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Pregunta parlamentaria - E-007674/2017Pregunta parlamentaria
E-007674/2017

Prácticas discriminatorias en el baloncesto

Pregunta con solicitud de respuesta escrita E-007674-17
a la Comisión
Artículo 130 del Reglamento
Elena Valenciano (S&D)

La Federación Internacional de Baloncesto (FIBA) establece, en sus normas internas sobre jugadores jóvenes, múltiples limitaciones al movimiento de jugadores menores de dieciocho años.

En estudios realizados por la Red sobre la Libre Circulación de Trabajadores, publicados por la Comisión, se describen algunas de estas limitaciones aplicadas a los menores que son jugadores de baloncesto y ciudadanos de la UE, limitaciones que afectan a sus movimientos entre Estados miembros de la UE.

En España, los medios de comunicación han destacado que los menores comunitarios desplazados para competir y jugar en clubes españoles deben pagar a la FIBA, en una cuenta en Suiza, la cantidad de 3 000 francos suizos (2 600 euros).

Las federaciones de baloncesto locales y la Federación Española denuncian que estas exigencias de la FIBA vulneran los Tratados de la Unión Europea por lo que respecta a la libre circulación de personas, así como los derechos universales de los menores, que con dieciséis años pueden moverse con total libertad por la Unión Europea para trabajar pero no para jugar al baloncesto.

1. ¿Cómo puede la Comisión amparar a los menores jugadores de baloncesto?

2. ¿Son legales estos pagos exigidos por la FIBA a los menores comunitarios para poder jugar?