13. Acuerdos bilaterales entre Estados miembros y terceros países relativos a la ley aplicable a las obligaciones contractuales y extracontractuales - Acuerdos bilaterales entre Estados miembros y terceros países relativos a resoluciones judiciales en materia matrimonial, de responsabilidad parental y de obligación de alimentos - Desarrollo de un espacio de justicia penal en la UE (debate)
Presidente. - El próximo punto es el debate conjunto sobre
– el informe de Tadeusz Zwiefka, en nombre de la Comisión de Asuntos Jurídicos, sobre los acuerdos bilaterales entre Estados miembros y terceros países relativos a asuntos sectoriales y que incluyan disposiciones sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales y extracontractuales, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un procedimiento para la negociación y celebración de acuerdos bilaterales entre Estados miembros y terceros países relativos a asuntos sectoriales y que incluyan disposiciones sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales y extracontractuales (COM(2008)0893 – C6-0001/2009 - 2008/0259(COD)) (A6-0270/2009).
– el informe de Gérard Deprez, en nombre de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, sobre acuerdos bilaterales entre Estados miembros y terceros países relativos a resoluciones judiciales en materia matrimonial, de responsabilidad parental y de obligación de alimentos, sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece un procedimiento para la negociación y celebración de acuerdos bilaterales entre Estados miembros y terceros países relativos a asuntos sectoriales y que incluyan disposiciones sobre la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial, de responsabilidad parental y de obligación de alimentos, así como sobre la ley aplicable en materia de obligación de alimentos (COM(2008)0894 – C6-0035/2009 – 2008/0266(CNS)) (A6-0265/2009), y
– el informe de Maria Grazia Pagano, en nombre de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, sobre el desarrollo de un espacio de justicia penal en la UE, con una Recomendación del Parlamento Europeo destinada al Consejo sobre el desarrollo de un espacio de justicia penal en la UE (2009/2012(INI)) (A6-0262/2009).
Tadeusz Zwiefka, ponente. – (PL) Señor Presidente, señor Comisario, en primer lugar me gustaría expresar mi agradecimiento al señor Deprez, ponente de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, por el excelente trabajo que hemos llevado a cabo juntos, a todos los ponentes alternativos, y a los representantes de la Presidencia checa y de la Comisión Europea. Si bien nuestras opiniones eran divergentes en un principio, hemos conseguido alcanzar un compromiso, que, espero, nos permita llegar a un acuerdo con el Consejo en primera lectura.
La propuesta de reglamento establece una serie de mecanismos, en base a los cuales los Estados miembros van a poder renegociar, negociar y celebrar acuerdos bilaterales con terceros países relativos a la cooperación judicial en materias civil y mercantil. Se prevé un mecanismo análogo en el caso de los acuerdos bilaterales en materia de competencia, reconocimiento y ejecución de dictámenes y decisiones en materia matrimonial, de responsabilidad parental y de obligación de alimentos. Estos mecanismos pretenden solventar el problema práctico que surgió a raíz del Dictamen 1/03 del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas sobre el nuevo Convenio de Lugano, que concluye que las Comunidades tienen la misma competencia tanto para celebrar acuerdos externos como para ordenar la aceptación de medios jurídicos en el ámbito de la cooperación judicial en casos civiles con arreglo al artículo 61, letra c), del Tratado CE.
El instrumento propuesto establece un procedimiento especial. Por ello, deben limitarse los marcos jurídicos del mecanismo propuesto en cuanto a su ámbito y en cuanto al tiempo. La primera condición se cumple al limitar la regulación propuesta a acuerdos bilaterales en los ámbitos de competencia, reconocimiento y ejecución de dictámenes y decisiones en materias civil y mercantil. La segunda condición se reúne con la cláusula de extinción, en virtud de la cual un acuerdo celebrado bajo este procedimiento automáticamente pierde toda validez en el momento en el que las Comunidades celebran un acuerdo con un tercer país.
Reconozco la necesidad de incluir en los marcos legales la cuestión de la actuación de competencias externas en el ámbito que incluye la ley específica de obligaciones contractuales y extracontractuales, y también de cuestiones matrimoniales. Sin embargo, sería conveniente aclarar que el mecanismo propuesto será aplicable no solo a los acuerdos sectoriales determinados por el ámbito limitado de esta propuesta, sino también a otros acuerdos como acuerdos conjuntos y acuerdos regionales entre un número limitado de Estados miembros y terceros países vecinos —por supuesto solo en casos muy limitados, relativos a cuestiones específicas y destinados a resolver problemas locales.
Abrigaba reservas respecto de la necesidad de establecer la cláusula de extinción para el 31 de diciembre de 2014, si, según la normativa propuesta, la Comisión Europea debe presentar un informe sobre la aplicación de la resolución antes del 1 de enero de 2014. Además, el proceso de negociación de acuerdos con terceros países a menudo resulta complicado y largo, y no deja a los Estados miembros tiempo para utilizar el nuevo procedimiento. Por tanto, la propuesta transaccional en virtud de la cual el reglamento expira el 31 de diciembre de 2019 permite a los Estados miembros hacer un uso más completo y eficaz del procedimiento.
A pesar de la opinión divergente de la Comisión Europea, creo que en su informe sobre la aplicación del reglamento la Comisión debería presentar el reglamento en el marco de otros instrumentos legislativos, como el de Bruselas I. El mecanismo propuesto, que incluye una función de control de dos fases por parte de la Comisión, sin duda servirá para garantizar la cohesión con el acervo. Sin embargo, he intentado conseguir la mayor flexibilidad posible en el procedimiento propuesto y un recorte de las veces establecidas para que la Comisión reaccione, y también una reducción de la carga burocrática. No se duda de la autorización burocrática ni del papel del Parlamento Europeo, por tanto insisto en que el Parlamento Europeo y los Estados miembros reciban información durante todas las fases del proceso, desde la intención de un Estado miembro de comenzar las negociaciones con un tercer país hasta la llegada a un acuerdo.
Me gustaría destacar que el procedimiento para celebrar acuerdos bilaterales con terceros países nos brinda una oportunidad inmejorable para demostrar que la Unión Europea puede resolver los problemas de sus ciudadanos teniendo en cuenta sus intereses, lo que resulta especialmente importante en estos tiempos de crisis económica y el creciente euroescepticismo existente en muchos Estados miembros. Para terminar, señor Presidente, a pesar de algunas diferencias de enfoque en sentido estrictamente jurídico, debemos hacer gala de nuestro pragmatismo, respetando, al mismo tiempo, el acervo comunitario.
