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Procedimiento : 2012/2142(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0285/2012

Textos presentados :

A7-0285/2012

Debates :

PV 22/10/2012 - 24
CRE 22/10/2012 - 24

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PV 23/10/2012 - 13.6
CRE 23/10/2012 - 13.6
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Textos aprobados :

P7_TA(2012)0369

Textos aprobados
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Martes 23 de octubre de 2012 - Estrasburgo
Restricciones comunes en materia de visados a los funcionarios rusos involucrados en el caso Magnitski
P7_TA(2012)0369A7-0285/2012

Recomendación del Parlamento Europeo, de 23 de octubre de 2012, destinada al Consejo sobre el establecimiento de restricciones comunes en materia de visados a los funcionarios rusos involucrados en el caso Magnitski (2012/2142(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 215 del TFUE,

–  Vista la propuesta de recomendación destinada al Consejo, presentada por Guy Verhofstadt y Kristiina Ojuland en nombre del Grupo ALDE (B7-0196/2012),

–  Vista su Resolución, de 17 de febrero de 2011, sobre el Estado de Derecho en Rusia(1),

–  Vista su Resolución, de 16 de diciembre de 2010, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos en el mundo (2009) y la política de la Unión Europea al respecto(2),

–  Vistos su Resolución, de 14 de diciembre de 2011, sobre la próxima Cumbre UE-Rusia que se celebrará el 15 de diciembre de 2011 y el resultado de las elecciones a la Duma celebradas el 4 de diciembre de 2011(3),

–  Vista su Recomendación al Consejo, de 2 de febrero de 2012, sobre la aplicación de una política coherente respecto de los regímenes contra los cuales la UE aplica medidas restrictivas(4),

–  Vista la aprobación por parte de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado de los Estados Unidos, el 26 de junio de 2012, de la denominada «Ley Serguéi Magnitski sobre la responsabilidad del Estado de Derecho (…)» que contempla la posibilidad de imponer denegaciones de visado e inmovilización de bienes a los funcionarios rusos supuestamente implicados en la detención, maltrato y muerte de Serguéi Magnitski,

–  Visto el proyecto de Resolución sobre el Estado de Derecho en Rusia: el caso de Serguéi Magnitski, presentado en la sesión anual de 2012 de la Asamblea Parlamentaria de la OSCE, que invita a los parlamentos nacionales a tomar medidas para imponer sanciones de visados e inmovilización de bienes,

–  Visto el artículo 121, apartado 3, de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A7-0285/2012),

A.  Considerando que la detención, las condiciones de encarcelamiento y la posterior muerte en prisión de Serguéi Magnitski constituyen un caso bien documentado y representativo de desprecio de los derechos humanos fundamentales;

B.  Considerando que la persecución póstuma de Serguéi Magnitski constituye una violación de las leyes nacionales e internacionales y pone claramente al descubierto los fallos del sistema de justicia penal de Rusia;

C.  Considerando que la Federación de Rusia, en tanto que miembro del Consejo de Europa y de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, se ha comprometido a respetar plenamente los derechos fundamentales y el Estado de Derecho, y que la Unión Europea le ha ofrecido reiteradamente asistencia adicional y su experiencia para ayudarle a modernizar y a respetar su ordenamiento constitucional y jurídico;

D.  Considerando que, a pesar de las conclusiones de la investigación de 2011 efectuada por el Consejo de Derechos Humanos de la Presidencia de Rusia sobre la ilegalidad de la detención, el encarcelamiento y la denegación del acceso a la justicia de Serguéi Magnitski, las investigaciones se han estancado y los funcionarios involucrados han sido absueltos e incluso designados para seguir este caso; que esta actuación por parte de las autoridades pone de manifiesto el carácter político de la persecución de Magnitski;

E.  Considerando que la Unión Europea ha instado a las autoridades rusas en repetidas ocasiones y por distintas vías, desde consultas regulares sobre derechos humanos hasta reuniones a nivel de cumbre, a que efectúen investigaciones independientes exhaustivas sobre este caso concreto, bien documentado, y a que pongan fin al actual clima de impunidad;

F.  Considerando que el caso de Serguéi Magnitski es solo un ejemplo, si bien el más conocido y mejor documentado, de abuso de poder por parte de las fuerzas coercitivas rusas, que han cometido una violación grave del Estado de Derecho; considerando que existen muchos otros casos llevados ante la justicia en los que se emplea sistemáticamente el pretexto del delito económico y la supuesta corrupción para eliminar a competidores empresariales o a adversarios políticos;

G.  Considerando que las restricciones en materia de visados y demás medidas restrictivas no son per se sanciones judiciales tradicionales, sino que constituyen una señal política de la preocupación de la UE destinada a un público más amplio, con lo que siguen siendo una herramienta de política exterior necesaria y legítima;

H.  Considerando que las sanciones de la UE relacionadas con el caso Magnitski podrían incitar a las autoridades rusas a realizar un nuevo y verdadero esfuerzo por abordar, de forma más concreta y convincente, la cuestión del Estado de Derecho en Rusia y el actual clima de impunidad;

I.  Considerando que los Parlamentos de diversos Estados miembros, entre ellos los Países Bajos, el Reino Unido, Suecia y Polonia, ya han adoptado sendas resoluciones por las que instan a sus respectivos Gobiernos a imponer sanciones relativas al caso Magnitski, mientras que algunos otros Parlamentos nacionales, como los de Portugal, Francia, España y Letonia, se encuentran en la fase inicial de elaboración de tales resoluciones;

1.  Formula al Consejo las siguientes recomendaciones:

   a) que elabore una lista, común a toda la UE, de funcionarios responsables de la muerte de Serguéi Magnitski, de la subsiguiente ocultación de los hechos a la justicia y del constante acoso a que se está sometiendo a su madre y a su viuda;
   b) que imponga y aplique, a escala de toda la UE, una prohibición de concesión de visado a estos funcionarios, y congele todos los activos financieros que puedan poseer tanto ellos como sus familiares cercanos en el territorio de la Unión Europea;
   c) que pida a Rusia que acometa una investigación independiente y creíble sobre todos los aspectos de este trágico suceso, y que lleve a todos los responsables ante la justicia;
   d) que inste a las autoridades rusas a que pongan coto a la extendida corrupción y a que reformen el sistema judicial adaptándolo a las normas internacionales mediante la creación de un sistema independiente, justo y transparente que, bajo ningún concepto, pueda prestarse a un uso indebido para fines políticos;
   e) que, durante las reuniones bilaterales con las autoridades rusas, plantee esta cuestión, así como la cuestión relativa a la intimidación y la impunidad en los casos relacionados con defensores de los derechos humanos, periodistas y abogados, de una manera más firme y determinada, y con el propósito de lograr resultados;

2.  Insta al Consejo a que adopte una postura coherente y resuelta con relación a otras graves violaciones de los derechos humanos en Rusia, basada en fuentes bien documentadas, convergentes e independientes y en pruebas convincentes, y a que, como último recurso, tome medidas similares contra los infractores;

3.  Subraya que el compromiso de las autoridades rusas con valores básicos como el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales sigue siendo la principal condición indispensable para las relaciones entre la UE y Rusia, así como para el desarrollo de una asociación estable y fiable entre las dos partes;

4.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Recomendación al Consejo y, para información, a la Comisión, a los Estados miembros, a la Duma y al Gobierno de la Federación de Rusia.

(1) DO C 188 E de 28.6.2012, p. 37.
(2) DO C 169 E de 15.6.2012, p. 81.
(3) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0575.
(4) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0018.

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