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Procedimiento : 2005/0044(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0203/2006

Textos presentados :

A6-0203/2006

Debates :

PV 13/06/2006 - 6
CRE 13/06/2006 - 6

Votaciones :

PV 15/06/2006 - 9.3
CRE 15/06/2006 - 9.3
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P6_TA(2006)0266

Textos aprobados
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Jueves 15 de junio de 2006 - Estrasburgo
Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2007-2011) *
P6_TA(2006)0266A6-0203/2006

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa al Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) de Acciones de Investigación y Formación en Materia Nuclear (2007 a 2011) (COM(2005)0119 – C6-0112/2005 – 2005/0044(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2005)0119)(1),

–  Visto el artículo 7 del Tratado Euratom, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C6-0112/2005),

–  Visto el artículo 51 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0203/2006),

1.  Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.  Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 119 del Tratado Euratom;

3.  Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

4.  Solicita la apertura del procedimiento de concertación previsto en la Declaración común de 4 de marzo de 1975, si el Consejo se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

5.  Pide al Consejo que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

6.  Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

Texto de la Comisión   Enmiendas del Parlamento
Enmienda 1
Considerando 13
(13)  El Centro Común de Investigación ha de contribuir a la consecución de los objetivos mencionados llevando a término acciones directas y proporcionando apoyo a instancia de los clientes para la ejecución de las políticas comunitarias.
(13)  El Centro Común de Investigación tiene el papel fundamental de prestar asistencia científica y tecnológica a instancia de los clientes para la concepción, desarrollo, aplicación y control de las políticas comunitarias. Debe prestarse un apoyo continuado al Centro Común de Investigación para que pueda funcionar como un centro científico y tecnológico de referencia para la UE, independiente tanto de los intereses privados como de los nacionales.
Enmienda 2
Considerando 16
(16)  Se tomarán las medidas adecuadas para evitar irregularidades y fraudes y se darán los pasos necesarios para recuperar los fondos perdidos, abonados por error o incorrectamente utilizados, según lo dispuesto en el Reglamento (CE, Euratom) n° 2988/95, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, el Reglamento (CE, Euratom) n° 2185/96 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes e irregularidades, y el Reglamento (CE) n° 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).
(16)  Se tomarán las medidas adecuadas para evitar irregularidades y fraudes y se darán los pasos necesarios para recuperar los fondos perdidos, abonados por error o incorrectamente utilizados, según lo dispuesto en el Reglamento (CE, Euratom) n° 2988/95, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, el Reglamento (Euratom, CE) n° 2185/96 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes e irregularidades, y el Reglamento (CE) n° 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF). En todo caso, se debe asegurar que cualquier fondo recuperado de los fraudes e irregularidades cometidos en contra de los Reglamentos citados revierta siempre en el Séptimo Programa Marco, y sea destinado, principalmente, a la formación de personal investigador y a actividades de divulgación científica.
Enmienda 3
Artículo 3, apartado 1, párrafo introductorio
1.  El importe global destinado a la ejecución del Séptimo Programa Marco para el período 2007 a 2011 será de 3092 millones de euros. Esta cantidad se distribuirá de la siguiente manera (en millones de euros):
1.  El importe global indicativo destinado a la ejecución del Séptimo Programa Marco para el período de cinco años que comienza el 1 de enero de 2007 será de 2 751 millones EUR. Esta cantidad se distribuirá de la siguiente manera (en millones EUR):
Enmienda 4
Artículo 3, apartado 1, cuadro
Investigación sobre la energía de fusión 2 159
Investigación sobre la energía de fusión 1 947
Fisión nuclear y protección contra las radiaciones 394
Fisión nuclear y protección contra las radiaciones 394
Actividades nucleares del Centro Común de Investigación 539
Actividades nucleares del Centro Común de Investigación 517