PRESIDE: ALEJO VIDAL-QUADRAS Vicepresidente
Gérard Deprez, ponente. – (FR) Señor Presidente, Comisario, como acaba de decir el señor Zwiefka, estamos debatiendo simultáneamente dos informes que tienen alcances diferentes, pero que forman parte de la misma lógica y están sujetos a procedimientos idénticos.
El primero, para el que es ponente el señor Zwiefka —y me gustaría darle las gracias por la cortesía y la paciencia que ha mostrado ante algunas de mis peticiones— hace referencia a una propuesta de reglamento bajo el procedimiento de codecisión. El segundo, para el que yo soy ponente, tiene que ver con una propuesta de reglamento que simplemente permite consultar al Parlamento Europeo.
Esencialmente, señor Presidente —y estoy de acuerdo con esto— los problemas a los que intentamos dar solución mediante estos dos instrumentos son graves y muy a menudo realmente trágicos. Todos nosotros hemos oído hablar o conocemos algún caso en el que el matrimonio con una persona de un tercer país ha fracasado y en el que el padre o, más a menudo, la madre es desprovista de su derecho de ver a sus hijos, que su cónyuge se ha llevado a su país de origen o a otro lugar, y algunas veces es incapaz de averiguar su paradero. Lo mismo ocurre con la posibilidad de recibir la manutención.
Verdaderamente, estos problemas son reales, graves y trágicos. Existe una necesidad urgente y legítima de intentar encontrar una solución a estas cuestiones, en especial mediante acuerdos de negociación con terceros países.
Sin embargo, ¿cuál es el origen de la cuestión que hoy nos ocupa? ¿Por qué razón deben abordar este problema las instituciones europeas? La respuesta es simple. Para todas estas cuestiones, la negociación y celebración de acuerdos con uno o más países entra dentro de la competencia exclusiva de la Comunidad. La naturaleza exclusivamente comunitaria de estas cuestiones está establecida explícitamente en las decisiones del Tribunal de Justicia y los dictámenes de los servicios jurídicos. Esto significa que lo que, a simple vista, resultaba sencillo, es, en realidad, un poco más complicado y delicado. Por lo tanto, la pregunta ahora es: ¿es posible, en términos jurídicos, dado el estado actual de los Tratados y la jurisprudencia del Tribunal, permitir a los Estados miembros ejercer una de las competencias exclusivas de la Comunidad? y, si lo fuera, ¿bajo qué condiciones?
Personalmente, señor Presidente, no soy un gran experto en materia jurídica. De hecho no soy un experto en materia jurídica en absoluto, pero no he conseguido encontrar una base jurídica en los actuales Tratados que autorice explícitamente a la Comunidad en su conjunto o parcialmente a delegar sus competencias en los Estados miembros. Esto significa que yo, personalmente, me encuentro bastante desconcertado y tengo mis dudas sobre el principio mismo del mecanismo que se nos presenta.
Dicho esto, debo reconocer que los dictámenes emitidos por los servicios jurídicos de nuestras instituciones han abierto algunas puertas. De eso no hay duda. Por ejemplo, Comisario, el dictamen del servicio legal de su institución y cito textualmente «concluye que el ejercicio de la competencia comunitaria externa por los Estados miembros es jurídicamente posible en casos excepcionales y bajo condiciones específicas, tanto en la forma como en el contenido». El servicio jurídico del Parlamento Europeo es mucho menos explícito, aunque sí que es cierto que ofrecía algunas posibilidades.
Estos mismos principios jurídicos restrictivos constituyen la base de las enmiendas que he presentado, y de las negociaciones en las que he participado, que se celebraron como diálogo tripartito junto con el Consejo y la Comisión. Soy, repito, muy consciente de las tragedias sufridas por algunos de nuestros conciudadanos y tengo la firme determinación de hacer todo lo que esté en mi poder para ayudarles. Por eso, al final, di mi visto bueno al compromiso negociado con el Consejo y la Comisión, pero me gustaría dejar muy claro, señor Presidente, Comisario, que la competencia exclusiva de la Comunidad debe continuar siendo la que ha sido hasta ahora. Los Estados miembros no deben, mediante la concesión de innumerables excepciones y ampliando el ámbito, acabar reclamando lo que es competencia exclusiva de la Comunidad. Esa es mi opinión y, en el futuro, esa es la opinión que defenderé.
Maria Grazia Pagano, ponente. – (IT) Señor Presidente, Señorías, me gustaría comenzar expresando mi más sincero agradecimiento a todos, colegas y funcionarios que han contribuido a la mejora del texto que someteremos a votación mañana. En especial agradezco al señor Demetriou su excelente recomendación previa, que supuso un punto de partida excelente para mi informe.
Siempre he tenido muy en cuenta en mi trabajo la necesidad de proporcionar directrices útiles para crear un verdadero espacio europeo para la cooperación jurídica y espero, o mejor dicho, estoy convencida, de que mi trabajo podría volver a resultar de bastante utilidad a la futura Presidencia sueca, que se enfrentará a la ardua tarea de elaborar el programa de Estocolmo.
Cuando redacté el texto, comencé con dos consideraciones: la primera era que los procesos penales tienen numerosas e importantes implicaciones para las libertades fundamentales, tanto para las víctimas del delito como para los sospechosos y los defensores. La prioridad que el Parlamento no debe dejar de destacar y el núcleo principal de mi informe es, por tanto, el respeto por los derechos humanos.
Precisamente, la recomendación dedica especial atención a la defensa de los derechos fundamentales y, en particular, a la protección ofrecida a las víctimas, las condiciones de encarcelamiento, los derechos y las garantías procesales de los prisioneros, incluido el derecho a que se lean los derechos a los detenidos y a la asistencia de un abogado de oficio, el derecho a presentar pruebas, el derecho a ser informado de la naturaleza y de las razones de los cargos imputados y de tener acceso a los documentos relevantes en un idioma comprensible, el derecho, por tanto, a contar con un intérprete.
