Declaración del Parlamento Europeo, de 9 de junio de 2011, sobre la labor del Comité sobre personas desaparecidas en Chipre
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 123 de su Reglamento,
A. Considerando que durante los enfrentamientos intercomunales de 1963 y 1964, y posteriormente, en 1974, durante la invasión turca de Chipre hubo alrededor de 2 000 desaparecidos de las comunidades grecochipriota y turcochipriota,
B. Considerando que sigue sin conocerse el paradero y la suerte de muchas de estas personas,
C. Considerando que el Comité sobre personas desaparecidas en Chipre (CPD), que recibe apoyo financiero de las Naciones Unidas, la Comisión Europea y otros donantes, trabaja para averiguar el paradero de estos desaparecidos,
1. Respalda plenamente la labor del CPD y reconoce la función posconflicto que desempeña al fomentar la verdad, la memoria y la reconciliación en Chipre;
2. Insta a la Comisión Europea a que continúe asignando recursos suficientes al CPD para que pueda desempeñar su importante mandato;
3. Insta a los Gobiernos de Turquía y Chipre a continuar apoyando la labor del CPD, a redoblar los esfuerzos para determinar la suerte de las personas que continúan figurando como desaparecidas y a asegurar que toda la información que pudiera facilitar la misión del CDP esté a su entera disposición;
4. Encarga a su Presidente que transmita la presente Declaración, acompañada del nombre de los firmantes(1), al Consejo, la Comisión, los Parlamentos de los Estados miembros y al Comité sobre personas desaparecidas en Chipre.