Enmienda 5
Artículo 3, apartado 1 bis (nuevo)
1 bis. Dentro del importe previsto para la investigación sobre la energía de fusión, han de reservarse como mínimo 900 millones de euros para actividades distintas de la realización de la infraestructura de investigación del ITER, tales como las enumeradas en el anexo I.
Enmienda 6
Artículo 3, apartado 2 bis (nuevo)
2 bis. La Comisión informará previamente a la Autoridad Presupuestaria siempre que tenga intención de apartarse del desglose de gastos recogido en las observaciones y en el anexo al presupuesto anual general de la Unión Europea.
Enmienda 7
Artículo 5
Todas las actividades de investigación realizadas en virtud del Séptimo Programa Marco se llevarán a cabo respetando los principios éticos fundamentales.
Todas las actividades de investigación realizadas en virtud del Séptimo Programa Marco se llevarán a cabo respetando los principios éticos fundamentales y concediendo prioridad a los aspectos de seguridad.
Enmienda 8
Artículo 6, apartado 2, subapartado 2
La Comisión comunicará las conclusiones de dicha evaluación, junto con sus observaciones, al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones.
La Comisión comunicará las conclusiones de dicha evaluación, junto con sus observaciones, al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Defensor del Pueblo Europeo.
Enmienda 10
Anexo I, subtítulo "Investigación sobre la Energía de Fusión", epígrafe "Justificación", apartado 2
La fusión puede hacer una aportación fundamental para conseguir un abastecimiento seguro y sostenible a la UE dentro de unas décadas. Su éxito supondría un suministro de energía seguro, sostenible y respetuoso del medio ambiente. El objetivo a largo plazo de la investigación europea sobre la fusión, que abarca todas las actividades en este campo de los Estados miembros y los terceros países asociados, es la creación conjunta de reactores prototipo para centrales eléctricas que cumplan estos requisitos y sean económicamente viables.
Sin menoscabo de los esfuerzos que la UE realiza y debe seguir realizando en la investigación sobre las energías renovables, la fusión puede hacer una aportación fundamental para conseguir un abastecimiento energético seguro y sostenible a la UE dentro de aproximadamente cincuenta o sesenta años, una vez que los reactores comerciales de fusión hayan penetrado en el mercado. Debe seguirse, por lo tanto, una "vía rápida" hacia la energía de fusión a fin de abreviar al máximo el plazo necesario para desarrollar una planta de energía de fusión. Su éxito supondría un suministro de energía seguro, sostenible y respetuoso del medio ambiente. El objetivo a largo plazo de la investigación europea sobre la fusión, que abarca todas las actividades en este campo de los Estados miembros y los terceros países asociados, es la creación conjunta, dentro de aproximadamente treinta o treinta y cinco años, de reactores prototipo para centrales eléctricas que cumplan estos requisitos y sean económicamente viables.
Enmienda 11
Anexo I, subtítulo "Investigación sobre la energía de la Fusión", epígrafe "Actividades", topo 1
Se incluyen aquí las actividades relacionadas con la creación conjunta del ITER (como infraestructura de investigación internacional), especialmente la preparación del emplazamiento, el establecimiento de la Organización ITER y la Empresa Común Europea para el ITER, la gestión y la dotación de personal, el apoyo técnico y administrativo general, la construcción del equipo y las instalaciones, y el apoyo al proyecto durante la construcción.
Se incluyen aquí las actividades relacionadas con la creación conjunta del ITER (como infraestructura de investigación internacional), especialmente la preparación del emplazamiento, el establecimiento de la Organización ITER y la Empresa Común Europea para el mismo, la gestión y la dotación de personal, el apoyo técnico y administrativo general, la construcción del equipo y las instalaciones, y el apoyo al proyecto durante la construcción. La Empresa Común Europea para el ITER será responsable de la gestión y administración de la contribución europea al ITER, liberándolo de las obligaciones derivadas de los acuerdos internacionales sobre el ITER. El resto del programa de fusión, destinado a mejorar los conocimientos científicos y tecnológicos para la rápida realización de la energía de fusión, se llevará a cabo bajo la responsabilidad directa de la Comisión, asistida por un comité consultivo, como se especifica en el Reglamento (CE) nº ... del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades en las acciones del Séptimo Programa Marco, y las normas de difusión de los resultados de la investigación (2007-2013)1 ("las normas de participación").
