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Procedimiento : 2011/2320(INI)
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Ciclo relativo al documento : A7-0021/2012

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A7-0021/2012

Debates :

PV 15/02/2012 - 5
CRE 15/02/2012 - 5

Votaciones :

PV 15/02/2012 - 8.8
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P7_TA(2012)0047

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Miércoles 15 de febrero de 2012 - Estrasburgo
Empleo y aspectos sociales en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012
P7_TA(2012)0047A7-0021/2012

Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de febrero de 2012, sobre empleo y aspectos sociales en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012 (2011/2320(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 9 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–  Vistos los artículos 145, 148, 152 y 153, apartado 5, del TFUE,

–  Visto el artículo 28 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–  Visto el Pacto Europeo por la Igualdad de Género (2011-2020) aprobado por el Consejo el 7 de marzo de 2011,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 23 de noviembre de 2011, titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2012» (COM(2011)0815) y el borrador de Informe conjunto sobre el empleo anejo a la misma,

–  Vista su Resolución, de 1 de diciembre de 2011, sobre el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas(1),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),

–  Vista su Posición, de 8 de septiembre de 2010, sobre la propuesta de Decisión del Consejo sobre directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros: Parte II de las Directrices Integradas Europa 2020(2),

–  Vista la Decisión 2010/707/UE del Consejo, de 21 de octubre de 2010, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros(3),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 23 de noviembre de 2010, titulada «Agenda de nuevas cualificaciones y empleos: una contribución europea hacia el pleno empleo» (COM(2010)0682),

–  Vista su Resolución, de 26 de octubre de 2011, sobre la Agenda de nuevas cualificaciones y empleos(4),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 16 de diciembre de 2010, titulada «La Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social: Un marco europeo para la cohesión social y territorial» (COM(2010)0758),

–  Vista su Resolución, de 15 de noviembre de 2011, sobre la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social(5),

–  Vista la Recomendación 2008/867/CE de la Comisión, de 3 de octubre de 2008, sobre la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral (notificada con el número C(2008)5737)(6) y su Resolución de 6 de mayo de 2009 sobre el mismo asunto(7),

–  Vistos el dictamen y el informe del Comité de Protección Social sobre la dimensión social de la Estrategia Europa 2020 (SPC/2010/10/7 final),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de abril de 2011, sobre «Un marco europeo de estrategias nacionales de inclusión de los gitanos hasta 2020» (COM(2011)0173),

–  Vista su Resolución, de 9 de marzo de 2011, sobre la estrategia de la UE para la inclusión de los gitanos(8),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 15 de septiembre de 2010, titulada «Juventud en Movimiento: Una iniciativa destinada a impulsar el potencial de los jóvenes para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea» (COM(2010)0477),

–  Vista su Resolución, de 12 de mayo de 2011, sobre Juventud en Movimiento – Un marco para la mejora de los sistemas de educación y formación en Europa(9),

–  Vista su Resolución, de 6 de julio de 2010, sobre el fomento del acceso de los jóvenes al mercado de trabajo y refuerzo del estatuto del becario, del período de prácticas y del aprendiz(10),

–  Vista su Resolución, de 7 de septiembre de 2010, sobre el desarrollo del potencial de creación de empleo de una nueva economía sostenible(11),

–  Vista la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada(12),

–  Vista la Directiva 97/81/CE del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa al Acuerdo marco sobre el trabajo a tiempo parcial concluido por la UNICE, el CEEP y la CES(13),

–  Vista la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación(14),

–  Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales (A7-0021/2012),

A.  Considerando que las consecuencias sociales de la crisis son de gran calado y se amplifican como resultado de las medidas de austeridad adoptadas por algunos países para responder a la crisis de deuda soberana, el recorte del empleo, tanto en el sector privado como público, de las prestaciones sociales y de los servicios públicos, con lo que ha empeorado la situación de pobreza en toda la UE;