La segunda consideración sobre la que basé mi informe es que, como se desprende del informe sobre la aplicación del Programa de la Haya para 2007, el grado de aplicación en lo que respecta a la cooperación jurídica en el ámbito penal resultaba bajo, si bien otros ámbitos experimentaron un progreso satisfactorio, como la cooperación civil, la gestión de fronteras, la inmigración y las políticas de asilo.
Es evidente que debe hacerse algo. El principio de reconocimiento mutuo, la piedra angular de la cooperación mutua, dista mucho de ser reconocido de forma satisfactoria. Debemos incidir en las raíces del problema, identificando las causas de este escaso aumento decepcionante para poder preparar las soluciones más eficaces.
Creo que las causas principales son la falta de concienciación y confianza recíprocas entre los Estados y, por tanto, en el informe destaco la importancia de la formación, la evaluación, el intercambio de información y buenas prácticas.
En lo que a la formación respecta, no debemos, bajo ningún concepto, menospreciar los importantes avances realizados, en gran parte debido a la contribución realizada por la Red Europea de Formación Judicial. En mi opinión, sin embargo, debemos ir más allá del actual modelo de formación basado principalmente en colegios nacionales de posgrado para construir una cultura judicial común más sólida, de la que aún carecemos. Por esta razón, destaqué la necesidad de trabajar centrándonos en la creación de un instituto de formación europeo bien organizado orientado a magistrados y abogados, que cuente con recursos adecuados, destacando asimismo, la necesidad de evitar una duplicación innecesaria entre las instalaciones existentes y destaqué el papel clave que desempeñan los colegios nacionales.
En segundo lugar, necesitamos un mecanismo más completo y eficaz de evaluación de la justicia, de las autoridades judiciales y de la aplicación de las directivas de la Unión Europea. Por tanto, el informe propone la creación de un grupo de expertos que supervisen permanentemente la aplicación del Derecho Comunitario y la calidad y efectividad de la justicia, basado en el modelo de asistencia mutua de Schengen. Su objetivo es también el de identificar cualquier debilidad del sistema y fallos legislativos en materia de cooperación de justicia penal para proporcionar al legislador europeo todos los recursos de información necesarios para llevar a cabo una evaluación política y reguladora adecuada.
Por último, el uso de las nuevas tecnologías, que resultan fundamentales en la recogida de datos, refuerza los sistemas de bases de datos y la circulación de información existentes. Espero que en la votación de mañana se repitan los excelentes resultados conseguidos en la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.
Jacques Barrot, Vicepresidente de la Comisión. – (FR) Señor Presidente, deseo, cómo no, dar las gracias a los tres ponentes, y responderé en primer lugar al señor Zwiefka y al señor Deprez. Obviamente, la Comisión está muy satisfecha con los compromisos adquiridos. Dicho esto, es cierto que desde febrero se vienen celebrando intensas negociaciones y que hemos llegado a un acuerdo en primera lectura sobre las dos propuestas presentadas por la Comisión a finales de 2008.
Este es un ámbito muy delicado para todas las instituciones implicadas; la Comisión, el Consejo, el Parlamento Europeo; como bien ha destacado el señor Deprez. Quiero expresar mi agradecimiento a todas las partes por haber conseguido un texto que, a nuestro parecer, respeta las prerrogativas institucionales de la Comisión y, al mismo tiempo, parece responder a las expectativas legítimas de los Estados miembros y del Parlamento.
Sin embargo, me gustaría destacar que este es un procedimiento excepcional, limitado en cuanto a su ámbito y en cuanto al tiempo, y que la competencia exclusiva de la Comunidad en las cuestiones implicadas debe continuar siendo respetada en todos los casos. Quiero que esto quede muy claro, y coincido con el señor Deprez en que los Estados miembros no deben aprovecharse de esta forma de la situación de reclamar determinadas competencias y de animar a la Comisión a que, de alguna forma, abandone la idea de presentar propuestas.
Creo que todos coincidiremos en este punto. Dicho esto, también ocurre que esta flexibilidad permitirá a los Estados miembros disfrutar, en los ámbitos en los que la Comunidad no ejerza su competencia, de un marco institucional para ayudar a los ciudadanos a acceder a la justicia en terceros países, especialmente en el ámbito del derecho de familia. También es cierto —el señor Zwiefka y el señor Deprez hicieron alusión a esto— que debemos tener en cuenta la normativa que regula el divorcio, la custodia de los hijos, los derechos de acceso y la obligación de alimentos, y las dolorosas situaciones que puede provocar el desear una legislación que es aplicable universalmente a estas cuestiones, a nivel internacional.
La propuesta sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales y extracontractuales también podría tener un efecto positivo sobre la resolución de problemas muy concretos y específicos, como los relativos, por ejemplo, al tráfico vial y fluvial, o a la gestión de aeropuertos situados en las fronteras de varios Estados, como el aeropuerto Basilea-Mulhouse-Friburgo. Dicho esto, esta es otra aplicación del marco institucional que debe, una vez más, continuar siendo la excepción.
En cualquier caso, me gustaría dar las gracias a los ponentes de la Comisión de Asuntos Jurídicos y de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior por el trabajo que han realizado, así como por su comprensión, que ha permitido que se llegara a este acuerdo antes del fin de esta legislatura.
Ahora, me gustaría hacer referencia al informe de la señora Pagano, con cuyo enfoque y contenido estoy de acuerdo. Acojo con beneplácito la creciente implicación del Parlamento en el ámbito de la justicia penal, no solo en lo relativo a la acción legislativa, sino también en el diseño del futuro de la justicia penal europea.
Gracias, señora Pagano, por haber brindado su apoyo al trabajo que estamos llevando a cabo, ya que estamos preparando el Programa de Estocolmo y en breve publicaremos un comunicado con recomendaciones para el período 2010-2014. Es muy gratificante saber que su informe apoya firmemente el principio de reconocimiento mutuo. Gracias a este principio, la Unión ha conseguido grandes avances, incluida la orden de detención europea, y todo esto constituye el anteproyecto de un verdadero espacio de justicia penal.
El informe también abarca los problemas planteados por la aplicación del principio de reconocimiento mutuo, y es cierto que deben supervisarse la transposición y la aplicación íntegra y coherente de los muchos instrumentos existentes basados en el principio de reconocimiento mutuo. Aunque también es cierto que no puede existir un reconocimiento mutuo si no aumenta el grado de confianza mutuo entre las autoridades jurídicas de los Estados miembros. Ese es el principal ingrediente del reconocimiento mutuo. Por ello, agradezco al Parlamento su defensa de la creación de una cultura judicial común y genuina, como acaba de mencionar usted, señora Pagano.
