolas y otras cuestiones relacionadas con las mismas, que se encuentra en la actualidad en el Senado nigeriano, puesto que menoscaba la libertad de prensa y la libertad de expresión en Nigeria;

20.  Pide al Gobierno de Nigeria y a las autoridades regionales que dejen de criminalizar a la comunidad LGBTI nigeriana y que garanticen su derecho a la libertad de expresión;

21.  Pide al Gobierno de Nigeria que adopte medidas urgentes en el delta del Níger, incluidas acciones para poner fin a las actividades ilegales relacionadas con el petróleo;

22.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Servicio Europeo de Acción Exterior, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Parlamentos y los Gobiernos de los Estados miembros, al Presidente de la República Federal de Nigeria, al Presidente de la Unión Africana, a la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE, al Parlamento Panafricano, y a los representantes de la Comunidad Económica de los Estados del África Occidental.


Protección de los secretos comerciales contra su obtención, utilización y divulgación ilícitas ***I
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Resolución
Texto
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección del saber hacer y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y divulgación ilícitas (COM(2013)0813 – C7-0431/2013 – 2013/0402(COD))
P8_TA(2016)0131A8-0199/2015

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2013)0813),

–  Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0431/2013),

–  Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 25 de marzo de 2014(1),

–  Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 18 de diciembre de 2015, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 59 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos y las opiniones de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor (A8-0199/2015),

1.  Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

2.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 14 de abril de 2016 con vistas a la adopción de la Directiva (UE) 2016/... del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgados (secretos comerciales) contra su obtención, utilización y revelación ilícitas

P8_TC1-COD(2013)0402


(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, la Directiva (UE) 2016/943.)

(1)DO C 226 de 16.7.2014, p. 48.


Estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento para el ejercicio 2017
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Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2017 (2016/2019(BUD))
P8_TA(2016)0132A8-0131/2016

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo(1), y, en particular, su artículo 36,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020(2),

–  Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera(3),

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea(4),

–  Vista su Resolución, de 28 de octubre de 2015, sobre la posición del Consejo relativa al proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2016(5),

–  Vista su Resolución, de 25 de noviembre de 2015, sobre el texto conjunto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2016, aprobado por el Comité de Conciliación en el marco del procedimiento presupuestario(6),

–  Visto el informe del Secretario General a la Mesa con vistas al establecimiento del anteproyecto de estado de previsiones del Parlamento para el ejercicio 2017,

–  Visto el anteproyecto de estado de previsiones establecido por la Mesa el 11 de abril de 2016 de conformidad con el artículo 25, apartado 7, y el artículo 96, apartado 1, del Reglamento del Parlamento,

–  Visto el proyecto de estado de previsiones elaborado por la Comisión de Presupuestos, de conformidad con el artículo 96, apartado 2, del Reglamento del Parlamento,

–  Vistos los artículos 96 y 97 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A8-0131/2016),

A.  Considerando que este procedimiento es el segundo procedimiento presupuestario completo que se lleva a cabo en la nueva legislatura y el cuarto ejercicio del marco financiero plurianual 2014-2020;

B.  Considerando que, con arreglo a lo propuesto en el informe del Secretario General, el presupuesto para el ejercicio 2017 se caracterizaría por una continuación e intensificación de la política de la Institución de mejorar la eficiencia en todos los ámbitos en los que ello sea posible sin comprometer la calidad del entorno de trabajo de los diputados y del personal;

C.  Considerando que el Secretario General ha propuesto cuatro objetivos prioritarios para 2017, a saber: seguridad y ciberseguridad, eliminación progresiva de la excepción aplicable a la lengua irlandesa, medidas para facilitar a los diputados el ejercicio de su mandato y conseguir que el Parlamento sea más atractivo para los ciudadanos y los visitantes;

D.  Considerando que, en el actual contexto político y de seguridad tras los atentados terroristas que se han producido en Europa, el procedimiento presupuestario 2017 debería dar lugar a un aumento de la seguridad y ciberseguridad del Parlamento;

E.  Considerando que el Secretario General ha propuesto un presupuesto de 1 910 073 000 EUR para el anteproyecto de estado de previsiones del Parlamento para 2017, lo que representa un aumento global del 3,9 % con respecto al presupuesto de 2016, del cual el 1,7 % se considera gasto ordinario, y que constituiría el 19,26 % de la rúbrica V del marco financiero plurianual 2014-2020;

F.  Considerando que entre 2017 y 2022 se suprimirá gradualmente la excepción por la cual no todos los documentos oficiales se traducen al irlandés, lo que conllevará la traducción de todos los documentos oficiales también a esa lengua, por lo que se propone un gasto extraordinario de 3,7 millones EUR para cumplir este nuevo requisito lingüístico, lo que corresponde al 0,2 % del incremento global;

G.  Considerando que se necesitan inversiones extraordinarias adicionales por valor de 47,6 millones EUR para reforzar la seguridad y la ciberseguridad, lo que corresponde a un 2,6 % del incremento global;

H.  Considerando que las tasas de inflación han disminuido constantemente desde 2011; que la tasa de inflación real en los lugares de trabajo del Parlamento en 2015 y en 2016 fue inferior al porcentaje de incremento real de su presupuesto;

I.  Considerando que casi el 60 % del presupuesto se compone de gastos indexados, que en la mayor parte de los casos tienen relación con las remuneraciones de los diputados y el personal, adaptadas de acuerdo con el Estatuto, y de obligaciones contractuales, correspondientes a la indexación específica por sector que por lo general es más elevada que la tasa de inflación normal;

J.  Considerando que el Parlamento destacó, en su Resolución de 29 de abril de 2015, sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2016(7), que el presupuesto para 2016 debe ser realista y respetar los principios de disciplina presupuestaria y buena gestión financiera;

K.  Considerando que la credibilidad del Parlamento Europeo como rama de la Autoridad Presupuestaria depende en gran medida de su capacidad para controlar sus propios gastos;

L.  Considerando que el 26 de octubre de 2015 la Mesa aprobó una nueva serie de normas para la gestión de las dietas de asistencia parlamentaria, endureciendo los requisitos para el reembolso de los contratos de asistente local, a saber, reservando al menos el 25 % de la dieta de asistencia parlamentaria para cubrir los gastos de los asistentes acreditados;

Marco general

1.  Destaca que la parte correspondiente al presupuesto del Parlamento en 2017 debería mantenerse por debajo del 20 % de la rúbrica V; observa que el nivel del anteproyecto de estado de previsiones para 2017, tal como se establece en la posición de la Mesa de 9 de marzo de 2016, corresponde al 19,26 %, porcentaje inferior al alcanzado en 2016 (19,39 %) y el segundo más bajo de la parte de la rúbrica V en los últimos ocho años; reduce aún más su parte de la rúbrica V a un 19,17 % para 2017;

2.  Considerando, no obstante, que, teniendo en cuenta la desaceleración económica sufrida por los Estados miembros, el nivel de inflación previsto para 2017 no debería considerarse como el principal indicador de los aumentos del gasto ordinario;

3.  Confirma que se han solicitado unos gastos extraordinarios que representan un incremento del 0,2 % con respecto al presupuesto de 2016 para la supresión progresiva de la medida de excepción temporal aplicada al uso de la lengua irlandesa, establecida en el Reglamento (CE) n.º 920/2005 del Consejo, de 13 de junio de 2005(8);

4.  Observa la solicitud de incremento del 2,6 % para seguridad y ciberseguridad, que multiplicaría por más de dos los recursos asignados en 2016; insta al Secretario General a facilitar de modo transparente a la Comisión de Presupuestos información pormenorizada sobre las medidas actuales y futuras en materia de seguridad y ciberseguridad y el desglose de sus costes;

5.  Aprueba la dotación para gastos extraordinarios para inversiones en seguridad en 2017 a raíz del análisis presentado en febrero de 2016 a la Mesa y complementado con la investigación realizada a raíz de los acontecimientos del 22 de marzo de 2016 (47,6 millones de euros) y la dotación para gastos extraordinarios vinculados a la supresión progresiva de la excepción temporal del uso de la lengua irlandesa (3,7 millones de euros);

6.  Limita el aumento de sus gastos ordinarios para 2017, a excepción de las dos dotaciones extraordinarias, al 1,4 % en comparación con el gasto ordinario del presupuesto 2016 y al 0,6 en comparación con el presupuesto de 2016;

7.  Fija el nivel general de su estado de previsiones en 1 900 873 000 EUR, lo que corresponde a un aumento total del 3,4 % en comparación con el presupuesto 2016;

8.  Destaca que el Parlamento debería disponer de los recursos necesarios para ejercer su función principal como órgano legislativo y autoridad presupuestaria; subraya que en el contexto económico actual esos recursos deberían gestionarse con rigor, pragmatismo y eficiencia; señala que, aunque garantizar un nivel adecuado de financiación del Parlamento es adecuado para el ejercicio de la democracia europea, hay que alentar los esfuerzos destinados a realizar ahorros y a seguir mejorando la eficacia en la utilización de los fondos públicos;

9.  Hace hincapié en que la mayor parte del presupuesto del Parlamento y su indexación anual se fijan por medio de obligaciones estatutarias o contractuales, que no pueden verse influidas por el Parlamento en el procedimiento presupuestario;

Transparencia, accesibilidad y legibilidad

10.  Pide al Secretario General que formule una propuesta para que el presupuesto se presente al público de una manera lo suficientemente detallada y de forma inteligible y fácil de utilizar en el sitio web del Parlamento, de modo que todos los ciudadanos consigan entender mejor las actividades, las prioridades y la correspondiente dinámica de gasto del Parlamento; opina que una primera medida podría ser la publicación en el sitio web del Parlamento de toda la información gráfica disponible actualmente en la intranet;

11.  Considera que, por lo que se refiere al procedimiento presupuestario, debería presentarse a los miembros de la Mesa y de la Comisión de Presupuestos toda la información pertinente en cada una de las fases del procedimiento de forma oportuna e inteligible y con la exhaustividad y los desgloses necesarios para que la Mesa, la Comisión de Presupuestos y los grupos políticos lleven a cabo las deliberaciones pertinentes y basen sus decisiones en una imagen global de la situación en que se encuentra el presupuesto del Parlamento y de sus necesidades;

12.  Subraya la necesidad de precisión y transparencia en la evolución del presupuesto de un ejercicio a otro; considera que, aunque determinados gastos extraordinarios como los relativos a la seguridad están justificados para el presupuesto del ejercicio 2017, el creciente uso anual de los gastos extraordinarios resulta problemático en términos de control y estabilidad presupuestarios; pide una definición más precisa de gastos extraordinarios; cree que, en aras de la rendición de cuentas y la comparabilidad de datos del presupuesto general, debería valorarse si el gasto extraordinario debe incluirse o no en la base de cálculo de la diferencia porcentual entre presupuestos de un año a otro;

13.  Reitera su llamamiento en favor de una planificación presupuestaria a medio y largo plazo, incluida una distinción clara entre las inversiones y los gastos operativos relacionados con el funcionamiento del Parlamento y sus obligaciones estatutarias (incluidos los relativos a alquileres y adquisiciones), en consonancia con su Resolución, de 29 de abril de 2015, sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2016(9), pide en consecuencia un cambio en la presentación que establezca una distinción clara entre gastos de inversión y gastos operativos;

14.  Elogia a la Mesa y a la DG ITEC por el nuevo diseño de las páginas personales de los diputados en el sitio web oficial del Parlamento, que ofrecen más transparencia sobre la composición y el estatuto de su equipo de trabajo (creación de una nueva pestaña «Asistentes» con subtítulos: asistentes, asistentes acreditados, asistentes acreditados —agrupación—, asistentes locales, proveedores de servicios, agentes pagadores y becarios); pide al Secretario General que garantice los controles necesarios para la aplicación del nuevo conjunto de normas para las dietas de asistencia parlamentaria, adoptadas por la Mesa el 26 de octubre de 2015;

15.  Pide que, al menos una vez cada cinco años, el presupuesto se prepare atendiendo a las necesidades reales de cada una de las partidas y no por medio de coeficientes;

Seguridad y ciberseguridad

16.  Pide una planificación presupuestaria a medio y largo plazo que incluya información clara del gasto relacionado con la seguridad y la ciberseguridad; asimismo, a la luz de los recientes acontecimientos, invita a la Mesa a que actualice el concepto de seguridad global y que lo comunique lo antes posible y, a más tardar, en junio de 2016;

17.  Opina que todas las medidas que se tomen en este ámbito deben basarse en una evaluación clara de las necesidades del Parlamento y la proporcionalidad en relación con los riesgos asumidos; pide al Secretario General y a la Mesa que presenten a la Comisión de Presupuestos, con tiempo suficiente antes de la lectura del Parlamento sobre el presupuesto para el ejercicio 2017, un Concepto de Seguridad Global que incluya una evaluación global de los riesgos percibidos y de las medidas de seguridad previstas, así como opciones alternativas, acompañado de una evaluación detallada de su incidencia presupuestaria en el presupuesto del ejercicio 2017 y en los siguientes presupuestos, en la que haga una distinción clara entre inversiones y gastos recurrentes y describa las medidas previstas para reforzar la seguridad del Parlamento dentro y fuera de sus instalaciones, así como del efecto de dichas medidas en el presupuesto del ejercicio 2017; solicita información sobre las consecuencias financieras de los acuerdos para la cooperación administrativa interinstitucional en el ámbito de la seguridad;

18.  Pide al Secretario General que evalúe si es necesario o no revisar los contratos de seguro vigentes (para los diputados y el personal) a la luz de las amenazas terroristas y de presentar, si procede, propuestas para abordar posibles deficiencias;

19.  Considera que el sistema de seguridad fuera de los locales del Parlamento debería seguir siendo competencia de las autoridades belgas;

Facilitar a los diputados el ejercicio de su mandato

20.  Toma nota de las medidas en curso para facilitar a los diputados el ejercicio de su mandato;

21.  Se felicita de la ampliación del portal digital para los diputados (e-Portal), aunque pide al Secretario General que, a la luz de la «iniciativa papel cero», mejore el actual sistema de envío de copias en papel de los recibos a los diputados, con vistas a su supresión, llegado el caso, antes de que finalice el ejercicio 2017; considera que el e-Portal debería ofrecer esta funcionalidad de forma electrónica a todos los diputados por defecto, lo que permitiría realizar importantes ahorros tanto de tiempo como de dinero;

22.  Se felicita de la calidad cada vez mayor del asesoramiento y la investigación facilitados a los diputados; recuerda que, cuando se creó el Servicio de Estudios del Parlamento Europeo (EPRS) en 2013, se previó una evaluación intermedia de la eficacia de la cooperación entre este servicio y los departamentos políticos; pide, por lo tanto, al Secretario General que proceda a realizar esta evaluación y que presente a la Comisión de Presupuestos los resultados antes de finales de 2016; opina que esta evaluación debería contener propuestas sobre la mejor manera de articular el apoyo prestado por el EPRS y la evolución de las respectivas comisiones temáticas, satisfaciendo al mismo tiempo las necesidades de cada uno de los diputados, y sin que haya solapamientos con las actividades de los departamentos temáticos y sin promover la competencia entre servicios;

23.  Opina que deben evaluarse las necesidades de los diputados en sus circunscripciones, teniendo también en cuenta las diferencias entre las circunscripciones, con el fin de capacitar mejor a los diputados en su trabajo de circunscripción; opina que la provisión de espacios de trabajo móviles para los diputados y el apoyo en las circunscripciones debe basarse en una evaluación de las necesidades y la utilización reales, y no debe generar costes adicionales para el Parlamento; insiste en que no se facilite ningún tipo de equipamiento informático, ya que las dietas para gastos generales proporcionan suficientes recursos para la adquisición de dispositivos avanzados; cuestiona la necesidad de desarrollar un espacio de trabajo móvil para los diputados, ya que no parece ser algo que se corresponda con la manera en que se organizan los diputados y sus gabinetes;

24.  Está de acuerdo en que las herramientas informáticas son un instrumento muy importante para los diputados en el ejercicio de sus funciones; reitera, no obstante, la necesidad de permitir la instalación de software libre, lo que permitiría realizar importantes ahorros en las tarifas de comunicación y a partir de ellas y mejoraría el flujo de trabajo de los gabinetes de los diputados, teniendo en cuenta al mismo tiempo la ciberseguridad y garantizando la protección de datos;

25.  Pide que se generalice la posibilidad de firmar documentos internos de forma digital en todos los casos, como por ejemplo la firma de formularios, declaraciones por escrito, etc., garantizando la fiabilidad y la seguridad; pide que se valore la posibilidad de introducir un sistema de verificación TAN en los móviles de los diputados; considera, además, que debería desincentivarse y eliminarse progresivamente la utilización del fax, previa decisión de cada diputado;

26.  Celebra la nueva reforma sobre preguntas escritas adicionales, aprobada el 3 de septiembre de 2015 por la Comisión de Asuntos Constitucionales a petición de la Comisión de Presupuestos, en la adopción de un presupuesto del Parlamento para el ejercicio 2016; pide al Secretario General que establezca los controles necesarios para la aplicación de la nueva interpretación; invita a la Conferencia de Presidentes a que lleve a cabo una evaluación de este nuevo régimen de preguntas escritas con respecto a preguntas adicionales, a fin de analizar el ahorro generado, y a que informe a la Comisión de Presupuestos de los resultados de dicha evaluación, a más tardar en agosto de 2016, antes de la lectura del presupuesto por el Parlamento en otoño de 2016;

27.  Considera conveniente que los créditos de la dotación destinada a asistencia parlamentaria en 2017 se mantengan al mismo nivel que en 2016, supeditado a la indexación jurídicamente vinculante aplicable en virtud del Estatuto de los funcionarios;

28.  Opina que la descripción que figura actualmente de las actividades parlamentarias de los diputados en el sitio web del Parlamento no es precisa ni refleja las actividades y los compromisos reales de los diputados; sugiere que se elimine el uso actual de clasificación de sitios web al tiempo que se mejora la información relativa a las actividades de cada uno de los diputados en el sitio web oficial del Parlamento; pide una evaluación de la presentación, en particular, de las explicaciones de voto y las intervenciones de un minuto, incluida la opción de que las mismas se indiquen por separado de las intervenciones en el Pleno, así como una evaluación del valor añadido de las explicaciones de voto y de posibles alternativas; espera que el grupo de trabajo de la Mesa competente presente su agenda y sus conclusiones a la Comisión de Presupuestos en cuanto estén disponibles;

Gastos de los diputados

29.  Reitera su llamamiento a la Mesa para que defina unas normas de rendición de cuentas más precisas en relación con los gastos autorizados en el marco de las dietas para gastos generales, que podrían incluir medidas de rentabilidad como la publicación por los diputados de sus registros de gastos, algo que ya hacen un número cada vez mayor de diputados, y que podrían ir acompañadas de un sistema simplificado para el reembolso de los fondos no utilizados; reitera que estas medidas no requerirían personal adicional en la Secretaría del Parlamento;

Política inmobiliaria

30.  Recuerda que la estrategia a medio plazo sobre política inmobiliaria, aprobada por la Mesa en 2010, se encuentra actualmente en proceso de revisión; lamenta que la Mesa no haya concluido todavía sus deliberaciones sobre la estrategia a medio plazo del Parlamento sobre la política inmobiliaria; pide al Secretario General que presente a la Comisión de Presupuestos la nueva estrategia a medio plazo sobre política inmobiliaria lo antes posible y en cualquier caso antes de agosto de 2016, con antelación a la lectura del presupuesto por el Parlamento en otoño de 2016;

31.  Pide a la Mesa que presente una estrategia a largo plazo para los edificios del Parlamento; recuerda que las inversiones a largo plazo, como por ejemplo los proyectos inmobiliarios del Parlamento, deben tratarse con precaución y transparencia; insiste en la necesidad de que la gestión de los costes y la planificación y supervisión de los proyectos se lleven a cabo con rigor; reitera su llamamiento en favor de un proceso decisorio transparente en materia de política inmobiliaria, basado en la información previa, ateniéndose a lo dispuesto en el artículo 203 del Reglamento Financiero; opina que la estrategia inmobiliaria a largo plazo debe incluir un informe sobre las razones del retraso y del aumento de los costes de la Casa de la Historia Europea;

32.  Pide que la situación del parque inmobiliario del Parlamento Europeo se refleje fielmente en el presupuesto; en este sentido, pide que el coste del edificio KAD figure claramente en el presupuesto definitivo del Parlamento y que, en el futuro, se incluyan en el presupuesto las inversiones inmobiliarias, a fin de evitar la necesidad de recurrir a las transferencias de remanentes;

33.  Opina que, en el contexto económico actual, no deben ponerse en marcha nuevos proyectos del Parlamentarium sin consultar previamente a la Comisión de Presupuestos y obtener su aprobación;

34.  propone, por consiguiente, la introducción a partir de 2018 de una línea específica para inversiones en construcciones inmobiliarias que podría utilizarse como base de la financiación en 2018 de los fondos propuestos en 2017 para gastos extraordinarios;

35.  Considerando las circunstancias extraordinarias en 2017 que requieren grandes inversiones en infraestructura de seguridad, propone utilizar todo fondo no utilizado a finales de 2017 para pagar los gastos de construcción del edificio KAD a fin de evitar al máximo el pago de tasas de interés a los bancos por préstamos que deberán contraerse para financiar la construcción;

36.  Solicita más información sobre el statu quo del proyecto para renovar el edificio PHS; pide que la Mesa ponga en marcha y examine un estudio sobre la reforma; espera que la Mesa tome en consideración la necesidad de condiciones de trabajo seguras y saludables al establecer el calendario de la renovación; pide que la Mesa informe a la Comisión de Presupuestos de todas las fases tan pronto como estén disponibles; pide, en este contexto, a la Mesa que establezca las bases para la transformación del edificio PHS en un edificio innovador ejemplar en lo que se refiere a la eficiencia energética, y proceda sin demora a la modernización del edificio;

37.  Invita a los vicepresidentes competentes a presentar a la Comisión de Presupuestos un informe de situación sobre el edificio KAD;

38.  Considera que las reformas estructurales y organizativas destinadas a mejorar la eficacia, la sostenibilidad ambiental y la eficiencia deben proseguir, mediante un examen exhaustivo de las posibles sinergias y ahorros; recuerda el importante ahorro que se podría conseguir con un solo lugar de trabajo en vez de tres (Bruselas, Estrasburgo y Luxemburgo); subraya que este proceso debe llevarse a cabo sin poner en peligro la excelencia legislativa del Parlamento, sus poderes presupuestarios y sus competencias de control, y la calidad de las condiciones de trabajo de los diputados, de los asistentes y del personal;

Cuestiones relacionadas con el personal

39.  Se felicita de la propuesta de reducir su cuadro de efectivos en 60 puestos en 2017, con arreglo al acuerdo alcanzado con el Consejo sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2016, aprobado por el Comité de Conciliación en el marco del procedimiento presupuestario el 14 de noviembre de 2015;

40.  Recuerda que el nivel total del personal de los grupos políticos quedará al margen del objetivo de reducción del personal del 5 %, de acuerdo con las decisiones adoptadas respecto a los ejercicios 2014, 2015 y 2016;

41.  Apoya la creación de los puestos adicionales necesarios para la traducción e interpretación a la lengua irlandesa; exime a estos puestos adicionales del objetivo de reducción del 5 % con arreglo a la recomendación de la Comisión; pide al Secretario General que consulte a los diputados irlandeses sobre una posible racionalización del uso de la lengua irlandesa sin comprometer los derechos garantizados a los diputados;

42.  Apoya la introducción de la interpretación en el lenguaje de signos internacional de todos los debates del Pleno, a fin de que, al menos estos, sean realmente accesibles a todos los ciudadanos europeos;

43.  Se felicita de los progresos que se han realizado en cuanto a la eficiencia en el ámbito de la traducción y la interpretación; reconoce la calidad y el valor añadido de los servicios prestados por los intérpretes; pide un acuerdo rápido y sostenible entre el Secretario General y los representantes de los intérpretes, que combine condiciones de trabajo de elevada calidad y gestión eficiente, con el fin de evitar situaciones de desequilibrios en cuanto a horas de trabajo e inseguridad general entre los intérpretes, teniendo en cuenta los derechos sociales; pide al Secretario General que presente más propuestas de racionalización, como por ejemplo el aumento de la traducción y la interpretación a la carta, en particular en relación con las actividades de los Intergrupos del Parlamento Europeo; considera que el sistema de elaboración de perfiles lingüísticos en vigor desde octubre de 2014 para las enmiendas en la fase de comisión constituye un ejemplo de las eficiencias que se pueden lograr y que pueden seguir desarrollándose; considera que la interpretación y la traducción ocupan un lugar central en una democracia europea abierta a todos; en este sentido, pide que no se apruebe ninguna reforma que menoscabe el acceso más amplio e inclusivo posible a las actividades y documentos del Parlamento Europeo;

44.  Pide a la Mesa que evalúe y, si procede, revise las normas por las que se rige el estatuto de los becarios, incluida la introducción de una remuneración mínima y la armonización de las ofertas de precios relativos al catering para todos los becarios, tanto en la administración del Parlamento como en las oficinas de los diputados, con el fin de garantizar la igualdad de trato y proteger los derechos sociales de los becarios;

45.  Pide a la Mesa que revise las normas por las que se rige el reembolso de los gastos de misión relacionados con viajes entre los lugares de trabajo del Parlamento e incurridos por asistentes parlamentarios acreditados, con el objeto de que sean conformes con las normas aplicables al resto del personal;

46.  Considera que debe establecerse un tercer procedimiento que permita poner fin a un contrato que vincule a un diputado con un asistente, por consentimiento mutuo;

Servicio de chóferes/movilidad

47.  Expresa reservas sobre la propuesta de internalización del servicio de chóferes para sustituir al proveedor de servicios externo por agentes contractuales del Parlamento, lo que representará de forma inmediata aproximadamente 3,7 millones de euros de gastos adicionales; opina que una opción alternativa sería un contrato externo bien organizado, celebrado con arreglo a la normativa aplicable en materia de contratación pública y en el que el proveedor de servicios externo esté obligado claramente a asumir la responsabilidad de la seguridad y la comprobación de antecedentes, así como de unas condiciones de trabajo y una remuneración dignas; consideraría la internalización únicamente si sus costes no superan los costes del sistema actual, y si permite condiciones de trabajo y remuneración dignas para los chóferes, un mayor equilibro de género y el uso de vehículos más ecológicos; pide que se facilite información pormenorizada a la Comisión de Presupuestos antes de tomar una decisión;

48.  Pide al Secretario General que consulte a las autoridades belgas para garantizar un acceso fácil y la mejor utilización posible de la nueva conexión ferroviaria directa entre la estación de tren de Bruselas-Luxemburgo y el aeropuerto de Zaventem, lo que podría incluir la aceptación de las tarjetas de acceso de los diputados en lugar del actual sistema de salvoconductos;

49.  Opina que el parque automovilístico debe estar compuesto por vehículos más seguros y eficientes en cuanto a los costes y el consumo de combustible; hace hincapié en que se debe otorgar preferencia al uso de monovolúmenes y autobuses, desde y hacia el aeropuerto, en horarios programados; pide al Secretario General que informe sobre la posibilidad de efectuar una transición completa a los vehículos eléctricos antes del final de la década;

50.  Pide al Secretario General que mantenga conversaciones con la agencia de viajes del Parlamento; anima a la agencia de viajes a que intensifique la comparación de precios; pide a la agencia de viajes que busque billetes más baratos en las reservas y, en general, que ofrezca precios más competitivos a los diputados y a todas las categorías de personal, asegurando al mismo tiempo condiciones adecuadas para el cambio de billetes;

Comunicación

51.  Pide que se le presenten los resultados de la evaluación ex post de la estrategia y metodología globales de la campaña de información y comunicación de 2014 (cuyo informe de evaluación estaba previsto para el segundo semestre de 2015);

52.  Reitera su solicitud al Secretario General de que informe a la Comisión de Presupuestos sobre la evaluación de la campaña electoral de 2014 así como sobre la eficacia de las medidas de comunicación del Parlamento destinadas al público general;

53.  Reconoce la importancia de las oficinas de información del Parlamento a la hora de concienciar sobre las actividades del Parlamento y de la Unión en general; opina que deberían preverse medidas de eficiencia en relación con las oficinas de información del Parlamento; considera que, en la medida de lo posible, dichas oficinas deberían estar situadas en el mismo edificio que las representaciones de la Comisión y compartir con ellas los servicios administrativos; pide una evaluación de los objetivos, las tareas y el rendimiento de las oficinas de información del Parlamento que sirva de base para la definición de prioridades;

54.  Solicita que se valore la posibilidad de entablar una cooperación más estrecha con ARTE en Estrasburgo, con el fin de establecer un centro de medios de comunicación europeos para la formación de jóvenes periodistas;

55.  Pide al Secretario General que presente un informe sobre las empresas y organizaciones a las que se ha dado acceso al Parlamento Europeo para celebrar en él foros dedicados a sus actividades; pide al Secretario General que mantenga el equilibrio entre los distintos sectores y tipos de organizaciones a los que se da acceso al Parlamento Europeo;

Otros asuntos

56.  Insta al Secretario General a que presente un informe detallado sobre la aplicación de las partes administrativas de los acuerdos de cooperación entre el Parlamento, el Comité de las Regiones y el Comité Económico y Social y que, sobre esta base, defina posibles modalidades de una mayor cooperación administrativa en ámbitos como la logística, las infraestructuras o la seguridad;

57.  Insta al Secretario General a que ofrezca una aclaración sobre la gestión actual del gimnasio del Parlamento y sobre la utilización actual por parte del personal del Parlamento en este contexto; solicita, asimismo, que se aclaren los litigios pendientes y las opciones planteadas para garantizar su gestión eficiente y rentable en el futuro;

58.  Considera que se pueden hacer ahorros adicionales en el gasto en mobiliario, ya que un aumento de 3 589 832 para 2016 y un aumento similar para 2017, en relación con los 2 415 168 en 2015, no es nada razonable;

59.  Se felicita del uso más limitado y eficiente de los baúles (cantines); anima a que se compartan los baúles en los desplazamientos a Estrasburgo;

60.  Pide al Secretario General que aplique plenamente el espíritu y la letra del nuevo Reglamento Financiero en lo que se refiere a la contratación pública ecológica y económicamente eficiente, reforzando la estrategia de contratación del Parlamento a este respecto;

61.  Insta a que se prosiga en el camino del ahorro de energía, en particular en lo relativo a los sistemas de iluminación y calefacción de los edificios, ya que las negociaciones sobre el presupuesto 2016 han demostrado que hay margen de mejora;

62.  Anima a promover en mayor medida los alimentos sanos y ecológicos; por tanto, pide a la Mesa que estudie la posibilidad de ofrecer alimentos sanos, no tanto en materia de diversificación de los servicios, sino también, y sobre todo, en cuanto a la oferta de frutas y hortalizas frescas a precios más asequibles;

o
o   o

63.  Aprueba el estado de previsiones para el ejercicio 2017;

64.  Encarga su Presidente que transmita la presente Resolución y el estado de previsiones al Consejo y a la Comisión.

(1) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
(2) DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
(3) DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
(4) DO L 287 de 29.10.2013, p. 15.
(5) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0376.
(6) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0407.
(7) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0172.
(8) DO L 156 de 18.6.2005, p. 3.
(9) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0172.