____________________
1 DO L ...
Enmienda 12
Anexo I, subtítulo "Investigación sobre la Energía de Fusión", epígrafe "Actividades", topo 2
Se llevará a cabo un programa focalizado de física y tecnología que explotará las instalaciones y recursos del programa de fusión, incluido el JET. Este programa evaluará tecnologías clave para el ITER, agrupará opciones de proyectos ITER, y preparará el funcionamiento de este reactor mediante actividades teóricas y experimentales.
Se llevará a cabo un programa focalizado de física y tecnología que explotará las instalaciones y recursos del programa de fusión, a saber, el JET y los dispositivos de confinamiento magnético (tokamaks, stellarators y RFPs) que ya existen o se están construyendo en todos los Estados miembros. Este programa evaluará tecnologías clave para el ITER, agrupará opciones de proyectos ITER, y preparará el funcionamiento de este reactor mediante actividades teóricas y experimentales.
Enmienda 13
Anexo I, subtítulo "Investigación sobre la energía de fusión", epígrafe "Actividades", topo 4
Entre esta actividades figuran el ulterior desarrollo de conceptos perfeccionados de sistemas de confinamiento magnético con posibles ventajas para las centrales eléctricas de fusión (centrándose en la terminación de la construcción del stellarator W7-X), la teoría y modelización necesarias para una comprensión completa del comportamiento de los plasmas de fusión, y la coordinación, en relación con la actividad de "mantenimiento en contacto", de los trabajos de investigación civil de los Estados miembros sobre confinamiento inercial.
Entre esta actividades figuran el ulterior desarrollo de conceptos perfeccionados de sistemas de confinamiento magnético con posibles ventajas para las centrales eléctricas de fusión (centrándose en la terminación de la construcción del stellarator W7-X) y la teoría y modelización necesarias para una comprensión completa del comportamiento de los plasmas de fusión.
Enmienda 14
Anexo I, subtítulo "Investigación sobre la energía de fusión", epígrafe "Actividades", topo 5
Con miras a las necesidades inmediatas y a medio plazo del ITER, y para que la fusión continúe avanzando, se pondrán en práctica iniciativas destinadas a asegurar los recursos humanos adecuados, en cuanto a número, gama de cualificaciones y nivel de formación y experiencia, que deberá ser alto.
Con miras a las necesidades inmediatas y a medio plazo del ITER, y para que la fusión continúe avanzando, se pondrán en práctica iniciativas destinadas a asegurar los recursos humanos adecuados, en cuanto a número, gama de cualificaciones y nivel de formación y experiencia, que deberá ser alto, incluida la creación de un doctorado europeo en Física e Ingeniería de la fusión.
Enmienda 15
Anexo I, subtítulo "Investigación sobre la Energía de Fusión", epígrafe "Actividades", topo 6 bis (nuevo)
• Procesos de transferencia tecnológica
ITER requerirá estructuras organizativas nuevas y más flexibles, a través de las cuales la innovación y los avances tecnológicos generados por ITER puedan ser transferidos rápidamente a la industria, permitiendo afrontar los retos para que la industria europea pueda ser altamente competitiva.
Enmienda 16
Anexo I, subtítulo "Fisión nuclear y protección contra las radiaciones", epígrafe "Justificación", párrafo 2
Sin embargo, subsisten preocupaciones importantes que afectan a la continuación del uso de esta fuente de energía en la UE. Los problemas clave son la seguridad operacional de los reactores y la gestión de los residuos de larga duración, cuestiones ambas que se están tratando mediante una labor continua a nivel técnico, aunque se requiere también incorporar a esta tarea aportaciones políticas y sociales. En todos los usos de las radiaciones, tanto en la industria como en la medicina, el principio rector general es la protección de las personas y el medio ambiente. Todos los campos temáticos que se tratan en este capítulo tienen como preocupación fundamental asegurar altos niveles de seguridad. De la misma manera, existen unas necesidades claramente identificables en toda la ciencia y la ingeniería nucleares en cuanto a disponibilidad de infraestructuras y conocimientos. Además, los distintos campos técnicos están relacionados por temas transversales clave, como el ciclo del combustible nuclear, la química de los actínidos, el análisis de riesgos, la evaluación de la seguridad e, incluso, los problemas sociales y de gobernanza.