Ha insistido usted muy acertadamente en el desarrollo de la formación en el ámbito de las profesiones jurídicas, de la formación en los mecanismos europeos, de las relaciones existentes con el Tribunal de Justicia, del uso de los instrumentos de reconocimiento mutuo, de cooperación jurídica y del derecho comparado. Estoy totalmente de acuerdo con su informe en lo referente a este punto, ya que considero que, en el Programa de Estocolmo, la formación de los magistrados y el intercambio de magistrados entre los Estados miembros serán la clave para el futuro del espacio europeo de derecho que tanto anhelamos.
Obviamente, el Foro de Justicia, lugar de encuentro de las distintas redes de profesionales del campo jurídico, se usará para desempeñar un papel fundamental en la concienciación de los practicantes sobre la dimensión europea de sus actividades y, con ayuda de la Unión, estos practicantes tendrán que cooperar para garantizar un verdadero intercambio de las mejores prácticas.
La Comisión también está de acuerdo con la propuesta del informe —de veras, muchas gracias— relativa al mecanismo de evaluación que no se limitará a la transposición de los instrumentos de la Unión, sino que también supervisará más generalmente el estado de la justicia en los Estados miembros.
Examinará su eficacia, su celeridad y el respeto por las garantías de defensa. Sobre esta cuestión, ya se ha comenzado a trabajar con la idea, planteada por el Ministro de Justicia de los Países Bajos, de crear un mecanismo de evaluación para medir cómo operan los organismos judiciales en términos de respeto por los principios del Estado de Derecho, usando, por supuesto, los instrumentos existentes y aportando un valor añadido en términos de supervisión política. Estas evaluaciones permitirán realizar recomendaciones.
Además, la Comisión está a favor de que el Parlamento aumente su nivel de implicación en sus mecanismos de evaluación. Señor Deprez, esta sería una oportunidad para involucrar al Parlamento en el trabajo de los grupos de expertos que estableceremos este año y en los años siguientes.
Usted también ha hecho referencia a la transposición del nuevo dictamen de Eurojust. En este punto también estamos de acuerdo con el enfoque adoptado en el informe, en lo relativo a la utilidad de un plan de aplicación y a las reuniones entre los expertos y los Estados miembros. Gracias a este tipo de acciones seremos capaces de aplicar el dictamen de Eurojust lo más pronto posible.
Por último, el informe destaca el correcto uso de las nuevas tecnologías. La estrategia europea de la e-Justicia (Justicia en línea) se puso en marcha con el objetivo de explotar el potencial de las tecnologías de la información y comunicación en el ámbito de la justicia.
Así que eso es todo, solo me queda expresar mi agradecimiento al Parlamento Europeo por el trabajo realizado y por las deliberaciones que ha compartido con nosotros en este ámbito. También estoy convencido de que, juntos, lograremos la creación de ese espacio de justicia penal, ese espacio de derecho que debería caracterizar a una comunidad de ciudadanos que, sin duda alguna, tiene derecho a disfrutar de una justicia de calidad dentro de cada uno de los Estados miembros.
Jan Kohout, Presidente en ejercicio del Consejo. - Señor Presidente, agradezco la oportunidad que se me brinda de debatir sobre estas tres importantes propuestas legislativas, y me gustaría expresar también mi agradecimiento a los ponentes por la amplia labor que han desempeñado en la elaboración de sus informes. En primer lugar, me gustaría hacer algunas observaciones sobre las dos primeras propuestas para, después, comentar la tercera propuesta sobre la cuestión de la evolución ulterior en materia de justicia penal dentro de la UE.
El objetivo de las dos propuestas incluidas en los informes del señor Zwiefka y el señor Deprez es establecer un procedimiento en virtud del cual los Estados miembros podrán negociar y celebrar acuerdos con terceros países sobre aspectos de cooperación judicial en cuestiones civiles que entran dentro de la competencia exclusiva de la Comunidad.
La primera propuesta, objeto del procedimiento de codecisión, aborda el derecho aplicable a las obligaciones contractuales y extracontractuales. La segunda, objeto del procedimiento de consulta, aborda determinadas cuestiones dentro del ámbito del derecho de familia.
Me gustaría destacar que el procedimiento establecido en los dos reglamentos futuros está concebido de manera que garantice la integridad del Derecho comunitario. Antes de autorizar la negociación de un acuerdo, la Comisión comprobará que el acuerdo previsto no obstaculice el Derecho comunitario o socave el funcionamiento adecuado del sistema establecido por sus normas. La Comisión también se asegurará de que el acuerdo previsto no debilite la política de relaciones exteriores diseñada por la Comunidad.
De hecho, podría debatirse que, al facilitar a los Estados miembros la negociación y celebración de acuerdos con terceros países que son compatibles con el Derecho comunitario, el margen de operación del Derecho comunitario se amplía a países fuera de la Unión Europea.
El procedimiento establecido por las dos propuestas se aplicará principalmente a la negociación y celebración de acuerdos bilaterales entre un Estado miembro y terceros países. Sin embargo, en determinados casos, también se aplicará a la negociación y celebración de acuerdos regionales entre más de un Estado miembro y/o más de un tercer país. En lo que respecta a los acuerdos regionales, el procedimiento establecido en la propuesta en el ámbito del derecho de familia se aplicará a la corrección o renegociación de dos convenios ya existentes entre los Estados nórdicos. En la propuesta en el ámbito del derecho aplicable, solo unos pocos acuerdos regionales entrarán dentro de su ámbito de aplicación. Estos podrían incluir cuestiones como, por ejemplo, la operación de un aeropuerto situado en una zona fronteriza, las vías navegables comunes a dos o más países, o los puentes y túneles transfronterizos.
El procedimiento establecido en las dos propuestas se basa en un alto grado de confianza y cooperación entre los Estados miembros y la Comisión. Se proporciona un mecanismo para abordar las situaciones en las que la Comisión, basándose en su evaluación, llegue a la conclusión de que no debe autorizarse la negociación o la celebración de un acuerdo. En dichas situaciones, el Estado miembro implicado y la Comisión estudiarán la mejor solución posible.