Informe de 2015 sobre Turquía
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Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre el Informe de 2015 sobre Turquía (2015/2898(RSP))
P8_TA(2016)0133B8-0442/2016

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Informe de 2015 de la Comisión sobre Turquía (SWD(2015)0216),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 15 de diciembre de 2015, sobre la ampliación y el proceso de estabilización y asociación y las conclusiones pertinentes anteriores del Consejo y del Consejo Europeo,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, 10 de noviembre de 2015, sobre la estrategia de ampliación de la UE (COM(2015)0611),

–  Vistas la Decisión 2008/157/CE del Consejo, de 18 de febrero de 2008, relativa a los principios, prioridades y condiciones contemplados en la Asociación para la adhesión con la República de Turquía («Asociación para la adhesión») y las decisiones previas del Consejo de 2001, 2003 y 2006 sobre la Asociación para la adhesión,

–  Vistos la Declaración conjunta tras la Cumbre entre la UE y Turquía, de 29 de noviembre de 2015, y el Plan de acción entre la UE y Turquía,

–  Vista su Resolución, de 15 de abril de 2015, sobre el centenario del genocidio armenio(1),

–  Vista la Conferencia Intergubernamental de 14 de diciembre de 2015 durante la cual se abrió oficialmente el capítulo 17 dedicado a la política económica y monetaria,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Turquía y, en particular, las de 10 de febrero de 2010, sobre los progresos realizados por Turquía en 2009(2); de 9 de marzo de 2011, relativo a los progresos realizados por Turquía en 2010(3); de 29 de marzo de 2012, sobre el Informe de situación 2011 sobre Turquía(4); de 18 de abril de 2013, sobre el Informe de 2012 relativo a los progresos realizados por Turquía(5); de 13 de junio de 2013, sobre la situación en Turquía(6); de 12 de marzo de 2014, sobre el Informe de 2013 relativo a los progresos realizados por Turquía(7); de 13 de noviembre de 2014, sobre las tensiones generadas por las acciones turcas en la zona económica exclusiva de Chipre(8); de 15 de enero de 2015, sobre la libertad de expresión en Turquía(9); y de 10 de junio de 2015, sobre el Informe de evolución de 2014 relativo a Turquía(10),

–  Vista la petición hecha por el Parlamento a la Comisión en su Resolución sobre el Informe de evolución de 2014 relativo a Turquía al objeto de que revalúe la manera en que se han llevado a cabo las negociaciones hasta ahora y cómo pueden mejorarse e intensificarse las relaciones y la cooperación entre Turquía y la Unión,

–  Visto el Marco de Negociación con Turquía de 3 de octubre de 2005,

–  Vista la Declaración de la Comunidad Europea y de sus Estados miembros, de 21 de septiembre de 2005, que incluye una disposición según la cual el reconocimiento de todos los Estados miembros es un elemento esencial del proceso de adhesión, y la necesidad de que Turquía aplique plenamente el Protocolo Adicional del Acuerdo de Ankara eliminando todos los obstáculos a la libre circulación de mercancías sin prejuicios ni discriminaciones;

–  Visto que la base para la adhesión de Turquía a la Unión siguen siendo el pleno respeto de los criterios de Copenhague y la capacidad de integración de la Unión, de conformidad con las Conclusiones del Consejo Europeo de diciembre de 2006;

–  Visto el artículo 46 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), que establece que las partes contratantes se comprometen a acatar las sentencias definitivas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en los litigios en que sean partes,

–  Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–  Vistos la crisis siria, los esfuerzos en pro de un alto el fuego y una resolución pacífica del conflicto y las obligaciones de Turquía de reforzar la estabilidad y promover unas relaciones de buena vecindad redoblando los esfuerzos por resolver las cuestiones, las diferencias y los conflictos bilaterales pendientes con los países limítrofes en materia de fronteras terrestres y marítimas y de espacio aéreo, de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas y con los valores y principios en que se fundamenta la Unión,

–  Visto que el respeto del Estado de Derecho y, en particular, la separación de poderes, la democracia, la libertad de expresión, los derechos humanos, los derechos de las minorías y la libertad de religión constituyen el núcleo del proceso de negociación;

–  Vista la aprobación de un fondo de 3 000 millones de euros para gestionar la crisis de los refugiados de Turquía, 1 000 millones de los cuales proceden del presupuesto de la Unión y el resto, de los Estados miembros,

–  Vista la labor de Kati Piri como ponente permanente sobre Turquía de la Comisión de Asuntos Exteriores,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que las negociaciones de adhesión con Turquía se iniciaron el 3 de octubre de 2005 y que la apertura de dichas negociaciones representa el punto de partida de un largo proceso cuyo final se desconoce, sobre la base de condiciones justas y rigurosas y de un compromiso de realizar reformas;

B.  Considerando que la Unión debe seguir sosteniendo las reformas en Turquía, habida cuenta de la capacidad transformadora que poseen tanto las negociaciones de adhesión como el proceso de ampliación;

C.  Considerando que, de conformidad con las Conclusiones del Consejo Europeo de diciembre de 2006, deben respetarse plenamente los criterios de Copenhague y la capacidad de integración de la Unión; que Turquía se ha comprometido a cumplir los criterios de Copenhague, llevar a cabo unas reformas adecuadas y efectivas, mantener relaciones de buena vecindad y alinearse progresivamente con el acervo de la Unión, que estos esfuerzos deben considerarse como una oportunidad para que Turquía refuerce sus instituciones y continúe su proceso de democratización y modernización;

D.  Considerando que el respeto del Estado de Derecho constituye el núcleo del proceso de negociación, en particular en cuanto a la separación de poderes, la libertad de expresión y de los medios de comunicación, los derechos humanos y la democracia, la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada, las relaciones de buena vecindad, la libertad de religión, la libertad de asociación y de protesta pacífica, los derechos de las minorías, los derechos de la mujer y la lucha contra la discriminación de grupos vulnerables, como la comunidad romaní, las personas con discapacidad y las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI);

E.  Considerando que, por lo que respecta a los criterios políticos, el ritmo de las reformas se ha ralentizado y se ha producido un retroceso significativo en los ámbitos de la libertad de expresión y la libertad de reunión;

F.  Considerando que Turquía sigue siendo uno de los países con más periodistas encarcelados del mundo;

G.  Considerando que Turquía sigue figurando como «no libre» en cuanto a libertad de prensa y solo «parcialmente libre» en cuanto a libertad de internet en la clasificación elaborada por Freedom House sobre la libertad de prensa y de los medios de comunicación;

H.  Considerando que la situación de seguridad en Turquía se está deteriorando rápidamente tanto en el interior como en el exterior;

I.  Considerando que Turquía ha sufrido numerosos atentados terroristas atribuidos al denominado Estado Islámico de Irak y Levante (EIIL/Dáesh), en Diyarbakir, Suruc, Ankara y Estambul, en los que perdieron la vida un total de 146 personas inocentes;

J.  Considerando que los bombardeos rusos sobre Alepo y otras zonas de Siria están produciendo un elevado número de refugiados que se añaden a los que buscan protección en Turquía;

K.  Considerando que la UE y Turquía han acordado dar un nuevo impulso al proceso de negociación y cooperar intensamente en materia de migración;

L.  Considerando que el pueblo turco ha acogido hasta ahora con admirable hospitalidad al gran número de refugiados que viven en su seno; que Turquía acoge a la mayor población de refugiados del mundo, con una cifra de aproximadamente 2,7 millones de personas registradas procedentes de Siria e Irak, según el ACNUR;

M.  Considerando que las autoridades turcas no han dado su acuerdo a la reapertura del seminario ortodoxo de la isla de Heybeliada;

I.Situación actual de las relaciones entre la Unión y Turquía

1.  Expresa su profunda preocupación, en vista del retroceso que se ha producido en Turquía en lo tocante al respeto de la democracia y el Estado de Derecho, por la notable ralentización general del ritmo de las reformas en Turquía estos últimos años y por la regresión constatada en determinados ámbitos fundamentales, como la independencia del poder judicial, la libertad de reunión, la libertad de expresión y el respeto por los derechos humanos y el Estado de Derecho, que aleja el país cada vez más del cumplimiento de los criterios de Copenhague que debería observar todo país candidato;

2.  Subraya que Turquía es un socio estratégico clave para la UE y de que unas negociaciones activas y creíbles ofrecerían el marco más adecuado para aprovechar plenamente el potencial de las relaciones entre la Unión y Turquía; toma nota de la reactivación del proceso de negociación y espera que la apertura de nuevos capítulos dé lugar a avances concretos; pide, en este contexto, progresos concretos y un compromiso genuino por parte de Turquía; reitera su petición a la Comisión de que reevalúe la manera en que se han llevado a cabo las negociaciones hasta ahora y examine cómo pueden mejorarse e intensificarse las relaciones y la cooperación entre Turquía y la Unión; apoya firmemente un diálogo de alto nivel estructurado, más frecuente y abierto sobre temas clave de interés común, como las migraciones, la lucha antiterrorista, la energía, la economía y el comercio;

3.  Considera que el aplazamiento del Informe de 2015 sobre Turquía de la Comisión hasta después de las elecciones turcas de noviembre de 2015 fue una decisión equivocada, pues dio a entender que la Unión estaba dispuesta a cerrar los ojos en la cuestión de las violaciones de los derechos fundamentales como contrapartida de la cooperación del Gobierno de Turquía en relación con los refugiados; pide a la Comisión que se comprometa a publicar los informes anuales de situación con arreglo a un calendario específico fijo; pide a la Comisión y al Consejo que no ignoren la evolución interna de Turquía y que defiendan sin ambages el respeto del Estado de Derecho y los derechos fundamentales en Turquía, como establecen los criterios de Copenhague y con independencia de otros intereses;

4.  Toma nota de los resultados de las elecciones parlamentarias del 1 de noviembre de 2015 y de la formación de un nuevo Gobierno; reitera su petición de que se rebaje el umbral electoral del 10 %, y pide transparencia en cuanto a la financiación de partidos políticos y campañas electorales; celebra la activa participación de voluntarios de la sociedad civil y el alto nivel de participación en las elecciones; condena, sin embargo, la intimidación y el acoso contra los medios de comunicación y la discriminación contra partidos de la oposición en cuanto a cobertura preelectoral, la atmósfera de violencia e intimidación, en la que han destacado en particular los ataques a determinados candidatos y sedes de partidos de la oposición, en particular contra el Partido Democrático Popular (HDP), y la intensa polarización política; celebra que la Gran Asamblea Nacional Turca incluya ahora a grupos minoritarios en Turquía como consecuencia de las dos últimas elecciones y a pesar del umbral del 10 %;

5.  Pide que se modernice la unión aduanera y se amplíe a nuevos sectores, incluidos los productos agrícolas, los servicios y la contratación pública; toma nota de que el inicio de las negociaciones al respecto se prevé para el segundo semestre de 2016; recuerda que la unión aduanera únicamente podrá desarrollar todo su potencial cuando Turquía aplique en su integridad en Protocolo Adicional respecto a todos los Estados miembros; opina que los intereses de Turquía deben tomarse en consideración en futuros acuerdos de libre comercio entre la Unión y países terceros, en particular en el caso de las negociaciones de la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI) entre la Unión y los EE.UU.; pide la mejora de la libre circulación de personas y el aumento de los intercambios interculturales;

6.  Toma nota apreciativamente del diálogo político intensificado entre la Unión y Turquía en el ámbito de la política exterior y de seguridad y de la mayor alineación de Turquía con las declaraciones de la Unión y las decisiones del Consejo en 2015; lamenta que Turquía no se alineara con la decisión del Consejo adoptada tras la anexión ilegal de Crimea por la Federación de Rusia y los sucesos de Ucrania oriental, incluidas las medidas restrictivas;

7.  Insiste en que Turquía debe continuar alineando su política exterior con la de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en el Marco de Negociación; considera fundamental intensificar los intercambios de información sobre política exterior e invita al ministro de Asuntos Exteriores de Turquía a asistir a reuniones del Consejo de Asuntos Exteriores siempre que sea pertinente; recuerda la importancia estratégica de Turquía para seguridad energética de la Unión como país de tránsito clave; considera fundamental un rápido desarrollo de la cooperación en el ámbito de la energía y la ampliación del corredor de tránsito energético hacia la Unión Europea a través de Turquía;

8.  Reitera la necesidad de fortalecer las relaciones de buena vecindad, que constituyen una parte fundamental del Marco de Negociación y un elemento esencial del proceso de ampliación; pide a Turquía que redoble sus esfuerzos por resolver, de conformidad con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas y con el Derecho internacional, cuestiones bilaterales pendientes así como obligaciones legales no resueltas y conflictos con sus vecinos más cercanos por cuestiones de fronteras terrestres y marítimas y de espacio aéreo; pide al Gobierno turco que firme y ratifique la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar; insta al Gobierno de Turquía a que ponga fin a las reiteradas violaciones del espacio aéreo y las aguas territoriales de Grecia, así como a los vuelos de aeronaves militares turcas sobre las islas griegas; lamenta que no se haya retirado la amenaza de casus belli declarada por la Gran Asamblea Nacional turca contra Grecia; insta a Turquía y a Armenia a que normalicen sus relaciones estableciendo relaciones diplomáticas sin condiciones previas, y pide que se abra la frontera turco-armenia, lo que podría contribuir a la mejora de las relaciones, en especial en lo relativo a la cooperación transfronteriza y la integración económica;

II.El respeto del Estado de Derecho, la democracia, los derechos humanos y las libertades fundamentales

9.  Opina que, de conformidad con el compromiso de la UE con el Estado de Derecho y los valores fundamentales, se precisan con urgencia en Turquía reformas en los ámbitos del poder judicial y los derechos fundamentales, y de la justicia, la libertad y la seguridad respectivamente; pide, sin perjuicio de las posiciones de los Estados miembros, que, cuando se cumplan los criterios oficiales de apertura, el Consejo de la Unión proponga la apertura de los capítulos 23 (poder judicial y derechos fundamentales) y 24 (justicia, libertad y seguridad) y vele por que el proceso de reformas en Turquía se configure de acuerdo a los valores y las normas de la Unión; pide a Turquía que coopere plenamente con el Consejo de Europa y con la Comisión de Venecia en materia de reforma judicial;

10.  Lamenta el grave retroceso de la libertad de expresión y opinión, tanto en línea como en otros entornos, registrado en los últimos dos años en Turquía, que sitúa al país en el puesto 149 de 180 en el último índice de libertad de prensa en el mundo elaborado por Reporteros sin Fronteras; recuerda que, según las propias cifras de las autoridades turcas, Turquía es el país que ostenta el récord de tener más periodistas entre rejas; reitera que las libertades de expresión y opinión, incluida la independencia de los medios de comunicación, constituyen el núcleo de los valores de la UE; celebra la sentencia del Tribunal Constitucional en la que declara que los derechos de Can Dündar y Erdem Gül habían sido violados; recuerda que siguen procesados y que los fiscales solicitan múltiples cadenas perpetuas, manifiesta su preocupación por la decisión de prohibir la presencia de público durante todo el juicio y pide que se lleve a cabo una investigación exhaustiva y objetiva de las alegaciones de los periodistas sobre el transporte de armas a Siria; condena las recientes declaraciones del presidente de Turquía contra el Tribunal Constitucional; pide la inmediata liberación de todos los periodistas presos y alienta a los diplomáticos europeos a mantener el estrecho seguimiento de todos los procesos penales seguidos contra periodistas; lamenta los ataques personales lanzados contra periodistas y opositores por altas instancias gubernamentales y las tendencias cada vez más autoritarias de los líderes turcos; insta a Turquía a que actúe contra las intimidaciones a periodistas en todas sus forma, investigando en particular todas las agresiones físicas y amenazas, y que impida activamente los ataques contra editoras de medios de comunicación, y asimismo que relaje el tenso clima político que genera un ambiente restrictivo de la libertad de expresión en los medios y en internet;

11.  Toma nota del Índice de Percepción de la Corrupción 2015 de Transparencia Internacional, publicado el 27 de enero de 2016, que muestra un incremento de los niveles de corrupción en Turquía durante el pasado año y sitúa al país en el puesto 66; subraya que el Gobierno turco debe emitir señales claras y coherentes de su sincera intención de luchar contra la corrupción en todos los niveles de poder;

12.  Recuerda que la lucha contra la corrupción debe ser una de las prioridades de Turquía; pide, por consiguiente, a Turquía que actualice la estrategia y el plan de acción de lucha contra la corrupción, que cree un organismo independiente en materia de lucha contra la corrupción, y que establezca un registro fiable de investigaciones, acciones penales y condenas, también en los casos de alto nivel;

13.  Pide que se restablezca la independencia de los medios de comunicación del Koza Ipek Holding y el grupoFeza y que se retire a todos los representantes gubernamentales de las juntas directivas, que se readmita a las docenas de empleados despedidos por expresar su descontento ante la asunción del control por parte del Gobierno y que se retiren los cargos de terrorismo;

14.  Condena la toma de control, violenta e ilegal, sobre varios diarios turcos, con la de Zaman como caso más reciente, y expresa su preocupación ante la decisión de Digiturk de cesar la transmisión de canales de televisión, debida, según se dice, a razones políticas, entre otras; pide al Gobierno turco que ponga fin a la presión política y económica sobre los medios de comunicación independientes; condena enérgicamente los ataques verbales y físicos y el creciente recurso a la difamación y a la legislación antiterrorista contra periodistas; toma nota de las prohibiciones de determinados contenidos en la información en línea y fuera de línea, así como la práctica del bloqueo de sitios web, en particular de redes sociales, que ha dado lugar a la autocensura entre periodistas, temerosos de que la crítica a las autoridades acreciente más las represalias; expresa su profunda preocupación ante el bloqueo de decenas de miles de páginas web, las enmiendas aprobadas en marzo de 2015 a la Ley de Regulación de los Medios en Internet, y ante el hecho de que la Dirección de Telecomunicaciones turca esté facultada para bloquear páginas web en un plazo de cuatro horas por diversos motivos, todos ellos vagos; manifiesta su preocupación por el hecho de que el proveedor de servicios por satélite Turksat haya interrumpido la difusión de IMC TV el viernes 26 de febrero de 2016 a petición de un fiscal de Ankara que investiga si este canal apoya a un grupo «terrorista»; expresa su preocupación ante las sanciones fiscales excepcionalmente elevadas impuestas a organizaciones de medios de comunicación; pide la revisión de la legislación sobre internet en apoyo de un entorno propicio para la libertad de expresión en internet y la protección de la privacidad y de los derechos personales; condena las tentativas de cargos públicos turcos de intimidar y, en algunos casos, deportar a varios periodistas internacionales; pide que se lleve a cabo una investigación independiente de los asesinatos en suelo turco de los periodistas Nayi Yerf, Ibrahim Abdelkader y Fares Hamadi, del blog sobre Siria «Raqa está siendo sacrificada en silencio»; deplora asimismo las investigaciones, las detenciones, las penas de prisión y las multas de castigo impuestas por supuestas injurias al jefe del Estado sobre la base del artículo 299 del Código Penal; pide al Gobierno turco que aborde estos problemas con carácter de urgencia y con prioridad con miras a salvaguardar el pluralismo, de acuerdo con las normas internacionales; considera que el debate público abierto es un elemento fundamental de toda democracia sana;

15.  Pide al Gobierno turco que adopte una ley adecuada en materia de protección de datos y que establezca una autoridad de protección de datos independiente, conforme a las normas europeas, que siente las condiciones necesarias para una cooperación policial y judicial y un intercambio de información eficientes y eficaces a escala internacional, y que contribuya al mismo tiempo al cumplimiento de los criterios para la liberalización del régimen de visados; pide a las autoridades turcas que definan claramente las excepciones en relación con el ámbito de aplicación de la ley, en particular en lo que se refiere al tratamiento de los datos relacionados con la salud, y que adopte un procedimiento de selección que garantice la independencia de los miembros del organismo dedicado a la protección de datos;

16.  Reitera su preocupación ante la Ley antiterrorista, y especialmente ante su definición, amplia y demasiado vaga, de terrorismo, delincuencia organizada y propaganda, que hace manifiestamente imposible determinar la naturaleza precisa de tales delitos; insiste en que la legislación penal y contra el terrorismo debe ser conforme con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que Turquía debe respetar plenamente y aplicar en su totalidad; pide a Turquía que cree un entorno político y jurídico que haga posible que el poder judicial desempeñe sus cometidos de manera independiente e imparcial también en la práctica, de manera que no se convierta en un instrumento de represión de la disidencia interna; pide a Turquía que ejecute todas las sentencias de los tribunales europeos; expresa su preocupación ante las numerosas asignaciones de nuevo destino, traslados contra la voluntad de los interesados y destituciones de jueces y fiscales, que socavan la independencia, la imparcialidad y la eficiencia del poder judicial, así como el respeto de los principios de garantía procesal y separación de poderes; pide que se restablezca urgentemente la separación de poderes, así como la adopción de medidas significativas para garantizar la plena independencia del poder judicial; deplora las desviaciones del curso de la justicia en beneficio de determinados políticos, que se generalizaron en Turquía en la estela del escándalo de corrupción de 2013; subraya que deben limitarse el papel y la influencia del poder ejecutivo en el Consejo Superior de Jueces y Fiscales y que son necesarias garantías suficientes contra los traslados de jueces contra su voluntad;

17.  Recuerda que el extraordinario crecimiento económico de Turquía en la última década ha llevado consigo un auge sin precedentes de la construcción de viviendas e infraestructuras, en detrimento, con frecuencia, de los intereses del medio ambiente y la conservación; expresa su particular preocupación por los diversos megaproyectos en el país y pide con insistencia al Gobierno que utilice evaluaciones del impacto ambiental y social y que asocie adecuadamente a la población local en la concepción de proyectos de modo que puedan evitarse en la medida de lo posible los efectos negativos a largo plazo de la urbanización, el consumo de espacio y la degradación del medio ambiente;

18.  Considera que el proceso de reforma constitucional debe conducir a una sociedad laica, pluralista, incluyente y tolerante; destaca que una nueva Constitución debería basarse en un amplio consenso de todo el espectro político y de la sociedad en su conjunto, con pleno respeto de los derechos de las minorías, independientemente de los orígenes culturales o religiosos, ofreciendo de este modo una base sólida para las libertades fundamentales y el Estado de Derecho; insta a Turquía a que respete plenamente el Estado de Derecho y los derechos y libertades fundamentales, en particular la libertad de las minorías étnicas y religiosas; hace hincapié en la necesidad de adoptar medidas legislativas amplias contra la discriminación, que prohíban la discriminación y la incitación al odio por motivos de origen étnico, religión, orientación sexual, género o identidad de género, y de incluir la prohibición de este tipo de discriminaciones en una nueva Constitución; subraya que ello no debe impedir a Turquía que conceda derechos específicos a los ciudadanos sobre la base de su origen étnico, su religión o su lengua, a fin de que puedan preservar su identidad; señala, a este respecto, que es necesario adoptar medidas adicionales para hacer frente a los problemas que afectan a los miembros de la minoría griega, en particular en lo que se refiere al derecho a educación y al derecho de propiedad; insta a las autoridades turcas a que adopten medidas de carácter judicial contra las personas y los organismos responsables de cualquier tipo de delito motivado por el odio, incluido el antisemitismo, tal y como se recogía en el paquete de medidas para la democratización adoptado por el Gobierno; condena la actitud pasiva del Gobierno turco en relación con las serias amenazas contra los cristianos y sus clérigos en los medios sociales; confía en que el Gobierno turco dé a todos los ciudadanos turcos un trato exento de prejuicios respecto de sus creencias religiosas; pide a las autoridades turcas, en vista de que Turquía alberga la población de la minoría romaní más numerosa del mundo, que aplique medidas concretas y efectivas para alcanzar de facto la igualdad de derechos para los romaníes en la sociedad turca y mejorar su situación, dedicando una atención especial a los niños romaníes y a la inclusión de las mujeres romaníes;

19.  Pide a Turquía que continúe trabajando en estrecha colaboración con la Comisión Europea sobre la nueva legislación en preparación y en la aplicación de las leyes vigentes con el fin de asegurar la compatibilidad con el acervo de la Unión;

20.  Subraya la necesidad de respetar plenamente, de conformidad con los valores europeos, el derecho a diferentes estilos de vida, tanto laicos como los basados en la fe, y de mantener la separación entre el Estado y la religión;

21.  Destaca la importancia de continuar el proceso de reformas en el ámbito de la libertad de pensamiento, conciencia y religión permitiendo que las comunidades religiosas adquieran personalidad jurídica mediante la eliminación de todas las restricciones a la formación, el nombramiento y la sucesión de los clérigos, el cumplimiento de las sentencias pertinentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y las recomendaciones de la Comisión de Venecia, y la eliminación de todas las formas de discriminación o barreras por motivos religiosos; pide a Turquía que respete el carácter particular y la importancia del patriarca ecuménico y que reconozca su personalidad jurídica; reitera la necesidad de permitir la reapertura del seminario de Halki y levantar todos los obstáculos a su buen funcionamiento, y de permitir asimismo el uso público del título eclesiástico de patriarca ecuménico;

22.  Pide al Gobierno turco que suspenda sus planes de construcción de la central nuclear de Akkuyu; señala que la ubicación prevista se encuentra en una región proclive a terremotos graves, lo que no solo supone una amenaza importante para Turquía sino también para el conjunto de la región del Mediterráneo; solicita, por consiguiente, al Gobierno turco que se adhiera al Convenio de Espoo, por el que las partes se comprometen a notificarse y consultarse recíprocamente en relación con los grandes proyectos que contemplen y que pudieran tener un importante impacto adverso en el medio ambiente más allá de sus fronteras; solicita al Gobierno turco que asocie o, como mínimo, consulte a los Gobiernos de los países limítrofes, como Grecia y Chipre, cuando se den nuevos pasos en el proyecto de Akkuyu;

23.  Expresa su preocupación ante los persistentes niveles elevados de violencia contra la mujer y la no aplicación de la legislación nacional con el fin de prevenir y proteger a las mujeres de la violencia; insiste, asimismo, en que las autoridades apliquen efectivamente las leyes vigentes contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, problema muy extendido tanto en zonas rurales como urbanas, que aborden el escaso nivel de denuncias de casos de violencia de género, faciliten servicios de ayuda y protección a las víctimas de este tipo de violencia e impongan sanciones a los infractores, acentúen la sensibilización de la sociedad y luchen contra la aceptación social de la violencia de género; recomienda al Gobierno que promueva la igualdad de género en los ámbitos político, económico, social, cultural y civil o en cualquier otro;

24.  Pide a Turquía que despliegue esfuerzos serios para proteger los derechos de la comunidad LGBTI; expresa su profunda preocupación ante la ausencia de protección de las personas LGBTI contra actos de violencia; subraya, a este respecto, su malestar por el hecho de que no se haya incluido la protección contra los delitos motivados por el odio por causa de la orientación sexual e identidad de género en el proyecto de ley relativo a los delitos motivados por el odio; lamenta que los delitos motivados por el odio contra las personas LGBTI a menudo queden impunes o que las sentencias dictadas contra los infractores se reduzcan por supuestas «provocaciones injustificadas» por parte de las víctimas;

III.El proceso de paz kurdo y la situación en el sudeste de Turquía

25.  Expresa su profunda preocupación por el deterioro de la situación en el sudeste de Turquía; recuerda la responsabilidad del Gobierno turco de proteger a todas las personas que viven en su territorio, independientemente de sus orígenes culturales o religiosos; reconoce el derecho legítimo de Turquía a luchar contra el terrorismo, sujeto al Derecho internacional; destaca, no obstante, que las medidas de seguridad deben llevarse a cabo dentro del respeto del Estado de Derecho y los derechos humanos; subraya que todas las operaciones de las fuerzas de seguridad deben ser proporcionales y no adoptar la forma de un castigo colectivo; condena la conducta impropia de integrantes de las fuerzas especiales de seguridad y exige que los responsables sean llevados ante la justicia; solicita que el Derecho humanitario se aplique de manera que todos los heridos puedan beneficiarse de los cuidados a los que tienen derecho;

26.  Condena el retorno del PKK, que figura en la lista de la Unión de organizaciones terroristas, a la violencia y lo considera injustificado; destaca que no existe una solución violenta para la cuestión kurda e insta al Gobierno turco a que asuma su responsabilidad de reanudar las negociaciones con miras a alcanzar una solución global y sostenible para la cuestión kurda; pide al PKK que deponga las armas, abandone las tácticas terroristas y recurra a medios pacíficos y legales para expresar sus expectativas; condena enérgicamente los atentados contra las fuerzas de seguridad y la población civil; expresa su honda preocupación, en este contexto, por el levantamiento de barricadas y la excavación de trincheras por militantes de las unidades de protección del pueblo kurdo (YPG-H); insiste, no obstante, en que deben autorizarse las protestas pacíficas;

27.  Insta a las autoridades turcas a que levanten inmediatamente los toques de queda impuestos contraviniendo la Constitución turca; Se muestra especialmente alarmado ante la situación en Cizre y Sur/Diyarbakır, y condena las muertes y las lesiones causadas a civiles, privados además de agua, alimentos y atención médica; insta a Turquía a que permita la entrada en el país a la Media Luna Roja Internacional para que pueda hacer frente a la crisis humanitaria en Cizre y Diyarbakır; insta al Gobierno turco a que permita la hospitalización de los heridos, en cumplimiento de las medidas provisionales del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y que garantice una vía segura de salida para los civiles en las ciudades sometidas a toque de queda; expresa su honda preocupación ante el número creciente de muertos y heridos entre la población civil, que deben someterse a una investigación exhaustiva, y por el hecho de que aproximadamente 400 000 personas hayan sido desplazadas en el interior del país; destaca que, en nombre de la dignidad humana, debe autorizarse que las familias recuperen los cadáveres de las calles para que puedan darles sepultura; hace hincapié en la responsabilidad que incumbe al Gobierno turco en la protección de los derechos humanos, y la garantía de la seguridad y el acceso a bienes y servicios por parte de toda la población civil en las zonas predominantemente kurdas de Turquía afectadas por los combates; pide al Gobierno turco que establezca un mecanismo formal de ayuda urgente y compensación para las personas que han tenido que abandonar su hogar y han perdido su trabajo y sus medios de subsistencia; lamenta la destrucción de patrimonio histórico;

28.  Observa con preocupación los proyectos de transformación urbana y reubicación en zonas afectadas por el conflicto presentados recientemente por el Gobierno turco, y lamenta la decisión de proceder a numerosas expropiaciones en el distrito Sur de Diyarbakir, incluidos bienes de propiedad municipal y eclesiástica, lo que constituiría un violación de los derechos de las minorías religiosas; pide al Gobierno turco que respete la especificidad cultural de la región y se abstenga de seguir consolidando la estructura centralizada del gobierno local; pide la revisión de la decisión de expropiación y de los planes de reconstrucción dialogando y cooperando con las autoridades de distrito y metropolitanas y respetando los derechos de los residentes y los propietarios;

29.  Expresa su pesar por las acciones llevadas a cabo por las fuerzas especiales de seguridad conocidas como «grupos operativos Esedullah», en los que parece recaer la responsabilidad de graves violaciones de los derechos humanos, incluida la muerte deliberada de civiles en el sudeste de Turquía; exige a las autoridades turcas que investiguen en profundidad las acciones de los «grupos operativos Esedullah», que exijan responsabilidades y que castiguen a los culpables de violaciones de los derechos humanos;

30.  Pide que se declare un alto el fuego inmediato y se reanude el proceso de paz con miras a alcanzar una solución negociada para la cuestión kurda; destaca la prioridad de avanzar hacia la democratización y la reconciliación; pide, en este contexto, que se establezca una comisión especial en la Gran Asamblea Nacional Turca para la resolución de la cuestión kurda, a fin de contribuir a una paz duradera restableciendo el sentimiento de justicia y tratando los traumas vulnerables ante abusos políticos; insta a la Unión a que asuma sin demora un papel activo en el proceso de paz; destaca la importancia de dar prioridad a la mejora de los derechos sociales, culturales y políticos, así como a la igualdad de trato de los ciudadanos de origen kurdo; reitera su llamamiento a Turquía, como miembro del Consejo de Europa, para que levante sus reservas a la Carta Europea de la Autonomía Local, de forma que pueda aplicarse plenamente en todos sus aspectos;

31.  Deplora profundamente la intimidación y la persecución judicial de las más de mil personas pertenecientes a esferas académicas firmantes de una petición en favor de la paz; condena el cese o la suspensión de casi cincuenta de ellos, así como el encarcelamiento de otros cuatro firmantes; insiste en que los responsables del asesinato del abogado Tahir Elci —que dedicó su vida a la paz y los derechos humanos— sean llevados ante la justicia; expresa su honda preocupación ante las investigaciones judiciales que afectan principalmente a miembros del partido HDP, así como ante el encarcelamiento y la destitución de alcaldes, así como veinticinco coalcaldes, y las amenazas que planean sobre muchos de sus parlamentarios;

32.  Condena enérgicamente los atentados terroristas atribuidos al EIIL/Dáesh perpetrados en Diyarbakir, Suruc, Ankara y Estambul; expresa su solidaridad con las víctimas y sus familias y con los ciudadanos turcos que se encuentran en la vanguardia de la lucha contra el extremismo; condena asimismo enérgicamente los atentados perpetrados en Ankara el 17 de febrero de 2016, cuya responsabilidad ha reivindicado el grupo militante Halcones de la Libertad del Kurdistán (TAK ), así como el atentado perpetrado en Ankara el 13 de marzo de 2016, y expresa sus condolencias a las familias y allegados de las víctimas; destaca la importancia de llevar a cabo investigaciones exhaustivas de estos atentados con miras a llevar a sus autores ante la justicia; considera que el fortalecimiento de la cooperación entre Europol y los cuerpos y fuerzas de seguridad de Turquía es fundamental para combatir eficazmente el terrorismo;