Sin embargo, subsisten preocupaciones importantes que afectan a la continuación del uso de esta fuente de energía en la UE. No obstante, son necesarios esfuerzos para consolidar y mejorar los actuales niveles de seguridad y garantizar que la mejora de la protección contra las radiaciones sigue siendo una de las prioridades de la acción comunitaria. Los problemas clave son la seguridad operacional de los reactores y la gestión de los residuos de larga duración, cuestiones ambas que se están tratando mediante una labor continua a nivel técnico, aunque se requiere también incorporar a esta tarea aportaciones políticas y sociales. En todos los usos de las radiaciones, tanto en la industria como en la medicina, el principio rector general es la protección de las personas y el medio ambiente. Todos los campos temáticos que se tratan en este capítulo tienen como preocupación fundamental asegurar altos niveles de seguridad. De la misma manera, existen unas necesidades claramente identificables en toda la ciencia y la ingeniería nucleares en cuanto a disponibilidad de infraestructuras y conocimientos. Además, los distintos campos técnicos están relacionados por temas transversales clave, como el ciclo del combustible nuclear, la química de los actínidos, el análisis de riesgos, la evaluación de la seguridad e, incluso, los problemas sociales y de gobernanza.
Enmienda 17
Anexo I, subtítulo "Fisión Nuclear y Protección contra las Radiaciones", epígrafe "Actividades", topo 1
Actividades de investigación y desarrollo orientadas a la aplicación práctica sobre almacenamiento geológico profundo del combustible gastado y los residuos radiactivos de larga duración y, en su caso, demostración de las tecnologías y la seguridad así como investigación para apoyar la elaboración de una estrategia común europea sobre los principales problemas de la gestión y el almacenamiento de residuos. Investigación sobre la separación y la transmutación y/o otros conceptos destinados a reducir la cantidad de los residuos que deben evacuarse o el riesgo que suponen.
Actividades de investigación y desarrollo orientadas a la aplicación práctica sobre almacenamiento geológico profundo del combustible gastado y los residuos radiactivos de larga duración y, en su caso, demostración de las tecnologías y la seguridad así como investigación para apoyar la elaboración de una estrategia común europea sobre los principales problemas de la gestión y el almacenamiento de residuos. Actividades específicas relacionadas con la caracterización y el comportamiento de este tipo de residuos en condiciones de almacenamiento temporal prolongado. Investigación sobre la separación y la transmutación y/o otros conceptos destinados a reducir la cantidad de los residuos que deben evacuarse o el riesgo que suponen.
Enmienda 18
Anexo I, subtítulo "Fisión Nuclear y Protección contra las Radiaciones", epígrafe "Actividades", topo 2
Investigación que, por una parte, preste apoyo a la seguridad continua del funcionamiento de los actuales sistemas de reactores (incluidas las instalaciones del ciclo del combustible), teniendo en cuenta los nuevos retos, como la prolongación del ciclo de vida útil y el desarrollo de nuevas metodologías avanzadas de evaluación de la seguridad (tanto del elemento humano como del técnico), y que, por otra parte, sirva para evaluar el potencial y los aspectos de seguridad de los futuros sistemas de reactores a corto y medio plazo, manteniendo los altos niveles de seguridad ya alcanzados en la UE.
Investigación que, por una parte, siga prestando apoyo a la seguridad continua del funcionamiento de los actuales sistemas de reactores (incluidas las instalaciones del ciclo del combustible) y reactores de nueva generación, y minimice el riesgo de error humano y de error organizativo, teniendo en cuenta los nuevos retos, como la prolongación del ciclo de vida útil y el desarrollo de nuevas metodologías avanzadas de evaluación de la seguridad (tanto del elemento humano como del técnico), y que, por otra parte, sirva para evaluar el potencial y los aspectos de seguridad de los futuros sistemas de reactores a corto y medio plazo, aumentando aún más los altos niveles de seguridad ya alcanzados en la UE.
En este sentido, se potenciará especialmente la investigación y puesta en práctica de metodologías capaces de prevenir los errores humanos u organizativos (individuales o colectivos). También se fomentará en todas las empresas una adecuada "cultura de la seguridad" que garantice que, tanto la entidad propietaria de la planta como sus trabajadores, tienen como objetivo fundamental y prioritario la seguridad.
