Pregunta parlamentaria - E-012417/2011Pregunta parlamentaria
E-012417/2011

Solicitud urgente de cierre del criadero de perros destinados a la vivisección de Green Hill en Montichiari (Brescia — Italia)

Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-012417/2011
a la Comisión
Artículo 117 del Reglamento
Andrea Zanoni (ALDE)

Desde hace unos años, muchos ciudadanos europeos siguen con especial atención y preocupación los sucesos relacionados con uno de los criaderos más importantes de perros de raza beagle destinados al mercado de los laboratorios que practican la cruel actividad de la vivisección.

Se trata del criadero de Green Hill 2001 Srl, ubicado en el municipio de Montichiari (Brescia), en el que, el 30 de septiembre de 2011, se efectuó un control por orden de la magistratura italiana que puso de manifiesto la inexistencia del registro de explotación en el que deben consignarse las ventas, suministros y fallecimientos de animales, lo que constituye una infracción al artículo 17 de la Directiva 86/609/CEE y el artículo 30 de la Directiva 2010/63/UE, así como la ausencia de la marca de identificación de los animales en nada menos que 400 ejemplares de beagle ya destetados, lo que infringe el artículo 18 de la Directiva 86/609/CEE y el artículo 32 de la Directiva 2010/63/UE.

Por estas infracciones, la normativa italiana (Decreto legislativo nº 116/1992) prevé, tal como establece asimismo el artículo 44, apartado 3, de la Directiva 2010/63/UE, la retirada de la autorización del criadero, que sin embargo no ordenó el Alcalde del municipio de Montichiari, que es la autoridad competente a tal fin.

A la vista de las citadas infracciones, la Organización Internacional para la Protección de los Animales (OIPA) presentó al Alcalde del municipio de Montichiari una solicitud de cierre del criadero.

Habida cuenta de lo que antecede, ¿puede indicar la Comisión si está al corriente de estos sucesos, que han tenido un gran eco en la opinión pública italiana y europea? ¿No considera que se debe proceder con urgencia al cierre de este criadero, en cumplimiento de lo dispuesto por las citadas normativas? ¿Puede precisar, en su caso, en qué fecha tuvo lugar la última misión realizada en Italia por los veterinarios de la Oficina Alimentaria y Veterinaria de la Unión Europea (OAV) en criaderos de animales destinados a laboratorios de vivisección y cuál fue el resultado de los controles? ¿Puede precisar, por último, el número exacto de criaderos de perros destinados a la vivisección que existen en la Unión Europea y si en esas estructuras se respetan las normativas europeas relativas al bienestar de los animales y el artículo 13 del Tratado de Lisboa?

DO C 285 E de 21/09/2012