B.  Considerando que el desempleo ha aumentado considerablemente desde 2008 y ha alcanzado la cifra de 23 millones de parados en la UE, lo que representa el 10 % de la población activa; considerando que para lograr su objetivo de empleo la UE deberá dar empleo adicionalmente a 17,6 millones de personas de aquí a 2020;

C.  Considerando que la situación del mercado de trabajo es particularmente grave para los jóvenes, con independencia de su nivel de educación, lo que conlleva, con frecuencia, contratos de empleo precario y prácticas no remuneradas; considerando que la difícil situación de los jóvenes obedece, en parte, al desajuste entre las cualificaciones adquiridas y la demanda del mercado de trabajo;

D.  Considerando que las personas que se acercan a la edad de jubilación, los desempleados de larga duración, los nacionales de terceros países y los trabajadores poco cualificados se encuentran entre los más duramente golpeados por la crisis;

E.  Considerando que la dimensión de género es esencial para cumplir los objetivos prioritarios de la Estrategia Europa 2020, puesto que las mujeres conforman la mayor reserva de mano de obra aún no utilizada y constituyen la mayoría de las personas que viven en la pobreza en la UE; considerando, por tanto, que debe prestarse una atención específica tanto a la integración de la perspectiva de género como a las políticas dirigidas a las mujeres en todo el proceso del Semestre Europeo;

F.  Considerando que la pobreza de las personas con empleo y la precariedad están en aumento en la UE, adicionalmente al gran número de personas sin empleo y la mayor duración media del período de desempleo; considerando que la crisis ha creado nuevas categorías de personas con riesgo de pobreza; considerando que el Comité de Protección Social (CPS) advierte sobre el riesgo de que aumente el número de personas con una renta por debajo del umbral de la pobreza, la pobreza infantil, la grave penuria material y la exclusión social debido al impacto de medidas de consolidación fiscal mal focalizadas y regresivas en los sistemas de protección social, y que la aplicación de estrategias integradas de inclusión activa debería ser, por consiguiente, un elemento esencial de los programas nacionales y de la UE de política social;

G.  Considerando que las medidas de austeridad y las medidas destinadas a la consolidación presupuestaria podrían tener un efecto desproporcionadamente negativo sobre la posición de las mujeres en el mercado de trabajo y sobre las mujeres pobres, debido, por ejemplo, a los recortes del sector público que afectan a las mujeres o la limitación de los beneficios fiscales por el cuidado de los hijos;

H.  Considerando que, a pesar de la urgencia de la situación, los Estados miembros van con retraso en la consecución de los objetivos de la Estrategia Europa 2020; considerando que los compromisos previstos en los Programas Nacionales de Reforma son insuficientes para alcanzar la mayoría de las metas a escala de la UE;

I.  Considerando que las cuestiones sociales y de empleo se aglutinan en una sola prioridad de las cinco que comprende el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, a pesar de que constituyen tres de los cinco objetivos prioritarios de la Estrategia Europa 2020;

Mensajes clave de cara al Consejo Europeo de Primavera

1.  Insta al Consejo Europeo a que vele por que los siguientes mensajes formen parte de su orientación política para el Semestre Europeo 2012 y encarga a su Presidente que defienda la presente posición durante el Consejo Europeo de Primavera de los días 1 y 2 de marzo de 2012;

I.  Asegurar la coherencia y perseguir con mayor ambición los objetivos de la Estrategia Europa 2020

2.  Pide al Consejo Europeo que vele por que la orientación política prevista con arreglo al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento tenga plenamente por finalidad alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador;

3.  Insta al Consejo Europeo a que asegure la coherencia entre las diferentes prioridades en su orientación política, de manera que la consolidación presupuestaria se base en la justicia social y no exacerbe la pobreza o dificulte las medidas de reducción del desempleo y atenuación de las consecuencias sociales de la crisis; cree firmemente que es necesario centrarse sobre todo en las medidas integradas de reforma que promuevan crecimiento a corto plazo, así como a medio y largo plazo; destaca, por tanto, que conviene adoptar simultáneamente las medidas presupuestarias, de crecimiento y empleo, puesto que son interdependientes entre sí y son premisas comunes para la recuperación;