La Presidencia, en nombre del Consejo, espera y desea que sea posible llegar a un acuerdo en primera lectura sobre la propuesta en el ámbito del derecho aplicable. El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión han celebrado negociaciones muy constructivas, durante las cuales las tres instituciones han conseguido zanjar varias cuestiones difíciles.
Teniendo en cuenta que la propuesta en el ámbito del derecho aplicable es prácticamente idéntica a la propuesta en el ámbito del derecho de familia, resta decir que las enmiendas realizadas a la primera propuesta son también aplicables a la segunda, aunque esta última no sea objeto del procedimiento de codecisión. Resulta altamente recomendable, por el bien legislativo, mantener el paralelismo entre los dos textos.
Para concluir, me gustaría añadir algunos comentarios sobre la recomendación del Parlamento relativa al desarrollo de la justicia penal en la UE, objeto del informe de la señora Pagano.
El Consejo coincide con la importancia concedida al reconocimiento mutuo como piedra angular de la cooperación judicial dentro de la UE. Consideramos que debería ser ampliado mediante la adopción de otros instrumentos jurídicos en el futuro y mejorado mediante una aplicación más efectiva de los instrumentos de reconocimiento mutuo aprobados hasta ahora.
En este contexto, el Consejo desearía destacar el hecho de que se encuentra en el proceso de finalización de la cuarta ronda de evaluaciones mutuas sobre la aplicación práctica de la orden de detención europea y los procedimientos de entrega entre los Estados miembros.
En el marco de esta serie de evaluaciones mutuas, los expertos también han estudiado las cuestiones relativas a la interacción entre, por una parte, la orden de detención europea, y, en general, el principio de reconocimiento mutuo, y, por otra parte, el principio de proporcionalidad. Sin embargo, debe encontrarse un equilibrio entre el principio de proporcionalidad y el principio de subsidiariedad, que el Parlamento también tiene muy en cuenta. La realidad es que las autoridades judiciales de varios Estados miembros tienen opiniones divergentes sobre qué constituye un delito grave.
El Consejo espera con interés seguir trabajando con el Parlamento y la Comisión en la creación de un sistema de evaluación continua y horizontal y de aplicación de las políticas y los instrumentos jurídicos de la UE.
En lo que respecta a la cuestión de formación judicial, el Consejo coincide con la opinión del Parlamento de la necesidad de fomentar una cultura judicial genuina en la UE mediante, entre otras cosas, la promoción de intercambios directos entre magistrados, fiscales y miembros de los organismos judiciales de los distintos Estados miembros, y el desarrollo de la Red Europea de Formación Judicial.
El Consejo también coincide con la opinión del Parlamento en la necesidad de aplicar de forma eficaz y rápida los dictámenes emitidos por Eurojust y Europol.
Para concluir, me gustaría expresar mi agradecimiento al Parlamento por el trabajo amplio y detallado que hemos podido observar esta tarde en los tres informes presentados.
Gérard Deprez, Presidente de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior. – (FR) Señor Presidente, me gustaría aprovechar la ocasión, no en nombre de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, sino más bien en nombre de mi grupo, para felicitar a la señora Pagano por su informe. Ha hecho usted un excelente trabajo, señora Pagano. Creo que, con este informe, ha redactado una lista perfectamente detallada de puntos que deberían contar, Comisario, con un lugar destacado en el Programa de Estocolmo, cuya preparación está llevando a cabo la Comisión.
Permítanme, más allá de lo que ya se ha dicho sobre la importancia de evaluar la formación de los magistrados, destacar dos aspectos que resultan fundamentales a la cuestión de la confianza mutua y que constituyen las raíces de lo que en el futuro podría ser el reconocimiento mutuo. En primer lugar, la independencia de la judicatura. Actualmente, varios Estados miembros de la UE no disfrutan de una judicatura independiente del poder político o de otros poderes. Esta situación es vergonzosa, y debe acabar.
En segundo lugar, las garantías procesales. Será muy difícil conseguir una amplia aceptación del principio de reconocimiento mutuo mientras no estemos seguros de que, en algunos países, las personas sobre las que pesa la sospecha o están acusadas de haber cometido determinados tipos de delitos disfrutan de garantías procesales similares a las existentes en otros países. Esta es una cuestión de gran importancia que quería introducir en este debate. Enhorabuena una vez más, señora Pagano.
Csaba Sógor, en nombre del Grupo del PPE-DE. – (HU) Las fronteras nacionales trazadas después de la Segunda Guerra Mundial dividieron a las comunidades y a las familias. Me gustaría ilustrarles con un ejemplo muy cercano a nosotros, aquí en Europa. Szelmenc fue en el pasado parte de Hungría. Sin embargo, una parte de esta, Nagyszelmenc, actualmente está situada en territorio de un Estado miembro de la Unión Europea, Eslovaquia, mientras que la otra parte, Kisszelmenc, se encuentra en Ucrania.
Antes del 23 de diciembre de 2005 ni siquiera había un paso fronterizo entre los dos pueblos. Durante 60 años, padres, hijos y familiares vivieron completamente separados los unos de los otros y no pudieron verse durante décadas. La UE les brindó la anhelada oportunidad de acabar con esta situación abriendo un paso fronterizo. El ejemplo al que he hecho referencia es solo uno entre los cientos de miles existentes, proporcionando, al mismo tiempo, un argumento de peso que explique por qué estamos debatiendo este informe ahora.
La propuesta de reglamento proporciona un procedimiento en la jurisdicción para que lo apliquen los Estados miembros y los terceros países en materia matrimonial, de responsabilidad parental y de obligación de alimentos. El reglamento no sustituirá a las normas comunitarias, sino que solo se aplicará cuando el Estado miembro implicado demuestre que existe un interés específico basado en relaciones económicas, geográficas, culturales o históricas, especialmente entre el Estado miembro y el tercer país en cuestión, mediante la firma de un acuerdo sectorial bilateral con el tercer país. Al mismo tiempo, la Comisión declara que el acuerdo propuesto tiene una influencia limitada sobre la aplicación uniforme y coherente de los reglamentos comunitarios existentes y sobre la operación del sistema aplicado en virtud de los reglamentos mencionados.