33.  Acoge con satisfacción la participación de Turquía en la Coalición Mundial contra el EIIL y la apertura de sus bases a los Estados Unidos y a las fuerzas de la coalición; insta a Turquía a que actúe con la necesaria moderación y en plena cooperación con sus aliados occidentales;

34.  Insta a Turquía a que redoble sus esfuerzos para impedir que combatientes extranjeros, financiación y equipamiento lleguen al EIIL/Dáesh y otros grupos extremistas a través de su territorio; manifiesta su preocupación ante la posibilidad de que las autoridades turcas no hayan tomado todas las medidas posibles para detener e impedir las actividades del EIIL/Dáesh, en particular para luchar contra el tráfico ilegal de petróleo a través de sus fronteras; pide a la Unión que refuerce su capacidad de intercambio de información y colabore estrechamente con las autoridades turcas en este ámbito con el fin de prestar un mayor apoyo a la lucha contra las redes de tráfico; constata deficiencias en la detención de combatientes extranjeros y en el control de las fronteras con Irak y Siria;

35.  Celebra el apoyo y la contribución de Turquía al acuerdo alcanzado entre las principales potencias para poner fin a las hostilidades en Siria y prestar ayuda humanitaria a las personas necesitadas; elogia esta aportación como un paso importante para resolver la crisis siria; señala que el cese de las hostilidades debería aplicarse a todas las partes en el conflicto excepto a los grupos designados como organizaciones terroristas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; insta a todas las partes a que apliquen estos compromisos con diligencia y en su totalidad; reitera su convencimiento de que no existe una solución militar al conflicto sirio e insiste en la necesidad de alcanzar una solución política; condena las intervenciones militares de Turquía contra fuerzas kurdas en el norte de Siria, pues van en detrimento de la lucha contra el EIIL/Dáesh y ponen en peligro los esfuerzos por la paz y la seguridad;

IV.La cooperación entre la Unión y Turquía en la crisis de los refugiados y en el ámbito de la migración

36.  Apoya una renovación del compromiso político entre la Unión y Turquía en lo tocante a los desafíos geopolíticos, en particular la crisis migratoria y de los refugiados; reconoce la gran contribución humanitaria de Turquía, que alberga al mayor número de refugiados en el mundo; insta a la Unión y a Turquía a que unan sus fuerzas para mejorar y garantizar unas condiciones de vida dignas y las capacidades básicas en los campos de refugiados y para facilitar la labor del Organismo de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), con el fin de evitar una salida masiva de migrantes; insta a la Unión a que siga trabajando con funcionarios turcos para garantizar la exactitud de la documentación de los migrantes; recuerda que Turquía es uno de los principales países de tránsito para los migrantes y los refugiados que se dirigen a la Unión no solo desde Siria, sino también desde muchos otros países; subraya la importancia que reviste la cooperación con Turquía para gestionar la crisis de los refugiados e impedir la pérdida de vidas en el mar; acoge con satisfacción la misión de observación de la OTAN en el mar Egeo;

37.  Se congratula de la activación, el 29 de noviembre de 2015, del Plan conjunto de actuación UE-Turquía para la gestión de los refugiados y de la migración como parte de una agenda exhaustiva de cooperación basada en la responsabilidad compartida, los compromisos mutuos y la consecución de resultados, e insiste en la necesidad de aplicarla de inmediato hace hincapié en que la cooperación entre la Unión y Turquía en el ámbito de la migración no debe estar vinculada al calendario, los contenidos y las condiciones del proceso de negociación; considera que la externalización de la crisis de los refugiados a Turquía no es una solución creíble para el problema a largo plazo; apela a la solidaridad de los Estados miembros para aumentar el número de países dispuestos a aceptar la reubicación de refugiados, en un espíritu de división de cargas y responsabilidades;

38.  Destaca que los 3 000 millones de euros y la financiación adicional del Mecanismo para los refugiados en Turquía en favor de los refugiados deben utilizarse debidamente con miras a aportar mejoras rápida y directamente a los refugiados y a sus comunidades de acogida a través de la realización de proyectos que respondan a las necesidades inmediatas de alimentos, atención sanitaria, saneamiento y educación; pide que el Parlamento participe plenamente en el proceso de toma de decisiones en calidad de colegislador y de autoridad presupuestaria; insta a que se entreguen más rápidamente los fondos comprometidos; pide a la Comisión Europea y a los Estados miembros que velen, en cooperación con Turquía, por el establecimiento de un mecanismo para comprobar que los recursos se utilicen adecuadamente para este fin, por la estrecha supervisión de este mecanismo y por que la Comisión Europea informe periódicamente al Parlamento Europeo de la utilización de los fondos; subraya la necesidad de prestar una atención especial a grupos vulnerables como las mujeres y los niños, en particular los huérfanos, y las minorías religiosas, como los cristianos y los yazidíes; hace hincapié en la necesidad urgente de hacer frente a la violencia de género y los abusos contra mujeres y niñas en las rutas migratorias que atraviesan Turquía;

39.  Celebra la reciente decisión del Gobierno turco de abrir su mercado laboral a los refugiados sirios; alienta la adopción de más medidas urgentes para asegurar el acceso al sistema educativo de los 700 000 niños sirios; encomia al Gobierno turco por ofrecer servicios sanitarios y educación gratuitamente a los refugiados sirios; lamenta que el llamamiento del ACNUR en favor de un aumento de la financiación no haya tenido respuesta y que el Programa Mundial de Alimentos haya tenido que reducir su porcentaje nutricional al 80 % debido a lo reducido de los fondos; encomia a Turquía por colmar unilateralmente esta laguna financiera y pide a los Estados miembros y a la Unión que aumenten la financiación de las agencias de las Naciones Unidas y de sus ONG socias en Turquía;

40.  Toma nota de que Turquía ha mantenido hasta hace poco tiempo una política de fronteras abiertas a los refugiados sirios; elogia la entrada en vigor de las nuevas normas del régimen de visados turco, que ya han allanado el camino para una disminución pronunciada de los cruces ilegales de fronteras; destaca, no obstante, que es necesario aplicar una política de visados mucho más estricta, en línea con la política de visados de la Unión, respecto de los países que suponen una fuente importante de migración ilegal, con el fin de contener la afluencia de migrantes que no requieren protección internacional a través de Turquía hacia Europa; subraya que Turquía necesita asistencia de todo tipo para reforzar su seguridad fronteriza e intensificar la lucha contra los traficantes de seres humanos; pide a Turquía que aplique una tolerancia cero y adopte medidas eficaces para poner freno a las actividades de los traficantes de seres humanos y detener el flujo de refugiados hacia las islas griegas, que está causando graves problemas humanitarios, políticos, sociales y de seguridad en la Unión; anima a una mayor cooperación entre Turquía, Bulgaria y Grecia en las operaciones de búsqueda y rescate en el mar Egeo, y pide a Frontex que brinde su apoyo a la guardia costera turca y aumente el intercambio bilateral de información; reconoce que las medidas destinadas a luchar contra el tráfico ilícito solo pueden ser efectivas si van acompañadas de la creación de rutas seguras y legales para que los refugiados y los solicitantes de asilo entren en la Unión Europea;

41.  Destaca que la contención de los flujos migratorios hacia la Unión no debería dar lugar a devoluciones forzosas de refugiados o a su internamiento ilegal; pide a la Comisión que, en lo que al Plan conjunto de actuación UE-Turquía se refiere, investigue las acusaciones formuladas por Amnistía Internacional en su informe de 1 de abril de 2016 en el sentido de que Turquía está procediendo al retorno forzoso de refugiados sirios; insiste en que todos los procedimientos de retorno forzoso desde Grecia a Turquía deben respetar plenamente el Derecho internacional y de la Unión en relación con el acceso al asilo y a la protección internacional y la aplicación de los derechos fundamentales y de las garantías procesales; pide, en este sentido, a la Comisión que siga de cerca las modalidades de aplicación por parte de las autoridades turcas de dicho acuerdo y si se respeta el principio de no devolución en el caso de las personas que retornan a Turquía; reitera su llamamiento al Gobierno turco de que levante la reserva geográfica a la Convención de Ginebra de 1951; insiste en que es fundamental crear rutas seguras y legales para los refugiados e insta a los Estados miembros a que incrementen considerablemente sus esfuerzos de reubicación; opina que es imperativo llegar a una solución política a la crisis de Siria; insta a Turquía a que incremente considerablemente sus esfuerzos por llegar a una solución política, en concreto, a que supere sus reservas ante la participación de los kurdos en las negociaciones de paz de Ginebra;

42.  Celebra que las autoridades turcas y el ACNUR en Turquía estén armonizando sus bases de datos para el registro de refugiados en un único sistema de registro; considera urgente buscar vías técnicas para hacer esta base de datos interoperable y compatible con la base de datos europea para el registro de solicitantes de asilo, Eurodac; subraya que también es importante que en cuanto los refugiados abandonen Turquía para entrar en Europa, sean retirados de la base de datos turca;

43.  Destaca que la aplicación del acuerdo de readmisión en relación con todos los Estados miembros es fundamental para la Unión, ya que brinda la oportunidad de reforzar la eficacia de la política de retorno de los migrantes económicos que no requieren protección internacional; celebra el acuerdo político alcanzado por las dos partes en la Cumbre UE-Turquía celebrada el 29 de noviembre de 2015 para que el acuerdo de readmisión UE-Turquía sea plenamente aplicable a partir de junio de 2016; pide a todas las partes que apliquen íntegra y efectivamente los acuerdos bilaterales de readmisión vigentes y que velen por que se respeten plenamente los derechos fundamentales de los migrantes retornados;

44.  Alienta al Gobierno turco a cumplir íntegramente y de manera no discriminatoria los criterios establecidos en la hoja de ruta sobre la liberalización de visados en relación con todos los Estados miembros; recuerda que la liberalización de visados es un proceso basado en los méritos y que los ciudadanos turcos no podrán desplazarse sin visados hasta que se hayan respetado dichos criterios; pide a la Comisión que ofrezca más asistencia técnica para el cumplimiento de las condiciones de la hoja de ruta sobre la liberalización de visados;

V.Evolución de las negociaciones sobre la reunificación de Chipre

45.  Celebra los importantes progresos alcanzados en las negociaciones sobre la reunificación de Chipre bajo los auspicios de las Naciones Unidas; acoge con satisfacción la declaración conjunta de 11 de febrero de 2014 de los dos líderes como base para una solución; apoya la evolución de la República de Chipre hacia una federación bicomunitaria y bizonal con una única soberanía, una única personalidad internacional y una única ciudadanía, con igualdad política entre ambas comunidades e igualdad de oportunidades para todos sus ciudadanos, sin perjuicio del acuerdo definitivo y de conformidad con las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y el Derecho internacional; celebra el enfoque constructivo adoptado por los líderes de las comunidades grecochipriota y turcochipriota de la isla, así como su determinación y sus esfuerzos incansables para alcanzar lo antes posible una solución justa, global y viable; subraya la importancia que tiene para toda la región y para Europa / la Unión Europea la solución al problema chipriota, que dura desde hace décadas; saluda, por consiguiente, la posibilidad de que se celebre un nuevo referéndum sobre la reunificación y pide a todas las partes que contribuyan a un resultado positivo;

46.  Toma nota de que la no resolución de la cuestión chipriota afecta al desarrollo de las relaciones entre la Unión y Turquía y pide, por consiguiente, a todas las partes implicadas que hagan un esfuerzo para resolver el problema;

47.  Pide a Turquía que cumpla su obligación de aplicar plenamente y sin ninguna discriminación el Protocolo adicional del Acuerdo de Asociación CE-Turquía con respecto a todos los Estados miembros, incluida la República de Chipre, ya que cumplir esta obligación podría imprimir un importante impulso al proceso de negociación;

48.  Deplora la política de asentamientos ilegales de Turquía y le pide que se abstenga de seguir asentando a ciudadanos turcos en las zonas ocupadas de Chipre, en contra de la Convención de Ginebra y de los principios del Derecho internacional; insta a Turquía a que ponga fin a todas las acciones que alteren el equilibrio demográfico en la isla e impidan, por ende, una futura solución;

49.  Pide a Turquía que se abstenga de cualquier actividad en la ZEE de Chipre que pueda causar fricciones y crisis en una región sumamente delicada e influir negativamente en las negociaciones para lograr una solución democrática que ponga fin a la inaceptable situación dicotómica actual; reconoce el derecho de los Estados miembros a firmar acuerdos bilaterales y de otro tipo en el marco de sus derechos soberanos a fin de explotar los recursos naturales dentro de sus ZEE.

50.  Celebra el acuerdo alcanzado por los dirigentes de ambas comunidades sobre una serie de medidas de fomento de la confianza, incluidas la apertura de dos nuevos puntos de paso y la interconexión de las redes eléctricas; observa, no obstante, que se han producido escasos o nulos progresos en relación con la interoperabilidad de la telefonía móvil; insta a ambas partes a que apliquen sin más dilación todas las medidas acordadas; pide a la UE que apoye plenamente dicho acuerdo tanto en el plano político como financiero; pide a Turquía que apoye activamente el proceso de negociación y un resultado positivo; pide a Turquía que comience a retirar sus tropas de Chipre y que transfiera la zona inaccesible de Famagusta a las Naciones Unidas, de conformidad con la Resolución 550(1984) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; insta a que se conceda acceso al Comité sobre Personas Desaparecidas (que se ocupa de las personas desaparecidas tanto turcochipriotas como grecochipriotas) a todos los lugares pertinentes, incluidas las zonas militares; insta a Turquía, no obstante, a que conceda acceso a los archivos pertinentes, lo que maximizaría la eficacia del Comité;

51.  Acoge con satisfacción la iniciativa del presidente de la República de Chipre Nicos Anastasiades de otorgar al turco el estatuto de lengua oficial de la Unión e insta a las partes a que aceleren este proceso; señala que debe prepararse bien ya la aplicación del acervo de la Unión en el futuro Estado constituyente turcochipriota desde el momento de la entrada en vigor del acuerdo; celebra, a este respecto, la constitución del comité bicomunitario ad hoc sobre la preparación para la UE; insta al Parlamento Europeo y a la Comisión Europea a que intensifiquen sus esfuerzos para cooperar con los turcochipriotas para preparar la plena integración en la Unión; insta al Presidente del Parlamento Europeo a que adopte las medidas necesarias en caso de que se acuerde una solución.

o
o   o

52.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Secretario General del Consejo de Europa, al Presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al Gobierno y al Parlamento de la República de Turquía.

(1) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0094.
(2) DO C 341 E de 16.12.2010, p. 59.
(3) DO C 199 E de 7.7.2012, p. 98.
(4) DO C 257 E de 6.9.2013, p. 38.
(5) DO C 45 de 5.2.2016, p. 48.
(6) DO C 65 de 19.2.2016, p. 117.
(7) Textos Aprobados, P7_TA(2014)0235.
(8) Textos Aprobados, P8_TA(2014)0052.
(9) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0014.
(10) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0228.


Informe de 2015 sobre Albania
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Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre el Informe de 2015 sobre Albania (2015/2896(RSP))
P8_TA(2016)0134B8-0440/2016

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Acuerdo de estabilización y asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Albania, por otra,

–  Vistas las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Salónica celebrado los días 19 y 20 de junio de 2003 relativas a las posibilidades de adhesión a la Unión Europea de los países de los Balcanes Occidentales,

–  Vistas la decisión del Consejo Europeo, de 26 y 27 de junio de 2014, de conceder a Albania el estatuto de país candidato a la adhesión a la UE, así como las conclusiones del Consejo de 15 de diciembre de 2015,

–  Vista la séptima reunión del Consejo de Estabilización y Asociación entre Albania y la UE celebrada en Bruselas el 18 de mayo de 2015,

–  Vista la adhesión de Albania a la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) el 1 de abril de 2009,

–  Vistas la declaración final de la Presidencia de la Cumbre de los Balcanes Occidentales de Viena, de 27 de agosto de 2015, así como las recomendaciones de las organizaciones de la sociedad civil para la Cumbre de Viena de 2015,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de noviembre de 2015, titulada «Estrategia de ampliación de la UE» (COM(2015)0611), acompañada del documento de trabajo de los servicios de la Comisión titulado «Informe de 2015 sobre Albania» (SWD(2015)0213),

–  Vistas las conclusiones conjuntas del quinto diálogo de alto nivel sobre las prioridades clave adoptadas el 24 de marzo de 2015 en Tirana,

–  Visto el informe final de la misión de observación electoral de la OSCE/OIDDH sobre las elecciones municipales del 21 de junio de 2015, con fecha de 8 de septiembre de 2015,

–  Vista la novena reunión de la Comisión Parlamentaria de Estabilización y Asociación UE-Albania celebrada en Bruselas los días 9 y 10 de noviembre de 2015,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Albania,

–  Vista la labor de Knut Fleckenstein como ponente de turno sobre Albania de su Comisión de Asuntos Exteriores,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que Albania ha realizado avances continuados en la vía hacia la adhesión a la UE;

B.  Considerando que los países candidatos (potenciales) son juzgados por sus propios méritos y que la calidad de las reformas necesarias determina el calendario para la adhesión;

C.  Considerando que persisten retos a los que es necesario responder de forma rápida y eficaz para seguir avanzando en la senda de la adhesión a la UE;

D.  Considerando que la adopción consecuente y la plena aplicación de las reformas en relación con las cinco prioridades clave, así como un compromiso político sostenido, resultan fundamentales para avanzar en el proceso de adhesión a la UE;

E.  Considerando que la protección de la libertad religiosa, el patrimonio cultural y la administración de la propiedad de conformidad con el Estado de Derecho son valores fundamentales de la Unión Europea;

F.  Considerando que el diálogo político constructivo y sostenible entre las fuerzas políticas sobre las reformas relacionadas con la UE, es fundamental para seguir avanzando en el proceso de adhesión a la UE; que para el éxito y la sostenibilidad del proceso de reformas resulta fundamental que el Gobierno y la oposición respeten el juego limpio, mantengan un diálogo constructivo, cooperen y estén dispuestos a contraer compromisos;

G.  Considerando que en Albania existe un consenso político sobre el proceso de adhesión a la UE y un amplio apoyo popular al mismo; que el éxito del programa de reformas depende en gran medida de la existencia de un entorno político democrático en el país;

H.  Considerando que la realización de avances continuados en los ámbitos del Estado de Derecho, la reforma judicial, la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada, la reforma de la administración pública y los derechos fundamentales reviste una importancia capital en el proceso de reformas; que Albania debe intensificar los esfuerzos de reforma en estos ámbitos y en otras prioridades clave con el fin de iniciar las negociaciones de adhesión y consolidar su transición democrática; que la UE ha situado al Estado de Derecho en el eje de su proceso de ampliación y, además, ha destacado la necesidad de reforzar la gobernanza económica y la administración pública en todos los países de los Balcanes Occidentales;

1.  Acoge con satisfacción los avances continuados realizados por Albania en relación con las reformas en las prioridades clave indispensables para la apertura de negociaciones de adhesión; anima al Gobierno, al Parlamento y a los partidos políticos a mantener el impulso reformista y acelerar la aplicación de las reformas; les pide que lleven a cabo sin dilaciones una profunda reforma del poder judicial; insiste en la importancia de aplicar estas reformas de manera adecuada y oportuna;

2.  Pide a todos los partidos políticos que redoblen sus esfuerzos para entablar un diálogo político más constructivo y auténtico que permita la adopción y aplicación de las reformas fundamentales; está firmemente convencido de que la cooperación sostenible entre el Gobierno y la oposición en el Parlamento resulta esencial para el proceso de adhesión de Albania a la UE y el cumplimiento de los criterios de adhesión; insiste enérgicamente en la importancia de que mantengan su compromiso de construir una cultura política democrática que incluya la apertura al diálogo, la negociación y el compromiso, así como la completa exclusión de boicots y del radicalismo; acoge con satisfacción la creación y el trabajo del Consejo Nacional para la Integración Europea, que se espera contribuya a conferir un carácter más inclusivo al proceso de reformas relacionadas con la UE; insta a que se refuerce el papel del Parlamento en materia de supervisión de la aplicación y del cumplimiento del acervo;

3.  Felicita tanto al Gobierno como a los partidos de la oposición con motivo de la cooperación constructiva y la adopción unánime por el Parlamento de la ley relativa a la exclusión de los autores de infracciones penales en relación con la designación y elección de cargos públicos («ley de despenalización»); celebra la adopción de normas de desarrollo en el Parlamento e insta a que se aplique esta legislación de manera rápida y exhaustiva, tanto en su espíritu como en su letra; anima decididamente al Parlamento a que sirva de ejemplo a la hora de aplicar las leyes, de modo que se refuerce la confianza de los ciudadanos y la comunidad empresarial en sus representantes políticos y en las instituciones públicas;

4.  Acoge con satisfacción el compromiso de Albania en relación con una reforma integral y exhaustiva del poder judicial, y exhorta a las autoridades albanesas a que prosigan sin demora los preparativos de esta reforma crucial a fin de reforzar la confianza de los ciudadanos en el sistema judicial; elogia el trabajo de la comisión parlamentaria ad hoc sobre la reforma judicial en la preparación de la reforma; valora la estrecha colaboración con la Comisión de Venecia; anima a que se adopte una actitud más constructiva con respecto a la manera de aprobar esta reforma; insta a todas las partes, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Venecia, a buscar un compromiso sobre los cambios esenciales que deben introducirse en el sistema judicial relacionados, en particular, con la plena independencia y la responsabilidad de los jueces y fiscales, y la imparcialidad de los tribunales, especialmente del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y del Consejo Superior de Justicia;

5.  Subraya la necesidad de abordar las deficiencias que se registran en la actualidad en el funcionamiento del sistema judicial, como su independencia respecto de otros ámbitos del poder, la interferencia política, la justicia selectiva y una rendición de cuentas limitada, un elevado nivel de corrupción, unos mecanismos de control ineficaces, la insuficiencia de los recursos, la duración total de los procedimientos judiciales y la falta de criterios profesionales claros para la designación y la promoción de los jueces; destaca la necesidad de aumentar la transparencia y aplicar las recomendaciones pertinentes realizadas por el Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) en su informe de evaluación de la cuarta ronda sobre la prevención de la corrupción en relación con los jueces y los fiscales;

6.  Recomienda a la Comisión que vigile estrechamente los progresos realizados en cuanto a la reforma del poder judicial y le anima a que informe al Parlamento y al Consejo tan pronto como la reforma judicial en Albania haya avanzado lo suficiente y a que tenga en cuenta las presentes conclusiones, así como el progreso logrado por Albania con respecto a la aplicación de las cinco prioridades clave, al plantearse la posibilidad de recomendar el inicio de las negociaciones de adhesión;

7.  Acoge con satisfacción la adopción de la estrategia de reforma de la administración pública 2015-2020 y su plan de acción para el período 2015-2017, así como la estrategia de reforma de la gestión de las finanzas públicas 2014-2020; hace hincapié en la necesidad de que la función pública sea profesional y transparente para atender mejor los intereses de los ciudadanos, prestarles mejores servicios y preparar el desarrollo eficaz de las futuras negociaciones de adhesión; toma nota de los esfuerzos realizados para lograr una administración pública más orientada a los ciudadanos; insta al Gobierno a que continúe sus esfuerzos en materia de mejora de las capacidades administrativas, despolitización de la administración pública, lucha contra la corrupción en la administración pública y optimización de los procedimientos de selección basados en el mérito y los resultados; pide la aplicación plena y efectiva de la Ley de la función pública y de la nueva Ley sobre los procedimientos administrativos; pide que se refuercen la autoridad, la autonomía, la eficacia y los recursos de las estructuras de derechos humanos, como la Oficina del Defensor del Pueblo; solicita que los dos nuevos comisarios para la infancia y la prevención de la tortura cuenten con la debida dotación presupuestaria; acoge con satisfacción la adopción de la estrategia de descentralización 2015-2020 y de la Ley sobre autonomía local, que aumenta la capacidad administrativa y financiera de las administraciones locales y prevé la consulta entre las autoridades centrales y locales; señala la necesidad de que se aclaren mejor las funciones y responsabilidades de las autoridades locales y de que prosiga el diálogo estrecho con las partes interesadas relevantes, incluidos los representantes de la sociedad civil;

8.  Señala que sigue preocupado por la corrupción generalizada, en particular en los ámbitos de la educación, la atención sanitaria, el poder judicial, la contratación pública, las concesiones a asociaciones público-privadas, la construcción y la ordenación del territorio, las entidades locales y la administración pública; pide un fortalecimiento de las entidades locales; acoge con satisfacción la aprobación de la estrategia nacional de lucha contra la corrupción 2015-2020 y el plan de acción 2015-2017; pide a las autoridades competentes que supervisen y revisen el plan de acción exhaustivamente, mejoren los resultados en materia de investigación, procesamiento y condena en los casos de corrupción a todos los niveles, hagan cumplir estrictamente la legislación en materia de lucha contra la corrupción y refuercen la independencia de los órganos encargados de la lucha contra la corrupción y la cooperación de estos órganos entre sí; celebra la propuesta de ley sobre la protección de los confidentes y la mejora de la transparencia y el control de las finanzas de los partidos políticos; subraya la necesidad de reforzar la capacidad de las fuerzas y cuerpos de seguridad para que lleven a cabo investigaciones proactivas y eficaces; expresa su convencimiento de que los progresos en la reforma judicial reforzarán sustancialmente la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada;

9.  Toma nota del compromiso del Gobierno con la lucha contra la delincuencia organizada, que ha conducido a una serie de exitosas operaciones policiales a gran escala, también en colaboración con las autoridades de los países vecinos y de los Estados miembros; sigue preocupado, no obstante, por el escaso número de condenas firmes; subraya la necesidad de seguir desarrollando la cooperación entre la fiscalía y la policía y de garantizar un seguimiento judicial efectivo; pide que se destinen los recursos adecuados a la policía y la fiscalía a fin de combatir la delincuencia organizada; acoge con satisfacción las recientes operaciones contra los traficantes de estupefacientes pero señala que este tipo de tráfico sigue siendo un problema importante en Albania; pide a las autoridades competentes que redoblen sus esfuerzos en la lucha contra la producción y el tráfico de estupefacientes y narcóticos, también mediante el fortalecimiento de la cooperación internacional y regional; pide que se refuerce la cooperación entre las fuerzas y cuerpos de seguridad en relación con la trata de seres humanos y una mejor protección y reparación de las víctimas, y que se obtengan mejores resultados en materia de investigación, enjuiciamiento y condena; pide a las autoridades competentes que intensifiquen su lucha contra el tráfico de armas;

10.  Toma nota de la evaluación y de las recomendaciones de la OSCE/OIDDH en relación con el proceso electoral a raíz de las elecciones municipales de junio de 2015, donde los observadores internacionales detectaron una serie de irregularidades; hace hincapié en que las elecciones parlamentarias de 2017 supondrán una prueba importante para el proceso de integración de Albania en la UE; pide a las autoridades competentes que hagan cuanto esté en su mano con el fin de organizar unas elecciones libres y justas; acoge con satisfacción la creación en enero de 2016 de una comisión parlamentaria ad hoc sobre la reforma electoral y aboga por la aplicación efectiva de sus recomendaciones, especialmente con vistas a la preparación y celebración de las próximas elecciones; expresa su preocupación por la politización generalizada del proceso electoral y pide a las autoridades competentes que aborden, entre otros aspectos, los defectos de procedimiento, incluidos los litigios electorales, la independencia de las comisiones electorales, la transparencia y efectividad de la financiación de los partidos políticos, los supuestos casos de intimidación de los electores y compra de votos y el abuso de los recursos estatales, con el fin de reforzar la confianza de la opinión pública en el proceso electoral; señala que la Comisión Electoral Central (CEC) tiene que establecer responsabilidades internas claras respecto de la supervisión de las finanzas de los partidos e ir más allá de las meras comprobaciones formales de las declaraciones de los partidos políticos;

11.  Acoge con satisfacción la aprobación de una resolución parlamentaria sobre el papel de la sociedad civil en el desarrollo democrático del país y toma nota de la mejora de la cooperación entre las instituciones públicas y las organizaciones de la sociedad civil, incluida su participación en las reuniones del Consejo Nacional para la Integración Europea; elogia la adopción del plan de trabajo sobre la sociedad civil y anima a que se ejecute correctamente; recomienda que se adopten medidas para institucionalizar la cooperación con las organizaciones de la sociedad civil al objeto de reforzar la democracia y la protección de los derechos humanos y las libertades civiles mediante la participación ciudadana y el aumento de la transparencia en la toma de decisiones; pide a las autoridades competentes que reduzcan la carga administrativa sobre las organizaciones de la sociedad civil y revisen la normativa fiscal y otros reglamentos pertinentes a fin de facilitar las donaciones privadas; solicita a las autoridades competentes que animen a las organizaciones de la sociedad civil a participar activamente en la supervisión del proceso electoral y que les involucren en la prestación de información completa y oportuna a los ciudadanos sobre el proceso de adhesión a la UE;

12.  Insta al Gobierno albanés a que dedique una atención especial a la mejora de las expectativas de futuro de los jóvenes y a que invierta en la modernización y reforma del sistema educativo a fin de incrementar la empleabilidad y las perspectivas profesionales, en particular para los jóvenes; hace hincapié en la necesidad de transformar la actual fuga de cerebros en una circulación de cerebros que respalde la movilidad al tiempo que ofrezca a las personas con gran potencial perspectivas profesionales adecuadas en Albania; celebra la ayuda del instrumento de preadhesión dedicada a la educación, el empleo y las políticas sociales;

13.  Reitera su petición a las autoridades competentes para que continúen impartiendo justicia en relación con las víctimas de los sucesos del 21 de enero de 2011;

14.  Condena los malos tratos de que son víctimas los sospechosos en las comisarías, el hacinamiento en las instituciones penitenciarias y la insuficiente asistencia médica y las malas condiciones reinantes en los lugares de detención;

15.  Recuerda que los mecanismos institucionales para proteger los derechos de los niños siguen siendo escasos; insta a las autoridades a que reformen el sistema de justicia juvenil de forma que cumpla la normativa internacional; pide un aumento notable de las dotaciones financieras al sistema de protección infantil, en particular a las unidades de protección del niño a nivel local y regional; lamenta que algunas unidades de protección del niño hayan tenido que dejar de funcionar debido a la falta de recursos financieros; insta a las autoridades a que aseguren el acceso de los niños a las unidades de protección del niño también en las zonas rurales;

16.  Se congratula del ambiente de tolerancia religiosa del país, de la buena cooperación entre las comunidades religiosas y de sus relaciones positivas con el Estado; pide a todas las autoridades competentes y a las comunidades religiosas que colaboren para preservar y fomentar la armonía religiosa;

17.  Recuerda, entre otras prioridades clave, la necesidad de tomar medidas legislativas y normativas eficaces para reforzar la protección de los derechos humanos, los derechos de las minorías y las políticas contra la discriminación; observa que la población romaní y la minoría egipcia viven en condiciones difíciles y se enfrentan a menudo a la exclusión social y a la discriminación; elogia la adopción del plan de acción nacional 2015-2020 relativo a la integración de la población romaní y de la minoría egipcia y a una ejecución más eficaz de las políticas de integración de la población romaní; toma nota de la tasa de escolarización y de abandono escolar de los niños romaníes y de la situación de los niños de la calle de las poblaciones romaní y egipcia, así como de los casos de desalojos forzados de dichos niños sin el proceso debido y sin la provisión de vivienda alternativa adecuada, que sigue siendo motivo de preocupación; pide una mejora de la protección de los derechos de los niños y del sistema de justicia juvenil; acoge con satisfacción la resolución parlamentaria sobre la protección de los derechos y libertades de las personas pertenecientes a la comunidad LGBTI; observa que la segunda edición del Día del Orgullo Gay en Tirana trascurrió sin incidentes graves en junio de 2015; recomienda que se eliminen las disposiciones discriminatorias contra las personas transgénero e intersexuales de la legislación vigente; pide a las autoridades competentes que continúen mejorando el clima de integración y tolerancia hacia todas las minorías del país, también mediante la profundización del papel de la Comisión Nacional sobre Minorías;

