Pregunta parlamentaria - E-005897/2013Pregunta parlamentaria
E-005897/2013

Inclusión de los Emiratos Árabes Unidos en el listado de países exentos de la obligación de visado para entrar en el espacio Schengen

Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-005897-13
a la Comisión
Artículo 117 del Reglamento
Mário David (PPE) , Alexandra Thein (ALDE) , Burkhard Balz (PPE) , Oldřich Vlasák (ECR) , Filip Kaczmarek (PPE) , Salvador Sedó i Alabart (PPE) , Nuno Teixeira (PPE) , Roberta Metsola (PPE) , Ivo Vajgl (ALDE) , Lara Comi (PPE) , Inese Vaidere (PPE) , Rolandas Paksas (EFD) , Libor Rouček (S&D) , Paul Rübig (PPE) , Niccolò Rinaldi (ALDE) , Marc Tarabella (S&D) , Tunne Kelam (PPE) , Antonio Cancian (PPE) , Angelika Niebler (PPE) , Ismail Ertug (S&D) , Emilio Menéndez del Valle (S&D) , Krzysztof Lisek (PPE) , Ildikó Gáll-Pelcz (PPE) , Rodi Kratsa-Tsagaropoulou (PPE) , Paulo Rangel (PPE) , Michael Gahler (PPE) , David Casa (PPE) , Jacek Protasiewicz (PPE) , Eduard Kukan (PPE) , Elena Oana Antonescu (PPE) , Diogo Feio (PPE) , Cristian Dan Preda (PPE) , Antonio López-Istúriz White (PPE) , Charles Tannock (ECR) , Anne Delvaux (PPE)

Garantizar la entrada al espacio Schengen sin necesidad de visado a los ciudadanos de los Emiratos Árabes Unidos es la evolución natural de la relación excepcional existente entre la UE y este país, así como una de sus máximas prioridades. Esto se puede conseguir incluyendo a los Emiratos Árabes Unidos en la propuesta en curso (de noviembre de 2012) de la Comisión de una lista de países cuyos nacionales están exentos de la obligación de visado para entrar en el espacio Schengen (anexo II al Reglamento (CE) n° 539/2001 del Consejo).

Los Emiratos Árabes Unidos y la UE tienen intereses comunes importantes tanto políticos como en materia de seguridad, mientras que se calcula que el monto del comercio y la inversión entre los Emiratos Árabes Unidos y los países del espacio Schengen, tanto de la UE como de fuera de la UE, es de 50 000 millones de euros.

En 2012, 1 640 000 ciudadanos de la UE visitaron los Emiratos Árabes Unidos. Se va a ampliar la lista actual de países europeos a cuyos nacionales se les expide visado al llegar al país para que incluya a doce Estados miembros más de la UE. Además, están a punto de culminar las negociaciones que permitirán que, a partir de finales de este año, los ciudadanos de los Emiratos Árabes Unidos estén exentos de la obligación de visado cuando visiten el Reino Unido.

Los argumentos a favor de la inclusión de los Emiratos Árabes Unidos en la susodicha lista del anexo II son sólidos, objetivos e irrebatibles: no plantea problemas de inmigración o seguridad, dado que hay menos de un millón de titulares del pasaporte de los Emiratos Árabes Unidos (que cumple las normas técnicas requeridas), a ninguno de los cuales se le ha denegado un visado Schengen o se le ha detenido por temas de inmigración o seguridad. Todos sabemos que, cuando los ciudadanos de este país viajan al espacio Schengen, lo hacen principalmente por motivos de negocios, ocio de alta calidad, atención médica (privada), o estudios y formación (completamente pagados y sin coste alguno para la UE).

Solo hay otro país de la zona (Israel) que esté exento de la obligación de visado Schengen, y solo hay dos países islámicos que figuren en la lista (Brunéi y Malasia). Si bien el caso de los Emiratos Árabes debiera examinarse teniendo en cuenta solo sus méritos propios, el impacto político del mensaje de la UE sería tremendo. Es indudable que tal medida recibirá un amplio apoyo por parte del Parlamento.

Dado que los Emiratos Árabes Unidos cumplen los criterios pertinentes y aplicables para ser incluidos en el anexo II, creemos que ha llegado la hora de actuar. ¿Qué opina la Comisión de la inclusión de los Emiratos Árabes Unidos en la actual revisión de la lista de países cuyos nacionales están exentos de la obligación de visado para entrar en el espacio Schengen?

DO C 42 E de 13/02/2014