4.  Pide al Consejo Europeo que garantice en sus orientaciones políticas que los fondos de la UE se destinen a cumplir los objetivos de la Estrategia Europa 2020;

5.  Expresa su gran preocupación por el hecho de que los actuales objetivos nacionales no sean suficientes para alcanzar los objetivos prioritarios de la Estrategia Europa 2020 en materia de empleo, educación y reducción de la pobreza; encarece al Consejo Europeo que asegure que los Estados miembros eleven sus objetivos nacionales y que éstos vayan acompañados de hojas de ruta concretas y realistas de aplicación y que se evalúen mediante indicadores claros y coherentes basados en el marco de asesoramiento conjunto acordado, de manera que la UE recorra una senda clara y viable para la consecución de todos los objetivos de la Estrategia Europa 2020 y sea posible evaluar los avances con transparencia;

II.  Apoyar la creación sostenible de empleo con inversiones y reformas fiscales

6.  Pide al Consejo Europeo que proporcione el estímulo presupuestario y los incentivos necesarios para la inversión en la creación de empleo sostenible y digno en una amplia gama de sectores, así como para la inversión en la formación de los trabajadores y los desempleados y en la reducción de la pobreza;

7.  Pide al Consejo Europeo que haga suya la orientación política de aliviar la carga fiscal del trabajo, pues invide en los costes no salariales, a la vez que anima a las empresas que se benefician de estas exenciones/reducciones a que ofrezcan a cambio salarios dignos; expresa su convicción de que así resultaría más atractivo contratar y mantener trabajadores y mejoraría la situación general del mercado de trabajo, en particular para los grupos vulnerables; pide al Consejo Europeo que respalde, en consonancia con el principio de subsidiariedad, la orientación de aumentar la renta mediante una fiscalidad justa, progresiva, redistributiva, efectiva y eficiente y que aplique una mejor coordinación fiscal para combatir la evasión fiscal, así como que vele por la equidad del sistema y preserve la cohesión social;

III.  Mejorar la calidad de empleo y las condiciones para una mayor participación laboral

8.  Deplora que la orientación política para hacer más atractivo el trabajo no aborde la calidad del empleo y que se preste escasa atención al establecimiento de las premisas necesarias para aumentar la participación en el mercado de trabajo, en particular de las mujeres, las personas con discapacidad y los más desfavorecidos, entre los que se encuentran los desempleados de larga duración; pide al Consejo Europeo que incluya una orientación sobre un empleo digno y medidas de apoyo a la conciliación de vida laboral, familiar y privada mediante la prestación de servicios asequibles de asistencia y cuidado de niños, licencia familiar y mecanismos de trabajo flexible;

9.  Advierte de que las medidas de austeridad y de reducción de la carga administrativa no deben comprometer la protección social ni las normas de salud y seguridad ni derivar en condiciones más livianas ni exenciones de la legislación de la UE;

IV.  Reducir el desempleo juvenil

10.  Destaca la importancia de no desaprovechar el potencial de la generación joven y pide al Consejo Europeo que considere una prioridad la reducción del desempleo juvenil; insta a los Estados miembros a que desarrollen estrategias completas para los jóvenes que no tienen trabajo o no estudian o se forman profesionalmente, incluidas políticas activas focalizadas de mercado de trabajo, medidas para resolver los desajustes de destrezas en el mercado de trabajo, la promoción del espíritu emprendedor entre los jóvenes y marcos para asegurar la transición entre la educación y el trabajo como, por ejemplo, la «formación profesional dual»; pide a los Estados miembros que establezcan, en estrecha colaboración con los interlocutores sociales, una garantía europea para los jóvenes que afirme el derecho de todos los jóvenes de la UE a que, tras un periodo máximo de desempleo de cuatro meses, les sea ofrecido un puesto de trabajo, un puesto de aprendizaje, formación adicional o una combinación de trabajo y formación; destaca la importancia de reducir las formas precarias de empleo como los contratos temporales, los empleos a tiempo parcial y las prácticas no remuneradas entre los jóvenes cuando tales modalidades no sean deseables;