18.  Recomienda que se aborden las cuestiones de la brecha de género, la discriminación por motivos de género y la violencia doméstica a través de los mecanismos adecuados; celebra las modificaciones del Código Electoral, adoptadas en abril de 2015, que prevén una cuota de género del 50 % en las listas de candidatos a los ayuntamientos;

19.  Toma nota de que debe velarse por el cumplimiento de los derechos de propiedad; insta a que se concluya el proceso de registro, restitución e indemnización de la propiedad así como que se aplique la estrategia 2012-2020 relativa a los derechos de propiedad; destaca que una mejor aplicación de los derechos de propiedad influirá de forma positiva en la inversión local y extranjera;

20.  Destaca una vez más la importancia decisiva de un servicio público de radiodifusión y de unos medios de comunicación privados profesionales, independientes y pluralistas; manifiesta su preocupación por la autocensura generalizada practicada por los periodistas a quienes a veces se impide físicamente cubrir determinados eventos, se les agrede o amenaza debido a su trabajo, y por los casos de injerencia directa en la autonomía editorial; lamenta que la Balkan Investigative Reporting Network (Red de Reportajes de Investigación de los Balcanes) haya sido amenazada con ser denunciada por difamación debido a sus investigaciones sobre el pasado delictivo de un candidato a la alcaldía durante las elecciones locales de 2015; pide que se adopten medidas para reforzar los estándares profesionales y éticos de los periodistas; pide que se mejore la aplicación de la Ley relativa a los medios de comunicación audiovisuales; subraya la necesidad de mejorar la transparencia de la publicidad gubernamental en los medios y de redoblar los esfuerzos para garantizar la independencia del órgano encargado de los medios de comunicación audiovisuales y del organismo público de radiodifusión; manifiesta su preocupación por los cambios en los procedimientos de elección del director general del organismo público de radiodifusión albanés; pide tanto al Gobierno como a la oposición que velen por el correcto funcionamiento del organismo público de radiodifusión mediante la designación de un candidato consensuado al puesto de director; subraya la necesidad de finalizar el demorado proceso de digitalización;

21.  Toma nota de que Albania está preparada en cierto modo en lo que se refiere al desarrollo de una economía de mercado operativa; acoge con satisfacción la mejora del grado de recaudación tributaria y la campaña del Gobierno contra la economía informal; expresa su preocupación por la elevada tasa de desempleo, en particular entre los jóvenes y desempleados de larga duración, que supone más del 50 % del desempleo total, si bien toma nota del incremento del empleo; insta a que se preste una mayor atención a la igualdad de oportunidades y se adopten más medidas para aumentar la presencia de las mujeres en el mercado de trabajo; sigue preocupado por las deficiencias persistentes y significativas en relación con el Estado de Derecho, el marco reglamentario, la aplicación de los derechos de propiedad y la lucha contra la corrupción, que obstaculizan la mejora del entorno empresarial; insta a Albania a que aborde de manera integral el gravísimo problema que sigue suponiendo su gran economía sumergida, vinculada a la corrupción generalizada, mediante la aplicación de reformas económicas eficaces; insta a que se adopten medidas para abordar las deficiencias en relación con la ejecución de los contratos y el Estado de Derecho, combatir la economía informal, que sigue siendo importante, y conceder prioridad a su programa de consolidación presupuestaria y de reducción de la deuda pública; insta a que se brinde un mayor apoyo a los mecanismos de protección del consumidor;

22.  Pide a Albania que redoble sus esfuerzos para estar en consonancia con la legislación medioambiental de la UE y los requisitos del capítulo 27; celebra, a este respecto, la creación de una Agencia Nacional de Áreas Protegidas y una Agencia para la Costa Albanesa;

23.  Pide al Gobierno albanés que controle la construcción de centrales hidroeléctricas en zonas sensibles desde el punto de vista medioambiental, como el río Viosa, así como en zonas protegidas, y que mantenga la integridad de los parques nacionales actuales; recomienda que se eleve la calidad de las evaluaciones de impacto medioambiental, que permitirían que se tuvieran en cuenta las normas de la UE establecidas en la Directiva relativa a la conservación de las aves silvestres, la Directiva sobre hábitats y en la Directiva marco sobre el agua; anima al Gobierno albanés a incrementar la transparencia a través de la participación y la consulta pública en relación con los proyectos previstos;

24.  Pide a Albania que lleve a cabo las mediciones pertinentes en relación con la protección del medio ambiente y la gestión de los residuos, y que adopte medidas adicionales contra la eliminación y retirada inadecuadas de residuos, en particular residuos marinos;

25.  Pide al Gobierno que adopte y aplique una estrategia energética nacional; está preocupado por que Albania no haya presentado un plan de acción en materia de energía renovable a la Comunidad de la Energía, lo que provocó la apertura de un procedimiento de infracción; del mismo modo, le preocupa que Albania no haya cumplido el plazo de la Comunidad de la Energía para poner su legislación en consonancia con la Directiva de 2006 sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos; insta al Gobierno a que tome más medidas en relación con la eficiencia energética mediante la adopción de una nueva ley sobre la eficiencia energética de los edificios;

26.  Felicita a Albania por seguir siendo un socio constructivo en la región y por el papel proactivo que desempeña en el marco de la cooperación regional; subraya la importancia de garantizar que haya buenas relaciones de vecindad, algo que sigue siendo esencial; acoge con satisfacción el compromiso de Albania con las iniciativas de cooperación regional adoptadas en las Cumbres de los Balcanes Occidentales celebradas en Berlín en 2014 y en Viena en 2015; celebra el papel constructivo de Albania en la agenda de conectividad; pide a las autoridades competentes que garanticen la aplicación rápida y total de las normas técnicas y de las medidas flexibles en el sector del transporte, que se acordaron durante la Cumbre de los Balcanes Occidentales de Viena de 2015, antes de la próxima cumbre en París en 2016;

27.  Se congratula de la voluntad política sostenida de mejorar las relaciones con Serbia y anima a Albania y a Serbia a que adopten nuevas medidas para promover la estabilidad y la cooperación regionales y las relaciones de buena vecindad; alienta a Albania, en vista de esos esfuerzos, a continuar con el desarrollo de la Oficina de cooperación regional en temas de juventud, con sede en Tirana, ya que es primordial para la futura reconciliación de la región, en especial entre los jóvenes; recomienda que se acelere la construcción de los principales proyectos de infraestructura, como el enlace ferroviario y la moderna autovía entre Tirana y Skopie como parte del corredor VIII; felicita a Albania por la armonización plena con el conjunto de declaraciones en la materia en el ámbito de la PESC y con las conclusiones del Consejo Europeo así como por su voluntad de participar en los programas europeos de ayuda y de reasentamiento de los refugiados sirios; insta al Gobierno a realizar más esfuerzos para abordar el elevado número de solicitudes de asilo manifiestamente infundadas presentadas en los Estados miembros de la UE y que actúe de forma decidida en el marco del mecanismo de seguimiento posterior a la liberalización del régimen de visados para intensificar la cooperación operativa y el intercambio de información con los Estados miembros de la UE y los países vecinos; pide al Gobierno asimismo que considere tomar medidas adicionales para mejorar las condiciones socioeconómicas de vida; celebra la propuesta de la Comisión de crear una lista común a la UE de países de origen seguros y apoya la inclusión de Albania en esa lista;

28.  Apoya, en el contexto del Proceso de Berlín, la creación del Foro de la Sociedad Civil de los Balcanes Occidentales, que ofrece a los representantes de la sociedad civil de la región una oportunidad para intercambiar ideas, dar a conocer sus inquietudes y formular recomendaciones concretas a los responsables de la toma de decisiones, y pide que se siga adelante con ese proceso en la próxima cumbre que se celebrará en París en 2016 y se organicen seminarios preparatorios en los que participen las organizaciones de la sociedad civil de la región;

29.  Acoge con satisfacción el compromiso de Albania con la lucha contra la radicalización y el terrorismo y la adopción de estrategias y de un plan de acción de seguridad en la materia; celebra que este marco estratégico actualizado también incluya una estrategia para hacer frente al extremismo violento; expresa su preocupación por que Albania, así como otros países, se vea afectada por el fenómeno de los combatientes extranjeros que retornan, la radicalización islamista y el extremismo violento; celebra, a este respecto, las medidas tomadas por el Gobierno albanés para evitar el flujo de combatientes extranjeros para unirse a Dáesh en Irak y Siria; considera esencial que se siga aplicando una política eficaz para evitar la radicalización islamista, contrarrestar el extremismo violento también mediante la inclusión de las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades religiosas, evitar y cortar el flujo de combatientes terroristas extranjeros, luchar contra la financiación del terrorismo, y elaborar un enfoque específico basado en el Estado de Derecho para los servicios de inteligencia y las fuerzas y cuerpos de seguridad, así como una política judicial coherente en relación con los delincuentes; recomienda, además, que se intensifique la eficacia de la colaboración regional y la cooperación con los servicios pertinentes de los Estados miembros en esta materia, incluido el intercambio de información; opina que todas las medidas que se tomen en este sentido deberían garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, de conformidad con las normas y los instrumentos internacionales;

30.  Lamenta que, debido a la falta de una voluntad de cooperación y de compromiso en el seno de la delegación albanesa, no pueda celebrarse en la actualidad ningún tipo de debate importante en el marco de la Comisión Parlamentaria de Estabilización y Asociación y que no haya podido adoptarse ninguna recomendación en su novena sesión; hace un llamamiento para se tomen medidas que refuercen dicha Comisión con vistas a que pueda aportar una contribución positiva al proceso de adhesión de Albania a la UE;

31.  Pide a la Comisión que incluya información detallada sobre la ayuda concedida a Albania en el marco del instrumento de preadhesión y la ejecución de las medidas en sus próximos informes, en particular la ayuda asignada en el marco de dicho instrumento destinada a la realización de las prioridades clave y de los proyectos correspondientes, teniendo en cuenta la declaración de la Comisión sobre el diálogo estratégico con el Parlamento Europeo;

32.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al Gobierno y al Parlamento de Albania.


Informe de 2015 sobre Bosnia y Herzegovina
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Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre el informe de Bosnia y Herzegovina 2015 (2015/2897(RSP))
P8_TA(2016)0135B8-0441/2016

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Acuerdo de Estabilización y Asociación (AEA) entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Bosnia y Herzegovina, por otra(1),

–  Vista la solicitud de Bosnia y Herzegovina de adhesión a la Unión Europea, de 15 de febrero de 2016,

–  Vista la Decisión del Consejo de 21 de abril de 2015 relativa a la celebración del Acuerdo de Estabilización y Asociación con Bosnia y Herzegovina,

–  Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de los días 19 y 20 de junio de 2003 sobre los Balcanes Occidentales, así como el anexo a las mismas titulado «Programa de Salónica para los Balcanes Occidentales: avanzar en la integración europea»,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo sobre Bosnia y Herzegovina, de 16 de marzo, 12 de octubre y 15 de diciembre de 2015,

–  Vista la primera reunión de la Comisión Parlamentaria de Estabilización y Asociación UE-Bosnia y Herzegovina celebrada en Sarajevo, del 5 al 6 de noviembre de 2015, y las primeras reuniones del Consejo de Estabilización y Asociación y del Comité de Estabilización y Asociación entre Bosnia y Herzegovina y la UE, celebradas el 11 y 17 de diciembre de 2015, respectivamente,

–  Vistas la declaración final de la Presidencia de la Cumbre de los Balcanes Occidentales de Viena, de 27 de agosto de 2015, y las recomendaciones de las organizaciones de la sociedad civil para la Cumbre de Viena de 2015,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de noviembre de 2015, titulada «Estrategia de ampliación de la UE» (COM(2015)0611), acompañada del documento de trabajo de los servicios de la Comisión titulado «Informe de 2015 sobre Bosnia y Herzegovina» (SWD(2015)0214),

–  Visto el compromiso escrito con la integración en la UE adoptado por la Presidencia de Bosnia y Herzegovina, el 29 de enero de 2015, y apoyado por la Asamblea Parlamentaria de Bosnia y Herzegovina, el 23 de febrero de 2015, así como la Agenda de Reformas de Bosnia y Herzegovina (2015-2018), adoptada por los tres niveles de gobierno en julio de 2015,

–  Vistas las resoluciones precedentes sobre el país, incluidas la Resolución, de 9 de julio de 2015, sobre la conmemoración de Srebrenica(2) y la Resolución, de 17 de diciembre de 2015, sobre el vigésimo aniversario del Acuerdo de Paz de Dayton(3),

–  Vista la conferencia «El futuro europeo de Bosnia y Herzegovina: 20 años después del Acuerdo de Paz de Dayton/París» celebrada en el Parlamento Europeo el 9 de diciembre de 2015,

–  Visto el trabajo de Cristian Dan Preda como ponente permanente de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre Bosnia y Herzegovina,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que la UE ha confirmado su compromiso con la perspectiva europea de Bosnia y Herzegovina, y con su integridad, soberanía y unidad territoriales;

B.  Considerando que la adhesión a la UE es un proceso inclusivo que requiere un consenso sobre la Agenda de Reformas; que los ciudadanos de Bosnia y Herzegovina deben figurar en el núcleo de las reformas institucionales, económicas y sociales;

C.  Considerando que la UE ha iniciado un nuevo acercamiento a Bosnia y Herzegovina con el objeto de que el país avance hacia la adhesión a la UE y haga frente a los retos pendientes en los ámbitos socioeconómicos y del Estado de Derecho, permitiendo al país prepararse para su futura adhesión; que, con arreglo a este enfoque, el Acuerdo de Estabilización y Asociación entró en vigor el 1 de junio de 2015;

D.  Considerando que es indispensable un mecanismo eficaz de coordinación entre los diferentes niveles de gobierno para garantizar una interacción adecuada con la UE, para equiparar, aplicar y ejecutar la legislación de la UE y para que la solicitud de adhesión a la UE de Bosnia y Herzegovina prospere; considerando que el Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina adoptó el 26 de enero de 2016 la «Decisión sobre un sistema de coordinación en el proceso de integración europea en Bosnia y Herzegovina»; que los progresos en su coordinación en asuntos de la UE abrirán la vía para que Bosnia y Herzegovina pueda beneficiarse plenamente de la financiación de la UE;

E.  Considerando que aún hay 84 500 desplazados internos así como un enorme número de refugiados de Bosnia y Herzegovina en los países vecinos, en el resto de Europa y en todo el mundo;

F.  Considerando que un respaldo político sólido es un factor clave para que la configuración institucional del país sea más eficaz;

1.  Celebra el primer informe positivo de la Comisión sobre Bosnia y Herzegovina y reitera su compromiso inequívoco con la perspectiva europea de dicho país; pide a las autoridades que muestren su determinación para llevar a cabo reformas institucionales y socioeconómicas, y su aplicación efectiva, y efectuar continuos avances hacia la UE; pide transparencia en el proceso de planificación y aplicación de las reformas; acoge favorablemente el Plan de Acción conjunto entre el Estado y algunas entidades para aplicar la Agenda de Reformas 2015-2018 e insta a una aplicación armonizada con el fin de lograr auténticos cambios visibles dentro del país y mejorar la vida de los ciudadanos de Bosnia y Herzegovina;

2.  Celebra la presentación el 15 de febrero de 2016 de la solicitud de adhesión a la UE por parte de Bosnia y Herzegovina; pide al Consejo que examine esa solicitud cuanto antes y que la remita sin demora a la Comisión para que inicie la elaboración del dictamen;

3.  Acoge con satisfacción la adopción por el Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina, el 26 de enero de 2016, de una decisión por la que se establece un mecanismo de coordinación sobre cuestiones relacionadas con la UE y, el 9 de febrero de 2016, de una posición de negociación sobre la adaptación del AEA a raíz de la adhesión de Croacia a la UE; recuerda que, junto con avances significativos en la aplicación de la Agenda de Reformas, estos elementos son necesarios para que la Unión Europea considere creíble la solicitud de adhesión; pide que se armonice sin demora la posición de las entidades sobre el mecanismo de coordinación adoptado y anima a la cooperación entre todas las partes interesadas con vistas a seguir mejorándolo; pide que se aplique rápidamente y aboga por una cooperación constructiva en cuestiones de la UE; destaca que este mecanismo es indispensable para adoptar una decisión eficaz en el marco del proceso de adhesión a la UE; celebra las primeras consultas concretas —a nivel parlamentario— con vistas a la plena aplicación del mecanismo de coordinación, y anima vivamente a que se sigan intensificando esas reuniones entre las partes institucionales interesadas; insiste, una vez más, en la adaptación de las concesiones comerciales acordadas en virtud del AEA; considera que la plena aplicación de dicho acuerdo, incluso su adaptación, es un elemento importante del compromiso de Bosnia y Herzegovina respecto a la UE y una de las condiciones para una evaluación favorable de la candidatura; recomienda que Bosnia y Herzegovina también coopere con los Estados miembros de la Unión en sus avances hacia la adhesión a la UE;

4.  Reitera la necesidad de continuar también con la reforma constitucional, jurídica y política para transformar Bosnia y Herzegovina en un estado plenamente eficaz, integrador y funcional, que garantice la igualdad y la representación democrática de todos sus pueblos constituyentes y de todos los ciudadanos y la posibilidad de que todos los ciudadanos se presenten como candidatos y sean elegidos para ocupar cargos en todos los niveles políticos, en pie de igualdad e, independientemente de sus orígenes étnicos o religiosos, de conformidad con los principios expresados en su resolución precedente, incluidos los criterios de Copenhague, el acervo de la UE, las recomendaciones formuladas por la Comisión de Venecia y el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y las decisiones pertinentes de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE; pide a las autoridades que promuevan activamente los principios de representación legítima, federalismo, descentralización y subsidiariedad, así como los valores europeos y la importancia de la perspectiva europea; pide a las instituciones de la UE que participen activamente en los esfuerzos encaminados a encontrar una solución sostenible a las disposiciones constitucionales de Bosnia y Herzegovina;

5.  Insta a los líderes políticos y religiosos a abstenerse de la retórica nacionalista y secesionista que polariza a la sociedad y a continuar con el diálogo político y las actividades encaminadas al respeto mutuo, al consenso y la cooperación entre representantes políticos legítimos y a la protección de la diversidad de su sociedad; pide a todos los ciudadanos que acepten la conciliación y la cooperación, que son condiciones previas indispensables para lograr la perspectiva europea;

6.  Hace hincapié en la importante función de la sociedad civil de base en el proceso de construcción de la paz y la reconciliación y, en especial, de la participación de los jóvenes en el diálogo y el intercambio interculturales, así como en la esfera política; toma nota del papel significativo de los activistas culturales, los artistas, los escritores y los representantes del mundo académico a la hora de favorecer el diálogo y la comprensión entre los distintos grupos de la sociedad; insta a que se promueva la educación para la democracia, los derechos fundamentales y la ciudadanía en Bosnia y Herzegovina;

7.  Toma nota del anuncio del presidente de la República Srpska (RS) de posponer el referéndum previsto en la RS sobre el sistema judicial a nivel de Estado en Bosnia y Herzegovina; lamenta, no obstante, que esta decisión no haya sido aprobada por la Asamblea Nacional de la República Srpska; pide que se abandone por completo esta idea de un referéndum, dado que supone un desafío a la cohesión, la soberanía y la integridad del país y corre el riesgo minar los esfuerzos que se están realizando para mejorar la situación socioeconómica de todos los ciudadanos de Bosnia y Herzegovina y para seguir avanzando en el proceso de adhesión a la UE; destaca que cualquier deficiencia observada en el sistema judicial de Bosnia y Herzegovina debe abordarse en un espíritu de cooperación más que a través de iniciativas unilaterales, en el marco del diálogo estructurado ampliado sobre justicia; recuerda que, con arreglo al Acuerdo de Paz de Dayton, la República Srpska no tiene derecho a la secesión;

8.  Expresa su profunda preocupación por las declaraciones realizadas por el ministro del Interior de la República Srpska sobre la futura formación de unidades policiales especiales de la República en la Federación de Rusia, la profundización de la cooperación, en particular en lo relativo al intercambio de información, y sobre la intención de adquirir equipamiento militar ruso; pide a las autoridades de la República Srpska que no persigan una política exterior y de seguridad independiente que podría socavar la política a nivel estatal;

9.  Celebra la entrada en vigor del AEA y el hecho de que la Comisión Parlamentaria de Estabilización y Asociación (CPEA) haya sido el primer organismo común constituido sobre la base de este Acuerdo; lamenta profundamente, no obstante, que no haya conseguido adoptar su reglamento interno debido a los intentos de introducir el bloqueo étnico en las reglas de votación de la CPEA; recuerda que el AEA requiere la adopción de un reglamento interno y que el incumplimiento de esta obligación vulnera directamente la aplicación del AEA; insta a la delegación bosnia a trabajar de manera constructiva a este respecto, con vistas a la adopción sin demora del reglamento interno en la próxima reunión de la CPEA; acoge con satisfacción las primeras reuniones del Comité de Estabilización y Asociación entre Bosnia y Herzegovina y la UE, celebradas el 11 de diciembre de 2015;

10.  Lamenta el hecho de que la corrupción, incluida la corrupción al más alto nivel, continúe siendo generalizada y que el compromiso político no se haya reflejado en resultados concretos; sigue preocupado por la fragilidad del marco institucional y legal para combatir la corrupción, que permite incurrir en prácticas corruptas con impunidad, y por el reducido número de condenas firmes en los asuntos de corrupción; pide que se introduzcan mejoras en el historial de investigaciones y enjuiciamientos efectivos en los casos de corrupción de gran repercusión, que impliquen a políticos, altos funcionarios e instituciones reglamentarias, así como en el marco de la contratación pública y la privatización; elogia la adopción de la estrategia y el plan de acción contra la corrupción 2015-2019 y pide que se asigne un presupuesto suficiente para su cumplimiento; pide que se mejore significativamente la cooperación entre organismos en todo el país; insta a que se creen estructuras específicas de prevención y control de la corrupción y a que se adopten documentos sobre la política de prevención de la corrupción a todos los niveles de la administración; insta a que se apliquen plenamente y sin demora las recomendaciones del GRECO;

11.  Hace hincapié en que un sistema judicial funcional y estable reviste una importancia esencial para garantizar el Estado de Derecho en el país y para que Bosnia y Herzegovina siga avanzando hacia la UE; expresa su profunda preocupación por la creciente presión que ejercen los actores políticos sobre el sistema judicial; defiende la necesidad urgente de reforzar la independencia del sistema judicial en Bosnia y Herzegovina; manifiesta en particular su preocupación por los casos de interferencias políticas en los procedimientos judiciales, la politización de los nombramientos en el ámbito judicial, la fragmentación continuada en cuatro sistemas legales diferentes y la falta de un sistema eficaz y objetivo para evaluar las cualidades profesionales de los jueces; celebra la actualización de la Estrategia de Reforma del Sector Judicial 2014-2018 y pide la creación de un plan de acción para su aplicación centrando la atención en particular en los esfuerzos de armonización en todo el país; considera esencial garantizar un sistema judicial más profesional, independiente y que rinda cuentas, incluida la aplicación sistemática de criterios objetivos para los nombramientos; se felicita por el protocolo firmado entre varias entidades y los ministros de justicia a nivel estatal para la realización de reformas dentro del poder judicial estatal y del Alto Consejo Judicial y Fiscal; celebra el nombramiento de Defensores del Pueblo, pero manifiesta su preocupación por las actuales dificultades financieras y de recursos humanos a los que se enfrenta la Oficina del Defensor del Pueblo; solicita la rápida adopción de la ley relativa a la reforma del Defensor del Pueblo;

12.  Continúa preocupado por el hecho de que el acceso a la asistencia jurídica gratuita es muy limitado; insta a las autoridades competentes a adoptar una ley sobre asistencia jurídica gratuita a nivel estatal como requisito previo para garantizar un acceso equitativo, eficaz y no discriminatorio a la justicia; opina que la aplicación de una ley así es crucial para reforzar la confianza de los ciudadanos en el Estado de Derecho;

13.  Condena rotundamente la aún vigente Ley de orden público de la República Srpska, que socava los derechos democráticos fundamentales de la libertad de reunión, la libertad de asociación y la libertad de prensa; pide la plena aplicación de la Ley sobre la libertad de acceso a la información, dado que esta aún es desigual y con frecuencia limitada cuando se invoca el derecho a la privacidad y la protección de los intereses comerciales de las empresas que tratan con el Gobierno, privando de este modo a los ciudadanos de medios de recurso eficientes cuando se les deniega la información; elogia la adopción de enmiendas en el Código Penal de Bosnia y Herzegovina, que armonizan sus disposiciones sobre la tortura, las desapariciones forzadas y las violaciones con las normas internacionales; insta a las autoridades a que incluyan en el Código Penal los delitos penales recogidos en el Protocolo Adicional al Convenio Internacional sobre la Ciberdelincuencia;

14.  Considera que es importante que se intensifique la cooperación entre los parlamentos a nivel estatal, de las entidades y del distrito de Brčko, y que se celebren reuniones conjuntas entre todos ellos; toma nota de los compromisos asumidos en el marco del hermanamiento parlamentario y pide la aplicación urgente de las recomendaciones resultantes, así como la puesta en funcionamiento del marco de cooperación acordado; celebra, en este contexto, la firma del «Concepto de mecanismo de cooperación de los Parlamentos de Bosnia y Herzegovina en actividades relacionadas con el proceso de integración en la UE»; pide una mejora de la coordinación general con las asambleas cantonales;

15.  Toma nota del papel jugado por la Comisión parlamentaria mixta para la seguridad y la defensa garantizando el control democrático de las fuerzas armadas de Bosnia y Herzegovina; expresa su preocupación por la extendida tenencia ilícita de armas por parte de la población y por la presencia de grandes arsenales de municiones y armas que siguen bajo la responsabilidad de las fuerzas armadas; elogia los avances realizados por las fuerzas armadas para deshacerse de la munición más inestable y construir instalaciones sostenibles para gestionar el resto de los arsenales; insta a que se adopte un enfoque global que aborde los desafíos pendientes de la limpieza del país de minas antes de 2019; pide a la Comisión y a la VP/AR que aumenten su ayuda para estas actividades;

16.  Insta a los miembros del grupo de trabajo para la preparación de enmiendas a la ley electoral de Bosnia y Herzegovina a que garanticen que las enmiendas a dicha ley conforman la base para la celebración de elecciones verdaderamente democráticas como expresión de la soberanía; destaca que no se podrán lograr elecciones democráticas a menos que se pueda ejercer de manera continuada una amplia gama de otros derechos humanos y libertades fundamentales, sin discriminación por motivos de etnicidad, religión, sexo, opinión política o de otro tipo, propiedad, nacimiento u otro estatuto, y sin restricciones arbitrarias o abusivas;

17.  Opina que una administración pública fragmentada y su politización unida a una frágil coordinación política, obstaculizan las reformas institucionales y legislativas, y afectan a la prestación de servicios públicos; anima a las autoridades competentes a todos los niveles a mejorar la planificación política a medio plazo, así como a desarrollar un marco estratégico para la reforma de la administración pública en todo el país y un programa de gestión de la finanzas públicas, con arreglo a los principios europeos de la administración pública definidos por la OCDE y SIGMA para los candidatos a la adhesión a la UE;

18.  Reconoce que la agricultura es un sector clave para Bosnia y Herzegovina, dado que alrededor del 20 % de su población depende directa o indirectamente de dicho sector; por tanto, celebra los avances logrados en el ámbito de la política en materia de seguridad alimentaria y veterinaria y la decisión de la Comisión de aprobar la exportación a la UE de leche y productos lácteos procedentes de Bosnia y Herzegovina; anima a realizar mayores esfuerzos para armonizar el sistema de control veterinario y fitosanitario oficial con las normas europeas y a establecer las estructuras institucionales necesarias que permitan el uso del Instrumento de preadhesión en favor del desarrollo rural; pide al gobierno que apoye la creación de un ministerio de agricultura a nivel estatal y una estrategia de desarrollo correspondiente;

19.  Expresa su preocupación por que los mecanismos de cooperación entre el gobierno y las organizaciones cívicas son insuficientes, y por su limitada capacidad para participar en el diálogo político sobre la Agenda de Reformas; considera fundamental potenciar el papel de la sociedad civil e involucrar a los ciudadanos en el proceso de adhesión a la UE; reitera su petición para que se creen y apliquen mecanismos de consulta pública transparentes e inclusivos; pide a las autoridades competentes a todos los niveles que mejoren el marco legislativo y financiero relevante, que adopten una estrategia nacional sobre las organizaciones cívicas y que garanticen una financiación pública y transparente de las mismas, con el objeto de fomentar una democracia participativa e inclusiva en todo el país; pide a las organizaciones cívicas y a los activistas que refuercen considerablemente sus capacidades y estructuras y que cooperen con las autoridades de Bosnia y Herzegovina, la UE y la comunidad internacional; pide a estos organismos que presten asistencia a las organizaciones cívicas en el ámbito de dichos esfuerzos;

20.  Señala la ejecución descoordinada de la estrategia para la lucha contra la delincuencia organizada (2014-2016); insta a que se adopten y ejecuten una estrategia y un plan de acción nuevos sobre el blanqueo de dinero en sintonía con las recomendaciones del Moneyval; destaca la necesidad de adoptar un enfoque centrado en las víctimas y una estrategia multidisciplinar y global para luchar contra el tráfico de drogas y la trata de personas; pide a las autoridades de la UE y bosnioherzegovinas que colaboren para luchar eficazmente contra la trata de seres humanos y para ofrecer protección a las víctimas; acoge con satisfacción la adopción del Plan de acción 2016-2019 para la lucha contra la trata de seres humanos en Bosnia y Herzegovina, incluida la especial atención que presta a los problemas relacionados con los trabajadores migrantes y la mendicidad forzada de menores, y pide su aplicación eficaz; continúa preocupado por el elevado número de armas ilícitas que existen en Bosnia y Herzegovina, que se trasladan fácilmente a la UE; pide a las autoridades competentes que intensifiquen sus esfuerzos por perseguir a los corredores y contrabandistas de armas y que dediquen mayores esfuerzos a combatir la proliferación incontrolada y el tráfico ilícito de armas, en particular de armas de pequeño calibre y armas ligeras, también a través de una cooperación regional más estrecha y de la cooperación entre Bosnia y Herzegovina y la UE;

21.  Invita a las autoridades a que emprendan un plan de acción para la ejecución de la estrategia para la prevención y la lucha contra el terrorismo (2015-2020); anima a las autoridades a incrementar sus esfuerzos para garantizar una cooperación más efectiva en todo el país entre la policía, la inteligencia y las agencias de seguridad en la lucha contra el terrorismo y el extremismo violento; pide el refuerzo de las capacidades de lucha contra el terrorismo de Bosnia y Herzegovina; insta a las autoridades competentes a que realicen mayores esfuerzos en la lucha contra la financiación del terrorismo, incluida la creación de un marco jurídico que permita la congelación de los bienes de los grupos terroristas; considera esencial que las operaciones de seguridad en Bosnia y Herzegovina estén coordinadas y que se compartan los datos en el interior del país; hace hincapié en que una cooperación más estrecha entre los servicios de seguridad regionales también es esencial y anima a seguir cooperando a este respecto;

22.  Destaca que Bosnia y Herzegovina se ha visto gravemente afectada por el fenómeno de los combatientes extranjeros y la radicalización; expresa su preocupación por la radicalización entre los jóvenes, un gran número de los mismos —en comparación con otros países de la región— se han unido al Dáesh; pide que continúen y se refuercen las medidas para combatir la radicalización y el terrorismo; acoge con satisfacción los esfuerzos encaminados a reforzar el diálogo interreligioso, incluida la declaración conjunta emitida por líderes políticos y religiosos condenando el terrorismo y el extremismo violento; se congratula de las primeras sentencias dictadas contra combatientes extranjeros por delitos de financiación de actividades terroristas, instigación pública de actividades terroristas, y de organización e incorporación al Dáesh; pide el desarrollo urgente de programas eficaces de desradicalización y esfuerzos urgentes para ofrecer una perspectiva económica mejor a los jóvenes en Bosnia y Herzegovina de acuerdo con la agenda positiva para la juventud en los Balcanes Occidentales, para de este modo disuadirles de asociarse a ideologías radicales y extremas; anima a realizar esfuerzos para incluir a los medios de comunicación, a la comunidad académica y a la sociedad civil en la ayuda a la sensibilización acerca de los factores de riesgo que permiten que la radicalización se convierta en extremismo violento; alienta el desarrollo de redes nacionales y regionales de sensibilización frente a la radicalización, basadas en las mejores prácticas y en los instrumentos disponibles de la Red de la UE para la Sensibilización frente a la Radicalización; insta a una cooperación más estrecha con los servicios de seguridad de la UE y de los países vecinos, también en lo que respecta al intercambio de información; apoya las operaciones policiales llevadas a cabo en toda Bosnia y Herzegovina, gracias a las cuales se ha detenido a personas sospechosas de organizar, apoyar y financiar actividades terroristas;