Investigación en los sectores de la seguridad de los reactores y de los accidentes graves en los tipos de reactores tanto occidentales como rusos.
Enmienda 19
Anexo I, subtítulo "Fisión Nuclear y Protección contra las Radiaciones", epígrafe "Actividades", topo 4
Se trata de facilitar la disponibilidad de infraestructuras de investigación, como los reactores de ensayo de materiales, los laboratorios subterráneos de investigación y las instalaciones radiobiológicas y los bancos de tejidos, infraestructuras que son necesarias para mantener un alto nivel de avance técnico, innovación y seguridad en el sector nuclear europeo.
Se trata de facilitar la disponibilidad de infraestructuras de investigación, como los reactores de ensayo de materiales y los reactores para actividades de formación, los laboratorios de investigación y las instalaciones radiobiológicas y los bancos de tejidos, infraestructuras que son necesarias para mantener un alto nivel de avance técnico, innovación y seguridad en el sector nuclear europeo.
Enmienda 20
Anexo I, subtítulo "Fisión Nuclear y Protección contra las Radiaciones", epígrafe "Actividades", topo 5, título y párrafo
Recursos humanos y movilidad
Recursos humanos, movilidad, educación y formación
El objetivo de este apartado es facilitar la retención y el desarrollo de las competencias científicas y las capacidades humanas, a fin de garantizar que el sector nuclear disponga de investigadores y empleados con la cualificación adecuada a largo plazo.
El objetivo de este apartado es facilitar la retención y el desarrollo de las competencias científicas y las capacidades humanas, a fin de garantizar que el sector nuclear disponga de investigadores, ingenieros, físicos, psicólogos (especializados en sistemas de organización), y empleados con la cualificación adecuada lo más pronto posible, en particular manteniendo los esfuerzos de formación en las universidades, haciendo hincapié en la organización de estudios comunes de post-grado en los ámbitos de la ingeniería nuclear y la protección contra las radiaciones; otro objetivo es fomentar la seguridad con carácter prioritario.
Enmienda 21
Anexo I, subtítulo "Actividades nucleares del Centro Común de Investigación", epígrafe "Justificación", apartado 1
El Centro Común de Investigación presta apoyo para alcanzar los objetivos de la estrategia europea de abastecimiento energético, especialmente para ayudar a ponerse al nivel que exigen los objetivos de Kioto. La UE tiene una competencia reconocida en muchos aspectos de la tecnología nuclear, fundamentada en una sólida base de éxitos anteriores en este campo. La utilidad del CCI en su apoyo a las políticas comunitarias y su aportación a las nuevas tendencias de la investigación nuclear se basan en su bagaje científico y su integración en la comunidad científica internacional. Por una parte, el CCI cuenta con un personal competente y unas instalaciones de vanguardia para llevar a cabo trabajos científicos o técnicos de valía reconocida, y, por otra parte, apoya la política comunitaria de mantener competencias y conocimientos básicos para el futuro formando a jóvenes científicos y fomentando su movilidad. Además, han surgido nuevas necesidades, especialmente en las políticas de relaciones exteriores y de seguridad. En estos casos, se necesitan análisis/información/sistemas seguros e internos, que no siempre pueden obtenerse en el mercado.
Al prestar apoyo para alcanzar los objetivos de la Unión Europea, el Centro Común de Investigación asumirá funciones específicas relativas a:
- seguridad general, en particular a través de su participación en el desarrollo de técnicas y métodos en favor de medidas de protección eficaces, para combatir el tráfico ilegal y en favor de los aspectos forenses nucleares;
- ampliación de la UE, puesto que ha supuesto (y supondrá) nuevos tipos de reactores y otras instalaciones nucleares;
- abastecimiento energético, contribuyendo a nuevas técnicas del ciclo de combustible nuclear con arreglo a los principios del desarrollo sostenible.
El Centro Común de Investigación cuenta con un personal competente y con instalaciones para llevar a cabo trabajos científicos o técnicos de valía reconocida. Garantizará la calidad y la renovación apropiada de sus infraestructuras para mantener la investigación europea en la vanguardia.