V.  Reducir la pobreza y la exclusión social poniendo énfasis en los grupos sin vínculos o vínculos limitados con el mercado de trabajo

11.  Celebra que, por primera vez, el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento incluya una orientación en el ámbito de la pobreza y la exclusión social y pide al Consejo Europeo que respalde tal orientación como una prioridad, al tiempo que vela por que la lucha contra la pobreza y la exclusión social vaya más allá de las medidas de integración de las personas en el mercado laboral, poniendo énfasis en la protección social y la inclusión activa de los grupos vulnerables sin vínculos o vínculos limitados con el mercado de trabajo;

12.  Destaca que el artículo 9 del TFUE debe integrarse en los Semestres Europeos, incluidas las recomendaciones específicas por país, que deben ir acompañadas de evaluaciones de impacto previas y posteriores;

VI.  Mejorar la legitimidad y responsabilidad democrática y la asunción de los objetivos

13.  Recuerda que la mayor importancia de la dimensión europea de las políticas económicas de los Estados miembros debe ir acompañada de una mayor legitimidad y responsabilidad democrática ante el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales; considera que, a falta de una base jurídica para el procedimiento legislativo aplicable al Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, en el Consejo Europeo recae la responsabilidad especial de tener presentes las observaciones parlamentarias a la hora de respaldar la orientación política para insuflarle legitimidad democrática, y que la urgencia de la aplicación de medidas de austeridad y disciplina fiscal no puede de ninguna manera anular la necesidad de llevar a cabo un proceso democrático de toma de decisiones;

14.  Pide al Consejo y a los Estados miembros que velen por la participación a fondo de los Parlamentos nacionales y regionales, los agentes sociales, las autoridades públicas y la sociedad civil en el diseño, la aplicación y el seguimiento de la orientación política en el marco de la Estrategia Europa 2020 y el procedimiento de gobernanza económica para asegurar su asunción;

15.  Pide a la Comisión que convierta el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento en Orientaciones Anuales de Desarrollo Sostenible en 2013, que las transmita en un formato que permita la presentación de enmiendas del Parlamento y que asegure la consecución de una orientación política de común acuerdo mediante un proceso interinstitucional de toma de decisiones;

Intensificación de las medidas en materia social y de empleo
Incrementar los niveles de empleo y mejorar su calidad

16.  Pide a los Estados miembros que apoyen iniciativas que faciliten el desarrollo de los sectores con mayor potencial de empleo, en particular la transición hacia una economía sostenible (empleo ecológico), los servicios sanitarios y sociales (empleo blanco) y la economía digital;

17.  Pide a los Estados miembros que mejoren el entorno empresarial, en especial para las PYME y, en particular, que fomenten la creación de empresas y apoyen a las PYME existentes en sus actividades de creación de empleo;

18.  Pide al Consejo Europeo que intensifique sus esfuerzos por mejorar el mercado único, que fomente la economía digital y que se centre en la regulación inteligente para reducir la burocracia innecesaria;

19.  Pide a los Estados miembros que incrementen la cobertura y efectividad de los servicios de empleo y que adopten políticas dinámicas y efectivas de mercado de trabajo ‐en estrecha cooperación con los interlocutores sociales‐ apuntaladas mutuamente por incentivos de activación como, por ejemplo, programas de reinserción laboral, y sistemas adecuados de prestaciones para mantener la empleabilidad, apoyar a la gente en su vuelta al empleo y preservar unas condiciones de vida dignas;

