Resolución del Parlamento Europeo sobre el estado de previsiones suplementario del Parlamento para el ejercicio 2000
El Parlamento Europeo,
- Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 272,
- Visto el Reglamento financiero de 21 de diciembre de 1977 aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas, modificado por última vez por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) nº 2779/98(1)
, y en particular su artículo 15, modificado por última vez por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) nº 2673/1999(2)
,
- Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2000, aprobado definitivamente el 16 de diciembre de 1999(3)
,
- Vista su Resolución de 5 de mayo de 1999 sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo y el estado de previsiones de ingresos y gastos del Defensor del Pueblo para el ejercicio 2000(4)
, en particular su apartado 9,
- Visto el Acuerdo Interinstitucional de 6 de mayo de 1999(5)
,
- Vistos el artículo 183 y el apartado II del anexo VI de su Reglamento,
- Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A5-0163/2000
),
- Vista la Decisión de la Mesa de 13 de junio de 2000,
A. Considerando que el margen de la rúbrica 5 de las perspectivas financieras para el ejercicio 2000 es de 90,7 millones de euros,
B. Considerando que el período de pago de los edificios del Parlamento debe ser lo más breve posible con el fin de reducir al mínimo la carga total de los intereses,
1. Aprueba el estado de previsiones suplementario del Parlamento para el ejercicio 2000, tal como se adjunta en la presente resolución;
2. Encarga a su Presidenta que transmita la presente resolución y el estado de previsiones suplementario que se adjunta al Consejo y a la Comisión.
Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del
INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO
CAPÍTULO 2 0 INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS
ESTADO DE PREVISIONES SUPLEMENTARIO PARA EL EJERCICIO 2000 SECCIÓN I - PARLAMENTO
ESTADO DE INGRESOS
Parlamento para el ejercicio 2000
Denominación
Presupuesto 2000
Presupuesto rectificativo y suplementario nº1
Nuevo importe
Gastos
964 924 397
+ 15 000 000
979 924 397
Ingresos propios
-
60 163 959
-
-
60 163 959
Contribución que ha de percibirse
904 760 438
+ 15 000 000
919 760 438
TÍTULO 2
CAPÍTULO 2 0 INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS
Artículo Partida
Denominación
Créditos 2000
Presupuesto rectificativo y suplementario nº 1
Nuevo importe
CAPÍTULO 20
206
Adquisición de bienes inmuebles
Créditos no disociados
34 576 000
+ 15 000 000
49 576 000
TOTAL DEL CAPÍTULO 20
178 388 705
+ 15 000 000
193 388 705
Total del título 2
288 423 607
+ 15 000 000
303 423 607
TOTAL GENERAL
964 924 397
+ 15 000 000
979 924 397
TÍTULO 2
INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO
2 0 6 Adquisición de bienes inmuebles
Créditos 2000
Presupuesto rectificativo y suplementario nº 1
Nuevo importe
34 576 000
+ 15 000 000
49 576 000
Comentarios
Este crédito se destina a cubrir la adquisición de inmuebles. A las subvenciones relativas a los terrenos y a su acondicionamiento se les aplicarán las disposiciones del apartado 3 del artículo 27 del Reglamento financiero.