Pregunta parlamentaria - E-0606/2008Pregunta parlamentaria
E-0606/2008

Registro para impedir la sustracción de menores

PREGUNTA ESCRITA E-0606/08
de Hannu Takkula (ALDE)
a la Comisión

La sustracción de menores constituye una violación flagrante de los derechos humanos, tanto de los menores secuestrados como de los padres a los que les son arrebatados. El Convenio de La Haya sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores y el Convenio europeo relativo al reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de custodia de menores, así como al restablecimiento de dicha custodia facilitan la restitución de los menores desde países que han reconocido estos convenios, pero la sustracción siempre tiene repercusiones psicológicas a largo plazo. En el peor de los casos, la restitución de los niños sustraídos, incluso desde los Estados contratantes, puede durar años.

Un grave problema internacional surge cuando los niños son sustraídos o trasladados sin permiso desde un Estado miembro de la UE a países que no son signatarios del Convenio de La Haya. Dado que la maquinaría jurídica no es siempre la misma, un padre sustractor en un Estado no contratante a menudo puede tener ventaja gracias a, por ejemplo, la parcialidad de los tribunales para con los nacionales, las condiciones laxas que regulan la expedición de documentación de viaje y las prácticas y leyes relacionadas con los distintos aspectos de los derechos parentales y de custodia.

Los países que plantean más problemas en relación con la sustracción de menores son los que no están cubiertos por el Convenio de La Haya, en concreto Rusia, casi todos los países musulmanes y muchos pequeños Estados insulares, por ejemplo Santa Lucía, desde los que, dado que no existen recursos jurídicos, es prácticamente imposible conseguir la restitución de un menor sustraído. Asimismo, estos países generalmente no reconocen las órdenes de custodia dictadas por tribunales extranjeros. Cuando ocurre esto y el país en cuestión se encuentra fuera del ámbito de aplicación del Convenio de La Haya, los padres temen que sus hijos puedan ser sustraídos y los propios hijos cuentan con poca protección jurídica, si tienen alguna, conforme a la situación actual del Derecho internacional.

A fin de evitar la sustracción de menores fuera de las fronteras de la UE, convendría crear un sistema de registro paneuropeo que pueda ser usado por la policía y las autoridades de fronteras y aduanas. Todos los niños que corran un peligro manifiesto de ser sustraídos deberían ser inscritos en este registro, si sus tutores, ante este temor, así lo solicitan. Las entradas del registro deberían incluir fotografías de los menores, actualizadas cada año, sus datos personales y cualquier característica distintiva. Los datos de los menores deberían guardarse en el registro hasta la edad de 16 años o hasta que el progenitor que temía la posibilidad de una sustracción considere que la amenaza ha pasado.

¿Qué pasos va a dar la Comisión para establecer un registro en la línea de lo descrito anteriormente?

DO C 189 de 13/07/2010