Me gustaría expresar mi agradecimiento al señor Deprez por haber mostrado tanto interés por una cuestión tan importante que afecta a ciudadanos que viven dentro y fuera de la UE, especialmente porque este documento consigue un equilibrio entre la competencia jurídica de las instituciones de la Comunidad y la de los estados nacionales.
Manuel Medina Ortega, en nombre del Grupo PSE. – (ES) Señor Presidente, yo creo que las propuestas de reglamento que nos ha presentado la Comisión son importantes y son necesarias y, por otro lado, también era importante y necesario que, desde el Parlamento Europeo, insistiéramos en el principio en el que han insistido los dos ponentes, tanto el señor Zwiefka como el señor Deprez, que es el principio de la competencia comunitaria.
Se trata de un tema de competencia comunitaria en el que, por razones prácticas, conviene mantener unas determinadas competencias de los Estados, pero, como ha dicho el señor Barrot, limitadas en cuanto a su ámbito y en cuanto al tiempo. La competencia comunitaria es indisponible y ni el Consejo, ni la Comisión, ni el Parlamento tienen facultad para renunciar a esas competencias comunitarias.
Establecido esto —se trata de un procedimiento excepcional—, creo que las enmiendas que hemos discutido y que presentamos, y que creo que serán aprobadas por el Parlamento mañana, permitirán la aprobación de este paquete de medidas en primera lectura. Pero también espero que, por parte de la Comisión, en lo sucesivo y partiendo de esto, podamos hacer progresos en la elaboración de un auténtico Derecho privado europeo que es cada vez más necesario, como ha puesto de relieve, por ejemplo, el señor Sógor en la última intervención. Estamos hablando de los problemas que afectan más directamente a la gente y, en la medida en que estemos en condiciones de resolver sus problemas, la gente se dará cuenta de que la Unión Europea tiene una función.
En definitiva, señor Presidente, quiero felicitar a mis colegas, al señor Deprez y al señor Zwiefka, y agradecer a la Comisión y al Consejo la disposición a colaborar con nosotros en este tema.
Sarah Ludford, en nombre del Grupo ALDE. – Señor Presidente, me gustaría expresar mi agradecimiento a la señora Pagano por su excelente informe y su cooperación en la elaboración de enmiendas de transacción que tuvieron en cuenta, por ejemplo, algunas de mis sugerencias.
Creo que el Parlamento Europeo está sentando un hito en lo que respecta a la creación de un espacio de justicia penal en el futuro, con la doble ambición de llevar a los delincuentes ante la justicia y de defender los derechos de los defensores y las víctimas. El informe destaca de manera acertada cuestiones clave como la necesidad de supervisar la aplicación de la legislación; de impulsar la formación de los magistrados, fiscales y abogados defensores; y una nueva legislación que garantice salvaguardas procesales, tal y como ha destacado Gérard Deprez.
La orden de detención europea es un instrumento eficaz para llevar a los delincuentes ante la justicia, y lamento de veras que los conservadores británicos se opusieran a ella. Sin embargo, debemos asegurarnos —y los gobiernos deben asegurarse— de que las órdenes de detención europeas no sean objeto de uso para cuestiones triviales, como perseguir a alguien que ha robado un cerdo o no ha pagado la cuenta en un hotel. Tampoco deben ser objeto de uso para los interrogatorios aleatorios, en lugar de centrarse en la devolución para imputar y procesar.
La orden de detención europea —como ya han comentado algunos— y la justicia penal en su totalidad se basan en la confianza mutua. Por tanto, los Estados miembros deben ganarse esa confianza haciendo gala de sistemas jurídicos de alta calidad y respetando, por ejemplo, el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y las sentencias del Tribunal de Estrasburgo. No podemos permitir que se devuelva a las personas, mediante órdenes de detención europeas, a un país de la UE y que luego se vuelvan a enviar a un tercer país para someterlas a tortura. Si se vulneran las sentencias del Tribunal de Estrasburgo, deben aplicarse los derechos fundamentales de salvaguardia de la orden de detención europea. Considero que los gobiernos de la UE han eludido el problema de abordar las disparidades existentes entre los sistemas jurídicos y el respeto desigual por un juicio justo y los derechos humanos.
Debemos también intentar garantizar una mejora de la calidad de la legislación en materia de justicia penal en el futuro. Esperemos que, después de Lisboa —es una gran noticia que el Senado checo haya ratificado el Tratado de Lisboa— sean menos los comunicados de prensa de propuestas de Estados miembros, que no llegan a ningún sitio y que, incluso si se aprueban, nunca llegan a aplicarse de forma adecuada. La justicia a nivel de la UE y los altos estándares jurídicos son cruciales para nuestros ciudadanos cuando viajan, trabajan y montan negocios en otros países y cuando las personas deben intentar expresarse en un idioma extranjero. Ya va siendo hora de que nos aseguremos de que a cualquier persona atrapada en el sistema de justicia penal de otro Estado miembro se le comuniquen sus derechos y obtengan una asistencia jurídica adecuada, y la ayuda de un intérprete y un traductor.
Por último, lamento el hecho de que el Gobierno del Reino Unido esté entre los que bloquearon una medida de derechos procesales. Espero que en el futuro cambien de opinión.
Luca Romagnoli (NI). – (IT) Señor Presidente, Señorías, en parte estoy de acuerdo con los tres informes objeto del debate de hoy.
El informe del señor Zwiefka es más fácil de digerir porque homogeneiza y, bien mirado, hace más transparente el proceso de negociación y celebración de acuerdos sobre aspectos sectoriales entre los Estados miembros y los países no pertenecientes a la UE.
En lo que respecta al informe del señor Deprez, coincido sobre todo con la segunda mitad, en lo referente a la constancia necesaria por parte de la Comisión si queremos desarrollar una política comunitaria relativa a las relaciones exteriores en el sector de la cooperación judicial. Sin embargo, en lo relativo a la posibilidad de los Estados miembros de celebrar ellos los acuerdos yo, como nacionalista, estoy encantado y espero que no se trate de un proceso necesariamente limitado en cuanto a su ámbito y en cuanto al tiempo.