23.  Señala que el marco jurídico e institucional para la observancia de los derechos humanos requiere mejoras sustanciales; pide el desarrollo de una estrategia de lucha contra la corrupción en todo el país en cooperación con las organizaciones cívicas; insta de nuevo a la inclusión de una definición clara de identidad de género, orientación sexual, edad y discapacidad como motivos de discriminación en la ley contra la discriminación; pide su aplicación efectiva y un fortalecimiento del papel del Defensor de los Derechos Humanos; expresa su preocupación por la discriminación de las personas con discapacidad en el empleo, la educación, el acceso a la atención sanitaria y la prestación de otros servicios; manifiesta su preocupación por la violencia por odio y la incitación al odio y por el aumento documentado de amenazas a personas LGBTI; anima al gobierno a que aborde esta cuestión, entre otras cosas, llevando a cabo acciones de sensibilización sobre los derechos de las personas LGBTI dentro del poder judicial, los cuerpos de seguridad y entre el público en general; destaca el progreso significativo en el proceso de registro civil de la población romaní, pero continúa preocupado por la actuación limitada para mejorar su salud, su educación y sus perspectivas de empleo; pide a las autoridades, en particular, que luchen contra la discriminación por motivos de sexo; pide que se derogue la disposición sobre la pena de muerte en la Constitución de la República Srpska;

24.  Lamenta que no se hayan realizado progresos con respecto a la ejecución de las sentencias de los asuntos Sejdić-Finci y Zornić, y recuerda que Bosnia y Herzegovina sigue violando las sentencias del TEDH en esos asuntos; subraya una vez más que la falta de ejecución de estas sentencias sigue suponiendo una discriminación contra los ciudadanos de Bosnia y Herzegovina y puede por lo tanto obstaculizar el camino de Bosnia y Herzegovina hacia su adhesión a la UE;

25.  Insta a que se realicen una investigación más contundente y adecuada y un enjuiciamiento de los casos de delitos de odio y de incitación al odio, por ejemplo por motivos étnicos, y de divulgación de ideologías extremistas en las redes sociales; lamenta que la Federación siga siendo el único territorio de los Balcanes Occidentales en el que los delitos de odio no estén regulados por el Derecho penal y pide la inclusión de dicha disposición; pide, asimismo, la inclusión de una disposición sobre la incitación al odio en las leyes penales de todas las entidades;

26.  Reitera que la ley electoral y el sistema electoral deben brindar a los tres pueblos constituyentes y a los demás ciudadanos la oportunidad de elegir libremente y de manera autónoma a sus legítimos representantes políticos en las instituciones y autoridades;

27.  Subraya la importancia del papel de la sociedad civil en la protección y la promoción de los derechos de las minorías en el país, así como en el fomento de la armonía social y la tolerancia y para ayudar a las personas comprender mejor los beneficios de la diversidad; pide una mayor participación de la sociedad civil a la hora de hacer frente a los retos de la división étnica, con el fin de ayudar al país a avanzar hacia la integración en la UE; pide igualmente una mejor coordinación entre las autoridades competentes y las organizaciones cívicas con el fin de asegurar una mejor ejecución de la legislación relativa a las minorías;

28.  Se congratula de la adopción de la estrategia para la ejecución del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (2015-2018); pide la adopción y aplicación urgentes de la Estrategia marco para la aplicación del Convenio de Estambul; expresa su preocupación por la falta de un marco jurídico exhaustivo a nivel estatal sobre las agresiones sexuales y de un mecanismo de indemnización adecuado para las víctimas; insta a las autoridades competentes a que garanticen la financiación adecuada de las «casas de acogida» y mejoren la legislación al respecto de las mismas, y a que establezcan un sistema armonizado de seguimiento y recogida de datos sobre casos de violencia contra las mujeres; pide asimismo que se redoblen los esfuerzos por aumentar la presencia de las mujeres en la política y en el trabajo, mejorar su situación social y económica, en especial en lo relativo al acceso al derecho al permiso y a las prestaciones por maternidad, y para promover, proteger y reforzar los derechos de las mujeres; insta a los gobiernos a todos los niveles a que incrementen la sensibilización acerca de estas cuestiones, con la ayuda de la sociedad civil, para que las mujeres utilicen las protecciones que la ley pone a su disposición;

29.  Subraya el papel esencial que desempeña la educación en la creación y la promoción de una sociedad tolerante e integradora, así como en el fomento de la cooperación y de la cohesión en todas las líneas culturales, religiosas y étnicas; observa con pesar los lentos progresos logrados para hacer frente a la cuestión de «dos escuelas bajo un mismo techo», y a otras formas de segregación y discriminación en las escuelas, y deplora el hecho de que todavía no se haya elaborado un programa común de estudios; insta a que se adopten medidas concretas para iniciar la desegregación del sistema educativo; subraya la necesidad de realizar esfuerzos considerables para mejorar la eficacia del sistema educativo fragmentado, garantizando al mismo tiempo el derecho a la igualdad de oportunidades de educación en todas las lenguas oficiales de Bosnia y Herzegovina y el derecho de toda comunidad a educación en su propia lengua; insta a las autoridades a que garanticen una aplicación eficaz de los principios de la educación integradora con respecto a los menores con discapacidad;

30.  Acoge con satisfacción la activa participación de Bosnia y Herzegovina en la Plataforma de los Balcanes Occidentales sobre educación y formación, así como su continuada participación en el programa Erasmus+ y la Ventana a la Juventud de los Balcanes Occidentales, que desempeña un papel muy importante en la lucha contra las elevadísimas tasas de desempleo juvenil; celebra asimismo el compromiso de Bosnia y Herzegovina de participar en el estudio PISA de la OCDE en 2018; considera este estudio como un instrumento útil para debatir sobre la calidad de la educación y las reformas necesarias; elogia la voluntad expresada por los 13 ministerios de educación y todos los organismos conexos de participar en este esfuerzo conjunto; pide a la Comisión que estudie financiar la participación de Bosnia y Herzegovina en el estudio con cargo a los fondos preadhesión;

31.  Insiste en que los medios de comunicación independientes y profesionales constituyen uno de los componentes clave de una sociedad democrática próspera; expresa, por consiguiente, su preocupación por la regresión en el ámbito de la libertad de expresión, por los casos de presión política e intimidación de periodistas, incluidas las inspecciones falsas, financieras y de otro tipo, a que las autoridades locales y nacionales someten a algunos medios de comunicación, y por la continua polarización política y étnica de los medios de comunicación; pide a las autoridades competentes que lleven a cabo una investigación exhaustiva de los ataques a periodistas y que creen el marco jurídico para su protección; pide, además, que se lleve a cabo una acción urgente para garantizar la independencia política, institucional y financiera de la autoridad de control de las comunicaciones y para asegurar la transparencia relativa a la propiedad de los medios de comunicación, resolviendo todas las lagunas legislativas que obstaculizan sistemáticamente su total transparencia; señala que la aplicación de estas medidas es fundamental para garantizar la ausencia de toda influencia política indebida; pide que se adopten medidas para garantizar el pluralismo de los medios de comunicación y servicios de radiodifusión en todas las lenguas oficiales; pide igualmente la mejora de la independencia editorial y de la estabilidad financiera de los servicios públicos de radiodifusión teniendo en cuenta la importancia de la existencia de un servicio público de radiodifusión para la unidad de Bosnia y Herzegovina; manifiesta su preocupación por el hecho de que no sean juzgados los ataques electrónicos deliberados contra sitios web de información;

32.  Celebra los progresos logrados en la reducción del número de procesos de crímenes de guerra pendientes; toma nota de los temores del Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia (TPIY) con respecto a la ausencia de respuesta a las repetidas solicitudes de la fiscalía para completar los asuntos inherentes a los crímenes de guerra; pide la revisión de la estrategia nacional sobre crímenes de guerra que permita un enjuiciamiento más eficaz y efectivo de los actos de violencia sexual en periodos de guerra y mejorar la protección de las víctimas; pide la adopción de medidas para garantizar su derecho a una indemnización efectiva;

33.  Observa que se han adoptado algunas medidas y pide que se realicen más progresos en el retorno sostenible de los desplazados internos y los refugiados, así como en el empleo, la educación, la protección social, la devolución de las propiedades y la asistencia sanitaria a escala local; reitera la importancia de animar a su retorno sostenible a Bosnia y Herzegovina, en particular a la República Srpska; pide al gobierno a todos los niveles que les proteja y que acelere el proceso de su retorno introduciendo y aplicando todas las medidas legislativas y administrativas necesarias; pide la aplicación eficaz de la estrategia revisada en relación con el anexo VII del Acuerdo de Paz de Dayton; pide a la Comisión que preste asistencia financiera y a proyectos adecuada susceptible de facilitar este proceso; señala el persistente elevado número de personas desaparecidas y pide a las autoridades competentes que entable una cooperación intensiva y que redoblen sus esfuerzos por encontrar a las 7 019 personas que siguen desaparecidas a causa de la guerra; destaca la necesidad de seguir desarrollando enfoques alternativos a la justicia, entre otros, partiendo de la estrategia del PNUD sobre la justicia transicional; pide a las autoridades de Bosnia y Herzegovina que inviertan una cantidad de recursos considerable en los programas pertinentes;

34.  Observa que, si bien la rehabilitación y la reconstrucción posterior a la guerra en Bosnia y Herzegovina han sido satisfactorias en gran medida y han acercado el país a la UE, aún persisten desafíos en cuanto a la sostenibilidad del proceso de reconciliación; por tanto, señala la importancia de educar en la reconciliación y el entendimiento mutuo en la sociedad;

35.  Se felicita del aumento de la ocupación regular y de las primeras medidas llevadas a cabo para reforzar la coordinación estratégica y para mejorar el clima empresarial; continúa preocupado por la influencia del Estado en la economía, por la calidad de las finanzas públicas, el alto grado de dependencia de los recursos de los créditos de inversión internacionales, el origen poco claro de las inversiones internacionales y por las difíciles condiciones del mercado de trabajo; insiste en la necesidad de hacer frente a la persistente tasa de desempleo a largo plazo (27,6 %), incluido el elevadísimo desempleo juvenil (62,7 %) y la importante economía sumergida, así como de mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo;

36.  Se congratula de la adopción de la nueva legislación laboral por parte de ambas entidades; lamenta la falta de un espacio económico único unificado, lo que obstaculiza el entorno empresarial; insta a seguir mejorando el contexto empresarial mediante el fortalecimiento del Estado de Derecho, la simplificación en la ejecución de los contratos y la lucha contra la corrupción; lamenta que Bosnia y Herzegovina no haya desarrollado una estrategia sobre pymes a nivel estatal;

37.  Destaca la necesidad de reformar y armonizar en función de las necesidades de los ciudadanos los fragmentados sistemas de protección social, con el fin de ofrecer igualdad de trato para todos; señala que los derechos sindicales y laborales, incluida la legislación en materia de salud y seguridad, siguen siendo muy limitados, y destaca la importancia de seguir reforzando y armonizando dicha legislación en todo el país;

38.  Insta a adoptar estrategias sectoriales de ámbito estatal en materia de transporte, energía y medio ambiente; destaca que estas estrategias son necesarias, entre otros aspectos, para aprovechar al máximo la ayuda preadhesión de la UE;

39.  Celebra la participación de Bosnia y Herzegovina en la iniciativa «seis Balcanes Occidentales»; destaca la importancia de dos importantes proyectos de inversión, «Stara Gradiška» y «Svilaj», que facilitarán el comercio, la integración regional y el crecimiento sostenible; insta a las autoridades a garantizar la aplicación inmediata y completa de las normas técnicas y las medidas no vinculantes en el transporte, que se acordaron durante la Cumbre de la UE y los Balcanes Occidentales de Viena de 2015 (por ejemplo, la armonización o simplificación de los procedimientos de cruce de fronteras, los sistemas de información, los regímenes de mantenimiento, la desagregación y el acceso de terceros a las redes) antes de la próxima cumbre de París de 2016;

40.  Pide que se publiquen, cuanto antes, los resultados del censo de población y de alojamiento porque son fundamentales para la programación económica y social; señala asimismo que se necesitarán los datos del censo de 2013 para rellenar el cuestionario que la Comisión remitirá a Bosnia y Herzegovina;

41.  Pide a los organismos de estadística de Bosnia y Herzegovina que armonicen sus estadísticas con las prácticas de Eurostat;

42.  Expresa su preocupación por la regresión en el ámbito de la sociedad de la información; insta a que se lleve a cabo con urgencia la conversión digital; pide la creación de un organismo supervisor para la acreditación de las leyes relativas al comercio electrónico y la firma electrónica a escala estatal, dado que siguen sin implantarse debido a la ausencia de dicho organismo; pide a las autoridades responsables que aceleren la correcta implantación del número europeo de urgencia, 112, que se estableció en 2009;

43.  Observa que se han emprendido medidas y actividades limitadas en lo que respecta a la adaptación al cambio climático, y que se han dado los primeros pasos para desarrollar la red Natura 2000 sobre protección de la naturaleza; pide a las autoridades competentes que establezcan un marco jurídico armonizado para la protección del medio ambiente y la acción por el clima y para reforzar la planificación estratégica y la adaptación al acervo en estos ámbitos; pide a las autoridades competentes que eviten una excesiva contaminación ambiental de acuerdo con las normas medioambientales de la Unión, incluida la contaminación causada por la refinería de petróleo de Bosanski Brod; reitera la necesidad de que Bosnia y Herzegovina cumpla plenamente con sus obligaciones en virtud del Convenio sobre la evaluación del impacto ambiental en un contexto transfronterizo (Espoo, 1991) y el Protocolo sobre la evaluación estratégica medioambiental (Kiev, 2003);

44.  Pide al Gobierno de Bosnia y Herzegovina que regule y supervise la construcción de centrales hidroeléctricas en zonas sensibles desde el punto de vista medioambiental y en zonas protegidas y potencialmente protegidas, y que preserve la integridad de los parques nacionales, como por ejemplo los de Sutjeska y Una; recomienda mejorar la calidad de las evaluaciones de impacto medioambiental de modo que se tengan en cuenta las normas de la UE establecidas en la Directiva relativa a la conservación de las aves silvestres, la Directiva sobre hábitats y en la Directiva marco sobre el agua; anima al Gobierno de Bosnia y Herzegovina a incrementar la transparencia mediante la participación pública y la consulta de comunidades locales, expertos científicos y organizaciones de la sociedad civil respecto a los proyectos previstos;

45.  Felicita a Bosnia y Herzegovina por haber asumido la presidencia de la Comunidad de la Energía en 2016; expresa, no obstante, su preocupación por la imposición de sanciones de la Comunidad de la Energía contra Bosnia y Herzegovina; reitera su petición a Bosnia y Herzegovina de que adopte medidas para conectarse a las infraestructuras energéticas de los países vecinos y de que respete todas sus obligaciones contractuales con arreglo al Tratado de la Comunidad de la Energía;

46.  Denuncia la Ley sobre el orden público aprobada en la República Srpska en febrero de 2015, que criminaliza las entradas publicadas en las redes sociales que alteren el orden público o contengan contenido indecente, ofensivo o insultante, dado que esto allana el camino para restringir legalmente la libre expresión en internet y los medios de comunicación libres, y puede provocar la autocensura entre los usuarios de las redes sociales;

47.  Celebra la posición constructiva y proactiva de Bosnia y Herzegovina con respecto al fomento de la cooperación regional; opina que la cooperación concreta en ámbitos de interés mutuo puede contribuir a la estabilización de los Balcanes Occidentales; acoge favorablemente el acuerdo fronterizo con Montenegro; pide que se redoblen los esfuerzos por resolver las cuestiones bilaterales pendientes, incluidas las cuestiones relativas a la demarcación de las fronteras con Serbia y Croacia, y por abordar las cuestiones de la contaminación medioambiental transfronteriza; se congratula por la primera sesión conjunta del Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina con el Gobierno serbio, que tuvo lugar el 4 de noviembre de 2015 en Sarajevo;

48.  Se felicita del aumento de la tasa de adhesión a las decisiones de la PESC del 52 % al 62 %; considera necesario, a la luz de la solicitud de adhesión a la UE de Bosnia y Herzegovina, que esta coordine en gran medida su política exterior con la PESC;

49.  Pide a las autoridades de Bosnia y Herzegovina, en el contexto de las próximas elecciones locales, que apliquen las recomendaciones pertinentes de los observadores internacionales y locales y de la OSCE/OIDDH, con el fin de garantizar la credibilidad y la integridad del proceso electoral; insta a las autoridades a regular con carácter urgente las elecciones locales en Mostar;

50.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la VP/AR, al Consejo, a la Comisión, a la Presidencia de Bosnia y Herzegovina, al Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina, a la Asamblea Parlamentaria de Bosnia y Herzegovina y a los Gobiernos y los Parlamentos de la Federación de Bosnia y Herzegovina y de la República Srpska y a los Gobiernos de los diez cantones.

(1) DO L 164 de 30.6.2015, p. 2.
(2) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0276.
(3) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0471.


Consecución del objetivo de lucha contra la pobreza a la luz del aumento de los gastos de las familias
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Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre la consecución del objetivo de lucha contra la pobreza a la luz del aumento de los gastos de las familias (2015/2223(INI))
P8_TA(2016)0136A8-0040/2016

El Parlamento Europeo,

–  Vistos el Tratado de la Unión Europea (TUE), en particular su artículo 3, y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en particular su artículo 9,

–  Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular sus artículos 1 y 34 (apartado 3),

–  Visto el Reglamento (UE) 2015/1017 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2015, relativo al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas, al Centro Europeo de Asesoramiento para la Inversión y al Portal Europeo de Proyectos de Inversión, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1291/2013 y (UE) n.º 1316/2013(1),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 223/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2014, relativo al Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas(2),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1081/2006 del Consejo(3),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1080/2006(4),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.° 1083/2006 del Consejo(5),

–  Vista la Directiva 2014/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la comparabilidad de las comisiones conexas a las cuentas de pago, el traslado de cuentas de pago y el acceso a cuentas de pago básicas(6),

–  Vistas la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE(7), y su Resolución, de 15 de diciembre de 2010, sobre la revisión del plan de acción para la eficiencia energética(8),

–  Vista la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios(9),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 27 de octubre de 2015, titulada «Programa de trabajo de la Comisión de 2016 - No es momento de dejar las cosas como están» (COM(2015)0610),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de marzo de 2014, titulada «Preparar la revisión de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2014)0130),

–  Vistos la Comunicación de la Comisión titulada «La Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social: Un marco europeo para la cohesión social y territorial» (COM(2010)0758) y los dictámenes del Comité Económico y Social Europeo y del Comité de las Regiones, así como su Resolución, de 15 de noviembre de 2011(10), sobre el mismo asunto,

–  Vistas la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «Europa 2020 — Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020), y su Resolución, de 16 de junio de 2010, sobre la Estrategia UE 2020(11),

–  Vista la Resolución 64/292 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 28 de julio de 2010, titulada «El derecho humano al agua y el saneamiento»(12),

–  Visto el proyecto piloto de la Comisión para el desarrollo de una metodología común sobre presupuestos de referencia en Europa,

–  Visto el informe del Centro de Investigaciones Innocenti de UNICEF (2012) «Medición de la pobreza infantil: Nuevas tablas clasificatorias de la pobreza infantil en los países ricos del mundo»(13),

–  Visto el informe del Centro de Investigaciones Innocenti de UNICEF (2014) «Los niños de la recesión: El impacto de la crisis económica en el bienestar infantil en los países ricos»(14),

–  Visto el estudio trimestral de la Comisión sobre la situación social y del empleo en la UE, de septiembre de 2015(15),

–  Visto el conjunto de medidas de la Comisión sobre inversión social, de 20 de febrero de 2013,

–  Visto el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 15 de junio de 2011, sobre la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social : Un marco europeo para la cohesión social y territorial(16),

–  Visto el informe de la OCDE titulado «Todos juntos: ¿por qué la reducción de la desigualdad beneficia a todos?», de 21 de mayo de 2015,

–  Visto el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 18 de septiembre de 2013, sobre el tema «Por una acción europea coordinada para prevenir y combatir la pobreza energética»(17),

–  Visto el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 10 de diciembre de 2013, sobre el tema «Renta mínima europea e indicadores de pobreza»(18),

–  Visto el Dictamen del Comité de las Regiones, de 31 de marzo de 2011, sobre la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social(19),

–  Visto el dictamen conjunto del Comité de Protección Social (CPS) y del Comité de Empleo (EMCO), de 3 de octubre de 2014, titulado «La revisión intermedia de la Estrategia Europa 2020»(20),

–  Visto el informe anual del CPS, de 10 de marzo de 2015, titulado «La situación social en la Unión Europea (2014)(21),

–  Vistos los estudios titulados «The State of Lending: The Cumulative Costs of Predatory Practices»(22), de junio de 2015, y «Le panier de la ménagère pauvre»(23), de agosto de 2008,

–  Visto el Dictamen del Comité de Protección Social, de 15 de febrero de 2011, sobre la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión social – Iniciativa emblemática de la Estrategia «Europa 2020»(24),

–  Vista su Resolución, de 8 de septiembre de 2015, sobre el seguimiento de la Iniciativa Ciudadana Europea Right2Water(25),

–  Vista su Resolución, de 8 de julio de 2015, sobre la Iniciativa de Empleo Verde: aprovechar el potencial de creación de empleo de la economía verde(26),

–  Vistas la Decisión (UE) 2015/1848 del Consejo, de 5 de octubre de 2015, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros en 2015(27) y su Posición, de 8 de julio de 2015, sobre la propuesta de Decisión del Consejo sobre orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros(28),

–  Vista su Resolución, de 27 de noviembre de 2014, sobre el vigesimoquinto aniversario de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño(29),

–  Vista su Resolución, de 11 de junio de 2013, sobre la vivienda social en la Unión Europea(30),

–  Vista su Resolución, de 4 de julio de 2012, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre el acceso a los servicios bancarios básicos(31),

–  Vista su Resolución, de 20 de octubre de 2010, sobre el papel de la renta mínima en la lucha contra la pobreza y la promoción de una sociedad integradora en Europa(32),

–  Visto el artículo 52 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y la opinión de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A8-0040/2016),

A.  Considerando que, entre 2008 y 2013, el número de personas en riesgo de pobreza o exclusión social en la UE de los 28 aumentó de 117 millones a 122,6 millones; que en 2013, el 16,7 % de la población de la Unión se encontraba en riesgo de pobreza tras las transferencias sociales y el 9,6 %, en una situación de privación material grave, y que el 10,7 % de las familias se consideraban de baja intensidad laboral; que este hecho se opone al objetivo estratégico de la Unión definido en la Estrategia Europa 2020 de reducir al menos en 20 millones antes de 2020 el número de personas en situación de pobreza y exclusión social o con riesgo de estarlo;

B.  Considerando que, según la metodología de Eurostat, el umbral de riesgo de pobreza se fija en el 60 % de la renta disponible equivalente mediana del país;

C.  Considerando que los ahorros energéticos y la mejora de la eficiencia, en particular en las viviendas, permitirían a muchos hogares escapar de la pobreza energética; que en 2015 el 10 % de los ciudadanos de la Unión estaban atrasados en el pago de los servicios públicos (el 37 % en los Estados miembros más afectados); que en 2014 el 12 % de los ciudadanos de la Unión no podían calentar sus casas adecuadamente (el 60 % en los Estados miembros más afectados); que en 2014 el 16 % de la población de la Unión se alojaba en viviendas con goteras y con humedad en las paredes (el 33 % en los Estados miembros más afectados), según las estadísticas sobre la renta y las condiciones de vida (SILC);

D.  Considerando que el número de parados de larga duración supera los 12 millones de personas, de los que el 62 % llevan parados más de dos años consecutivos; que los parados de larga duración tienen más posibilidades de verse afectados por la pobreza y la exclusión social;

E.  Considerando la importancia del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD) y de su continuidad en un momento en que la crisis social afecta a un número de europeos cada vez mayor;

F.  Considerando que el artículo 34, apartado 3, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, estipula que, con el fin de combatir la exclusión social y la pobreza, la Unión reconoce y respeta el derecho a una ayuda social y a una ayuda a la vivienda para garantizar una existencia digna a todos aquellos que no disponen de recursos suficientes;

G.  Considerando que los precios de los bienes y servicios esenciales han aumentado, a veces y en algunos países, relativamente rápido y que, en consecuencia, también lo han hecho los gastos de las familias;

H.  Considerando que entre los grupos más vulnerables se identifica sistemáticamente a los «pobres crónicos», que son a menudo desempleados de larga duración, pero que a veces son personas empleadas con salarios bajos, y personas que viven solas con hijos y que no trabajan o que trabajan menos horas de media que la principal fuente de ingresos;

I.  Considerando que, hoy en día, no existen aún indicadores seguros de la pobreza absoluta;

J.  Considerando que una vivienda pobre o inadecuada reduce en gran medida las posibilidades de llevar una vida normal; que la calidad de la vivienda (incluido un aislamiento adecuado, etc.) que se proporciona a los grupos en situaciones vulnerables se ha reducido durante la crisis debido a la incapacidad de financiar su mantenimiento; que vivir durante un largo periodo de tiempo en una vivienda de baja calidad puede afectar a la salud física;

K.  Considerando que el aumento de los gastos de las familias ligados al coste de la vivienda, la alimentación los suministros (electricidad, gas y agua), el transporte, el gasto médico o los gastos ligados a la educación, dificulta la consecución del objetivo de reducir la pobreza fijado en la Estrategia Europa 2020;

L.  Considerando que en muchos países de la Unión el coste de los bienes y servicios básicos y esenciales ha registrado un rápido aumento en los últimos años, lo que ha dado lugar a un incremento de los gastos generales de las familias;

M.  Considerando que la combinación de crisis económica y financiera y caída de los ingresos de los hogares ha incrementado el desempleo y la exclusión social en la Unión, especialmente en los grupos más vulnerables de la población, aumentando así la demanda que recae sobre los servicios de protección social;

N.  Considerando que, con la crisis, el desempleo entre los jóvenes, que ya era más alto que en los demás grupos de edad, ha registrado un aumento drástico en la Unión hasta superar el 20 %, lo que puede hacerles caer en la pobreza desde una edad muy temprana; considerando las Observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas sobre los últimos informes periódicos de determinados países europeos en relación con el aumento de las tasas de pobreza y/o de riesgo de pobreza infantil debido a la crisis económica; que dicho aumento afecta a los derechos a la salud, a la educación y a la protección social;

O.  Considerando que la pobreza, que desde hace muchos años afecta en los Estados miembros a un elevado número de personas, tiene un impacto cada vez más importante en la economía, perjudica el crecimiento económico, aumenta el déficit de los presupuestos públicos y reduce la competitividad europea;

P.  Considerando que el hecho de no disponer de una vivienda y una calefacción adecuadas tiene un impacto negativo sobre la salud, la educación y la integración social y laboral de las personas, en particular en el caso de las personas más vulnerables; que hay personas que sufren por no poder calentar sus casas tanto en los Estados miembros del norte como del sur; que las cifras de EU-SILC muestran que el sobrecoste de la vivienda (por régimen de tenencia) es mayor para los inquilinos del sector del alquiler privado en algunos Estados miembros, lo que puede explicarse por la baja calidad de las viviendas y los elevados precios; que muchas familias tienen dificultad en cubrir el coste de los alimentos y servicios esenciales, también a consecuencia de la subida del precio de la energía;

Q.  Considerando que la pobreza energética está ligada a la pobreza general y es consecuencia de varias condiciones subyacentes, entre ellas los problemas relativos a la salud y la discapacidad, la falta de acceso a ofertas adaptadas o servicios en línea, los bajos ingresos, el tipo de sistema de calefacción en uso en el hogar y la calidad y rendimiento energético del parque inmobiliario;

R.  Considerando que los desempleados, las familias monoparentales, las familias con bajos ingresos, los viudos y viudas, los enfermos crónicos, las personas de edad avanzada, los jóvenes, las personas con discapacidad y las minorías se encuentran a menudo entre los grupos más vulnerables y en riesgo de caer en la pobreza, y sufren particularmente del elevado coste de la vida;

S.  Considerando que la gran diferencia entre Estados miembros en materia de asistencia social e ingresos mínimos implica que en algunos Estados miembros la asistencia social reduce el riesgo de pobreza un 60 % y en otros solo un 15 %; que el impacto medio de la asistencia social en la reducción del riesgo de pobreza en la Unión es de un 35 %;

T.  Considerando que el próximo informe de Eurofound sobre la vivienda en Europa incluirá un modelo que estima que, debido a los actuales niveles de viviendas inadecuadas (según datos de 2011), el coste total del gasto médico supera los 170 000 millones EUR al año para las economías de la UE de los 28; que, si se llevase a cabo todo el trabajo de reparación, se ahorrarían en gastos médicos cerca de 8 000 millones EUR en el primer año, y se seguirían acumulando ahorros posteriormente;

U.  Considerando que las Naciones Unidas han afirmado que el derecho humano al agua y al saneamiento es el derecho de todos a disponer, para uso personal y doméstico, de agua de calidad, salubre, físicamente accesible, asequible, en cantidad suficiente y aceptable; que en otra recomendación de las Naciones Unidas se afirma que el 3 % de la renta del hogar debería considerarse lo máximo que puede dedicarse a pagar el agua, allí donde deba pagarse; que la privatización de los servicios de agua tiene una repercusión negativa en los hogares pobres o en riesgo de pobreza;

V.  Considerando que la pobreza energética es un problema cada vez más importante en Europa y es probable que se agrave en los próximos años como consecuencia de los aumentos de precio previstos de la energía, el aumento simultáneo de la desigualdad de rentas y la pobreza en general, la falta de sistemas de calefacción adecuados, así como la escasa calidad general de los sistemas de aislamiento de las viviendas, en especial en los países mediterráneos;

W.  Considerando que hay 12 millones más de mujeres que de hombres que viven en situación de pobreza en la Unión; que entre los factores que contribuyen a esta desigualdad se incluye la desigualdad de salarios y de pensiones por razón de género, la gran proporción de mujeres que ocupan puestos de trabajo precarios y el hecho de que a menudo las mujeres se ven abocadas a la inactividad económica debido al coste prohibitivo de las guarderías;

X.  Considerando que las desigualdades con respecto a los hombres en cuanto a remuneración, horario de trabajo y duración de la vida laboral a que se enfrentan las mujeres durante su vida activa repercuten directamente en sus pensiones de jubilación; que el riesgo de pobreza o exclusión social en el caso de las mujeres mayores de 65 años es notablemente superior al de los hombres de su misma edad, ya que la pensión de jubilación media de una mujer es en la actualidad inferior, y a menudo con bastante diferencia, a la de un hombre;

Y.  Considerando que la Unión de la energía debe proporcionar respuestas eficaces a la pobreza energética, que afecta a más de 100 millones de europeos, mediante el refuerzo de la posición de los consumidores más vulnerables, la mejora de la eficiencia energética para los más vulnerables y el desarrollo de medidas correctoras que permitan a las personas necesitadas disponer de energía a un coste asequible;

Z.  Considerando que la Directiva 2012/27/UE pide a los Estados miembros que desarrollen programas para sensibilizar, informar y asesorar a las personas y los hogares sobre la eficiencia energética;

AA.  Considerando que, dada la situación de pobreza de una familia como algo indivisible, cabe destacar el efecto que tiene el aspecto energético en la pobreza;

AB.  Considerando que la renovación del parque nacional de edificios en busca de una mejora en la eficiencia del uso de la energía tendrá un impacto directo en la reducción de los costes energéticos, en particular para las familias con menos recursos y fomentará la creación de empleo;