20.  Pide a los Estados miembros que apoyen y desarrollen condiciones favorables a la conclusión de acuerdos laborales más flexibles, en especial para los trabajadores jóvenes y de edad avanzada, y que fomentan la movilidad de los trabajadores; destaca la importancia de aumentar la productividad y la eficiencia laboral en toda la UE, con el fin de recuperar la competitividad de Europa;

21.  Pide a los Estados miembros que hagan pleno uso de los Fondos Estructurales, con el fin de mejorar la empleabilidad y luchar contra el desempleo estructural y de larga duración de forma eficaz; cree que la Comisión debería ofrecer más asistencia y orientación a los Estados miembros con respecto a este objetivo, en especial en esta época de recesión y desafíos sociales;

22.  Considera que sólo podrá alcanzarse el objetivo prioritario de la Estrategia Europa 2020 para la tasa de empleo si se incrementa considerablemente la participación de las mujeres en el mercado de trabajo; pide a la Comisión que garantice que los Estados miembros reciban una orientación más sólida que tenga como objetivo el establecimiento de las condiciones necesarias para una mayor tasa de empleo femenino como, por ejemplo, unos servicios asequibles de cuidado de niños, maternidad adecuada, mecanismos de licencia maternal y paternal y flexibilidad en el horario y el lugar de trabajo;

23.  Pide al Consejo Europeo que evalúe la eficacia de sus recomendaciones políticas relacionadas con el apoyo a la participación de todos los adultos del hogar en el mercado laboral, el pago de un salario digno y la facilitación de la mejora laboral de los que están atrapados en empleos precarios de baja remuneración, puesto que éstos son los tres mecanismos que pueden reducir la pobreza de las personas con empleo; pide a los Estados miembros que luchen contra la pobreza de las personas con empleo aplicando políticas del mercado de trabajo destinadas a garantizar salarios mínimos que permitan vivir a los trabajadores;

24.  Pide a la Comisión que utilice datos desglosados por género en sus informes de situación;

25.  Pide a los Estados miembros que reconozcan el valor añadido real que los trabajadores mayores trabajadores representan en sus empresas y que prevean unas condiciones laborales agradables para que los trabajadores mayores que así lo deseen participen y continúen en el mercado de trabajo; pide a los Estados miembros que actúen a tal efecto combatiendo la discriminación por razones de edad, sustituyendo los incentivos de jubilación anticipada por incentivos de inclusión en el mercado de trabajo de los trabajadores mayores, adaptando las condiciones de trabajo a las necesidades de los trabajadores mayores, por ejemplo, estableciendo el derecho de horario flexible y de lugar de trabajo, el derecho a la formación y el derecho de jubilación flexible, y garantizando unas pensiones suficientes para todos; considera que la promoción de la salud ocupacional debe asegurar un envejecimiento activo durante y después de la vida laboral;

26.  Pide a los Estados miembros que velen por que las personas con contrato temporal o a tiempo parcial reciban el mismo trato, también con respecto a las cuestiones relativas al despido y el salario con arreglo al Derecho primario y secundario de la UE, por que esos trabajadores y los autónomos dispongan de protección social adecuada y acceso a la formación y al aprendizaje permanente y por el establecimiento de unas condiciones marco que les permitan avanzar en su actividad profesional; insta a los Estados miembros a que apliquen los acuerdos marco sobre el empleo a tiempo parcial y duración determinada y que cumplan de manera efectiva la Directiva relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación;

27.  Considera que las reformas necesarias del mercado de trabajo destinadas a mejorar la productividad y la competitividad deberían acometerse de forma que se garantice la justicia social y se fomente la calidad del empleo, respetando las tradiciones nacionales de diálogo social;

28.  Pide a los Estados miembros que adopten medidas para mejorar la movilidad dentro de los mercados de trabajo y entre éstos y que supriman todos los obstáculos jurídicos y administrativos que dificultan la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión Europea;

