Exclusión de determinadas categorías de trabajadores en la legislación maltesa sobre contratos de duración determinada
28.6.2007
PREGUNTA ESCRITA E-3498/07
de Simon Busuttil (PPE-DE)
a la Comisión
Recientemente, las autoridades maltesas han publicado el Acto legal 51/2007 por el que se transpone al ordenamiento nacional la legislación comunitaria sobre contratos de duración determinada, especialmente en lo que respecta a las condiciones en las que estos contratos pueden convertirse en contratos indefinidos en el sector público.
Aparentemente, con arreglo al nuevo Acto legal, determinadas categorías de trabajadores del sector público quedan excluidos de los beneficios del mismo por «razones objetivas».
Entre estas categorías se encuentran los trabajadores eventuales o temporales, los que ocupan puestos directivos, los que realizan misiones concretas o están destinados en el extranjero y los que trabajan en las oficinas de un órgano electo como el ayuntamiento.
Así pues, ruego a la Comisión que responda a las siguientes preguntas:
- 1.¿Considera que el nuevo Acto legal transpone suficientemente al ordenamiento maltés la legislación comunitaria?
- 2.¿Cree que la exclusión de las categorías mencionadas de trabajadores del sector público se ajusta a la legislación comunitaria?
DO C 45 de 16/02/2008