Por último, debo decir con toda honestidad que tengo mis reservas acerca de la recomendación del Parlamento Europeo de la señora Pagano. Le agradezco que haya destacado y apoyado el uso de la e-Justicia, sobre todo porque yo fui el encargado de redactar el informe, y todavía estoy en deuda con todos los que colaboraron para garantizar su éxito. Sin embargo, mi apreciación de cuestiones relativas a las libertades fundamentales de las víctimas, así como de los sospechosos y los defensores, y la necesidad de aplicar la formación jurídica de magistrados y trabajadores en materia jurídica, me llevan a destacar que todavía nos queda mucho trabajo por hacer en este ámbito, por lo menos en nuestro caso, que es el de Italia. Además, en lo que respecta a la orden de detención europea, francamente mis dudas se tornan en una oposición categórica. No obstante, les doy las gracias a los ponentes por haber trabajado sobre estas cuestiones con tanto acierto y exactitud.
Panayiotis Demetriou (PPE-DE). - (EL) Señor Presidente, yo también quiero expresar mi agradecimiento a los tres ponentes, el señor Zwiefka, el señor Deprez y la señora Pagano. En particular, me gustaría felicitar a la señora Pagano por su informe como ponente alternativa y darle las gracias por sus amables palabras y, al mismo tiempo, agradecerle su colaboración en el informe. Asimismo, me gustaría expresar mi satisfacción por el hecho de que, según el Comisario, la Comisión está de acuerdo con casi todos los puntos de este informe. Como tal, apoyo el informe de la señora Pagano y, por supuesto, coincido con todo lo que ha declarado en esta Cámara durante el día de hoy.
Comisario, han transcurrido diez años desde que el Consejo anunció en Tampere que había aprobado el objetivo estratégico de crear un espacio de libertad, justicia y seguridad en la Unión Europea, diez años desde que se anunció que la piedra angular de la cooperación judicial es el reconocimiento mutuo de las resoluciones de los tribunales supremos y la confianza en estas. Debo decir que se ha hecho muy poco en esta dirección.
Por tanto, mientras que en el caso del derecho civil se han impulsado varias cuestiones, en el caso del derecho penal se ha producido un estancamiento. Esperamos que, con la aprobación del Tratado de Lisboa, se consiga un mayor progreso en esta dirección.
Comisario, incluso esta propuesta sobre salvaguardas procesales mínimas no ha sido impulsada y lo que pedimos —y estas palabras también van dirigidas al Consejo— es que la hagan avanzar. A modo de conclusión diré que, por supuesto, existen diferencias entre los sistemas judiciales, pero la convergencia también tiene cabida. Esta es la razón por la que debe aplicarse la recomendación sobre la creación de un comité de sabios que examinen las diferencias y similitudes en el derecho, para que tengamos recomendaciones específicas emitidas por expertos sobre la convergencia de nuestras leyes y sobre la confianza mutua en los sistemas judiciales.
Lidia Joanna Geringer de Oedenberg (PSE). – (PL) Señor Presidente, en el ámbito de la justicia civil, aparte del acervo comunitario, existe un número de acuerdos bilaterales celebrados entre Estados miembros y terceros países. Los Estados deben, de conformidad con el artículo 307 del Tratado CE, eliminar todas las disposiciones que puedan existir en los acuerdos de este tipo y que son incompatibles con el acervo.
En su Dictamen 1/03 de febrero de 2006, el Tribunal de Justicia falló que la Comunidad tenía competencia exclusiva para celebrar acuerdos internacionales con terceros países relativos a la competencia y al reconocimiento y a la ejecución de dictámenes y decisiones en asuntos civiles y mercantiles. Surge entonces la pregunta sobre si todos los acuerdos bilaterales existentes o propuestos con estos países y en estos ámbitos deberían ser reemplazados por acuerdos comunitarios. ¿O se debería seguir autorizando a los Estados miembros a celebrar acuerdos en los casos en los que no exista un interés comunitario?
Este procedimiento, que es una excepción a la norma, debe, sin embargo, ser objeto de condiciones específicamente establecidas relativas al ámbito del mecanismo y al tiempo que permanece en vigor. Por tanto, resulta fundamental que la Comisión diseñe una estrategia y establezca prioridades, teniendo en cuenta el desarrollo de la política comunitaria sobre relaciones exteriores en el ámbito de la cooperación judicial en asuntos civiles y mercantiles.
Jacques Barrot, Vicepresidente de la Comisión. – (FR) Señor Presidente, seré breve porque solo puedo expresar la satisfacción que siento por la forma en la que el Parlamento ha ayudado a arrojar luz sobre este ámbito del derecho, la justicia, la seguridad y la libertad que deseamos crear en la Unión; acojo con satisfacción todo lo que se ha dicho, especialmente sobre el principio de reconocimiento mutuo, que por sí solo nos lleva a la confianza mutua entre los magistrados.
Es cierto, como ya se ha explicado, que la convergencia tiene cabida en los sistemas judiciales, que, en especial, debería formalizarse mediante unos procedimientos mínimos en el caso de las actuaciones penales. Estoy convencido de que todo esto está allanando el camino para un Programa de Estocolmo satisfactorio, y me gustaría expresar mi agradecimiento al Parlamento por ello.
En lo que respecta a todo lo demás, puedo confirmar que, sin duda, será posible encontrar un marco institucional para los acuerdos bilaterales, pero que la Comunidad y la Comisión deben tener competencia exclusiva. Eso es todo lo que puedo decir. No es mi deseo alargar el debate. Todavía queda mucho por decir.
Por encima de todo, quiero expresar mi agradecimiento al Parlamento, y debo decir —ya que es la última vez que disfruto del turno de palabra— que la experiencia como Comisario me ha enriquecido enormemente, hasta tal punto que de veras considero que una buena alianza entre la Comisión y el Parlamento Europeo a menudo puede —pido disculpas a la Presidencia por decir esto, pero es la verdad— destacar y promover el interés general europeo.
Sin embargo, quiero expresar mi agradecimiento a la Presidencia por su apoyo. Debe existir una sinergia entre las tres instituciones; sin embargo, mi agradecimiento va dirigido al Parlamento Europeo que, de nuevo esta tarde, nos ha ofrecido un informe excelente. Gracias, señora Pagano.
Jan Kohout, Presidente en ejercicio del Consejo. - Señor Presidente, este debate ha sido realmente interesante, y parece que estamos cerca de llegar a un acuerdo en primera lectura sobre la propuesta en el ámbito del derecho aplicable. Permítanme decir que no se trata de un acuerdo a secas, sino de un acuerdo justo y equilibrado. Este es, bajo mi punto de vista, un ejemplo de la buena cooperación existente entre el Parlamento, la Comisión y el Consejo.