29.  Pide al Consejo Europeo que implante un impuesto sobre las transacciones financieras para aumentar la creación sostenible de empleo;

30.  Deplora que no se hagan suficientes esfuerzos por integrar la perspectiva de la igualdad de género en las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, a pesar de que en el Pacto Europeo por la Igualdad de Género 2011-2020 se insta a la Comisión a hacerlo; pide al Consejo Europeo que vele por que la orientación política aborde las desigualdades de género; pide a los Estados miembros que integren la perspectiva de género en el diseño de los Programas Nacionales de Reforma; insta a la Comisión a que formule recomendaciones específicas por país a los Estados miembros que no tienen en cuenta la dimensión de género;

Invertir en educación y formación

31.  Pide a los Estados miembros que adapten y amplíen la inversión en educación, formación, estímulo de las destrezas emprendedoras y formación permanente para todos los segmentos de edad, no solo a través del aprendizaje formal, sino también a través del desarrollo de la formación no formal e informal, que da lugar a un mayor potencial de crecimiento, y advierte sobre los costes económicos y sociales a largo plazo de los recortes en los presupuestos de educación;

32.  Pide a la UE y a los Estados miembros que solventen los desajustes y escasez de pericias y que aumenten las sinergias entre las universidades, los centros de formación, las organizaciones juveniles y las empresas, anticipando las destrezas necesarias, adaptando los sistemas de educación y formación a las necesidades del mercado de trabajo y dotando a la mano de obra de nuevas destrezas para combatir el desempleo estructural y preparar a la mano de obra para la transición hacia una economía inteligente, sostenible e integradora;

33.  Insta a los Estados miembros a que no permitan que las medidas de austeridad comprometan las políticas favorables al crecimiento y a que den prioridad al gasto propicio el crecimiento, por ejemplo en educación, aprendizaje permanente, investigación e innovación, velando asimismo por la eficiencia de ese gasto;

34.  Recuerda que en su iniciativa emblemática «Juventud en Movimiento», la Comisión prometió presentar un marco de calidad para los periodos de prácticas y le insta a que presente sin demora tal marco;

35.  Alienta a que se aplique rigurosamente el Marco Nacional de Cualificaciones como instrumento para fomentar el desarrollo del aprendizaje permanente;

36.  Anima a la Comisión, a los Estados miembros y a los empresarios a crear más oportunidades para las mujeres trabajadoras en los sectores de las nuevas tecnologías, a fin de reforzar este sector de conformidad con los objetivos de la Estrategia Europa 2020;

Luchar contra la pobreza, fomentar la inclusión social y la calidad de los servicios públicos

37.  Destaca que, con arreglo al Eurobarómetro de noviembre de 2011, el 49 % de los ciudadanos europeos mencionaron la reducción de la pobreza y la exclusión social como una política prioritaria que debería promover el Parlamento Europeo y que concedían a esta cuestión mayor importancia que a la coordinación de las políticas económica, presupuestaria y fiscal;

38.  Pide a los Estados miembros que mejoren la adecuación y efectividad de los sistemas de protección social, incluido el acceso a los sistemas de pensiones, teniendo debidamente presente la igualdad de género, y que velen por que éstos sigan actuando como amortiguadores de la pobreza y la exclusión social;

39.  Pide a los Estados miembros que apliquen estrategias dinámicas de inclusión social, presten servicios asequibles de gran calidad, apliquen medidas adecuadas de apoyo a la renta mínima y abran la senda a un empleo de calidad para prevenir la marginalización de los grupos vulnerables y de renta baja;

40.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que realicen un seguimiento de la petición del CPS de que los Informes Sociales Nacionales participativos apoyen los Programas Nacionales de Reforma, sobre la base de los objetivos comunes del MAC Social y ofreciendo soluciones multidimensionales a la pobreza mediante el fomento del acceso a los derechos, los recursos y los servicios;