AC.  Considerando que 22 348 834 hogares (aproximadamente el 11 % de la población de la Unión) gastan más del 40 % de la renta disponible en vivienda; que el Semestre Europeo ha considerado el sobrecoste de vivienda una tendencia social que hay que vigilar observar; que 21 942 491 hogares (aproximadamente el 10,8 % de la población de la Unión) tienen dificultad en mantener su vivienda a una temperatura adecuada; que la Unión y los Estados miembros deben definir, aplicar y mantener con carácter urgente medidas políticas que permitan a los hogares afrontar los gastos de vivienda, incluidas ayudas para la vivienda;

AD.  Considerando que los precios del mercado de la energía en Europa se encuentran en un proceso de convergencia y que el poder adquisitivo no converge al mismo ritmo;

AE.  Considerando que el acceso a la vivienda social constituye un derecho fundamental que puede considerarse una condición previa para ejercer y obtener el acceso a los demás derechos fundamentales y a una vida digna; que la garantía del acceso a una ayuda para una vivienda digna y adecuada constituye una obligación internacional de los Estados miembros que la Unión debe tomar en consideración, por cuanto el derecho de acceso a la vivienda y de percibir una ayuda de vivienda está reconocido tanto en el artículo 34 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, como en los artículos 30 y 31 de la Carta Social revisada adoptada por el Consejo de Europa y en el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como en numerosas constituciones de los Estados miembros;

AF.  Considerando que la vivienda representa la partida de gasto más importante de los hogares europeos; que la pronunciada subida de los precios asociados a la vivienda (terrenos, propiedad, alquiler, consumo energético) constituye una fuente de inestabilidad y ansiedad y debe considerarse un tema de preocupación fundamental;

AG.  Considerando que la privación de vivienda y la pobreza energética son mayores en los países con una menor proporción de viviendas sociales, es decir, los países orientales y mediterráneos;

AH.  Considerando que el parque de viviendas sociales en porcentaje del parque inmobiliario total indica que los países occidentales y septentrionales presentan una proporción de viviendas sociales mayor que la media europea, mientras que los países mediterráneos y orientales mantienen un parque mínimo de viviendas sociales (5 %) o carecen completamente de sector de vivienda social;

AI.  Considerando que la investigación de Eurofound afirma que, en el caso de muchas personas con bajos ingresos, los atrasos en el pago de servicios públicos son un tipo principal de deuda, algo que a veces se pasa por alto;

AJ.  Considerando que la vivienda social desempeña un papel esencial en la realización del objetivo de reducción de la pobreza de la Estrategia Europa 2020, ya que contribuye a garantizar un alto nivel de empleo y de inclusión y cohesión social, favorece la movilidad profesional y contribuye a luchar contra la precariedad;

AK.  Considerando que el informe de Eurofound titulado «Access to benefits: reducing non-take-up» destaca claramente el problema de que las prestaciones sociales y los regímenes de renta mínima no siempre llegan a quienes tienen derecho a ellos; que no basta con establecer estos sistemas, sino que debe garantizarse su aprovechamiento por parte de quienes tienen derecho a ellos; que también deben tenerse en cuenta los ahorros generados a largo plazo gracias a que las prestaciones lleguen a las poblaciones destinatarias de manera inmediata, eficaz y eficiente;

AL.  Considerando que la crisis ha repercutido en las condiciones de acceso a la vivienda de las familias, así como en la inversión en viviendas sociales en la Unión, que el gasto público consagrado a la inversión en viviendas sociales se ha visto muy afectado y que ello impone una actuación urgente de los Estados miembros y la Unión para garantizar el acceso a una vivienda digna y asequible;

AM.  Considerando que la pobreza y la exclusión social siguen siendo un determinante social clave del estado de salud y las condiciones de vida, incluida la esperanza de vida, en particular dada la repercusión de la pobreza infantil en la salud y el bienestar de los niños, y que las diferencias en materia de salud entre ricos y pobres siguen siendo importantes, en particular por lo que respecta a un acceso asequible a los servicios sanitarios, la renta y la riqueza, y siguen ahondándose en determinados ámbitos;

AN.  Considerando que el Comité de Protección Social del Consejo de la Unión Europea, en su Dictamen de 20 de mayo de 2010, manifestó su preocupación por que la crisis económica y financiera actual pueda tener repercusiones negativas en el acceso de los ciudadanos a la asistencia sanitaria y en los presupuestos para la salud de los Estados miembros;

AO.  Considerando que la actual crisis económica y financiera puede tener un grave impacto en el sector de la atención sanitaria en varios Estados miembros, tanto en lo referente a la oferta como a la demanda;

AP.  Considerando que las restricciones provocadas por la actual crisis económica y financiera podrían perjudicar gravemente la viabilidad financiera y organizativa a largo plazo de los sistemas sanitarios de los Estados miembros y obstaculizar así la igualdad de acceso a la asistencia en su territorio;

AQ.  Considerando que la combinación de pobreza con otras formas de vulnerabilidad, como la infancia o la vejez, la discapacidad o la pertenencia a una minoría, incrementa aún más el riesgo de padecer desigualdades en materia de salud y que, viceversa, la mala salud puede llevar a la pobreza o a la exclusión social;

AR.  Considerando que, según los últimos datos de Eurostat, el 21 % de los hogares de la Unión de los 28 no disponen de acceso a internet y un 20 % de las personas de 16 a 74 años declaran no haberlo utilizado jamás; que en los Países Bajos se registra la proporción más alta de hogares con acceso a Internet (95 %) y que Bulgaria se sitúa a la cola con un 54 % de hogares con acceso a internet;

AS.  Considerando que el mercado único digital es una de las diez prioridades de la nueva Comisión y que, en el futuro, el 90 % de los puestos de trabajo requerirán competencias informáticas; que, si bien el 59 % de los ciudadanos europeos tienen acceso a la red 4G, en las zonas rurales este porcentaje no supera el 15 %;

AT.  Considerando que un empleo digno sigue siendo el mejor modo de conjurar el riesgo de pobreza y exclusión social y que el dominio de las tecnologías de la información y la comunicación y el acceso a las mismas representan bazas innegables en la búsqueda de un empleo;

AU.  Considerando que la Resolución 64/292 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 28 de julio de 2010, sobre el derecho humano al agua y el saneamiento, que reconoce el derecho a un agua potable, salubre y limpia como derecho fundamental, esencial para el pleno ejercicio del derecho a la vida y de todos los derechos humanos;

AV.  Considerando que la naturaleza transversal de los aspectos de género de la pobreza requiere un enfoque holístico para luchar contra la discriminación múltiple y abordar cuestiones como la vivienda, los costes de la energía, los servicios públicos, la seguridad en el empleo, el empleo precario y las políticas fiscales;

AW.  Considerando que los objetivos de lucha contra la pobreza no se podrán alcanzar si no se combate la pobreza femenina, ya que tanto la igualdad de género como la capacitación económica y la emancipación de las mujeres son indispensables para lograr una convergencia al alza en la reducción de la pobreza;

AX.  Considerando que la recogida de datos y la elaboración de políticas sobre la pobreza, el coste de la vida y los ingresos tomando como base las familias como unidades constitutivas presupone uniformidad y una distribución equitativa de los recursos entre los miembros del hogar; que, en la práctica, las familias varían y la distribución puede ser desigual y estar vinculada al género, lo que exige, a la hora de definir las políticas, un enfoque que se base en los gastos y los ingresos individuales;

AY.  Considerando que el 17 % de los hogares monoparentales, que en su gran mayoría tienen a una mujer como cabeza de familia, no pueden mantener su vivienda caliente, frente a solo un 10% de la población general; que, mientras que los precios al por mayor de la energía han disminuido, los precios al por menor se han incrementado, lo que se ha traducido en un aumento de los gastos; que lamentablemente la UE no cuenta con una definición de pobreza energética, si bien se trata de un fenómeno que afecta de forma desproporcionada a las mujeres;

AZ.  Considerando que la tasa de desempleo es mayor entre las mujeres jóvenes que en otros grupos de edad, lo que hace que exista el peligro de que caigan en la pobreza a una edad temprana;

BA.  Considerando que el aumento de los gastos de las familias y la carga suplementaria que representa el coste de la vivienda explican, entre otras razones, que haya mujeres sin hogar, y que, por tanto, es necesario seguir investigando acerca del porcentaje de mujeres que pierden su hogar o lo abandonan, así como sobre las causas de este fenómeno; que el endeudamiento individual y de las familias está vinculado directamente con los gastos relacionados con el hogar y es una de las causas de la pobreza y la exclusión social;

Recomendaciones principales

Sobre la base de las recomendaciones formuladas en la presente resolución:

1.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que se comprometan plenamente en la lucha contra la pobreza y la exclusión social y que adopten una estrategia integrada para luchar contra sus diferentes manifestaciones aplicando un enfoque holístico que vincule las políticas económica, educativa, de empleo, energía y transporte y las políticas sociales basándose en las mejores prácticas;

2.  Pide a los Estados miembros que se sumen a la moratoria contra los cortes de calefacción en invierno para garantizar que ningún hogar se quede sin suministro de energía durante un período determinado del invierno o que, a aquellos a quienes ya se les haya cortado el suministro, se les vuelva a proporcionar haciendo hincapié en que los costes conexos son de responsabilidad pública, puesto que las políticas sociales son fundamentalmente responsabilidad de los gobiernos; pide a los Estados miembros que evalúen las medidas necesarias para cumplir las normas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) relativas a una temperatura adecuada de los hogares;

3.  Pide a la Comisión que lleve a cabo una evaluación de impacto sobre los regímenes en materia de renta mínima en la UE y examine otras medidas que tengan en cuenta las circunstancias económicas y sociales de cada Estado miembro, y que evalúe si estos regímenes permiten a los hogares satisfacer sus necesidades personales básicas; pide a la Comisión que, sobre esta base, evalúe la manera y los medios de establecer en los Estados miembros una renta mínima adecuada de conformidad con las prácticas y tradiciones nacionales, al tiempo que respete sus características de cada uno de ellos, con vistas a apoyar la convergencia social en la UE;

4.  Pide a los Estados miembros que garanticen un uso más eficiente, focalizado y cuidadosamente supervisado de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) por parte de las autoridades nacionales, regionales y locales a fin de hacer frente a la pobreza energética, el aumento del coste de la vida, la exclusión social, la privación de vivienda y la insuficiente calidad de las viviendas; considera que la Comisión debe conceder mayor flexibilidad en este ámbito;

5.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que dediquen una cumbre a la reducción de la pobreza, la pobreza extrema y la exclusión social y al acceso a unas condiciones de vida dignas;

Las políticas de la UE para alcanzar el objetivo de lucha contra la pobreza

6.  Considera lamentable el aumento del número de personas en situación de pobreza o exclusión social o en riesgo de estarlo, aun cuando la Estrategia Europa 2020 se propone reducir al menos en 20 millones el número de personas en esta situación; lamenta también que el índice de pobreza solo haya mejorado en algunos Estados miembros; pide a la Comisión y a los Estados miembros que renueven su compromiso con el objetivo de reducción de la pobreza, que está cada vez más fuera de control;

7.  Pide a los Estados miembros que ofrezcan a todos un apoyo a la renta adecuado y accesible, incluida una renta mínima mientras sea necesario, y que ofrezcan diferentes tipos de compensación esencial para abordar la situación de pobreza cuando los costes no puedan reducirse a corto plazo; destaca la importancia de definir unos criterios de selección para poder disfrutar de un régimen de renta mínima adecuada;

8.  Pide a los Estados miembros que vuelvan a examinar y adapten todas las políticas que puedan inducir un aumento de la pobreza;

9.  Pide a la Comisión que estudie la posibilidad de prolongar el Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas más allá del periodo de programación 2014-2020, así como una mayor coordinación con otros fondos europeos, en especial el Fondo Social Europeo (FSE), y políticas activa de empleo, para facilitar la entrada en el mercado laboral de las personas más desfavorecidas y evaluar en qué medida los grupos más desfavorecidos y vulnerables, como las mujeres jóvenes, las familias monoparentales, las personas con discapacidad y las mujeres mayores, han beneficiado del programa;

10.  Pide a los Estados miembros que faciliten el acceso de las estructuras asociativas de lucha contra la pobreza a la financiación europea procedente del FEAD, sin crear cargas administrativas añadidas para estas, pues a menudo carecen de personal suficiente;

11.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que establezcan mecanismos para reconocer las capacitaciones adquiridas de forma más informal que formal;

12.  Destaca que, allí donde se utilicen instrumentos como la Garantía Juvenil, dichos instrumentos han de responder a una visión global de la estructura de empleo en las regiones en las que se apliquen; considera que esto requiere la readaptación del papel de los centros de empleo, es decir, la atención de los usuarios, tener en cuenta todas las especificidades de los mismos, la actualización de las competencias y la concesión de especial atención a los sectores en desarrollo mediante un contacto directo con los empresarios, para que expongan las competencias que necesitan encontrar en sus empleados potenciales;

13.  Acoge con satisfacción la intención de la Comisión de proponer la creación de un pilar europeo de los derechos sociales; recuerda que dicho pilar debe respetar lo dispuesto en el artículo 9 del TFUE;

14.  Apoya la intención de la Comisión de conseguir para la Unión la calificación de «triple A» presentando nuevas medidas destinadas a mejorar la eficacia de las políticas sociales y de empleo, incluida una estrategia clara de lucha contra los aspectos de la exclusión social relacionados con el género;

15.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, en consonancia con la Estrategia Europa 2020, elaboren, adopten y apliquen un marco de la Unión consistente en medidas y acciones concretas destinadas a reducir la pobreza y la exclusión social, incluida la pobreza energética;

16.  Recuerda el dictamen del Comité Económico y Social Europeo titulado «Por una acción europea coordinada y para prevenir y combatir la pobreza energética» y señala su recomendación de crear un observatorio europeo de la pobreza, cuyo principal objeto de interés sea la pobreza energética y que reúna a todas las partes interesadas para contribuir a definir unos indicadores europeos de la pobreza energética (en asociación con Eurostat), haga un inventario de la situación, determine las mejores prácticas y elabore recomendaciones para prevenir y afrontar el problema de manera más eficaz y creando una solidaridad europea en este ámbito; subraya la importancia de desarrollar indicadores y de recoger datos sobre el consumo y los gastos de los hogares en relación con la pobreza energética para facilitar información fiable y hacer posible una elaboración de políticas y una supervisión efectiva basadas en los datos;

17.  Considera que la pobreza y la exclusión social tienen un componente intergeneracional y, por lo tanto, subraya la necesidad de facilitar a los niños que viven en hogares por debajo del umbral de pobreza, el acceso a la educación y aboga por políticas destinadas a evitar el abandono escolar prematuro;

18.  Pide al Consejo y a los Estados miembros que, en el contexto del aumento de la pobreza, intensifiquen sus esfuerzos por ayudar a las personas en riesgo de pobreza o de exclusión social, incluida una perspectiva de género sólida, por ejemplo en forma de recomendación del Consejo, para alcanzar el objetivo de reducción de la pobreza establecido en la Estrategia Europa 2020;

19.  Reitera la importancia de la capacitación de las mujeres y las niñas mediante la educación, tanto formal como informal, y de la función de la educación en la lucha contra los estereotipos de género y la estigmatización de la pobreza, así como a la hora de incrementar los ingresos de las mujeres a través de su incorporación a sectores donde han estado infrarrepresentadas, como la ciencia, la tecnología, la ingeniería y el empresariado, y pide a la Comisión que en las recomendaciones específicas por país incorpore objetivos relacionados con la formación profesional de las mujeres;

20.  Pide que cada Estado miembro proporcione un trazado detallado de su plan de reducción de la pobreza y explique de qué manera aborda su estrategia los aspectos de la pobreza y la exclusión social relacionados específicamente con el género;

Los recursos y las rentas de los hogares pobres

21.  Destaca que una renta digna es un elemento fundamental para poder llevar una vida digna; hace hincapié en que, si bien el empleo puede ser fundamental para salir de la pobreza, es importante contar con una renta mínima suficiente para ayudar a las personas a satisfacer sus necesidades básicas; recuerda que, en 2013, el 16,7 % de la población de la UE de los 28 se hallaba en riesgo de pobreza (una vez percibidas las transferencias sociales), lo que significa que su renta disponible era inferior a su umbral nacional de riesgo de pobreza y que la pobreza de los ocupados y la pobreza absoluta siguen siendo inaceptablemente altas;

22.  pide a la Comisión que, en el marco del Semestre Europeo, haga recomendaciones a los Estados miembros sobre las políticas que deben adoptar y las reformas que han de emprender para luchar con eficacia contra la pobreza y la exclusión social, con vistas a fomentar la convergencia social, teniendo en cuenta las características específicas de cada Estado miembro;

23.  Recuerda el dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Renta mínima europea e indicadores de pobreza»; toma nota de que el dictamen preconiza una directiva marco europea sobre una renta mínima adecuada que establezca normas e indicadores comunes, indique métodos para el seguimiento de su aplicación y mejore el diálogo entre las partes interesadas, los Estados miembros y las instituciones de la UE; considera que este marco debería basarse en los derechos, tener una base empírica y tener en cuenta el contexto económico y social de cada Estado miembro y respetar el principio de subsidiariedad;

24.  Subraya que los regímenes de renta mínima deben impedir que los hogares sufran privaciones materiales graves o, en su caso, deben servir para sacarlos de esa situación, además de garantizar una renta superior al umbral de la pobreza; recuerda que unos regímenes de renta mínima a escala nacional podrían ser instrumentos clave para cumplir lo dispuesto en el artículo 9 del TFUE, que garantiza una protección social adecuada, la lucha contra la exclusión social, la participación en la protección por la sociedad de la salud humana y una mayor igualdad de oportunidades; comparte la opinión del Comité Económico y Social Europeo de que los regímenes de renta mínima deben ir acompañados de un aprendizaje permanente, la participación de las partes interesadas y políticas activas de mercado de trabajo destinadas a ayudar a los desempleados a volver al mercado de trabajo y encontrar trabajos decentes;

25.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que proporcionen información y ayuden a las personas en riesgo de pobreza y exclusión social a tomar decisiones con conocimiento de causa en relación con el consumo energético, que apoyen a actores no gubernamentales y a autoridades locales a facilitar asesoramiento específico en materia energética y a formar a asesores energéticos, y que obliguen a los proveedores de energía a incluir en sus facturas a los hogares información sobre medidas para reducir el consumo de energía y aumentar la eficiencia energética;

26.  Anima a los Estados miembros y a la Comisión, cuando proceda, a que propongan políticas proactivas en relación con una vivienda adecuada con el fin de garantizar el acceso a una vivienda de calidad; pide a los Estados miembros que apliquen una política de alquiler cuando sean necesarias medidas sociales urgentes y destaca que dicha política debe acompañarse de programas de vivienda y programas comunitarios a largo plazo para aumentar el parque de viviendas para distintos grupos socialmente desfavorecidos; destaca que siguen haciendo falta medidas efectivas en toda la Unión para evitar la creación de nuevas burbujas inmobiliarias, como la regulación efectiva de la protección de los consumidores en el mercado hipotecario; fomenta, a este respecto, las políticas orientadas a ayudar a los hogares en dificultad financiera a establecerse en su primera vivienda;

27.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen el derecho fundamental de los ciudadanos europeos a una ayuda a la vivienda como condición previa para una vida humana digna; pide que se reconozca la importancia de unas viviendas de alquiler asequibles como medio para facilitar el acceso a la vivienda a las personas de renta baja e insta a los Estados miembros a que garanticen un número suficiente de vivienda asequibles;

28.  Subraya que la pobreza entre los ancianos es un problema importante en muchos Estados miembros; pide, por lo tanto, a los Estados miembros de la Unión que reformen los sistemas de pensiones para garantizar un nivel adecuado de ingresos y la sostenibilidad y seguridad de los sistemas de pensiones;

29.  Pide a la Comisión que aborde el problema de la carencia de hogar como una forma extrema de pobreza, en particular las muertes en invierno de personas sin hogar y de personas que viven en hogares fríos; pide a los Estados miembros que vuelvan a evaluar sus avances hacia el fin de estas formas extremas de pobreza;

30.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que definan, apliquen y mantengan con carácter urgente medidas políticas que permitan a los hogares afrontar los gastos de vivienda, incluyendo ayudas para la vivienda, teniendo en cuenta que 22 348 834 hogares (aproximadamente el 11 % de la población de la UE) gastan más del 40 % de su renta disponible en vivienda y que 21 942 491 hogares (aproximadamente el 10,8 % de la población de la UE) sufren dificultades para mantener una temperatura adecuada en la vivienda;

31.  Recuerda que los hogares de renta baja y los hogares pobres o en riesgo de pobreza dependen más de la prestación de servicios públicos asequibles de alta calidad; pide a los Estados miembros que sufraguen el gasto público necesario para ofrecer unos servicios públicos, asequibles y de calidad a los hogares con bajos ingresos;

El gasto de los hogares pobres

32.  Acoge con satisfacción el trabajo de la Comisión para establecer un presupuesto de referencia, pues representa un paso en la dirección adecuada, dado que el tratamiento de la renta y el gasto de los hogares pobres de una manera más equilibrada y con un enfoque basado en los datos sigue siendo un reto por superar; señala que podrían utilizarse presupuestos de referencia que reflejen el gasto de los hogares para diseñar la ayuda por prestar y comprobar su idoneidad; considera que este instrumento tiene un valor crucial para revitalizar la cohesión social de la Unión, reducir las desigualdades y cumplir el objetivo de la Estrategia Europa 2020 en materia de pobreza y exclusión social; subraya que reducir el gasto de los hogares pobres repercutirá de forma positiva en estos, así como en la economía —principalmente, la local — y la cohesión social;

33.  Recuerda que los hogares pobres gastan la mayor parte de sus ingresos en alimentación, vivienda y suministros; pide, por lo tanto, a la Comisión Europea que integre mejor sus políticas en relación con la lucha contra la pobreza, que mejore el intercambio de buenas prácticas y que facilite un diálogo regular con quienes sufren la pobreza, para asegurar que estas personas puedan contribuir a la evaluación de las políticas que les afectan;

34.  Subraya que, hasta la fecha, no existe una definición de pobreza energética a escala de la Unión y que, por lo tanto, es muy difícil evaluar adecuadamente la gravedad, las causas y las consecuencias de esta vertiente de la pobreza en la Unión; pide a la Comisión que, junto con las partes interesadas, elabore una definición común de la pobreza energética y defina los factores que contribuyen a la vulnerabilidad de los hogares;

35.  Pide a la Comisión que facilite evaluaciones de impacto e información sobre las mejores prácticas para combatir la pobreza energética en los Estados miembros en este contexto; insiste en que la energía debe ser asequible para todos los ciudadanos de la Unión;

36.  Destaca, por lo tanto, que es extraordinariamente importante evitar que más jóvenes sean víctimas de la pobreza energética en el futuro;

37.  Observa que se ha demostrado que la educación económica y financiera a edad temprana mejora la toma de decisiones económicas en fases posteriores de la vida, también en la gestión de gastos e ingresos; recomienda el intercambio de buenas prácticas y el fomento de programas formativos destinados a las mujeres y las niñas de grupos vulnerables y comunidades marginadas expuestos a la pobreza y la exclusión social;

38.  Subraya que una parte nada despreciable de las personas víctimas de la pobreza energética se encuentran en riesgo de pobreza y de exclusión social y que, por consiguiente, no pueden aportar la necesaria inversión inicial en electrodomésticos energéticamente eficientes, por ejemplo en aislamiento o en energías renovables; señala que esto crea un círculo vicioso de gasto continuo de una proporción de la renta del hogar mayor de la necesaria en las facturas de servicios, mientras que no se aborda la ineficiencia energética, entre otras cuestiones;

39.  Pide a la Comisión, al Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) y a los Estados miembros que estudien el fenómeno de las mujeres sin techo, sus causas y factores desencadenantes, ya que no se recoge de manera adecuada en los datos actuales; señala que los elementos específicos de género que deben tomarse en consideración incluyen la dependencia económica por razón de género, el alojamiento temporal y la renuncia a los servicios sociales;

40.  Respalda la iniciativa para elaborar un presupuesto de referencia orientativo, y pide a la Comisión que, cuando lo diseñe, incorpore consideraciones específicas de género que incluyan las desigualdades de género a las que se enfrentan las familias;

41.  Considera que la mayor esperanza de vida de las mujeres se ha de tener asimismo en cuenta como posible factor de vulnerabilidad y exclusión;

Destinar fondos y orientar políticas a la lucha contra la pobreza y la pobreza energética

42.  Pide a los Estados miembros y a la UE que concedan microcréditos y préstamos sin intereses o a un interés bajo a los hogares de renta baja (a través del BEI, por ejemplo) para ayudarles a afrontar la inversión inicial en energías renovables o eficiencia energética, por ejemplo en aislamiento, energía solar y electrodomésticos de bajo consumo;

43.  Insta a los Estados miembro a que las inversiones que se realicen, tanto en nuevas viviendas como en las reformas de viviendas ya existentes, estén basadas en la eficiencia energética;

44.  Reitera que destinar determinadas políticas y financiación de la Unión a reducir los costes energéticos de los hogares pobres invirtiendo para ello en energías renovables y en eficiencia energética puede tener múltiples efectos positivos a medio plazo: mejora de las condiciones de vida y la salud de las personas afectadas, reducción de los gastos del hogar, de forma que las familias pobres puedan disponer de un presupuesto adicional, aumento de las inversiones locales, creación de empleo local y contribución a los objetivos de la Estrategia Europa 2020;

45.  Resalta asimismo la necesidad de supervisar la utilización de los fondos y de simplificar la información y el acceso a tales recursos;

46.  Insiste en la importancia de abordar la lucha contra la pobreza desde un punto de vista no solo social o político, sino también económico con efectos a medio plazo; insiste en que la Comisión debe incorporar entre sus prioridades la necesidad de combatir la dinámica desigualitaria en la que nos encontramos y que perjudica notablemente el crecimiento e incide muy negativamente en la cohesión y la pobreza;

47.  Pone de relieve el papel de la Unión y de los Estados miembros en la reducción del coste de la energía en el presupuesto de los hogares, la primera garantizando la seguridad del abastecimiento, a fin de prevenir fluctuaciones importantes de los precios y la especulación en el mercado de la energía, mediante el refuerzo de interconexiones y una mayor integración del mercado e inversiones en energía sostenible, y aumentando las inversiones en investigación en materia de energías renovables, y los segundos reforzando sus políticas de ayuda a la eficiencia energética de los hogares prestando especial atención a los hogares desconectados de la red en situación de pobreza y de exclusión social; considera que la protección de los consumidores debe ser una de las prioridades de la Unión;

48.  Considera lamentable la especulación financiera con recursos naturales y fuentes de energía, en especial los no deslocalizables, como las hidroeléctricas y, por tanto, insta a la Comisión y a los Estados miembros a que adopten las disposiciones necesarias, también mediante una adecuada imposición fiscal, para reducir los costes de la energía de las familias pobres empleando, por ejemplo, los ingresos obtenidos de una fiscalidad apropiada;

49.  Acoge con satisfacción que las inversiones en materia de eficiencia energética y en energías renovables sean admisibles en el marco de los Fondos EIE 2014-2020, habida cuenta de su importancia en la reducción del gasto energético de los hogares; anima a la Comisión y a los Estados miembros a que exploten todo el potencial de los fondos europeos en relación con la lucha contra la pobreza energética; destaca que deben abordarse los obstáculos a un aprovechamiento eficiente, como la accesibilidad de los Fondos de Cohesión para las pequeñas organizaciones o la falta de información, en particular sobre los requisitos de solicitud;

50.  Recuerda que la selección de los beneficiarios que trabajan con hogares pobres o que forman parte de estos exige ciertas condiciones previas, que se satisfacen mejor con los Fondos EIE, y no tanto con fondos más grandes como el FEDER;

51.  Pide a los Estados miembros y a la Comisión que faciliten el recurso a mecanismos de financiación cruzada, especialmente entre el FSE y el FEDER por lo que se refiere a proyectos de eficiencia energética o de energías renovables dirigidos a hogares en situación de pobreza energética; subraya las múltiples ventajas de los programas plurifondo a la hora de abordar cuestiones transversales como las relacionadas con la pobreza energética;

52.  Hace hincapié en que la calidad de la vivienda de los hogares de renta baja en las regiones rurales tiende a ser muy mala, ya se trate de inquilinos o de propietarios; recuerda que esto se suma al llamado efecto de encajonamiento de los elevados costes de los servicios públicos sin margen para invertir en la reducción del gasto energético; pide a la Comisión y a los Estados miembros que mejoren la manera como Leader y el Feader orientan la lucha contra la pobreza energética en las zonas rurales dirigiendo los programas operativos y la financiación hacia la generación de energía renovable diversificada, en particular en las redes locales, que incluya medidas de eficiencia energética de los edificios reservados a hogares afectados por la pobreza energética;

53.  Recuerda que los arrendatarios tienen un acceso limitado a la financiación de la eficiencia energética, puesto que no son los propietarios de los inmuebles; recuerda que los arrendatarios pueden tener menores incentivos de inversión, ya que se mudan con mayor facilidad y frecuencia que los propietarios de inmuebles; acoge favorablemente el proyecto piloto de la Comisión «Pobreza energética – Evaluación del impacto de la crisis y revisión de las medidas existentes y de posibles nuevas medidas en los Estados miembros», que tiene por objeto abordar esta cuestión;

54.  Recuerda a los Estados miembros que debe asignarse al objetivo de «fomento de la inclusión social y lucha contra la pobreza» como mínimo el 20 % del total de los recursos del FSE destinados a cada Estado miembro y que también puede utilizarse el Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas para medidas de inclusión social;

55.  Hace hincapié en el alivio inmediato y la mejora de las condiciones de vida de los hogares más desfavorecidos cuando se les dota de recursos de energía renovable de bajo coste a pequeña escala, como paneles solares para hogares no conectados a la red de energía;

Vincular los objetivos sociales y la política energética

56.  Se congratula de que la legislación europea en materia de política energética reconozca objetivos sociales en las políticas de eficiencia energética, en concreto en la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética y en la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios; lamenta que los Estados miembros no saquen el máximo partido de las disposiciones pertinentes de la Directiva 2012/27/UE en beneficio de los hogares afectados por la pobreza energética y de las viviendas sociales (artículo 7, apartado 7); pide a la Comisión que, en su revisión y evaluación de impacto del paquete sobre eficiencia energética, evalúe la aplicación y el uso del artículo 7, apartado 7, y del artículo 5, apartado 7; pide asimismo a la Comisión que, sobre la base de dicha evaluación, se plantee reforzar ese artículo 7, y en particular su apartado 7, de modo que se anime a los Estados miembros a incluir objetivos sociales en sus sistemas de obligaciones en materia de eficiencia energética;

57.  Recuerda que las autoridades locales también tienen un papel que desempeñar en la promoción de instrumentos de financiación alternativa, incluidos modelos cooperativos, y en el fomento de acuerdos de compra colectiva para que los consumidores puedan combinar su demanda energética y obtener de esta forma precios de la energía más baratos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan el papel de las autoridades locales en el alivio de la pobreza energética;

58.  Pide a los Estados miembros que cumplan las normas de confort térmico en el hogar establecidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS); y que apoyen a los grupos más vulnerables, especialmente los niños pequeños, los ancianos y las personas con discapacidad o con una enfermedad crónica, a fin de proteger su salud y bienestar;

59.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a adoptar medidas inmediatas para acabar con el trabajo precario que impide a las personas tener unos ingresos regulares y seguros, creando así un obstáculo a la presupuestación eficaz y el pago de las facturas de los hogares;

60.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el acceso a una energía asequible, fiable, sostenible y moderna para todos, en consonancia con los objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas;

Vivienda y pobreza

61.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que presenten medidas decisivas en materia de vivienda social y aumenten la inversión en eficiencia energética en la vivienda de alquiler social a través de los fondos europeos; recomienda a los Estados miembros que desarrollen la oferta de viviendas sociales de calidad, a fin de garantizar el acceso de todos, y en especial de los más desfavorecidos, a una vivienda adecuada; anima a los Estados miembros a que utilicen en mayor medida sus posibilidades de ofrecer vivienda social con construcciones legales alternativas; recomienda a los Estados miembros que apoyen a las alianzas de consumidores;

62.  Subraya la importancia del cuidado infantil accesible y de calidad que permite a los progenitores volver al trabajo y aumentar sus ingresos; destaca la importancia que esto tiene para las familias monoparentales en particular y pide a la Comisión y a los Estados miembros que establezcan medidas para mejorar de inmediato las disposiciones sobre cuidado infantil;