Estoy convencido de que los Estados miembros harán un buen uso del procedimiento establecido por ambos reglamentos, y les permitirá proporcionar un marco jurídico adecuado para sus relaciones con determinados terceros países con los que tienen vínculos específicos.
Como ya he destacado antes, el acuerdo en primera lectura sobre la propuesta en el ámbito del derecho aplicable tiene un impacto sobre la otra propuesta en el ámbito del derecho de familia, dado que ambos textos son prácticamente idénticos. Con el acuerdo en primera lectura, por tanto, hemos allanado el camino para una pronta aprobación de la otra propuesta. Este es, sin duda, un gran avance.
Son muchos los Estados miembros que están interesados en poder celebrar acuerdos con terceros países sobre cuestiones que pertenecen al ámbito del derecho de familia, tales como la custodia de los hijos, derechos de acceso y obligación de alimentos debido, por ejemplo, a determinados vínculos históricos o sociales que mantienen con esos países.
Por último, en nombre del Consejo, me gustaría expresar mi agradecimiento al Parlamento por sus edificantes recomendaciones sobre el desarrollo de la justicia penal en la UE, que son el objeto del informe de Maria Grazia Pagano. Me gustaría expresar mi agradecimiento al Parlamento por este debate tan fructífero y por los excelentes resultados.
Tadeusz Zwiefka, ponente. – (PL) Señor Presidente, cuando comenzamos este trabajo éramos conscientes de que nos movíamos sobre arenas movedizas. Por un lado, estaban el carácter único y la importancia inusual de los instrumentos jurídicos sobre los que trabajábamos. Por otro lado, el tiempo apremiaba y el advenimiento inevitable del final de esta legislatura del Parlamento Europeo se acercaba, y en tercer y último lugar, había una gran expectación, de los Estados miembros y de los ciudadanos de la Unión Europea, de que al menos en algún momento podrían recibir la ayuda necesaria para resolver cuestiones que para ellos son difíciles y al mismo tiempo de gran transcendencia.
Solo gracias a nuestra voluntad de conseguir un buen resultado, respetando, por supuesto, el derecho comunitario, y a nuestro deseo de desarrollar un instrumento que se adapte a nuestro sistema jurídico en la UE, y gracias a nuestra voluntad de cooperación, pudimos llegar a la fase en la que hoy cerramos el debate, que probablemente nos ayude a coronar con éxito en primera lectura.
Por tanto, me gustaría, un vez más, expresar mi más sincero agradecimiento al señor Deprez por sus incansables esfuerzos para que no atravesáramos determinados límites. Asimismo, me gustaría extender mi más sincero agradecimiento al señor Kohout por la inusual labor dinámica desempeñada por la Presidencia checa, y al Comisario Barrot por la extraordinaria cooperación de la que han hecho gala los representantes de la Comisión. También me gustaría trasmitir mi agradecimiento a mis colegas, que han intervenido hoy y que contribuyeron a coronar con éxito nuestro trabajo, así como a todos los colaboradores, especialmente a los miembros de la Comisión de Asuntos Jurídicos, que han contribuido con el corazón y mucho esfuerzo al éxito final.
Gérard Deprez, ponente. – (FR) Señor Presidente, seré muy breve. En mi opinión —en respuesta a lo que, a mi juicio ha sido un llamamiento del Consejo y un deseo del señor Zwiefka—, habida cuenta de que nuestra colaboración ha sido excelente, mañana llegaremos a un acuerdo en primera lectura, por lo que mí respecta. Por tanto, en las instrucciones de voto que daré a mis amigos políticos, les aconsejaré que voten a favor del texto del acuerdo que hemos negociado con el Consejo y la Comisión, independientemente, debería añadir, de mis sentimientos personales y de las mejoras que yo habría realizado al texto.
Dicho esto, señor Presidente, ya que aun dispongo de tiempo, me gustaría emplearlo no para seguir hablando de nuestros informes, sino para expresar mi satisfacción ante el hecho de que el Senado checo haya dado luz verde al Tratado de Lisboa. Creo que, más allá del trabajo realizado, esa es la gran noticia, la principal buena noticia, del día de hoy.
(Aplausos)
Me gustaría trasmitir mi agradecimiento a todos los que han hecho esto posible, ya que todos sabemos que no ha sido tarea fácil. En su país hubo una gran oposición. Los acontecimientos políticos recientes tampoco han facilitado la labor, por tanto, me gustaría trasmitirles mi agradecimiento, tanto a las autoridades como al pueblo de su país. ¡Hoy han hecho mucho por la causa europea!
Maria Grazia Pagano, ponente. - (IT) Señor Presidente, Señorías, me gustaría expresar mi agradecimiento al Consejo por haber apoyado los principios y, por encima de todo, si me lo permite, al Comisario Barrot, con quien he compartido intercambios muy útiles en la elaboración del trabajo que más tarde hemos presentado ante la Cámara. Me gustaría, asimismo, extender mi más sincero agradecimiento a todos los miembros que han colaborado en la elaboración de este informe, aportando ideas y, por supuesto, toda su experiencia, en primer lugar al señor Demetriou, a la señora Ludford y al magnífico señor Deprez.
Me gustaría decir que el señor Demetriou, la señora Ludford y el señor Deprez han dado en el clavo; identificaron el problema al que se enfrentaba la Unión Europea, porque los retos que nos aguardan son la creación de una cultura judicial europea colectiva —que por supuesto supone luchar seriamente contra los factores mencionados por el señor Deprez— establecer la independencia del órgano judicial, proporcionar garantías y eliminar las disparidades existentes entre los distintos sistemas judiciales. Sin embargo, en mi opinión, el trabajo logrado invita al optimismo.
Me gustaría decirle al señor Romagnoli —digo esto desde mi punto de vista, que debería ser el mismo que el de él— que, fundamentalmente, desde la perspectiva con la que se mira la situación, definitivamente hay pesimismo en Italia, pero no debemos sucumbir al pesimismo, y el trabajo y la contribución que también usted, señor Romagnoli, ha aportado al informe apunta a que, juntos, podremos construir la Unión Europea, y la Unión Europea es también una realidad para nosotros los italianos.
Presidente . - Se cierra el debate.
La votación correspondiente tendrá lugar mañana jueves a las 12.00 horas.