El Centro Común de Investigación apoya la política comunitaria de mantener competencias y conocimientos básicos para el futuro permitiendo el acceso de otros investigadores a sus infraestructuras, formando a jóvenes científicos y fomentando su movilidad y respaldando así los conocimientos en materia nuclear en Europa. Además, han surgido nuevas necesidades, especialmente en las políticas de relaciones exteriores y de seguridad. En estos casos, se necesitan análisis/información/sistemas seguros e internos, que no siempre pueden obtenerse en el mercado.
Enmienda 22
Anexo I, subtítulo "Actividades nucleares del Centro Común de Investigación", epígrafe "Actividades", párrafo 1
Gestión de residuos nucleares e impacto medioambiental: El objetivo es comprender los procesos del combustible nuclear desde la producción de energía al almacenamiento de residuos, a fin de desarrollar soluciones efectivas para la gestión de residuos nucleares de alta actividad dentro de las dos opciones principales (almacenamiento directo o separación y transmutación).
Gestión de residuos nucleares e impacto medioambiental: El objetivo es comprender los procesos del combustible nuclear desde la producción de energía al almacenamiento de residuos, a fin de desarrollar soluciones efectivas para la gestión de residuos nucleares de alta actividad dentro de las dos opciones principales (almacenamiento directo o separación y transmutación). En especial, se desarrollarán actividades para mejorar los conocimientos y el tratamiento o acondicionamiento de residuos de larga duración y la investigación básica sobre actínidos.
Enmienda 23
Anexo I, subtítulo "Actividades nucleares del Centro Común de Investigación", epígrafe "Actividades", párrafo 2
Seguridad operacional nuclear: Investigación sobre los ciclos del combustible actuales y nuevos, y sobre la seguridad de los reactores tanto de tipo occidental como ruso, así como sobre nuevos dísenos de reactores. Además, el CCI contribuirá a la aportación europea a la iniciativa de I+D denominada "Foro Internacional de la IV Generación" (Generation IV International Forum), en la que participan las mejores organizaciones de investigación mundiales, y a la coordinación de ésta.
Seguridad operacional nuclear: Investigación sobre los ciclos del combustible actuales, sobre la seguridad de los reactores tanto de tipo occidental como ruso y, en mayor medida, investigación sobre los nuevos ciclos de combustible, así como sobre nuevos diseños de reactores. Además, el CCI contribuirá a la aportación europea a la iniciativa de I+D denominada "Foro Internacional de la IV Generación" (Generation IV International Forum), en la que participan las mejores organizaciones de investigación mundiales, y a la coordinación de ésta. El CCI será el catalizador de la investigación europea en este sector y garantizará el significado de la contribución europea al "Foro Internacional de la IV Generación", tanto en lo que respecta a calidad como a envergadura.
Enmienda 24
Anexo I, subtítulo "Actividades nucleares del Centro Común de Investigación", epígrafe "Actividades", párrafos 3 bis y 3 ter (nuevos)
Campañas para que los políticos y el público entiendan la energía nuclear ahora que la mayoría de los científicos, políticos y ciudadanos están convencidos de que se está produciendo un calentamiento global causado por las emisiones de carbono de los combustibles fósiles, y de que la energía nuclear, que no emite dióxido de carbono en absoluto, es un componente esencial de la mezcla de energías disponible para satisfacer las necesidades energéticas mundiales.
Divulgación de la información sobre energía nuclear entre los ciudadanos y sus representantes mediante el establecimiento de campañas plurianuales para informar sobre la energía nuclear con el fin de fomentar el debate y facilitar la toma de decisiones, permitiendo con ello a los ciudadanos y a sus representantes mantener un debate objetivo basado en hechos y tomar decisiones con conocimiento de causa. Para asegurar su máximo nivel de eficacia, estas campañas se elaborarán aplicando la metodología derivada de las ciencias sociales. Por otro lado, y teniendo en cuenta que el contexto de comparación con otras energías es esencial para la comprensión de las implicaciones del uso de la energía nuclear, toda campaña de información que se promueva o impulse mencionará y explicará también los esfuerzos que la UE realiza a otros niveles para el fomento de otras fuentes de energía, especialmente por lo que respecta a las fuentes renovables.

(1) Pendiente de publicación en el DO.

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