63.  Observa que el aumento de la eficiencia energética, la renovación de edificios y las energías renovables son claves para abordar la cuestión de la pobreza energética; manifiesta su preocupación por que las políticas de renovación de viviendas a menudo no se dirijan a las personas más vulnerables; insiste en que las políticas de renovación de viviendas deben destinarse, ante todo, a las familias pobres, excluidas económicamente y vulnerables, con una atención especial a quienes se enfrentan a desigualdades de género y discriminación múltiple;

64.  Señala la importante función de la empresa social y los modelos de negocio alternativos, como las cooperativas y las mutuas, a la hora de facilitar la inclusión social y la capacitación económica de las mujeres, especialmente en las comunidades marginadas, y favorecer su mayor independencia económica;

65.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que fomenten la participación de las partes interesadas y creen procesos deliberativos a fin de impulsar y facilitar la colaboración directa de las personas en riesgo de pobreza y exclusión social, especialmente de las mujeres y niñas, en la formulación de las políticas de inclusión social a todos los niveles;

66.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que establezcan medidas para poner fin a la ultrajante desigualdad salarial por razón de género en la UE, que se sitúa actualmente en el 16 % y alcanza el 39 % en el caso de las pensiones, y destaca la importancia fundamental de esta medida para las madres solteras cuyos gastos domésticos pueden ser verdaderamente gravosos;

67.  Señala que los progenitores únicos, la mayoría de los cuales son mujeres, están expuestos a un riesgo de pobreza superior a la media (34 %); indica que un importante factor que contribuye a este mayor riesgo es que, debido a los gastos de cuidado infantil, los progenitores únicos se enfrentan a la exclusión laboral o desempeñan trabajos precarios mal remunerados; insta a los Estados miembros a que actúen para establecer por ley un salario que garantice que puedan cubrirse las necesidades básicas de los trabajadores;

68.  Observa que la brecha salarial y en las pensiones es uno de los elementos que más contribuye a la pobreza de las mujeres; toma nota de la incidencia que tiene a largo plazo en la pobreza de las mujeres su exclusión de ámbitos de la economía dominados tradicionalmente por los hombres, como la tecnología, la ciencia, la alta dirección y la toma de decisiones, así como la presencia excesiva de mujeres en ámbitos con salarios comparativamente bajos, como son el cuidado de personas, los servicios públicos, el trabajo a tiempo parcial y el trabajo precario mal remunerado; muestra su preocupación por el hecho de que la feminización de la pobreza se deba en parte a la existencia desde hace mucho tiempo de normas que no son iguales para hombres y mujeres, lo que lleva a la priorización, en la política industrial y en los acuerdos salariales, de sectores en los que predominan los hombres, tales como el sector financiero;

69.  Pide a los Estados miembros y a la Comisión que combatan el problema de la pobreza y la exclusión social de las mujeres mediante iniciativas que aseguren empleos de alta calidad con un salario digno en los sectores donde predominan las mujeres; destaca la función que pueden desempeñar los sindicatos en la representación y capacitación de las mujeres en el lugar de trabajo y en la lucha contra la exclusión; pide a los Estados miembros que propongan y lleven a cabo encuestas salariales específicas por empleador y por sector, para dejar patente la existencia de regímenes salariales desiguales entre mujeres y hombres en el mismo lugar de trabajo, con vistas a acelerar el proceso hacia la equiparación salarial;

70.  Destaca que las políticas destinadas a luchar contra la pobreza y la exclusión social han de aplicarse de modo que valoren las circunstancias particulares de los grupos vulnerables y las comunidades marginadas, que afrontan formas específicas de desigualdades de género y discriminación múltiple; pide a la Comisión y a los Estados miembros que sigan elaborando políticas que aborden la pobreza y la exclusión social a las que se enfrentan las mujeres con discapacidad, las mujeres de más edad, las mujeres refugiadas y migrantes, las gitanas y las mujeres de minorías étnicas, del medio rural o de barrios desfavorecidos, así como las madres solteras y las estudiantes de secundaria y universitarias;

Pobreza y acceso a la asistencia sanitaria

71.  Recuerda que el acceso en condiciones de igualdad a una asistencia sanitaria universal de calidad es un derecho fundamental reconocido internacionalmente, especialmente en la UE;

72.  Recuerda que el acceso a la asistencia sanitaria resulta limitado con mucha frecuencia por factores financieros o regionales (por ejemplo, en las regiones poco pobladas), y ello en especial para la asistencia ordinaria (como los cuidados dentales o de óptica) y la prevención;

73.  Destaca que la combinación de pobreza con otras formas de vulnerabilidad, como la infancia o la vejez, la discapacidad o la pertenencia a una minoría, incrementa aún más el riesgo de padecer desigualdades en materia de salud, y que una mala salud puede llevar a la pobreza;

74.  Destaca la importancia de los servicios de salud y de asistencia para colmar las brechas de capacidad, mediante el fomento de la integración social de las personas y la lucha contra la pobreza y la exclusión social;

75.  Acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión titulada «Plan de acción sobre la salud electrónica 2012-2020: atención sanitaria innovadora para el siglo XXI», que establece acciones adicionales, en especial para mejorar el acceso a los servicios de salud, reducir los costes sanitarios y garantizar más igualdad entre los ciudadanos europeos;

76.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que prosigan sus esfuerzos por resolver las desigualdades socioeconómicas, lo que permitirá en última instancia reducir algunas de las desigualdades en materia de asistencia sanitaria; pide asimismo a la Comisión y a los Estados miembros que, basándose en los valores universales de dignidad humana, libertad, igualdad y solidaridad, centren su atención en las necesidades de los grupos vulnerables, como las personas que viven en la pobreza;

77.  Pide a los Estados miembros que resuelvan los problemas de desigualdad en el acceso a la asistencia sanitaria que afectan a la población en el día a día, por ejemplo, en el ámbito de la odontología y la oftalmología;

78.  Insta a la Comisión a que haga todo lo que esté en su mano para alentar a los Estados miembros a ofrecer reembolsos a los pacientes, así como todo lo necesario para reducir las desigualdades en el acceso a los medicamentos para el tratamiento de afecciones o enfermedades como la osteoporosis postmenopáusica o la enfermedad de Alzheimer, para las que no existen reembolsos en determinados Estados miembros, y a que actúe con urgencia a este respecto;

Tecnologías de la información y la comunicación y pobreza

79.  Lamenta que la Estrategia para el Mercado Único Digital de Europa publicada por la Comisión no tenga en cuenta la necesidad de garantizar el acceso universal, igualitario e ilimitado a las nuevas tecnologías, mercados y telecomunicaciones digitales, en especial para las personas en riesgo de pobreza o de exclusión social;

80.  Alienta a los Estados miembros y a la Comisión a que adopten estrategias para reducir la brecha digital y favorecer un acceso igualitario a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, en especial para las personas en riesgo de pobreza o de exclusión social;

Agua y pobreza

81.  Recuerda que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha reconocido el derecho a un agua potable limpia y de calidad y al saneamiento como un derecho humano; señala, no obstante, que en determinadas regiones, en particular rurales y ultraperiféricas, no está garantizado el acceso al agua potable y que un creciente número de personas sufren dificultades para pagar sus facturas de agua; pide a la Comisión y a los Estados miembros que hagan todo lo posible para garantizar sin demora que todos tengan acceso al agua potable; anima a los Estados miembros a que garanticen un suministro mínimo de agua y a que protejan los derechos humanos de los hogares vulnerables;

82.  Alienta, por tanto, a los Estados miembros a que hagan lo necesario para que toda su población tenga acceso al agua potable en el plazo más breve posible;

o
o   o

83.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1) DO L 169 de 1.7.2015, p. 1.
(2) DO L 72 de 12.3.2014, p. 1.
(3) DO L 347  de 20.12.2013, p. 470.
(4) DO L 347 de 20.12.2013, p. 289.
(5) DO L 347 de 20.12.2013, p. 320.
(6) DO L 257 de 28.8.2014, p. 214.
(7) DO L 315 de 14.11.2012, p. 1.
(8) DO C 169 E de 15.6.2012, p. 66.
(9) DO L 153 de 18.6.2010, p. 13.
(10) DO C 153 E de 31.5.2013, p. 57.
(11) DO C 236 E de 12.8.2011, p. 57.
(12) http://www.un.org/en/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/64/292&Lang=S
(13) http://www.unicef-irc.org/publications/pdf/rc10_esp.pdf
(14) http://www.unicef-irc.org/publications/pdf/rc12-sp_web.pdf
(15) http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=es&catId=89&newsId=2345&furtherNews=yes
(16) DO C 248 de 25.8.2011, p. 130.
(17) DO C 341 de 21.11.2013, p. 21.
(18) DO C 170 de 5.6.2014, p. 23.
(19) DO C 166 de 7.6.2011, p. 18.
(20) Dictamen conjunto del Comité de Empleo y del Comité de Protección Social al Consejo, Consejo de la UE, 13809/14 SOC 662 EMPL 297 ECOFIN 120 EDUC 876, de 3 de octubre de 2014.
(21) http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=738&langId=es&pubId=7744&visible=0.
(22) Center for responsible lending, Durham, http://www.responsiblelending.org/state-of-lending/cumulative/ , http://www.uvcw.be/no_index/cpas/panier-etude-qualitative.pdf
(23) Ricardo Cherenti, Belgian Federation of public local social action center, http://www.uvcw.be/no_index/cpas/panier-etude-quantitative.pdf
(24) Dictamen del Comité de Protección Social al Consejo, Consejo de la Unión Europea, 6491/11, SOC 124, de 15 de febrero de 2011.
(25) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0294.
(26) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0264.
(27) DO L 268 de 15.10.2015, p. 28.
(28) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0261.
(29) Textos Aprobados, P8_TA(2014)0070.
(30) DO C 65 de 19.2.2016, p. 40.
(31) DO C 349 E de 29.11.2013, p. 74.
(32) DO C 70 E de 8.3.2012, p. 8.


Sector privado y desarrollo
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Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de abril de 2016, sobre el sector privado y el desarrollo (2014/2205(INI))
P8_TA(2016)0137A8-0043/2016

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 208 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–  Vistas la Comunicación de la Comisión titulada «Reforzar el papel del sector privado para lograr un crecimiento inclusivo y sostenible en los países en desarrollo» (COM(2014)0263), y las Conclusiones del Consejo al respecto de 23 de junio de 2014 y de 12 de diciembre de 2014,

–  Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Una asociación mundial para erradicar la pobreza e impulsar el desarrollo sostenible después de 2015» (COM(2015)0044),

–  Vistas la Comunicación de la Comisión titulada «Una vida digna para todos: Acabar con la pobreza y dar al mundo un futuro sostenible» (COM(2013)0092), y las Conclusiones del Consejo al respecto de 25 de junio de 2013,

–  Vistas la Comunicación de la Comisión titulada «Incremento del impacto de la política de desarrollo de la UE: Programa para el Cambio» (COM(2011)0637), y las conclusiones del Consejo al respecto de 14 de mayo de 2012,

–  Visto el Plan de acción para la inversión privada en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, expuesto en el Informe de la UNCTAD sobre las inversiones en el mundo 2014(1),

–  Vista su Resolución, de 26 de febrero de 2014, sobre el fomento del desarrollo a través de prácticas empresariales responsables, incluido el papel de las industrias extractivas en los países en desarrollo(2),

–  Vista su Resolución, de 25 de noviembre de 2014, sobre la UE y el marco mundial para el desarrollo posterior a 2015(3),

–  Vista su resolución, de 19 de mayo de 2015, sobre la financiación para el desarrollo(4), y especialmente su llamamiento a la alineación del sector privado con los objetivos de desarrollo sostenible;

–  Vista su Resolución, de 13 de marzo de 2014, sobre la función de los derechos de propiedad, el régimen de la propiedad y la creación de riqueza para erradicar la pobreza y fomentar el desarrollo sostenible en los países en desarrollo(5),

–  Visto el Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo relativo a las actividades de la Plataforma de financiación combinada de la UE para la cooperación exterior, desde su creación hasta finales de julio de 2014 (COM(2014)0733),

–  Vistos la Declaración de París sobre la Eficacia de la Ayuda al Desarrollo, de 2 de marzo de 2005, y el Programa de Acción de Accra (PAA), de 4 de septiembre de 2008,

–  Visto el Informe Especial n.º 16/2014 del Tribunal de Cuentas Europeo titulado «La eficacia de la combinación de subvenciones regionales del mecanismo de inversión con préstamos de las instituciones financieras para apoyar las políticas exteriores de la UE»,

–  Vista la Alianza de Busan por una Cooperación Eficaz para el Desarrollo, de 1 de diciembre de 2011(6), en particular su apartado 32, que hace referencia a la necesidad de reconocer «la función esencial del sector privado en la promoción de la innovación; la creación de riqueza, ingresos y empleos; y en la movilización de recursos nacionales contribuyendo así a la reducción de la pobreza»,

–  Vistas la Declaración conjunta sobre la cooperación entre los sectores público y privado(7), y la Asociación por la Prosperidad(8) surgida del bloque «sector privado» de Busan,

–  Visto el documento final titulado «El futuro que queremos» de la Conferencia Río+20 de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible de los días 20 a 22 de junio de 2012(9),

–  Vistos los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos(10),

–  Vistos el Pacto Mundial de las Naciones Unidas y las Directrices de la OCDE para las empresas multinacionales: complementariedades y contribuciones específicas(11),

–  Visto el Marco de Políticas de Inversión para el Desarrollo Sostenible de la UNCTAD(12),

–  Vista la estrategia de desarrollo del sector privado 2013-2017 del Grupo del Banco Africano de Desarrollo («Apoyo a la transformación del sector privado en África»)(13),

–  Vista la Declaración tripartita de la OIT de principios sobre las empresas multinacionales y la política social(14),

–  Vista la Declaración de Lima de la ONUDI: Hacia un desarrollo industrial inclusivo y sostenible(15),

–  Visto el Programa de Trabajo Decente de la OIT,

–  Visto el artículo 9, apartado 2, letra b), de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las Personas con Discapacidad, en el que se establece la obligación de asegurar que las entidades privadas que proporcionan instalaciones y servicios abiertos al público o de uso público tengan en cuenta todos los aspectos de su accesibilidad para las personas con discapacidad(16),

–  Vista la Estrategia de la UE para 2011-2014 sobre la responsabilidad social de las empresas (COM(2011)0681),

–  Vistos el marco de desarrollo posterior a 2015, que considera al sector privado como el principal socio ejecutor, y su papel en la transición a la economía verde,

–  Vistas las Directrices voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra de 2010(17),

–  Visto el artículo 52 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Comercio Internacional (A8-0043/2016),

A.  Considerando que el papel del sector público es fundamental para la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS); considerando que el sector privado es el motor de la creación de empleo y del crecimiento económico en todas las economías de mercado, generando el 90 % de los empleos e ingresos en los países en desarrollo; que, según las Naciones Unidas, el sector privado representa el 84 % del PIB en los países en desarrollo y puede ser una base sostenible para la movilización de los recursos nacionales, lo que conduce a una menor dependencia de la ayuda, siempre que esté regulado adecuadamente, se ajuste a los principios de los derechos humanos y a las normas medioambientales, y que se vincule a mejoras concretas a largo plazo en la economía nacional, el desarrollo sostenible y la reducción de las desigualdades;

B.  Considerando que el índice de pobreza humana del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo muestra que 1 200 millones de personas ganan menos de 1,25 dólares al día; que la desigualdad va en aumento y es una de las principales amenazas para la estabilidad mundial;

C.  Considerando que existe una clara correlación entre el desarrollo de un sector manufacturero fuerte y la reducción de la pobreza: un aumento del 1 % en el valor añadido en la industria manufacturera (VAM) per cápita disminuye en casi un 2 % el número de personas en situación de pobreza(18);

D.  Considerando que se necesitan importantes inversiones, calculándose que los fondos necesarios en los países en desarrollo ascienden a 2,4 billones de dólares anuales más de lo que se gasta en la actualidad; que la financiación privada puede complementar, pero no sustituir a la financiación pública;

E.  Considerando que las Naciones Unidas declararon 2012 Año Internacional de las Cooperativas con el fin de poner de relieve su papel a la hora de garantizar el desarrollo, empoderar a las personas, fortalecer la dignidad humana y contribuir a la consecución de los objetivos de desarrollo del milenio (ODM); considerando que a nivel mundial el sector cooperativo tiene unos 800 millones de miembros en más de 100 países y que se estima que representa más de 100 millones de puestos de trabajo;

F.  Considerando que las pequeñas y medianas empresas y las microempresas, que constituyen la columna vertebral de todas las economías de mercado, están sometidas a una carga normativa mucho mayor en los países en desarrollo que en la Unión, y que la mayoría de ellas operan en la economía informal, que se encuentra a merced de la volatilidad y en la que se les priva de protección jurídica, de derechos laborales y de acceso a financiación; que, según el informe del Banco Mundial titulado «Doing Business» (Haciendo negocios), de 2014, los países más pobres son de hecho los que sufren la mayor cantidad de cargas reglamentarias(19);

G.  Considerando que la industrialización (especialmente a través del desarrollo de pequeñas y medianas empresas (pymes) y las pequeñas y medianas empresas industriales (PMEI)) es un motor del bienestar y el desarrollo;

H.  Considerando que la Declaración de 1986 de las Naciones Unidas sobre el Derecho al Desarrollo define el desarrollo como un derecho humano fundamental; que la Declaración adopta un enfoque basado en los derechos humanos, caracterizado por la realización de todos los derechos humanos (económicos, sociales, culturales, civiles y políticos); que la Declaración también se compromete a reforzar la cooperación internacional;

I.  Considerando que la inversión extranjera directa (IED) tiene el potencial de contribuir a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), como se refleja en la propuesta de la UNCTAD para un plan de acción para promover las contribuciones del sector privado(20), a condición de que se regule adecuadamente la IED y se la vincule a mejoras concretas en la economía nacional, entre otros, en términos de transferencia de tecnología y creación de oportunidades de formación para la mano de obra local, incluidas las mujeres y los jóvenes;

J.  Considerando que los aranceles a la importación son una fuente vital de ingresos de los Estados y son fundamentales para permitir que las industrias incipientes puedan crecer dentro del propio mercado nacional de los países en desarrollo; considerando que los aranceles a la importación de productos agrícolas transformados pueden permitir la creación de valor añadido y puestos de trabajo en las economías rurales, promoviendo al mismo tiempo la seguridad alimentaria;

K.  Considerando que el 60 % de los puestos de trabajo en los países en desarrollo se encuentran en microempresas y pequeñas y medianas empresas del sector informal, y que el 70 % de estas empresas no reciben financiación de las instituciones financieras, a pesar que la necesitan para crecer y generar empleo;

L.  Considerando que 51 de los 100 mayores operadores económicos del mundo son empresas, y que las 500 empresas multinacionales más importantes representan casi el 70 % del comercio mundial;

M.  Considerando que el valor añadido en la industria manufacturera (VAM) per cápita medio en los países industrializados es diez veces superior al de los países en desarrollo y noventa veces superior al de los países menos adelantados (PMA)(21);

N.  Considerando que el margen de maniobra presupuestario de los países desarrollados y en desarrollo está limitado de hecho por las exigencias de los inversores mundiales y los mercados financieros; que, según el FMI, los países en desarrollo se ven particularmente afectados por la elusión fiscal de las empresas, ya que estos países dependen en mayor medida del impuesto de sociedades para obtener ingresos que los países de la OCDE; que los Estados miembros de la Unión recurren ampliamente a prácticas que facilitan la elusión fiscal por parte de las empresas transnacionales y de los particulares;

O.  Considerando que el Grupo de Alto Nivel que asesoró al Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, sobre la Agenda para el desarrollo después de 2015 consultó a los directores ejecutivos de 250 empresas (con ingresos anuales de 8 billones de dólares) de 30 países y llegó a la conclusión de que es preciso incorporar las necesidades en materia de sostenibilidad a sus estrategias empresariales de modo que las empresas puedan aprovechar las oportunidades comerciales de crecimiento sostenible; considerando que la disposición del sector privado a contribuir al desarrollo sostenible se ve a menudo frenada porque las empresas no tienen modelos claros de asociación con el sector público; considerando que el sector privado es un proveedor potencial de bienes y servicios para las personas y comunidades en situación de pobreza, al reducir los costes, incrementar las opciones y adaptar los productos y servicios a sus necesidades específicas, y contribuir a la divulgación de salvaguardias y normas medioambientales y sociales;

P.  Considerando que, a falta de una acepción que goce de la aceptación general, se pueden definir las asociaciones público-privadas como unos mecanismos multilaterales entre agentes privados, organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil mediante los que se aspira a lograr un objetivo público en beneficio mutuo gracias a la puesta en común de recursos o conocimientos especializados;

Q.  Considerando que instituciones europeas de financiación del desarrollo, que constituyen un grupo de 15 instituciones bilaterales que desempeñan un papel importante proporcionando financiación a largo plazo para el sector privado en las economías en desarrollo o en proceso de reforma, tienen por objetivo invertir en empresas con una amplio espectro de efectos para el desarrollo, desde el suministro fiable de electricidad y agua salubre a la concesión de financiación a las pymes y la apertura del acceso a los mercados para las pequeñas explotaciones agrícolas;

R.  Considerando que las asociaciones público-privadas son desde hace décadas una forma común de capital riesgo en los países desarrollados, particularmente los países europeos y los EE.UU., y hoy en día son muy utilizadas en los países en desarrollo por la mayoría de los donantes, representando aproximadamente entre el 15 y el 20 % de las inversiones totales en infraestructuras;

S.  Considerando que 2 500 millones de personas, que en su mayoría viven en países en desarrollo y son mujeres y jóvenes, siguen estando excluidas de las comunidades empresariales, del sector financiero formal y de las oportunidades de titularidad de la propiedad y la tierra; que en los países en desarrollo sigue existiendo una diferencia debida al género de entre 6 y 9 puntos porcentuales entre los grupos de renta; considerando que el diálogo social es un medio importante de apoyar la igualdad de género en el trabajo y de invertir el patrón de la infrarrepresentación de las comunidades empresariales en los países en desarrollo;

T.  Considerando que las asociaciones público-privadas que están bien concebidas y se utilizan eficientemente pueden movilizar fondos privados y públicos a largo plazo, generar innovación en materia de tecnologías y modelos de negocio, e incorporar mecanismos integrados para garantizar su propia responsabilidad respecto de los resultados de desarrollo;

U.  Considerando que, en los países en desarrollo, las asociaciones público-privadas se concentran hasta la fecha esencialmente en los sectores de la energía, las infraestructuras y las telecomunicaciones, aunque sus posibilidades en sectores tales como la agricultura, el agua y el saneamiento, la educación, las tecnologías verdes, la investigación y la innovación, la asistencia sanitaria y los derechos de propiedad siguen en gran medida sin explotarse;

V.  Considerando que prácticamente dos tercios de los préstamos del Banco Europeo de Inversiones (BEI) para los países de África, del Caribe y del Pacífico (ACP) estos últimos diez años se han destinado a operaciones del sector privado; que el Mecanismo de inversión de Cotonú del BEI está considerado como un fondo rotatorio singular con capacidad de absorción de riesgos para la financiación de inversiones con riesgos superiores en apoyo del desarrollo del sector privado;

W.  Considerando que, pese a que 45 millones de solicitantes de empleo se incorporan cada año a la población activa de los países en desarrollo(22), un 34 % de las empresas reconocen que no encuentran los trabajadores que necesitan;

X.  Considerando que, en el contexto del Programa para el Cambio, se considera la cofinanciación como un importante instrumento para la movilización de recursos adicionales combinando subvenciones de la Unión con préstamos o capital de fuentes de financiación públicas y privadas; considerando no obstante que, en el Informe Especial n.º 16/2014 del Tribunal de Cuentas Europeo sobre el uso de la financiación combinada, se llega a la conclusión de que en prácticamente la mitad de los proyectos examinados no se disponía de pruebas suficientes para considerar que las subvenciones estuvieran justificadas, mientras que en algunos de estos casos había indicios de que las inversiones se hubieran realizado sin la contribución de la Unión;

Y.  Considerando que la industria manufacturera, con aproximadamente 470 millones de empleos en todo el mundo en 2009 y unos 500 millones en 2013(23), tiene un gran potencial de creación de riqueza y empleo, y de que este sea digno y altamente cualificado;

Z.  Considerando que la riqueza mundial se está concentrando cada vez más en las manos de una pequeña élite acaudalada y que se espera que el 1 % más rico posea más de la mitad de la riqueza mundial en 2016;

AA.  Considerando que una fiscalidad justa y progresiva junto con criterios de bienestar y justicia social desempeña un papel fundamental para reducir las desigualdades al permitir una redistribución de la riqueza desde los ciudadanos con rentas más altas hacia aquellos con mayores necesidades en un país;

La estrategia a largo plazo para colaborar con el sector privado

1.  Reconoce que la inversión del sector privado en los países en desarrollo puede, siempre que esté debidamente regulada, contribuir a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas; celebra y concuerda con las Conclusiones del Consejo de 12 de diciembre de 2014 sobre una mayor implicación del sector privado en la cooperación al desarrollo; acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión de respaldar al sector privado para que se convierta, junto con otras organizaciones gubernamentales y no gubernamentales del ámbito del desarrollo y modelos de empresas integradoras como cooperativas y empresas sociales, en un importante socio en la consecución de un desarrollo integrador y sostenible en el marco de los ODS de las Naciones Unidas, lo cual implica un compromiso del sector privado con la buena gobernanza, la mitigación de la pobreza, la creación de riqueza mediante inversiones sostenibles, así como con la reducción de las desigualdades, el fomento de los derechos humanos, las normas medioambientales y la capacitación de las economías locales; subraya la necesidad de que se comprenda claramente la diferencia de funciones entre los agentes del sector privado y los del sector público y que esta diferencia sea reconocida por todas las partes involucradas;

2.  Pide a la Comisión que siga participando activamente en los debates sobre la Agenda 2030, reconociendo al mismo tiempo la diversidad del sector privado y los desafíos a los que se hace frente para mitigar la pobreza de aquellos que están más marginados y a los que más difícil resulta acceder; considera que toda política de la Unión que pretenda la participación del sector privado en el ámbito del desarrollo ha de especificar a qué tipo de sector privado se dirige;

3.  Subraya que las futuras asociaciones en el marco de la Agenda 2030 de desarrollo sostenible deben centrarse más en combatir la pobreza y la desigualdad; recuerda que la ayuda oficial al desarrollo (AOD) debe seguir siendo un medio clave para erradicar todas las formas de pobreza y cubrir las necesidades sociales básicas en los países desarrollados, y no puede sustituirse por financiación privada; reconoce la posibilidad de apalancar la financiación privada con la AOD en condiciones de transparencia, rendición de cuentas, responsabilización y adaptación a las prioridades de los países y los riesgos para la sostenibilidad de la deuda;

4.  Pide que haya más inversión pública en servicios públicos de acceso universal, especialmente en el sector del transporte, el acceso a agua potable, la sanidad y la educación;

5.  Cree que los sectores público y privado son más eficaces cuando colaboran para crear un entorno saludable para la inversión y la actividad empresarial y para establecer las bases del crecimiento económico; subraya que todas las asociaciones y alianzas con el sector privado han de centrarse en las prioridades basadas en valores compartidos que compatibilicen los objetivos empresariales con los objetivos de desarrollo de la Unión, y respetar las normas internacionales en materia de eficacia del desarrollo; considera que deben estar diseñadas y administradas conjuntamente con los países socios en cuestión de modo que se garantice que se comparten riesgos, responsabilidades y beneficios, que sean rentables, y tengan objetivos precisos, metas objetivas y una rendición de cuentas y transparencia claras;

6.  Celebra el papel desempeñado por la inversión del sector privado extranjero en los países en desarrollo en relación con la aceleración del desarrollo nacional; pone de relieve, asimismo, la importancia de fomentar une inversión responsable, que apoye a los mercados locales y contribuya a reducir la pobreza;

7.  Apoya las labores realizadas por la Asociación de Instituciones Financieras Europeas para el Desarrollo, ya que sus miembros proporcionan capital a las empresas en los países en desarrollo a través de inversiones directas en empresas y, de manera indirecta, invirtiendo capital en los bancos comerciales locales y el mercado de capital privado emergente, centrándose en las microempresas y en las pequeñas y medianas empresas (pymes); insta a la Comisión a favorecer este tipo de programas en su financiación y cooperación, ya que el sector privado en los países en desarrollo reviste la máxima importancia;

8.  Pide que se elaboren normas de transparencia y responsabilidad más eficaces para las empresas tecnológicas de la UE en relación con la exportación de tecnologías que puedan utilizarse para violar los derechos humanos, sustentar la corrupción o actuar en contra de los intereses de la UE en materia de seguridad;

9.  Subraya que las políticas comerciales, de inversión, de seguridad y de desarrollo de la Unión están interrelacionadas e inciden directamente en los países en desarrollo; recuerda que en el artículo 208 del Tratado de Lisboa se consagra el principio de coherencia de las políticas para el desarrollo, al requerirse que se tengan en cuenta los objetivos de la cooperación para el desarrollo en las políticas que puedan afectar a los países en desarrollo; pide una evaluación de todas las políticas comerciales y de inversión en términos de impacto en el desarrollo, en especial por lo que respecta al acceso universal a bienes y servicios de interés general; hace hincapié en que se mejoren los capítulos sobre desarrollo sostenible en todos los acuerdos comerciales bilaterales futuros con vistas a incluir programas obligatorios de información dirigidos al sector privado;

10.  Pone de relieve la necesidad de estudiar cómo se puede implicar más al sector privado en el marco de la política europea de vecindad para ayudar a generar crecimiento económico y puestos de trabajo en los vecinos de Europa, por ejemplo compartiendo la experiencia en lo que respecta a proporcionar acceso al capital;

11.  Pide a la Comisión que el fomento, apoyo y financiación de las asociaciones público-públicas sea la opción preferente y que sea obligatorio redactar y poner a disposición del público evaluaciones ex ante de las repercusiones sociales y para la pobreza siempre que los programas de desarrollo se ejecuten junto con el sector privado;

12.  Pide a la Unión que incluya la deliberación formal con las organizaciones de la sociedad civil y con las comunidades que se vean afectadas directa o indirectamente por los proyectos de desarrollo;

13.  Destaca el gran potencial del valor añadido de la Unión al establecerse asociaciones con el sector privado, en estrecha coordinación con sus Estados miembros y las organizaciones internacionales pertinentes, muchos de los cuales tienen una probada experiencia de colaboración con el sector privado; subraya que una economía de mercado plenamente operativa, basada en el Estado de Derecho, sigue siendo un motor importante del desarrollo económico y social y que la política de desarrollo de la Unión debe reflejar este hecho;

14.  Celebra el Marco para el compromiso de las empresas con las Naciones Unidas, que hace hincapié en que un sector privado sólido que genere crecimiento económico es esencial para alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible, y que el sector privado está haciendo contribuciones importantes con vistas a un progreso económico, social y medioambiental compartido;

15.  Celebra la participación del sector privado en el Foro de Alto Nivel de Eficacia de la Ayuda de la OCDE; acoge con satisfacción, en particular, las iniciativas adoptadas en este contexto en materia de vías innovadoras para aprovechar en mayor medida la financiación al desarrollo del sector privado y la declaración conjunta formulada en Busan en 2011 sobre la ampliación y el refuerzo de la cooperación público-privada en aras de un crecimiento de amplio alcance, inclusivo y sostenible;

16.  Acoge con satisfacción el hecho de que el porcentaje de la ayuda bilateral no condicionada haya aumentado de manera continuada, pero expresa su preocupación por que sigan existiendo formas de ayuda condicionada, tanto de carácter formal como informal(24); pide a la Unión y a sus Estados miembros que cumplan el compromiso que contrajeron en el Consenso Europeo sobre Desarrollo de fomentar una mayor desvinculación de la ayuda más allá de las recomendaciones de la OCDE; subraya el potencial de generación de crecimiento de más ayuda no condicionada, lo que beneficiaría a las industrias locales en los países en desarrollo; pide un aumento de la ayuda verdadera («real aid») y un desarrollo sostenible de las cadenas de valor regionales/locales; pide que se fomente en mayor medida la capacitación de los agentes locales y que se ponga énfasis en el establecimiento de cadenas de valor sostenibles a nivel regional/local; subraya la importancia de la apropiación local y regional, de las estrategias nacionales propias de los países asociados y de sus programas de reforma, de la participación de los proyectos de desarrollo y del valor añadido proporcionado al asegurar las cadenas de suministro locales; cree que la política de desarrollo desempeña una función importante al abordar las causas subyacentes de los actuales flujos migratorios hacia la Unión Europea;