41.  Pide a los Estados miembros y a la Comisión que establezcan, apliquen y garanticen el cumplimiento de medidas eficaces contra la discriminación; insta a la Comisión a que aborde la falta de avances en la aplicación y el cumplimiento de las medidas contra la discriminación recogidas en las recomendaciones específicas por país;

42.  Pide a los Estados miembros que en sus Programas Nacionales de Reforma especifiquen cómo se utilizarán los fondos de la UE en apoyo de los objetivos nacionales en materia de educación y empleo, pobreza y otros objetivos sociales que garanticen la consecución de los objetivos en el marco de la Estrategia Europa 2020;

43.  Advierte de que la reforma de las pensiones alentada por el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento no debe limitarse a aumentar la edad de jubilación para contener el déficit sino que, al contrario, debe englobar los años de actividad laboral y ofrecer una cobertura universal digna, reduciendo la pobreza entre las personas mayores y sin poner en peligro los sistemas públicos de pensiones;

44.  Pide a la UE y a los Estados miembros que velen por que todas las reformas de los sistemas de salud se centren en mejorar la calidad y garantizar la adecuación, la asequibilidad y el acceso universal;

45.  Expresa su inquietud por la repercusión social de la crisis en la pobreza entre las mujeres; pide a los Estados miembros y a la Comisión que garanticen que la consolidación fiscal sea compatible con la dimensión social de la Estrategia Europa 2020 y las orientaciones de empleo; pide a la Comisión que evalúe también los efectos de las medidas de austeridad en la igualdad de género y el empleo de las mujeres;

46.  Pide a la Comisión que elabore un análisis de género sobre la repercusión de la reforma de las pensiones en la vida de las mujeres de la UE para ajustar mejor tanto los derechos de pensión como los sistemas fiscales y de seguridad social;

Conviene redoblar los esfuerzos para mejorar la gobernanza, el compromiso y la legitimidad democrática

47.  Expresa su preocupación por el hecho de que el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales sigan desempeñando un cometido limitado en el Semestre Europeo; deplora que la orientación política del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento propuesta por la Comisión y que debe hacer suya el Consejo Europeo adolezca de falta de participación parlamentaria y, por consiguiente, de legitimidad democrática;

48.  Toma nota de que cinco Estados miembros con memorandos de acuerdo actualmente en vigor con la Comisión, el FMI y el BCE no han recibido recomendaciones específicas por país en julio de 2011; pide a la Comisión que vele por que la aplicación de los memorandos de acuerdo sea plenamente compatible con la consecución de los objetivos de la Estrategia Europa 2020 de incremento del empleo y reducción de la pobreza; reitera su parecer de que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) debe participar en los programas de asistencia financiera de la Comisión, el FMI y el BCE; pide al Consejo Europeo que proporcione a los Estados miembros implicados el estímulo necesario para la inversión en la creación de empleo sostenible, en educación y formación y reducción de la pobreza para facilitar su contribución a la consecución de los objetivos prioritarios fijados por la UE en estos ámbitos;

49.  Pide a los Estados miembros, en el contexto de la peor crisis económica jamás vivida en la Unión Europea, que apliquen sin demora los programas nacionales de reforma necesarios;

o
o   o

50.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.

(1) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0542.
(2) DO C 308 E de 20.10.2011, p. 116.
(3) DO L 308 de 24.11.2010, p. 46.
(4) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0466.
(5) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0495.
(6) DO L 307 de 18.11.2008, p. 11.
(7) DO C 212 E de 5.8.2010, p. 23.
(8) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0092.
(9) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0230.
(10) DO C 351 E de 2.12.2011, p. 29.
(11) DO C 308 E de 20.10.2011, p. 6.
(12) DO L 175 de 10.7.1999, p. 43.
(13) DO L 14 de 20.1.1998, p. 9.
(14) DO L 303 de 2.12.2000, p. 16.

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