17.  Reconoce asimismo el derecho de todos los países y, en particular, de los países en desarrollo, a imponer restricciones temporales al capital para evitar que ocurran crisis financieras por flujos financieros privados a corto plazo y volátiles; pide que se supriman las restricciones a este derecho en todos los acuerdos comerciales y de inversión, también a escala de la OMC;

18.  Señala que la Unión ha de tener en cuenta la accesibilidad a la hora de apoyar el sector privado, puesto que la exclusión de amplios sectores de población, como las personas con discapacidad, priva a las empresas privadas de un mercado nada despreciable;

El apoyo al sector privado local en los países en desarrollo

19.  Señala que las pequeñas y medianas empresas y las microempresas de los países en desarrollo pueden afrontar unas cargas reglamentarias mucho mayores que las existentes en la Unión, carecen de protección legal y derechos de propiedad y operan dentro de una economía informal volátil; hace hincapié en este sentido en la importancia de los sistemas de registro de la tierra; subraya la necesidad de fomentar el sector privado local de los países en desarrollo, por ejemplo, dando acceso a financiación y promoviendo la iniciativa empresarial; pide a la Comisión, a otros donantes y a agencias de desarrollo que incrementen su apoyo para reforzar la capacidad de las pymes nacionales;

20.  Pide a la Unión que impulse estrategias nacionales de desarrollo que conformen las contribuciones del sector privado en este sentido contando con su colaboración en un marco de desarrollo centrado en las cooperativas nacionales, las pymes y las microempresas, en particular los pequeños agricultores, al ser los que mayor potencial ofrecen en cuanto al impulso de un desarrollo equitativo en los países;

21.  Subraya la necesidad de apoyar en mayor medida las asociaciones con los países en desarrollo a fin de modernizar sus marcos reglamentarios mediante la creación de un entorno favorable a las iniciativas privadas proporcionando mecanismos de apoyo a las empresas y, al mismo tiempo, encontrando el equilibrio correcto entre, por una parte crear un entorno propicio a la inversión y, por otra, proteger el interés público y el medio ambiente mediante la legislación; señala la necesidad de facilitar la creación de sistemas bancarios y administraciones tributarias fiables en los países en desarrollo capaces de garantizar una regulación financiera y gestión de los fondos públicos y privados eficaz; pide a los gobiernos asociados que introduzcan una cláusula de extinción que permita anular las medidas redundantes; observa que la legislación debería ser objeto de evaluaciones de impacto para hacer una estimación de la creación negativa de empleo y las amenazas para los estándares ambientales;

22.  Pide a la Unión que refuerce la capacidad de los países en desarrollo de movilizar los recursos nacionales con el fin de combatir la evasión fiscal, la corrupción y los flujos financieros ilícitos, y en particular para permitir a los países menos adelantados y a los Estados frágiles la creación de instituciones de gobierno de mayor eficacia y estabilidad, inclusive a través del desarrollo de sistemas tributarios justos y eficaces; pide a la Unión que, a tal efecto, amplíe la asistencia técnica y financiera en los países en desarrollo, con el fin de garantizar un nivel más elevado de transparencia y rendición de cuentas; pide a la Unión, y a sus Estados miembros, así como a todas las organizaciones pertinentes y a los países desarrollados y en desarrollo signatarios de la Alianza de Busan para una Cooperación al Desarrollo Eficaz, de 2011, que cumplan su compromiso de intensificar los esfuerzos con vistas a luchar contra la corrupción y contra los flujos financieros ilícitos;

23.  Pide a la DG DEVCO de la Comisión que colabore con la DG Crecimiento en la reproducción de las estructuras de apoyo regionales para las pymes y las microempresas en los países en desarrollo, basándose en el modelo de la red Enterprise Europe, a fin de ayudarlas a incorporarse a la legalidad, conseguir acceso a financiación y capital, así como a los mercados, y superar los obstáculos legales, apoyando, en particular, el fortalecimiento de sus organizaciones representativas intermedias; destaca el hecho de que, con el tiempo, estas estructuras podrían convertirse también en plataformas de lanzamiento de asociaciones público-privadas a escala regional y local en ámbitos que abarcarían desde el sector agroalimentario hasta la formación profesional y los programas de atención sanitaria, facilitando el desarrollo de capacidades, la transferencia de conocimientos y la experiencia, así como de recursos locales e internacionales;

24.  Reitera que es responsabilidad de la Unión apoyar un sistema fiscal justo a nivel mundial, lo que implica definir requisitos realmente obligatorios en relación con las empresas transnacionales por lo que se refiere a la publicación de informaciones desglosadas por país, crear registros públicos de la titularidad real de las empresas, fideicomisos y entidades jurídicas similares, y garantizar el intercambio automático de información fiscal y una distribución justa de los derechos tributarios y negociar, simultáneamente, tratados fiscales y de inversión con los países en desarrollo; considera asimismo que las instituciones financieras de desarrollo solo deberían invertir en empresas y fondos que estén dispuestos a revelar públicamente su titularidad real y a comunicar sus cuentas financieras desglosadas por país;

25.  Recuerda que los regímenes arancelarios constituyen un elemento esencial de un marco normativo adaptado a un desarrollo del sector privado que favorezca a los desfavorecidos y la creación de empleo; observa, no obstante, con preocupación que los Acuerdos de Asociación Económica (AAE) exigen reducir los aranceles a la importación en toda una gama de sectores económicos de los países ACP, aunque la supresión de todos los aranceles sobre las importaciones procedentes de la Unión reduciría notablemente los ingresos arancelarios, pudiendo en algunos casos esta disminución llegar a ser de entre el 15 y el 20 % de los ingresos del Estado; insta a la Unión a definir su política comercial de conformidad con el principio de coherencia de las políticas para el desarrollo;

26.  Acoge favorablemente el paquete de financiación con impacto del BEI de 500 millones de euros en el marco del Mecanismo de inversión de Cotonú, que permite al BEI reforzar su compromiso con el sector privado en zonas con mayor nivel de riesgo y en entornos más difíciles; lamenta que se haya recortado la dotación de préstamos del BEI para Asia; destaca que todas las inversiones del BEI realizadas en el marco del Mecanismo de inversión de Cotonú deben adaptarse a las estrategias de desarrollo adoptadas por cada país, de conformidad con el principio de apropiación democrática;

27.  Señala el hecho de que los obstáculos al desarrollo del sector privado de los Estados frágiles y de aquellos que han sufrido conflictos son superiores a los de cualquier otro sitio y requieren un planteamiento más específico a fin de mejorar el clima de inversiones y eliminar las normativas empresariales asfixiantes y obsoletas, las prácticas predatorias y el elevado nivel de corrupción; recomienda, en este contexto, a la Comisión que entable un diálogo con los países socios y el sector privado acerca de la reforma de las políticas, a fin de superar la profunda desconfianza que existe entre los Gobiernos y el sector privado, alimentada tradicionalmente por comportamientos parasitarios, el amiguismo y la falta de legitimidad;

28.  Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a los países en desarrollo que se esfuercen en mayor medida en fomentar la capacitación económica de las mujeres y establecer mecanismos de apoyo para las mujeres emprendedoras; observa que el enfoque orientado al ahorro con vistas a la inclusión de las mujeres en el ámbito financiero tiene un historial acreditado; recomienda que se aplique un enfoque de integración de la dimensión de género en todos los programas de asociación, junto con una formación en materia de emprendimiento para las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidades y las redes específicas de inversoras providenciales; pide que se apoye en mayor medida a las mujeres empresarias, de forma que puedan beneficiarse del crecimiento impulsado por el sector privado; recomienda que se adopten medidas para supervisar el proceso de capacitación económica de las mujeres, y observa que, según el FMI, la renta per cápita aumentaría significativamente si las mujeres participasen en el mercado laboral en la misma medida que los hombres;

La participación del sector empresarial europeo e internacional en la consecución de un desarrollo sostenible

29.  Destaca el hecho de que el potencial de la contribución del sector privado al desarrollo sostenible a largo plazo va más allá de sus recursos financieros, su experiencia y conocimientos especializados, e incluye el establecimiento a escala local de cadenas de valor y canales de distribución, lo que se traduce en creación de empleo y en la reducción de la pobreza y las desigualdades, en la promoción de los derechos y las oportunidades de las mujeres y en sostenibilidad medioambiental, mayor alcance y eficiencia, y más posibilidades de acceso a productos, servicios y tecnologías asequibles y disponibles en el mercado; pide que los esfuerzos europeos en materia de desarrollo desempeñen un papel importante en la aplicación de las normas internacionales acordadas, como los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Empresas y las normas de la Organización Internacional del Trabajo, también en el marco del trabajo con empresas e inversores, para garantizar el pleno cumplimiento de estos Principios Rectores y las directrices de la OCDE sobre empresas multinacionales en sus actividades comerciales y en sus cadenas de suministro en los países en desarrollo;

30.  Destaca que el diálogo social resulta esencial para garantizar el compromiso efectivo del sector privado con el desarrollo; subraya la responsabilidad de los países en desarrollo de apoyar el diálogo social entre los empresarios del sector privado, los trabajadores y los Gobiernos nacionales para mejorar así la gobernanza y aumentar la estabilidad estatal; pide, en particular, a los países en desarrollo que velen por la ampliación del diálogo social a las zonas francas industriales y a las agrupaciones industriales;

31.  Subraya que el sector privado, y en particular las pymes locales, deben participar en el diálogo sobre políticas junto con los demás socios en materia de desarrollo, a fin de facilitar la comprensión mutua y gestionar las expectativas, garantizando la eficacia y la transparencia; subraya, en este contexto, la importante función que desempeñan las delegaciones de la UE en los países en desarrollo como plataforma para dicho diálogo; destaca el papel positivo de las cooperativas como catalizadoras del desarrollo incluyente desde el punto de vista social y su capacidad para reforzar las comunidades gracias a la generación de empleo e ingresos; apunta, en particular, que los trabajadores han formado cooperativas de servicios comunes y asociaciones para contribuir al trabajo autónomo en la economía informal, mientras que, en las zonas rurales, las cooperativas de ahorro y crédito proporcionan acceso a servicios bancarios que no existen en muchas comunidades y financian la formación de las empresas pequeñas y las microempresas; reconoce que el sector privado agrupa a agentes como las empresas sociales y las organizaciones de comercio justo, cuya labor se basa en principios sociales y medioambientales; pide a la Comisión que reconozca estos esfuerzos en su trabajo sobre el papel del sector privado en el desarrollo;

32.  Pide a la Comisión que defienda la propuesta de los inversores y otras partes interesadas de impulsar unas normas vinculantes en materia de derechos sociales, ambientales y humanos mediante informes elaborados por las empresas, de conformidad con la Directiva de la UE sobre la presentación de informes no financieros, que se engloben como una de las nuevas propuestas de Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas;

33.  Pide que la Unión contribuya al refuerzo y la creación de estructuras, redes e instituciones de agentes del sector privado nacional, especialmente en el marco de las microempresas y las pymes, teniendo en cuenta su función en la elaboración de políticas nacionales y regionales;

34.  Subraya que una de las limitaciones clave a la hora de incrementar la participación privada en los países en desarrollo se deriva de la falta de proyectos válidos provocada por la debilidad de las capacidades de ejecución y de los marcos legales, institucionales y presupuestarios, y también de la falta de recursos para la planificación de las inversiones y la preparación de los proyectos; pide un aumento de la asistencia técnica para el sector de las empresas públicas de los países socios a fin de incrementar su capacidad de asumir la responsabilidad de la gestión de las asociaciones público-privadas y de reclamar la propiedad al final del proceso; destaca la necesidad de que los agentes del sector privado prevean el rendimiento de las inversiones a largo plazo, ya que, de lo contrario, dependiendo de los accionistas, podrían carecer de la perspectiva a largo plazo necesaria para el rendimiento en los sectores sociales fundamentales para el desarrollo humano;

35.  Toma nota de que, en los países en desarrollo, la participación privada en infraestructuras se ha incrementado considerablemente, pasando de 18 000 millones de dólares en 1990 a 150 000 millones de dólares en 2013; pide que se mantenga el compromiso al respecto, teniendo en cuenta que la falta de acceso a la infraestructura es una limitación fundamental para el crecimiento del sector privado que socava la producción y la creación de empleo;

36.  Destaca que, dentro de un marco legislativo claramente definido y fuerte en materia de derechos de propiedad y seguridad de la tenencia de la tierra, las asociaciones público-privadas en el ámbito agrícola tienen un potencial enorme para evitar el acaparamiento de tierras y garantizar una producción agrícola mayor y efectiva; acoge con satisfacción la puesta en marcha en 2014 de un programa de la UE para fortalecer la gobernanza territorial en los países africanos; recomienda que la UE y sus delegaciones desempeñen un papel fundamental colaborando con los Gobiernos socios, el BEI, el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) y otros organismos similares, e involucrando al sector privado en el desarrollo de soluciones basadas en el mercado para los desafíos agrícolas; destaca la necesidad de establecer incentivos financieros para evitar la exclusión de las poblaciones pobres y alejadas y los agricultores que cultivan variedades que no son de gran interés comercial y que probablemente no resulten atractivas para los socios agroempresariales; hace hincapié en que, en el marco de la protección, es necesario prever una evaluación del riesgo social y medioambiental, la consulta con representantes legítimos de las comunidades afectadas, con su consentimiento libre, previo y fundado del correspondiente proyecto, y, cuando lo necesiten, el respaldo jurídico para las comunidades en cuestión; pide a la Comisión que incorpore en los proyectos procedimientos de supervisión y que negocie una revisión de los contratos en casos en que hayan resultado perjudiciales para la población local;

37.  Destaca asimismo que es preciso prevenir el riesgo asociado a las APP en el ámbito agrícola, incluido el acaparamiento de tierras; subraya la importancia de concentrar la ayuda en los pequeños agricultores, especialmente las mujeres; pide a la Comisión que combine las APP del sector agrícola con participación económica de la UE con medidas exhaustivas para proteger a los pequeños agricultores, pastores y otros usuarios de la tierra vulnerables, contra la posible pérdida de acceso a la tierra o al agua; hace hincapié en que, en el marco de la protección, es necesario prever una evaluación del riesgo social y medioambiental, como condición para el inicio del correspondiente proyecto, y, cuando lo necesiten, el respaldo jurídico para las comunidades en cuestión; recomienda que los proyectos de la Nueva Alianza del G8 se sustituyan por iniciativas con arreglo al Programa general para el desarrollo de la agricultura en África (CAADP); destaca que las compensaciones financieras y sociales deben adoptar la forma de compromisos vinculantes y que siempre hay que tener en cuenta los planes de desarrollo alternativos;

38.  Recomienda que la Unión siga apoyando proyectos de energías renovables y verdes en los países en desarrollo, en especial en zonas rurales remotas, de manera sostenible; celebra que una de las prioridades del Mecanismo de inversión con impacto del BEI sea la inversión en el sector de la energía, que está considerado en general como un elemento clave para liberar el crecimiento económico en África; espera que los instrumentos de financiación innovadores catalicen la inversión del sector privado en energía renovable, eficiencia energética y acceso a la energía; anima, asimismo, al BEI y a las instituciones financieras de desarrollo europeas a seguir financiando proyectos de inversión para contribuir a la mitigación del cambio climático en África, así como a la adaptación al mismo, de conformidad con el compromiso y las obligaciones de la Unión adquiridos con arreglo a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC); recuerda que se debe dar prioridad a proyectos a pequeña escala, descentralizados y fuera de red en el ámbito de la energía renovable, para garantizar que las zonas rurales tengan acceso a la energía, evitando al mismo tiempo el posible impacto social y medioambiental negativo de la infraestructura energética a gran escala;

39.  Insta a la UE a que desarrolle un marco reglamentario sólido, basado en criterios de eficacia del desarrollo, en el que pueda operar el sector privado, también para la promoción de APP contractuales a largo plazo; insta a la UE a que solo promocione las APP si no están disponibles otras opciones de financiación menos costosas y arriesgadas, sobre la base de un análisis de la relación entre coste y eficacia; pide a la UE que aplique políticas de salvaguardia eficaces para los proyectos de APP a fin de garantizar el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las mujeres;

40.  Celebra los logros alcanzados a la hora de compartir los recursos público-privados en favor de la asistencia sanitaria y un mejor acceso a los medicamentos, así como con vistas a aprovechar en mayor medida el potencial en materia de transferencia de tecnologías en los países en desarrollo; recomienda que la UE desempeñe un papel de facilitador abriendo vías para la cooperación más allá del acceso a medicamentos, a fin de reformar los sistemas de salud disfuncionales en los países en desarrollo; destaca que es posible aumentar el apoyo a las pymes/pymis locales no solo a través de instrumentos financieros, sino también mediante transferencias de tecnología, el desarrollo de capacidades, el desarrollo sostenible de los proveedores y los vínculos empresariales;

41.  Destaca la importancia de salvar la brecha que existe entre el sistema de educación y el mercado laboral en los países en desarrollo; pide a la Comisión que facilite programas y apoye a las APP que cuentan con la participación de todas las partes interesadas, incluidas escuelas, universidades, centros de formación y agentes del sector privado, con el fin de ofrecer oportunidades de formación y educación que sean pertinentes en el mercado; alienta la creación de instituciones de formación profesional dual a través de las cuales los jóvenes, al mismo tiempo que participan en un programa de aprendizaje profesional que preste especial atención a los aspectos prácticos de la profesión, puedan igualmente recibir clases teóricas en escuelas de formación profesional especializadas;

42.  Destaca que las capacidades de los Gobiernos de los países en desarrollo, como reguladores, deben fortalecerse para lograr un desarrollo sostenible;

Principios de compromiso con el sector privado

43.  Destaca el hecho de que el compromiso con el sector empresarial requiere un enfoque flexible, configurado no solo sobre la base de los resultados perseguidos, sino también teniendo presente la medida en que las condiciones locales son favorables para las inversiones y las empresas privadas; recomienda un enfoque diferenciado con respecto a los países menos desarrollados y los Estados frágiles; observa que el compromiso de la inversión y el sector privado en los sectores ODS varía mucho entre los países en desarrollo; pide a los donantes que concedan la mayor parte de la ayuda que brindan a los países menos avanzados en forma de subvenciones;

44.  Acoge con satisfacción los criterios enunciados en la Comunicación de la Comisión sobre el sector privado y el desarrollo de cara a la prestación de ayuda directa al sector privado; pide que se establezca un acuerdo marco claramente definido aplicable a todas las asociaciones con el sector privado, aplicando indicadores tales como las acciones destinadas a las microempresas, las estrategias de acceso al crédito y la integración laboral de los grupos desfavorecidos, las mujeres y los jóvenes, que ha de garantizar el respeto del principio de coherencia de las políticas en favor del desarrollo, del principio de eficacia del desarrollo y de los objetivos de la política de desarrollo, en concreto la reducción de la pobreza y de la desigualdad; considera que cualquier decisión de promover el uso de APP a través de la financiación combinada en los países en desarrollo debería fundamentarse en una evaluación exhaustiva de estos mecanismos en lo que se refiere a su impacto sobre el desarrollo, la rendición de cuentas y la transparencia y en las lecciones aprendidas de las experiencias del pasado;

45.  Muestra su preocupación por que no siempre se hayan instaurado salvaguardias para garantizar un uso apropiado del dinero público; subraya que es necesario acordar indicadores de rendimiento cuantificables y mecanismos de supervisión y de evaluación en la fase preparatoria de los proyectos, garantizando también al mismo tiempo que estas inversiones respetan los derechos humanos, las normas sociales y medioambientales y la transparencia, al tiempo que garantizan que el sector privado paga los impuestos que le corresponden; subraya la importancia de la evaluación del riesgo, la sostenibilidad de la deuda, la transparencia y la protección de las inversiones; destaca la importancia del papel consultivo y de control formal de los Parlamentos nacionales y de la sociedad civil a la hora de garantizar una transparencia y una rendición de cuentas plenas; recomienda que, en los países en desarrollo en que se esté ejecutando un proyecto de desarrollo, se faciliten el acceso efectivo a la justicia y vías de recurso de las víctimas de abusos empresariales;

46.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que velen por que las empresas que participan en asociaciones para el desarrollo estén en consonancia con los ODS y respeten los principios de la responsabilidad social de las empresas (RSE); apoya firmemente la difusión y la aplicación eficaces y generalizadas de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, tanto en la UE como fuera de ella, e insiste en la necesidad de adoptar todas las medidas políticas y legislativas necesarias para colmar las lagunas en la aplicación efectiva de dichos Principios Rectores, también en lo referente al acceso a la justicia; recomienda que todas las empresas que operan en países en desarrollo practiquen un nivel de transparencia en consonancia con las Directrices de la OCDE para las empresas multinacionales en lo que se refiere al respeto de los derechos humanos, la contribución positiva al bienestar social y ambiental de los países en desarrollo y la cooperación en asociación con las organizaciones de la sociedad civil; destaca la necesidad de que los Estados miembros elaboren planes nacionales para aplicar los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, y especialmente las Directrices de la OCDE sobre la diligencia debida para la gestión responsable de las cadenas de suministro de minerales procedentes de zonas afectadas por conflictos y zonas de alto riesgo;

47.  Hace hincapié en la necesidad de que la políticas comercial y de desarrollo de la UE respeten el margen de maniobra político y económico de los países en desarrollo, en particular de los países menos desarrollados, a fin de mantener los aranceles a la importación fundamentales cuando sea necesario, e impulsar la creación de puestos de trabajo cualificados y decentes en la industria manufacturera y agroindustrial local como factores que puedan crear un valor añadido nacional y un crecimiento industrial mayores y un aumento de las exportaciones y de la diversificación, componentes clave de una modernización económica y social inclusiva; pide a la Unión y a sus Estados miembros que promuevan medidas concretas para velar por que las empresas multinacionales tributen en los países en que se generan sus beneficios y promuevan una información eficaz sobre cada país por parte del sector privado, reforzando de este modo la movilización de los recursos nacionales y una competencia justa;

48.  Anima a la Unión a apoyar el proceso actual de elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante de las Naciones Unidas sobre las empresas transnacionales y otras empresas comerciales en materia de derechos humanos, que aclare las obligaciones de las empresas transnacionales con respecto a los derechos humanos, y de las empresas con respecto a los Estados, y prevea el establecimiento de soluciones eficaces para las víctimas en aquellos casos en los que es evidente que la jurisdicción nacional es incapaz de sancionar a esas empresas de forma eficaz;

49.  Acoge positivamente el enfoque de la Comisión según el cual han de fomentarse los pilares estratégicos de la Agenda de la OIT sobre el trabajo digno como medio para abordar la desigualdad y la exclusión social, particularmente entre las personas más marginadas, incluyendo a las mujeres, los niños, las personas de edad avanzada y a las personas con discapacidad; subraya la necesidad de que las empresas den su apoyo a un trato justo a los trabajadores y a unas condiciones laborales seguras y saludables, a la protección social y al diálogo social facilitando al mismo tiempo el establecimiento de una relación constructiva entre los trabajadores, el personal directivo y los contratistas;

Perspectivas para el futuro: qué medidas se requieren para convertir el sector privado en un socio sostenible en la política de desarrollo

50.  Pide a las instituciones y los organismos europeos que establezcan un marco claro, estructurado, transparente y responsable aplicable a las asociaciones y alianzas institucionales con el sector privado en los países en desarrollo, y destaca que es importante desarrollar, en paralelo al aumento de la importancia del sector privado, salvaguardias y capacidades institucionales adecuadas;

51.  Pide que la Unión y los Estados miembros desarrollen una estrategia clara y concreta para garantizar que el sector privado se adapta a las prioridades de desarrollo de los Gobiernos nacionales y la sociedad civil de los países en desarrollo;

52.  Pide que se creen a escala de la Unión plataformas sectoriales con múltiples partes interesadas, que reúnan al sector privado, las organizaciones de la sociedad civil, las ONG, los grupos de reflexión, los gobiernos asociados, los donantes, las organizaciones cooperativas, las empresas sociales y a otras partes interesadas, a fin de superar las reservas y la falta de confianza entre socios, y de resolver los desafíos que se derivan inopinadamente de las intervenciones colaborativas en materia de desarrollo; subraya, en este sentido, la importante función que desempeñan las delegaciones de la UE en los países respectivos como facilitadoras de dichos diálogos; señala que la propuesta de la Comisión de reforzar los mecanismos existentes, tales como el Foro político sobre el desarrollo, es un paso en la dirección correcta;

53.  Reconoce la recomendación del Tribunal de Cuentas de que la Comisión demuestre claramente la adicionalidad financiera y de desarrollo de las subvenciones de la Unión para proyectos de financiación combinada; respalda el propósito de la Comisión de ampliar el alcance de la financiación combinada para abarcar ámbitos más allá de las infraestructuras, como la agricultura sostenible, los sectores sociales y el desarrollo del sector privado local si la Comisión presenta argumentos convincentes; insiste, sin embargo, en que todas las operaciones de financiación combinada deben ser plenamente coherentes con los principios de eficacia del desarrollo, como la responsabilización, la rendición de cuentas y la transparencia, y que conviene cerciorarse de que persigan los ODS; pide a la Comisión que evalúe los mecanismos de financiación combinada de préstamos y subvenciones y que refuerce sus capacidades de gestión en relación con los proyectos de financiación combinada, tal como recomienda el Tribunal de Cuentas; pide a la Comisión que democratice la estructura de gobernanza de la Plataforma de financiación combinada de la Unión y de los instrumentos de financiación combinada, comprometiéndose debidamente con todas las partes interesadas a nivel local, incluidos los gobiernos socios, los parlamentos nacionales, los agentes del sector privado, los sindicatos y las comunidades locales; le insta asimismo a que adopte unos criterios más estrictos para el establecimiento de subvenciones y de sus cuantías, y que especifique detalladamente el valor añadido de la financiación combinada en cada uno de sus proyectos;

54.  Pide que se amplíe el actual mandato de préstamos exteriores del BEI, para incrementar su papel a la hora de lograr un desarrollo sostenible y, en particular, que participe de forma más activa en la nueva estrategia para el sector privado, a través de la financiación combinada, la cofinanciación de proyectos y el desarrollo del sector privado local; pide, además, una mayor transparencia y rendición de cuentas en las asociaciones y los proyectos asociados al BEI; recuerda que las operaciones de financiación del BEI realizadas en los países en desarrollo con la garantía de la Unión concedida al BEI deben tener como objetivo fundamental la reducción de la pobreza y, con el tiempo, su erradicación; pide al BEI y a las demás instituciones financieras de desarrollo de los Estados miembros que se aseguren de que las empresas que reciben su apoyo no practican la evasión fiscal;

55.  Pide a la Comisión que garantice que las asociaciones y los préstamos al sector privado en países de renta baja y Estados frágiles van acompañados de subvenciones directas a las organizaciones de la sociedad civil y se ajustan a las prioridades de desarrollo de los países de que se trate, a fin de contar con el compromiso de los ciudadanos, e incluyen procesos multilaterales entre las organizaciones de la sociedad civil, los gobiernos locales y los sindicatos;

56.  Pide a la Comisión que vele por que todas las delegaciones de la UE cuenten con personal formado y cualificado que esté plenamente preparado para facilitar y llevar a cabo asociaciones con actores del sector privado; observa que el compromiso de agilizar el establecimiento conjunto de oficinas del BEI en las delegaciones de la UE constituye una medida acertada; pide a la Comisión que aplique sobre el terreno las mejores prácticas de los Estados miembros, cuyas embajadas suelen ser un «primer punto de contacto» para los actores del sector privado;

57.  Pide un mayor compromiso por parte de la Comisión en lo que respecta a la utilización de su peso político y las vías de diálogo en sus contactos con los gobiernos asociados y las autoridades locales, a fin de facilitar una interacción mayor y más positiva con el sector privado; destaca que los Documentos de Estrategia nacionales, los Programas indicativos nacionales y el apoyo presupuestario pueden ser los instrumentos más valiosos a la hora de liderar las reformas del entorno empresarial en los países socios y de promover la industrialización nacional; recomienda que la Unión respalde el Plan de acción de la UNCTAD para la inversión en los Objetivos de Desarrollo Sostenible; señala a la atención que las tareas de configuración, estructuración y ejecución de APP siguen siendo una empresa compleja y exigente, y que su éxito depende también de que operen en un entorno propicio;

58.  Hace hincapié en que la responsabilidad de una actuación conjunta efectiva no solo radica en los donantes y las empresas que participan, sino también en los gobiernos asociados; pide a la Unión que trabaje para fortalecer el desarrollo de capacidades de los países socios con el fin de determinar cuándo resulta adecuado participar en proyectos de APP; subraya que la buena gobernanza, el Estado de Derecho, la existencia de un marco para las reformas empresariales, las medidas de lucha contra la corrupción, la gestión de las finanzas públicas y la existencia de unas instituciones públicas eficaces revisten una importancia fundamental para las inversiones, la innovación y el desarrollo del sector privado;

59.  Pide una mayor atención a la mejora de la coordinación y la programación conjunta, así como una atención central a la obtención de resultados cuantificables y resultados de desarrollo, a fin de maximizar la incidencia de la política de desarrollo de la UE y garantizar una responsabilidad plena en lo que respecta a los gastos en materia de desarrollo;

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60.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Secretario General de las Naciones Unidas, a la UNCTAD, a la ONUDI y al Grupo de alto nivel sobre el programa de desarrollo posterior a 2015.

(1) http://unctad.org/es/PublicationsLibrary/wir2014_overview_es.pdf.
(2) Textos Aprobados, P7_TA(2014)0163.
(3) Textos Aprobados, P8_TA(2014)0059.
(4) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0196.
(5) Textos Aprobados, P7_TA(2014)0250.
(6) http://www.oecd.org/dac/effectiveness/49650173.pdf.
(7) http://www.mofa.go.jp/mofaj/annai/honsho/seimu/nakano/pdfs/hlf4_5.pdf.
(8) http://www.ifc.org/wps/wcm/connect/topics_ext_content/ifc_external_corporate_site/idg_home/p4p_home.
(9)https://rio20.un.org/sites/rio20.un.org/files/a-conf.216-l-1_spanish.pdf.pdf
(10) http://www.ohchr.org/Documents/Publications/GuidingPrinciplesBusinessHR_SP.pdf
(11) http://www.oecd.org/corporate/mne/34873731.pdf
(12) http://unctad.org/en/PublicationsLibrary/diaepcb2012d5_en.pdf
(13) http://www.afdb.org/fileadmin/uploads/afdb/Documents/Policy-Documents/2013-2017_-_Private_Sector_Development_Strategy.pdf
(14) http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@dgreports/@dcomm/documents/normativeinstrument/kd00121es.pdf.
(15)http://www.unido.org/fileadmin/user_media_upgrade/Who_we_are/Structure/Policymaking_Organs/Lima_Declaration_SP_web.pdf
(16) http://www.un.org/disabilities/documents/convention/convoptprot-s.pdf
(17) http://www.fao.org/nr/tenure/voluntary-guidelines/es
(18) http://www.unido.org/fileadmin/user_media/Services/PSD/WP4_2014_Industrialisation_and_social_well-being.pdf
(19) Grupo del Banco Mundial, Doing Business 2014: Understanding Regulations for Small and Medium-Size Enterprises, 29 de octubre de 2013.
(20) http://unctad.org/en/PublicationChapters/wir2014ch4_en.pdf
(21) http://www.unido.org/fileadmin/user_media/Services/PSD/WP4_2014_Industrialisation_and_social_well-being.pdf
(22) Building an Employment-Oriented Framework for Strong, Sustainable and Balanced Growth - en «Challenges of Growth, Employment and Social Cohesion», documento de trabajo para la Conferencia de Alto Nivel OIT-FMI, OIT, 2010
(23) https://www.unido.org/fileadmin/user_media/Research_and_Statistics/UNIDO_IDR13_Spanish_overview_1118_for_web.pdf
(24) «Real Aid An Agenda for Making Aid Work» («Ayuda real - Un programa para que la ayuda funcione»), p. 4.

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